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Promulgan Ley de Alquileres

30 de junio de 2020

El Gobierno promulgó este martes la Ley 27.551, conocida como la “Ley de Alquileres”, la cual modifica el Código Civil y Comercial y establece nuevas reglas para los contratos de locación.

La norma había sido sancionada por el Congreso el 11 de junio pasado y, entre los nuevos beneficios para los inquilinos, dispone el aumento de 2 a 3 años de duración de los contratos y la obligación de proponer dos garantías a elegir por el propietario.

Otros puntos principales de la nueva legislación son que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. 

A su vez, el reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.

Las expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición quedan a cargo del locatario aquellas, mientras que las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.

En ese sentido, se dispuso que los gastos a cargo del locador puedan ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente.

También se estableció que la intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.

En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.).

Sobre el valor de la misma, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.

En tanto, en la fijación del valor de los alquileres solo se admiten ajustes anuales, que deben seguir un índice conformado en partes iguales por el IPC (índice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).

Además, se estableció la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En este marco, se creó el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de “medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles”.

Por último, se dispuso el desarrollo de “mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación”.

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Habilitan el débito automático para aportes al personal doméstico

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilita el débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de empleadores de Casas Particulares. El beneficio permitirá que el empleador no gestione el pago mes a mes, sino que con una única gestión de adhesión, el pago se debite en forma automática.

La medida se estableció mediante la Resolución General N° 5723/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial pero está operativa desde mañana.

La decisión alcanzará aproximadamente a 450.000 empleadores que registran sus pagos mensualmente ante el organismo. De esta manera, los contribuyentes contarán con más posibilidades para cumplir con las obligaciones previsionales de sus trabajadores de forma ágil. La opción estará disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART).

Actualmente, los pagos se realizan de forma presencial mediante el formulario 102/RT o por vía electrónica a través de billeteras virtuales -pago de obligaciones con importes prestablecidos-, QR, Homebanking y tarjeta de crédito -previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP)-. Cualquiera de estas modalidades implica que el contribuyente deba ingresar cada mes para saldar las sumas previsionales de los trabajadores de Casas Particulares.

Ahora se suma esta opción que mediante una única acción asegura el cumplimiento puntual y constante de las obligaciones laborales durante toda la relación laboral. Este método evita omisiones y reduce retrasos involuntarios en los pagos a la seguridad social.

Esta nueva funcionalidad forma parte del objetivo de ARCA de impulsar la formalización del empleo y reducir la incidencia del trabajo no registrado en la economía.

Por otra parte, y en aquellos casos en que ARCA detecte por información propia o de terceros, datos desactualizados en el Registro, podrá modificarlo de oficio identificando los mismos con una marca en el mencionado Registro.

¿Cómo podrá realizarse la adhesión?

Para adherir el pago de los aportes y contribuciones al débito directo en cuenta bancaria, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1. Acceder al portal de ARCA www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal.
  2. Ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.
  3. Verificar dentro del menú de “Trabajadores” la pantalla de “Trabajadores a cargo”.
  4. Hacer click en el botón “Adherir al débito automático”.
  5. Seleccionar CBU: El sistema mostrará las Claves Bancarias Uniformes (CBU) previamente cargadas. Seleccionar la deseada, la que deberá ser de titularidad del empleador.
  6. Agregar Nueva CBU (Opcional): Si se requiere agregar una nueva CBU, el sistema lo redireccionará al servicio “Declaración de CBU”.

En tanto que, para realizar la adhesión por tarjeta de crédito, el trámite deberá ser realizado a través de la administradora. El contribuyente verá reflejada la operación en el siguiente resumen.

Dentro del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, el contribuyente podrá visualizar si efectivamente se concretó el pago, como también si hubo algún tipo rechazo en el intento de débito, como por falta de fondos, cierre de la cuenta, etc.

Previo a acceder al nuevo mecanismo de débito automático, el empleador deberá asegurarse de tener la información actualizada en el registro, tales como la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y la CBU de donde se realizará el débito.

¿A partir de qué período comienza a debitarse?

Para las adhesiones realizadas hasta último día de cada mes: se debitará la obligación con vencimiento el día 10 del mes siguiente. Por ejemplo, si la adhesión al débito automático se realiza el día 15/7/2025 el primer débito corresponderá al período devengado julio con vencimiento el 11/08/2025.

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Una familia tipo necesita $1.128.398 para la canasta básica

Una familia tipo, integrada por cuatro personas, necesitó $1.128.398 para no ser pobre en junio, según la Canasta Básica Total (CBT) informada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

La CBT aumentó 1,6% mensual, mientras que en comparación con el mismo mes del año pasado se incrementó en 29,2%. En lo que respecta al acumulado del año, la canasta total acumuló un incremento de 10,1%.

En cuanto a la Canasta Básica Alimentaria (CBA), subió 1,1% mensual. En comparación interanual, aumentó un 28,7%. En lo que va del año, la CBA acumuló un incremento del 12,6%.

De acuerdo con la medición del Indec, en junio, un hogar compuesto por tres personas necesitó $898.336 para cubrir la CBT y $402.841 para cubrir la CBA.

Una familia tipo, compuesta por cuatro integrantes, precisó $506.008 para la CBA y $1.128.398 para llegar a la CBT.

Por último, un hogar compuesto por cinco personas demandó un total de $532.209 para la CBA y $1.186.826 para la CBT.

Comparado con la inflación de junio, la CBA quedó por debajo del número del IPC mensual (1,6%) y la CBT quedó con el mismo incremento de la inflación general. Ambas quedaron por debajo en la medición interanual (39,4%).

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La inflación de junio fue de 1,6%

El Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio fue de 1,6% y acumuló un total de 39,4% en comparación con el mismo mes del año pasado, según informó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). En lo que va del año, acumuló un alza de 15,1%.

La división de mayor aumento en el mes fue Educación (3,7%), seguido por Vivienda, agua, electricidad y otros combustibles (3,4%).

Las dos divisiones que registraron las menores variaciones en junio de 2025 fueron Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,6%) y Prendas de vestir y calzado (0,5%).

En cuanto a las categorías, los precios Regulados lideraron el incremento durante junio, con un total de 2,2%, seguida del IPC núcleo (1,7%) y Estacionales (-0,2%).

Dentro de las distintas regiones, La división con mayor incidencia en GBA, Pampeana, Noreste y Patagonia fue Vivienda, agua, electricidad y otros combustibles (3,4%).

En el Noroeste la mayor incidencia se registró en Prendas de vestir y calzado (0,5%), mientras que en Cuyo fue Recreación y cultura (2,5%).

“Continúa el proceso de desinflación que comenzó en 2024, con un acumulado para los primeros 6 meses del año de 15,1%, frente al 79,8% registrado para el mismo periodo del año pasado”, destacó el Ministerio de Economía.

El titular del palacio de Hacienda, Luis Caputo, también celebró el dato de junio, con una serie de punteos sobre lo que dejó el dato del INDEC:

  • “Inflación minorista Junio: 1,6%”.
  • “La inflación núcleo fue de 1,7%, la más baja desde mayo de 2020. Si se excluye el efecto particular sobre el IPC en los primeros meses de la pandemia, se trató del menor registro desde enero de 2018”.
  • “Los bienes registraron una variación de 0,8% mensual, la menor desde que comenzó la actual serie, en enero de 2017”.
  • “La variación en alimentos y bebidas no alcohólicas fue de 0,6%, menos de la mitad de la suba en el IPC. En términos interanuales, la variación en esta categoría fue de 32,3%, 7,1 puntos porcentuales por debajo de la inflación general”.
  • “La variación interanual del IPC Nacional fue de 39,4%, registrándose catorce meses consecutivos de desaceleración en la comparación contra igual mes del año anterior. Esta variación interanual es la más baja desde enero de 2021”.

Por su lado, el presidente  Milei se sumó a los festejos y cargó contra “toda mandrilandia”, apoyado con una foto donde se encuentra el Ministro Caputo y parte del equipo económico, entre ellos Santiago Bausili, presidente del Banco Central (BCRA); José Luis Daza, viceministro de Economía; y Federico Furiase, director del BCRA.

Uno por uno: variación mensual de las 12 divisiones del IPC

  • Educación: 3,7%
  • Vivienda, agua,electricidad, gas y otros combustibles: 3,4%
  • Bebidas alcohólicas y tabaco: 2,8%
  • Recreación y cultura: 2,5%
  • Salud: 2,2%
  • Restaurantes y hoteles: 2,1%
  • Equipamiento y mantenimiento del hogar: 1,9%
  • Comunicación: 1,8%
  • Transporte: 1,6%
  • Bienes y servicios varios: 1%
  • Alimentos y bebidas no alcohólicas: 0,6%
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