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YPF: Celebran el fallo de la justicia norteamericana

30 de marzo de 2026

El reciente fallo de la justicia de Estados Unidos en el juicio por la expropiación de YPF representa un avance significativo para la Argentina en una causa de alto impacto económico e institucional. La resolución, vinculada a la demanda impulsada por el fondo Burford por unos 16.000 millones de dólares, avala aspectos centrales de la estrategia jurídica del país y refuerza la validez del proceso llevado adelante en 2012.  

En ese contexto, el ingeniero Daniel Martín, integrante del Tribunal de Tasaciones de la Nación y partícipe directo en la valuación de YPF durante su estatización, aportó una mirada técnica sobre el proceso. Según explicó, la expropiación se ajustó a los parámetros establecidos por la legislación argentina, en particular a la Ley de Declaración de Utilidad Pública, que delimitó con claridad el alcance de la medida.  

Martín, también matriculado del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires (CIPBA) remarcó que la tasación realizada en su momento se centró exclusivamente en el 51% de las acciones pertenecientes a Repsol, tal como lo establecía la norma.

En ese sentido, sostuvo que no correspondía incluir a otros accionistas dentro del esquema de indemnización, ya que no formaban parte del objeto de la expropiación. Esta precisión resulta clave en el debate actual, donde uno de los ejes de discusión ha sido justamente la extensión de las responsabilidades del Estado argentino.  

El ingeniero Daniel Martín, integrante del Tribunal de Tasaciones de la Nación y partícipe directo en la valuación de YPF durante su estatización.

Otro de los puntos que subrayó el especialista es la diferencia conceptual entre expropiación y compra. Mientras que la primera constituye una potestad del Estado contemplada en la Constitución Nacional —con indemnización previa—, la segunda implica un acuerdo entre partes. A su entender, esta distinción fue central en la interpretación del caso y explica parte de las controversias judiciales.  

En relación con la valuación, Martín indicó que no se utilizaron métodos de flujo de fondos —habituales en el ámbito privado— debido a que la normativa argentina prohíbe indemnizar ganancias futuras hipotéticas en procesos de expropiación. En cambio, se aplicaron criterios patrimoniales, que finalmente fueron aceptados por la propia empresa afectada en aquel momento.  

Desde una perspectiva más amplia, el ingeniero consideró que el fallo en Estados Unidos pone en evidencia la consistencia técnica y jurídica de la actuación argentina. También destacó el rol de los equipos profesionales del Estado, en particular de la Procuración del Tesoro, a quienes atribuyó una continuidad de trabajo a lo largo de distintos gobiernos, más allá de los cambios políticos.  

Destacó además que la resolución judicial también revaloriza la decisión política adoptada en 2012, al validar aspectos centrales de su instrumentación. En ese sentido, distintas lecturas coinciden en que el fallo tiende a respaldar los fundamentos que impulsaron la recuperación de YPF como política de Estado, posición que fuera mantenida por gobiernos de tres signos políticos diferentes de 2012 a la fecha.

Finalmente, el especialista planteó que, más allá de las instancias judiciales que puedan continuar, el resultado conocido hasta ahora constituye un antecedente relevante. En un escenario global donde la energía ocupa un lugar estratégico, consideró que este tipo de definiciones contribuyen a consolidar políticas de largo plazo basadas en criterios técnicos y jurídicos sólidos.

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Bono de $70 mil: quiénes pueden cobrarlo y cómo funciona

A través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), el gobierno nacional continúa pagando un bono dirigido a los beneficiarios con menores ingresos. Destinado a reforzar económicamente los haberes de los titulares, el bono equivale a $70 mil, valor que mantiene desde marzo de 2024.

Este refuerzo extraordinario se acredita junto con los haberes de cada mes pero no le llega a todos los jubilados y pensionados de la misma manera. Así, quienes perciben el haber mínimo reciben el monto completo ($70 mil), mientras que aquellos que superan la mínima pueden acceder a una suma proporcional.

Según dispone el Decreto 523/2025 del Boletín Oficial, el bono previsional será otorgado a:

  • Jubilados y pensionados del SIPA que perciben el haber mínimo.
  • Los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables de Anses.

Cómo funciona el bono de $70 mil en agosto

El bono se encuentra reservado únicamente para quienes perciben los haberes mínimos y forman parte de alguno de los grupos mencionados anteriormente. Este refuerzo extraordinario se deposita directamente junto con los haberes del mes.

En agosto, el tope máximo es de $489.775. Por esto, quienes cobran la mínima, equivalente a $419.775, reciben el bono completo de $70 mil. Por su parte, quienes cobran más de la mínima pero no alcanzan los $489.775, cobran el monto restante para llegar a ese valor. Por ejemplo, quienes cobran $450.000 reciben un bono de $39.775.

El cálculo busca que el ingreso total del beneficiario no supere los $489.775. Por eso, quienes cobren directamente ese monto o un haber superior, no tienen acceso al bono.

Anses siempre toma como referencia el haber mensual y el límite fijado para cada mes, por lo que va variando conforme aumentan las jubilaciones.

Los beneficiarios de Anses reciben un aumento del 1,9% en el mes de agosto, en línea con el esquema de movilidad mensual vigente. El porcentaje replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio de 2026, difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Así, la jubilación mínima en agosto equivale a $419.775, valor que asciende a $489.775 si se le suma el bono de $70 mil.

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Portada digital del día 21/8/2026

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La economía volvió a crecer de la mano de la minería y el agro

El Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) registró en junio un crecimiento de 2,7% respecto de igual mes de 2025. Este desempeño quedó registrado como la segunda mayor suba año vs año desde marzo, cuando el EMAE había anotado un incremento del 6,2%. En la medición desestacionalizada mostró una suba de 0,8% frente a mayo, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). El componente tendencia-ciclo, en tanto, presentó una variación positiva de 0,2%.

Gran parte de la suba estuvo influenciada por el rendimiento de “Explotación de minas y canteras”: aumentó 15,6% interanual y, junto al agro, aportó 1,1 puntos porcentuales al índice general. A pesar de la contracción de febrero (-1,5%), el acumulado del año cerró con una variación positiva de 1,9%. Tal como viene sucediendo desde hace tiempo, el agro y la minería continúan siendo los dos sectores que mayor tracción generan en la economía.

“La economía creció 0,8% mensual en junio”, celebró en X el ministro de Economía, Luis Caputo. “El indicador tendencia-ciclo, que permite analizar la dinámica subyacente del nivel de actividad al extraer el componente irregular, creció 0,2% mensual y acumuló 27 meses consecutivos de crecimiento, resultando el ciclo expansivo más largo desde el registrado entre junio de 2009 y agosto de 2011”, resaltó el ministro, que a su vez enumeró los sectores que se destacaron “en términos de contribución a dicha expansión: “Explotación de minas y canteras” (+0,6pp), “Agricultura, ganadería, caza y silvicultura” (+0,5), “Pesca” (+0,4), “Industria manufacturera” (+0,3), “Comercio mayorista, minorista y reparaciones” (+0,1) y “Construcción” (+0,1).

Según el Indec, doce de los quince sectores de actividad que conforman el EMAE registraron subas interanuales en junio. Las mayores variaciones correspondieron a “Pesca”, con un incremento de 247,6%, y “Explotación de minas y canteras”, con una suba de 15,6%. “Explotación de minas y canteras” fue también el sector que tuvo la mayor incidencia positiva en la variación interanual del EMAE, seguido por “Agricultura, ganadería, caza y silvicultura”, que registró un crecimiento de 4,6%. En conjunto, ambos sectores aportaron 1,1 puntos porcentuales al crecimiento interanual del indicador, de acuerdo con el Indec.

Entre los restantes sectores que registraron aumentos se ubicaron “Intermediación financiera”, con una suba de 5,1%; “Agricultura, ganadería, caza y silvicultura”, con 4,6%; “Construcción”, con 2,8%; “Industria manufacturera”, con 1,9%; “Hoteles y restaurantes”, con 1,8%; y “Transporte y comunicaciones”, con 1,5%.

También mostraron variaciones positivas “Comercio mayorista, minorista y reparaciones”, con 0,8%; “Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler”, con 1%; “Otras actividades de servicios comunitarios, sociales y personales”, con 1,8%; “Servicios sociales y de salud”, con 0,4%; y “Pesca”, con 247,6%, según el informe del organismo.

En contraposición, tres sectores registraron caídas interanuales en junio. “Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria” presentó una baja de 1,5%; “Electricidad, gas y agua” disminuyó 0,4%; y “Enseñanza” retrocedió 0,1%. En conjunto, estos sectores restaron 0,1 puntos porcentuales a la variación interanual del EMAE.

En el acumulado de los primeros seis meses de 2026, el EMAE registró un crecimiento de 1,9% respecto del mismo período de 2025.

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