Ciudad
Turismo estudiantil, sólido gracias a las ventas de los últimos años
21 de octubre de 2020
La empresa de viajes Viafin afirma que la situación difícil en la economía no daño ni modificó sus viajes acordados por los estudiantes que este 2020 se quedaron sin el tradicional viaje de egresados de último año.«Con 37 años de historia, estamos cada vez más firmes y sólidos gracias a las ventas excelentes de los últimos años y con una proyección alta para el futuro», señalaron en un comunicado difundido por la empresa Viafin.
«El viaje de egresados 2020 se va a realizar cuando la directiva de la Secretaría de Turismo y Deportes de la Nación esté puesta en marcha, la empresa tiene todos los servicios pagos en los destinos donde tenemos egresados este año y de ese modo garantiza el cumplimiento de los mismos para llevar tranquilidad a las familias y a miles de pasajeros con ilusiones de su anhelado viaje», expresa Emiliano Bernardi responsable de la empresa.
La empresa apuesta a Brasil, como uno de los máximos referentes de destinos para egresados, donde cada vez más jóvenes lo eligen para el sueño del viaje de egresados, siendo casi 6 de cada 10 estudiantes los que eligen el calor, ya que la empresa fue una de las pioneras en el campo de los viajes de egresados a Brasil y se fue perfeccionando con el tiempo acompañando el desarrollo también de Balneario Camboriu como destino estudiantil.
Hoy la experiencia acumulada como empresa más la capacidad del equipo de trabajo de cada área hacen que Viafin se adapte rápidamente y logre pensar nuevos escenarios para los futuros egresados y sus familias. Desde asociaciones y alianzas estratégicas con el mayorista de turismo Zamorano Viajes con el que se armaron en conjunto productos Low Cost pensados para que nadie se quede sin viajar, en destinos nacionales como Carlos Paz, Bariloche y Mar del Plata, a personalización total en el plan de pago y promociones que permitan hacer que miles de adolescentes sigan cumpliendo su máximo sueño de la secundaria.
Por otro lado hoy el crecimiento que tuvo la empresa a lo largo de tantos años, hace que los titulares, piensen más que nunca en sus clientes, pensando todas las formas y posibilidades, para mantener excelencia de servicio en todos los destinos, personalización completa del viaje, trato familiar a cada egresado y sobre todo posibilidades para los bolsillos de cada familia.
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Portada digital del día 9/9/2026
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Justicia volvió a avalar el cobro de la tasa vial
El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 rechazó un amparo de la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas de Mar del Plata (Cetac) contra el cobro de la tasa vial, lo que representa un nuevo respaldo judicial a la constitucionalidad del tributo.
En la sentencia, el juez Simón Isacch desestimó los planteos de la Cetac, que había cuestionado la tasa vial por considerar que constituye un impuesto al consumo “encubierto” y que resulta incompatible con el Régimen de Coparticipación Federal.
La entidad empresaria también había planteado la existencia de una “doble imposición”, debido a que la tasa vial coexiste con el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, lo que, según su interpretación, contradice disposiciones de la Constitución Nacional.
Otro de los argumentos de la Cetac apuntaba a la falta de una relación directa entre el pago del tributo y el servicio de mantenimiento vial. La cámara sostuvo que no todas las personas que abonan la tasa utilizan las calles de la ciudad y que, a la inversa, existen usuarios de la red vial que no pagan el gravamen.
Frente a esos planteos, el Municipio sostuvo que la tasa vial no constituye un nuevo tributo, sino un componente de la Tasa de Servicios Urbanos destinado al mantenimiento de las calles, que fue separado para comenzar a percibirse a través del consumo de combustible. También defendió la existencia de una prestación concreta como contraparte del pago: la conservación y el mantenimiento de la red vial municipal.
En sus fundamentos, Isacch se ajustó al criterio establecido por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, que a fines de 2024 había rechazado una demanda similar presentada por el entonces diputado provincial Guillermo Castello.
El antecedente tenía además una particularidad: en una resolución anterior, el propio Isacch había declarado la inconstitucionalidad de la tasa vial a partir de los planteos formulados por Castello. Sin embargo, al analizar ahora la demanda de la Cetac, el magistrado adoptó el criterio fijado posteriormente por la Cámara de Apelaciones, con el argumento de que un nuevo pronunciamiento en sentido contrario probablemente sería revocado en una instancia superior.
En aquel fallo, la Cámara había considerado que la red vial constituye un servicio “uti universi”, es decir, destinado a la comunidad en general. Por ese motivo, entendió que no es necesario que exista una utilización “individualizada” del servicio por parte de cada contribuyente. Según ese criterio, alcanza con que la prestación esté organizada y sea efectivamente brindada a la comunidad.
El tribunal también había establecido que el hecho imponible de la tasa no debe definirse exclusivamente a partir del elemento utilizado para cuantificarla -en este caso, los litros de combustible-, sino que debe considerarse la causa jurídica del gravamen: el financiamiento de un servicio municipal concreto.
A partir de esos argumentos, Isacch concluyó que la tasa vial no resulta análoga al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y que, por lo tanto, no configura una doble imposición prohibida por el Régimen de Coparticipación Federal.

