País
La pobreza cayó al 28,2% en el segundo semestre del año pasado
31 de marzo de 2026
La pobreza cayó al 28,2% en el segundo semestre del año pasado, lo que significa que más de 8,4 millones de personas vivían en esa condición en los principales centros urbanos del país. Dentro de ese universo, cerca de 1,9 millones se encontraban en la indigencia(6,3%), sin ingresos suficientes siquiera para cubrir la alimentación básica, de acuerdo a los datos difundidos esta tarde por el Indec. eN Mar del Plata bajó al 22,8%, pero creció la indigencia y ya supera el 5%
El indicador había sido del 31,6% en su última medición (primer semestre del año pasado), y 38,1% en la segunda mitad de 2024.
El ministro de Economía, Luis Caputo, celebró los datos en la red social X. “LA POBREZA ES LA MÁS BAJA EN MÁS DE 7 AÑOS”, publicó en letras mayúsculas.
“En el segundo semestre de 2025 la pobreza se ubicó en 28,2%, en tanto la indigencia fue de 6,3%. Con respecto al segundo semestre de 2024, la incidencia de la pobreza y de la indigencia se redujo 9,9% y 1,9%. En relación al primer semestre de 2024, cuando la pobreza y la indigencia ascendieron a 52,9% y 18,1%, la reducción fue de 24,7% y 11,8%, respectivamente. La incidencia de la pobreza fue la más baja desde el primer semestre de 2018”.
Siempre según el texto de Caputo, “la fuerte baja en la pobreza y la indigencia se sustentan en el crecimiento económico, el proceso de desinflación y el refuerzo en los programas sociales sin intermediarios desde el inició de la gestión”. Y el ministro cerró su posteo con una mención a su par de Gabinete, Sandra Pettovello, titular de Capital Humano.
A propósito, “LA POBREZA SIGUE BAJANDO. Dato no relato. MAGA!”, escribió el presidente Javier Milei, que replicó el posteo de Capital Humano.
Los datos también reflejan que el 21% de los hogares se ubicó por debajo de la línea de pobreza (2,1 millones de personas). En tanto, el 4,8% quedó en situación de indigencia, lo que equivale a casi medio millón de familias con ingresos insuficientes para acceder a la canasta básica alimentaria.
En comparación con el primer semestre de 2025, la pobreza descendió 3,4 puntos porcentuales en personas y 3,1 puntos en hogares, mientras que la indigencia no presentó variaciones significativas. Esta evolución se vincula principalmente con una recuperación de los ingresos por encima del aumento de las canastas básicas.
En efecto, el ingreso total familiar promedio creció un 18,3% en el período, mientras que la canasta básica alimentaria subió 11,9% y la canasta básica total un 11,3%. Esta diferencia permitió que una porción de los hogares lograra superar el umbral de pobreza.
Pese a la mejora, en promedio los ingresos de los hogares pobres quedaron 35,7% por debajo del valor de la canasta básica total. El impacto es particularmente fuerte entre los más jóvenes. El 41,3% de los niños de hasta 14 años vive en hogares pobres. En cambio, entre los mayores de 65 años, la incidencia se reduce al 9,7%, evidenciando una marcada desigualdad por grupos etarios.
A nivel regional, las diferencias también son notorias. El Noreste registró una pobreza del 32,7%, seguido por Cuyo con 32,3%, mientras que el Gran Buenos Aires se ubicó en 28,3%. En contraste, la Patagonia (25,4%) y la región Pampeana (26,2%) mostraron niveles más bajos, aunque igualmente elevados en términos históricos.
EN LA CIUDAD
El relevamiento del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) correspondiente al segundo semestre de 2025 reflejó una disminución en los niveles de pobreza en Mar del Plata, aunque en paralelo dejó al descubierto un deterioro en los indicadores más extremos: la indigencia.
Según el organismo nacional, el porcentaje de personas que no alcanzan a cubrir el costo de la canasta básica total se ubicó en el 22,8%, lo que implica una baja significativa en comparación con el mismo período del año anterior. En términos concretos, el descenso fue de más de seis puntos porcentuales, consolidando una tendencia a la mejora en los indicadores generales.
Sin embargo, esta evolución no se tradujo de manera uniforme en toda la población. El mismo informe advierte que la indigencia —es decir, quienes no logran cubrir siquiera la canasta básica alimentaria— registró un incremento y alcanzó el 5,2%. Esto representa una suba cercana a los dos puntos porcentuales en relación al segundo semestre de 2024.
En números absolutos, el impacto sigue siendo elevado. La pobreza alcanza actualmente a unas 153 mil personas en el distrito, mientras que más de 34 mil marplatenses se encuentran en situación de indigencia.
La extrapolación de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) del Indec al total del país de 47,9 millones de habitantes, arroja que la pobreza afecta a 13,5 millones de personas y la indigencia a 3 millones de habitantes
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Más financiamiento para PyMEs
El Banco Nación lanzará el próximo lunes 6 de abril nuevos financiamientos destinados a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) con las tasas más competitivas del mercado en el marco del actual contexto de estabilidad macroeconómica.
Por un lado, la entidad presentará un producto dirigido a Capital de Trabajo con una tasa del 25% TNA, a 12 meses, lo que implica una importante rebaja respecto de la oferta anterior, e incluye tanto préstamos nuevos como la posibilidad de refinanciar pasivos existentes, lo que permite mejorar la estructura financiera de las empresas.
Además, anunciará una línea de descuento de cheques a 30 días, con una tasa del 23% TNA, reduciendo el costo respecto al 28% previo.
Con un cupo máximo de $ 1 billón en ambas opciones, estas nuevas herramientas apuntan a potenciar la inversión, el crecimiento y la capacidad productiva de ese segmento.
Esta iniciativa se inscribe en la tendencia de reducción de tasas en distintos segmentos del mercado, impulsada por la mayor demanda de instrumentos en pesos y la estabilidad cambiaria.
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YPF: Celebran el fallo de la justicia norteamericana
El reciente fallo de la justicia de Estados Unidos en el juicio por la expropiación de YPF representa un avance significativo para la Argentina en una causa de alto impacto económico e institucional. La resolución, vinculada a la demanda impulsada por el fondo Burford por unos 16.000 millones de dólares, avala aspectos centrales de la estrategia jurídica del país y refuerza la validez del proceso llevado adelante en 2012.
En ese contexto, el ingeniero Daniel Martín, integrante del Tribunal de Tasaciones de la Nación y partícipe directo en la valuación de YPF durante su estatización, aportó una mirada técnica sobre el proceso. Según explicó, la expropiación se ajustó a los parámetros establecidos por la legislación argentina, en particular a la Ley de Declaración de Utilidad Pública, que delimitó con claridad el alcance de la medida.
Martín, también matriculado del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires (CIPBA) remarcó que la tasación realizada en su momento se centró exclusivamente en el 51% de las acciones pertenecientes a Repsol, tal como lo establecía la norma.
En ese sentido, sostuvo que no correspondía incluir a otros accionistas dentro del esquema de indemnización, ya que no formaban parte del objeto de la expropiación. Esta precisión resulta clave en el debate actual, donde uno de los ejes de discusión ha sido justamente la extensión de las responsabilidades del Estado argentino.

Otro de los puntos que subrayó el especialista es la diferencia conceptual entre expropiación y compra. Mientras que la primera constituye una potestad del Estado contemplada en la Constitución Nacional —con indemnización previa—, la segunda implica un acuerdo entre partes. A su entender, esta distinción fue central en la interpretación del caso y explica parte de las controversias judiciales.
En relación con la valuación, Martín indicó que no se utilizaron métodos de flujo de fondos —habituales en el ámbito privado— debido a que la normativa argentina prohíbe indemnizar ganancias futuras hipotéticas en procesos de expropiación. En cambio, se aplicaron criterios patrimoniales, que finalmente fueron aceptados por la propia empresa afectada en aquel momento.
Desde una perspectiva más amplia, el ingeniero consideró que el fallo en Estados Unidos pone en evidencia la consistencia técnica y jurídica de la actuación argentina. También destacó el rol de los equipos profesionales del Estado, en particular de la Procuración del Tesoro, a quienes atribuyó una continuidad de trabajo a lo largo de distintos gobiernos, más allá de los cambios políticos.
Destacó además que la resolución judicial también revaloriza la decisión política adoptada en 2012, al validar aspectos centrales de su instrumentación. En ese sentido, distintas lecturas coinciden en que el fallo tiende a respaldar los fundamentos que impulsaron la recuperación de YPF como política de Estado, posición que fuera mantenida por gobiernos de tres signos políticos diferentes de 2012 a la fecha.
Finalmente, el especialista planteó que, más allá de las instancias judiciales que puedan continuar, el resultado conocido hasta ahora constituye un antecedente relevante. En un escenario global donde la energía ocupa un lugar estratégico, consideró que este tipo de definiciones contribuyen a consolidar políticas de largo plazo basadas en criterios técnicos y jurídicos sólidos.
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El alumno que mató a otro no será juzgado con el nuevo Régimen Penal Juvenil
El joven de 15 años que este lunes por la mañana sembró terror en una escuela de San Cristóbal, en Santa Fe, no será juzgado penalmente. El nuevo Régimen Penal Juvenil aún no está vigente y la normativa actual no contempla la punibilidad para menores de esa edad.
La ciudad santafesina, ubicada 179 kilómetros al norte de la capital provincial, quedó conmocionada por el ataque en la Escuela Normal Mariano Moreno. Pero el caso enfrenta un vacío legal que impide cualquier proceso penal.Te puede interesar
Con la normativa promulgada hace menos de un mes, que establece la imputabilidad desde los 14 años, el agresor podría haber sido juzgado. Sin embargo, la vigencia de la norma recién comenzará a regir en 180 días.
La ley 27.801 fue publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Los plazos no son casuales.
"Los 180 días son para que las provincias adecuen los regímenes procesales y la parte de la infraestructura", explicó un abogado constitucionalista . El tiempo se necesita para preparar centros de detención juvenil especializados y adaptar los códigos provinciales.
Aunque el delito -homicidio agravado por el uso de arma de fuego- prevé reclusión perpetua para un mayor de 18 años, la reforma prohíbe taxativamente esta pena para menores.
Según el nuevo articulado, la pena máxima que se le puede imponer al adolescente santafesino es de 15 años de prisión, debiendo cumplir su medida de privación de libertad en un centro especializado de detención juvenil, con programas de revinculación, hasta que alcance la mayoría de edad.Te puede interesar
Recién al cumplir 18 años se evaluaría su traslado a una unidad del servicio penitenciario común. Ese es el esquema que contempla la nueva legislación.

