JUDICIALES
RCP no es un delito. RCP salva vidas
24 de enero de 2023
Desde a Federación Argentina de Cardiología (FAC) dieron a conocer un comunicado en torno a los dichos sobre la técnica de RCP durante el juicio por la muerte de Fernando Báez Sosa.
Este comunicado bajo el título ‘RCP no es un delito. RCP salva vidas’ fue elaborado por la Secretaria Nacional de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y Espacios Cardio asistidos de la FAC, y dice textualmente:
RCP no es un delito. RCP salva vidas
La Ley siempre va a estar de tu lado, elegí seguir dando vida con tus manos
La Federación Argentina de Cardiología a través dela Secretaria Nacional de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y Espacios Cardio asistidos, viene trabajando desde hace muchos años en el desarrollo de una Red Nacional que lleve el conocimiento de Reanimación Cardiopulmonar a cada rincón del país, objetivo muy difícil pero que es el fin supremo de esta entidad científica, en ese derrotero nos encontramos con múltiples barreras para concretarlo.
Hace pocos meses recibíamos con mucha satisfacción la instrumentación de la ley 27.159 y el inicio del trabajo en conjunto con otras sociedades, coordinado por la Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias (DINESA) para la creación de un registro de instructores de RCP Nacional y registro de cardiodesfibriladores automáticos (DEA), con el fin de lograr que la formación en RCP este unificada y acreditada adecuadamente, un paso muy importante para mejorar supervivencia de la Parada Cardiaca.
Lamentablemente en este momento volvemos a encontrarnos con dificultades. Es por toda la comunidad conocido que durante el juicio por los hechos lamentables ocurridos en Villa Gesell, donde perdió la vida un joven de 19 años, en las declaraciones de la defensa, las maniobras de RCP fueron cuestionadas y en forma implícita la colocan como probable causa del fallecimiento.
La Federación Argentina de Cardiología se ve obligada a emitir una opinión al respecto:
1- La maniobras de RCP difícilmente pueden causar más daño del que ya tiene la víctima, ya que las mismas se realizan cuando no se constatan signos vitales, eso significa que hay detención circulatoria, en ese momento la victima está muerta y lo que se intenta es rescatarla.
2- Declaraciones como las que realizaron llevan a la persona lega a temer brindar asistencia, no tienen en cuenta que la ley 27159 en su artículo 11 exime a la persona interviniente de responsabilidad civil, penal o administrativa derivadas del cumplimiento de la misma.
Por ello solicitamos el trato cuidadoso de un tema tan importante para la sociedad e instamos a las partes a investigar en forma exhaustiva antes de emitir declaraciones cuyo impacto va más allá de esta instancia judicial llegando a comprometer y atrasar el trabajo de muchos años.
Firma Dra. Eva Fernández
Secretaria de Desarrollo de la Red Nacional de RCP
Federación Argentina de Cardiología
Facebook: FAC.Cardio
JUDICIALES
AMIA destacó el juicio en ausencia para ‘terminar con la impunidad’
La Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) expresó "su satisfacción" por los avances judiciales en la causa del atentado del 18 de julio de 1994: como informó Noticias Argentinas, procesaron a siete iraníes y a un libanés, entre ellos la aprobación del juicio en ausencia.
La organización manifestó "su satisfacción ante los avances judiciales conocidos en las últimas horas, los cuales permiten trazar un camino para terminar con la impunidad que durante 32 años impidió el juzgamiento de los acusados por el atentado del 18 de julio de 1994 que dejó 85 víctimas fatales y más de 300 heridos".
Mediante un comunicado, la institución sostuvo que "la confirmación de la validez constitucional del Juicio en Ausencia por parte de la Cámara Federal de Casación Penal y los procesamientos dictados por el juez Rafecas marcan un hito decisivo para el esclarecimiento del peor ataque terrorista sufrido en nuestro país".
Precisó que "en primer lugar, la decisión adoptada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, al confirmar de manera contundente la aplicación del régimen de Juicio en Ausencia (Ley 27.784) a la Causa AMIA, respalda la posición que la institución ha sostenido ininterrumpidamente en todos los estrados judiciales".
Explicó que "la resolución del tribunal de Casación ratifica que el derecho a la verdad, el acceso a la justicia y la obligación internacional del Estado de investigar y sancionar crímenes de lesa humanidad son imperativos categóricos que no pueden ser neutralizados por el refugio deliberado de los acusados en el exterior".
Agregó que "en forma simultánea, el procesamiento dictado por el titular del Juzgado Federal N° 6, Dr. Daniel Rafecas, a siete ciudadanos iraníes y un ciudadano libanés vinculados con la estructura estatal de la República Islámica de Irán y a la organización terrorista Hezbollah, representa un paso clave en este mismo sentido".
Causa AMIA: procesaron a ocho ciudadanos iraníes y libaneses y se les aprobó el juicio en ausencia
Remarcó que "la calificación de los hechos como crímenes de lesa humanidad y genocidio revalida judicialmente lo que AMIA ha denunciado en forma permanente ante la comunidad nacional e internacional".
A su vez, la institución reiteró "su pedido para que el proceso avance con la mayor celeridad posible hacia la instancia de juicio oral y público respecto de los imputados procesados, garantizando la transparencia y rigurosidad que exige un debate de esta trascendencia".
Para finalizar, recordó que "a 32 años del atentado terrorista, AMIA reafirma su compromiso inquebrantable con la Memoria, la Verdad y la Justicia" y concluyó: "La sociedad argentina en su conjunto, las víctimas y sus familias merecen una sentencia judicial firme que declare la responsabilidad de los culpables y selle para siempre el fin de la impunidad". NA
JUDICIALES
SANTO EMBARGO
San Lorenzo informó que en los últimos días debió enfrentar tres embargos distintos por "deudas heredadas" por directivos anteriores que acumulan un saldo que supera los USD 650.000.
La dirigencia del "Ciclón", liderada por Marcelo Culotta, continúa con una situación más que delicada; además de la "crisis" futbolística, afronta una nueva circunstancia hace tiempo con respecto al saneamiento contable tras haber asumido con un pasivo de más de 60 millones de dólares.
Por esto se le suma la retención por deudas con el exjugador Gonzalo Maroni, Alan Ignacio Poch (representante de los hermanos Pittón) y, por último, a Independiente de Villa del Rosario (club de formación de Nicolás Reniero).
En el caso de Maroni, llegó al club en 2022 bajo la gestión de Horacio Arreceygor, quien asumió ante la renuncia de Marcelo Tinelli como presidente; se trabó un embargo que asciende a los 261.250 dólares, sumados a los 83.000 en conceptos de honorarios profesionales por el juicio y su posterior ejecución.
A su vez, la dirigencia aclaró que los abogados que se encuentran trabajando actualmente no cobrarán remuneraciones por representar al club, como se hacía en gestiones pasadas.
Por el lado del representante de Bruno y Mauro Pittón, que arribaron en 2019 con Matías Lammens de presidente y Tinelli de vice, la retención de bienes se hizo sobre los ingresos a través de la empresa que, desde 2024, administra y procesa los cobros de cuotas sociales, aranceles, bonos y venta de entradas. El capital equivale a la suma de USD 175.000, más USD 52.500 en concepto de intereses y costas.
En la gestión de la directiva anteriormente mencionada de Lammens y Tinelli se gestó la venta de Nicolás Reniero en 2019, que fue transferido a Racing de Avellaneda, de la cual se adeudó el porcentaje sobre los derechos de formación que debió recibir el club Independiente de Villa del Rosario, el cual ejecutó el embargo sobre los ingresos de San Lorenzo por 68.678.400 pesos (70%), además de $105.000.000 de intereses y costas (sumas equivalentes en total a USD 113.145).
Para finalizar el comunicado, San Lorenzo remarcó que continúa con el trabajo para la regularización y readecuación de deudas heredadas, en busca de establecer esquemas de pago que permitan ordenar las obligaciones pendientes y reducir las contingencias económicas y judiciales para el club.
JUDICIALES
Nuevos Mediadores prejudiciales
Días atrás se registraron las firmas y sellos de los catorce nuevos mediadores-promoción 2026- del Departamento Judicial Mar del Plata, en el marco de una emotiva ceremonia celebrada en la sede del Colegio de Abogados, que transita sus primeros 70 años de vida institucional.

'Fue una hermosa reunión con la presencia de miembros del Centro de Mediación y de Consejeros titulares, miembros de Consejo Directivo representando a la autoridad colegial. Finalizado el encuentro, con las correspondientes toma de fotografías para el recuerdo, los presentes degustaron café con medialunas', informó en sus redes sociales el reconocido letrado Jorge Alberto Stinson, administrador experto del grupo de Mediadores Prejudiciales de Mar dell Plata y zona.


