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¿El lunes 23 de marzo es feriado?

18 de marzo de 2026

La próxima semana traerá consigo uno de los tantos fines de semana largo que ofrece el 2026. En el calendario oficial se destacan dos fechas consecutivas que suelen generar dudas y expectativas tanto entre empleados como entre empleadores, especialmente para quienes planean una escapada o deben organizar sus tareas laborales.

El martes 24 de marzo se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, una fecha establecida como feriado inamovible en todo el país. Esta jornada recuerda a las víctimas de la última dictadura militar y es parte del calendario de feriados nacionales, lo que implica un cese general de actividades en escuelas, bancos y organismos públicos.

No obstante, el día anterior, lunes 23 de marzo, fue declarado día no laborable con fines turísticos por el Gobierno. Esta decisión responde a la intención de crear un fin de semana largo, ya que la fecha se ubica entre el fin de semana habitual y el día inhabil el martes. La duda persiste en si la primera jornada de la semana se trabajará o no.

Quiénes tienen feriado el próximo 23 de marzo

A diferencia de los feriados nacionales, donde el descanso es obligatorio para todos los trabajadores, en los días no laborables la actividad queda a criterio de cada empleador, comercio o institución.

Dentro de la administración pública, las oficinas de los organismos estatales de todo el país permanecerán cerradas durante esa jornada. Esto significa que quienes se desempeñan en estas dependencias tendrán el día libre, sin excepción. Asimismo, las instituciones educativas no abrirán sus puertas, por lo que estudiantes y docentes no tendrán clases ese lunes.

En el ámbito bancario, las sucursales de los bancos no atenderán al público, por lo que no será posible realizar trámites en ventanilla ni operaciones comerciales presenciales. Sin embargo, los servicios digitales como home banking, cajeros automáticos y pagos con tarjeta estarán disponibles de manera habitual. El funcionamiento de colectivos será con frecuencia reducida, adaptándose al menor movimiento de personas.

Para los trabajadores del sector privado, la decisión de otorgar el día libre queda en manos del empleador. El lunes 23 de marzo, al ser día no laborable, implica que muchos empleados públicos y bancarios no trabajarán, mientras que en el sector privado la decisión depende de la empresa. Solo la administración pública, las escuelas y los bancos tienen garantizado el descanso.

La distinción es central para comprender cómo se organizan las actividades laborales y comerciales en la Argentina. Los feriados nacionales, como el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia que se conmemora el 24 de marzo, se encuentran establecidos por ley y su cumplimiento es obligatorio en todo el territorio argentino. En estas jornadas, los trabajadores tienen derecho al descanso y, si deben prestar servicios, reciben el doble de la remuneración habitual según lo establece la legislación vigente.

En contraste, los días no laborables con fines turísticos, como el lunes 23 de marzo de 2026, son fechas creadas por el Poder Ejecutivo con el objetivo de promover el turismo interno y extender los fines de semana largos. Estos días no cuentan con el carácter obligatorio. La Ley de Contrato de Trabajo (20.744) precisa que la decisión de trabajar o no recae exclusivamente en el empleador. Por lo tanto, cada empresa o comercio puede optar por abrir o cerrar sus puertas, y los empleados que trabajen en esos días perciben su salario habitual, sin recargo.

El 24 de marzo fue establecido como feriado inamovible para conmemorar el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Esta fecha recuerda el inicio de la última dictadura militar en 1976 y busca mantener viva la memoria de las víctimas. El feriado, instaurado por ley, promueve la reflexión colectiva sobre los derechos humanos y la democracia, y es una de las jornadas más significativas del calendario argentino.

El cronograma abarca tanto conmemoraciones históricas como jornadas destinadas a promover el turismo y el descanso. Se incluyen feriados inamovibles, días trasladables y fechas especiales asignadas por el Poder Ejecutivo. El detalle mes a mes es el siguiente:

Marzo

  • Lunes 23: Día no laborable con fines turísticos
  • Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)

Abril

  • Jueves 2: Coinciden el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y el Jueves Santo (día no laborable)
  • Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible)

Mayo

  • Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible)
  • Lunes 25: Revolución de Mayo (feriado inamovible)

Junio

  • Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Güemes (feriado trasladable, conmemorado el 17)
  • Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Belgrano (feriado inamovible)

Julio

  • Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible)
  • Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos, extendiendo el descanso de la semana

Agosto

  • Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General San Martín (feriado trasladable)

Octubre

  • Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

  • Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (traslado oficial desde el 20 de noviembre)

Diciembre

  • Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos
  • Martes 8: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Viernes 25: Navidad (feriado inamovible)

Fuente Infobae (Por Bautista Salaverri)

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ATENCIÓN! Modifican el sistema de control de la AUH

El Gobierno nacional modificó el sistema utilizado para controlar el cumplimiento de los requisitos exigidos para cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) y amplió el mecanismo de verificación automática de las condiciones de salud, vacunación y escolaridad.


La medida fue oficializada a través de la Resolución 508/2026 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial. La medida se conoce horas después que el Gobierno mandara el Presupuesto 2027 al Congreso y entre su articulado está la intención de eliminar los aumentos automáticos de las asignaciones familiares y la AUH.

Hasta ahora, la Ley 24.714 establecía que el 80% de la asignación se abonaba mensualmente y que el 20% restante quedaba retenido hasta que el titular acreditara el cumplimiento de determinadas condiciones.

En el caso de los menores de hasta cuatro años, debían comprobarse los controles sanitarios y el calendario de vacunación obligatorio, mientras que para los niños y adolescentes en edad escolar también debía acreditarse la asistencia al ciclo lectivo correspondiente.

En los considerandos de la flamante normativa, el Gobierno recordó que mediante la Resolución 1170/2025 se había implementado un mecanismo de verificación automática únicamente para los controles sanitarios y de vacunación de los menores de hasta cuatro años. Ahora, se decidió ampliar ese sistema "tanto de salud como de educación, a todos los beneficiarios de dicha prestación".

Los cambios en la AUH
La principal modificación establece que "el cumplimiento de ambas condicionalidades se acreditará en forma automática a través del intercambio de información segura entre el Ministerio de Salud, la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses)".

La resolución mantiene, sin embargo, una vía alternativa para aquellos casos en los que la información no esté disponible en las bases oficiales. En esos casos, "el titular podrá presentar la documentación correspondiente ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a través de los procedimientos que dicho organismo determine al efecto".

Según el nuevo esquema, cuando se verifique automáticamente el cumplimiento de los controles sanitarios y de vacunación de los niños de hasta cuatro años, "el monto reservado se liquidará automáticamente y de forma mensual junto con el ochenta por ciento (80%) del monto de la prestación".

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La inflación mayorista subió en agosto 2,1%

Por un fuerte impacto en los valores de la energía, la inflación mayorista cortó la racha de desaceleración que mostraba desde mayo y registró un alza de 2,1% en agosto. La variación informada por el Indec contrastó fuertemente con el 0,8% del mes previo que había celebrado el gobierno de Javier Milei.

El informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) indicó que este resultado de agosto fue consecuencia de un alza de 2,1% en los productos nacionales y de 2,9% en los productos importados. De la misma manera, en la medición interanual, los precios mayoristas registraron un avance de 29,8%. Por otra parte, en el acumulado del año, los precios mayoristas subieron 19,1%.

Si bien la inflación mayorista suele compararse con la minorista –que en agosto registró un alza de 1,7%–, la canasta con la que se mide incluye solo bienes, mientras que el IPC está integrado por un combo de bienes y servicios –además, medidos a nivel consumidor final–.

Según el Indec, la inflación mayorista sigue en caída.

En su cuenta de X, el ministro de Economía, Luis Caputo, explicó que dentro de los productos nacionales —que aumentaron 2,1% en promedio—, los productos primarios registraron un incremento de 4,6%, explicado fundamentalmente por la suba de 8% en petróleo crudo y gas.

“De esta manera, la incidencia en el mes de la suba en productos primarios fue de 0,98 puntos porcentuales, de los cuales 0,71 p.p. correspondieron a petróleo y gas”, apuntó. También mencionó que los precios de los productos manufacturados subieron 1,3%, en lo que fue el menor incremento para esta categoría para un mes de agosto desde 2016.

Facundo Beltramone, economista de Fundación Libertad, dijo que la evolución del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) está particularmente vinculada a la dinámica de los bienes transables: el tipo de cambio, los precios internacionales de las materias primas y la energía y el costo de los productos importados tienen una incidencia directa sobre el índice.

“Agosto combinó una suba moderada del dólar con un fuerte incremento del petróleo internacional, lo que ayuda a explicar por qué la presión mayorista se concentró especialmente en los componentes energéticos”, detalló.

En tanto, Camilo Tiscornia, director de C&T Asesores Económicos, señaló que tanto el mes pasado como este, el precio del petróleo fue un factor clave: en julio había caído 9% y en agosto subió 8%.

Por su parte, Claudio Caprarulo, director de Analytica, sostuvo que la aceleración de los precios mayoristas estaba dentro de los parámetros esperados y coincidió en que estuvo explicada principalmente por el aumento de los productos primarios, en particular del petróleo y el gas.

Dentro de los productos manufacturados, destacó que alimentos y bebidas mantienen un ritmo de aumento del 1,4%, una categoría clave para analizar la evolución de la inflación minorista.

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Malvinas: No se descarta el uso de la fuerza contra buques ilegales

La Casa Rosada prepara cambios en el procedimiento de protección marítima dentro de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional. El esquema vigente ya permite perseguir, abordar y realizar disparos de advertencia o de invalidación contra pesqueros extranjeros en determinadas condiciones.

El Gobierno impulsa cambios para agilizar los procedimientos de interceptación y el eventual uso de la fuerza contra buques que incumplan órdenes en espacios marítimos bajo jurisdicción argentina o sujetos a sus derechos soberanos. La reforma forma parte del capítulo de protección marítima de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional y apunta, según explican en Nación, a reducir la cantidad de pasos que actualmente deben atravesarse antes de determinadas medidas coercitivas.

El Ejecutivo trabaja sobre un esquema comparable en su lógica al que prepara para la protección aeroespacial, donde también pretende revisar la secuencia de decisiones previa al empleo de la fuerza. En el caso marítimo, el análisis alcanza a la detección, intimación, persecución, abordaje y eventual utilización de armas contra embarcaciones que desobedezcan instrucciones.

Cerca de quienes intervienen en la elaboración confirman que el nuevo marco no estaría limitado a amenazas militares externas. También podría aplicarse a pesqueros extranjeros que operen ilegalmente dentro de la Zona Económica Exclusiva y se nieguen a acatar las órdenes impartidas por las autoridades argentinas.

El punto exige una distinción: Argentina ya cuenta con herramientas para actuar contra esos buques. La Prefectura Naval puede detectar, perseguir, inspeccionar y apresar embarcaciones extranjeras que realicen pesca ilegal dentro de la ZEE y, bajo determinadas condiciones, continuar una persecución iniciada allí aun cuando el buque alcance alta mar.

Desde 2018 existe además un protocolo específico para los pesqueros extranjeros que incumplen la Ley Federal de Pesca. La secuencia contempla comunicaciones radiales, señales visuales, intimaciones de detención, abordaje y persecución. Si el buque mantiene una actitud de resistencia, el régimen permite escalar al uso de armas.

La norma distingue entre disparos de advertencia, que no deben impactar sobre la embarcación, y disparos de invalidación, destinados a provocar un daño limitado que permita detenerla. Estos últimos requieren autorización de la Dirección de Operaciones y deben evitar afectar a las personas que se encuentran a bordo.

El protocolo fija además cinco criterios para el empleo de la fuerza: legalidad, oportunidad, último recurso, gradualidad y proporcionalidad. Eso significa que el debate que abre ahora el Gobierno no consiste en autorizar por primera vez el uso de armas contra pesqueros, sino en modificar el procedimiento existente y eventualmente ampliar su alcance.

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