Seguinos

País

Fue sobreseído el policía que le disparó a ‘Chano’: actuó en legítima defensa

17 de octubre de 2022

El policía que hirió de un balazo al músico Santiago «Chano» Moreno Charpentier en julio de 2021, cuando éste estaba bajo una crisis psiquiátrica en su casa del partido bonaerense de Exaltación de la Cruz, fue hoy sobreseido por la Justicia de Zárate-Campana, que consideró que actuó en «legítima defensa».

Fuentes judiciales informaron que el juez Julio Andrés Grassi, a cargo del Juzgado de Garantías 2 de Zárate-Campana, dictó el sobreseimiento total del policía bonaerense Facundo Amendolara (29), por lo que quedó archivada la causa por el delito de «lesiones gravísimas agravadas por el uso de arma de fuego y por ser funcionario policial» que se había iniciado en su contra tras el episodio que mantuvo con el exlíder de la banda Tan Biónica.

El sobreseimiento había sido solicitado al juez por el fiscal de la causa, Alejandro Irigoyen, titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 1 de ese departamento judicial, al considerar que el policía disparó cuando «Chano» (41) intentó atacarlo con un cuchillo en medio de un presunto brote psicótico.

En tanto, la madre del músico, Marina Charpentier, dijo a Télam que no apelará la medida en su carácter de particular damnificada.

«No tenemos energía de sobra para perderla en rencor, en dolor y en hacerle daño a una persona que seguramente no lo hizo con mala intención. Ojalá Amendolara siga con su trabajo y lo capaciten. Mi hijo, gracias a Dios, está bien y trabajando mucho para salir adelante. Vamos a aceptar esta resolución y no vamos a apelar», dijo la mujer.

En tanto, el abogado del policía, Fernando Soto, se mostró conforme con la decisión de la Justicia y dijo a Télam: “Me alegro por Amendolara, porque hay un montón de policías que, como él, obraron en las mismas condiciones y están condenados”.

En su resolución de 66 páginas -a las que accedió Télam-, el juez Grassi analiza y expone las tres condiciones que, según el artículo 34 del Código Penal, deben darse en los casos de legítima defensa y que, desde su punto de vista, se cumplen en este hecho.

Sobre la existencia de una agresión ilegítima, el juez dijo que los testigos afirmaron que el músico “se dirigía de manera agresiva hacia la persona de Facundo Nahuel Amendolara blandiendo un arma blanca de tipo cuchillo con inequívocas intenciones de atacarlo y que fue en dichas circunstancias que el numerario Amendolara efectuó el disparo con su arma reglamentaria”.

Respecto a la ausencia de provocación por parte de quien se defiende, el magistrado consideró que Amendolara ingresó uniformado al patio de la casa y que “en todo momento se hizo saber al ciudadano Moreno Charpentier de la intención de mantener una conversación de manera pacífica”.

Y sobre la tercera condición, referida a la racionalidad del medio empleado para repeler la agresión, el juez Grassi opinó que “el accionar desplegado por Amendolara de ninguna manera exteriorizó una disparidad escandalosa entre el medio utilizado por el sujeto agresor y el empleado por para repeler el comportamiento del este último, ello teniendo en consideración las particulares circunstancias que rodearon el caso, fundamentalmente el grado de violencia exteriorizado por el ciudadano Moreno Charpentier en las circunstancias previas y concomitantes con el hecho”.

“No puedo dejar de valorar que el justiciable carecía de todo otro medio para repeler el ataque, viéndose en la necesidad de emplear su arma reglamentaria, elemento con el cual de todas formas hizo un empleo razonable a la luz de las consecuencias ocasionadas puesto que, si bien Moreno Charpentier fue alcanzado por el disparo efectuado por el causante y sufrió lesiones de consideración, lo cierto es que la forma y la dirección en que fuera orientado el proyectil, permitió una asistencia sanitaria exitosa del damnificado”, agregó el juez.

En su pedido de sobreseimiento, al que Télam tuvo acceso, el fiscal Irigoyen aludió a la declaración espontánea de Amendolara, cuando refirió que «no era su intención agredir, ni lesionar» a Moreno Charpentier, «pero tuvo que hacerlo para salvar su propia integridad física, habiendo esperado hasta último momento para defenderse».

«Con el riesgo altísimo de ser alcanzado por una de las estocadas que, cada vez más cerca, le asestaba Moreno Charpentier, totalmente fuera de sí, siendo que lo único que tenía para defenderse era su arma reglamentaria, ya que no disponía de ningún arma alternativa al arma de fuego, y si no obraba, iba a ser ciertamente gravemente herido o directamente iba a morir por el desaforado ataque», expresó la defensa de Amendolara en la declaración por escrito del imputado presentada por su abogado Soto, el pasado 26 de julio.

Para el representante del Ministerio Público, «el accionar del imputado se desarrolló ante la inminente e ilegítima agresión de Santiago Moreno Charpentier y en defensa de su integridad física resultando necesaria y racional según las circunstancias del caso, la utilización de un arma de fuego contra la fuerza física de un sujeto fuera de sí y armado con una cuchilla que no pudo ser reducido previamente»-

El defensor Soto había solicitado el sobreseimiento de Amendolara en julio pasado en la misma presentación de la declaración de su defendido.

El hecho ocurrió la madrugada del 26 de julio del año pasado en el barrio privado Parque La Verdad, ubicado en Exaltación de la Cruz, cuando, a pedido de la madre del músico, llegó un equipo médico con intenciones de internar a «Chano», quien estaba bajo una crisis vinculada al consumo de drogas.

Ante esta situación, de acuerdo con algunos testigos, el artista se violentó y presuntamente quiso apuñalar con un cuchillo a Amendolara, quien le disparó.

Producto del disparo recibido, el músico estuvo internado 18 días en el Sanatorio Otamendi, donde debieron extirparle el bazo, un riñón y parte del páncreas.

País

Mar del Plata no es más Zona Fría

El proyecto oficial establece que los beneficios del régimen Zona Fría quedarán limitados a los usuarios que residan en la Patagonia, Malargüe (Mendoza) y la región de la Puna. De este modo, el mayor impacto se concentraría en la provincia de Buenos Aires, que fue una de las principales beneficiadas por la ampliación del régimen en 2021.

Con la iniciativa convertida en ley, perderán el descuento por Zona Fría hogares de 55 ciudades bonaerenses, incluyendo a Bahía Blanca y todo los partidos del sudoeste bonaerense (Adolfo Alsina, Adolfo Gonzales Chaves, Benito Juárez, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, Guaminí, General Lamadrid, Laprida, Monte Hermoso, Pellegrini, Puan, Saavedra, Salliqueló, Tres Arroyos, Tres Lomas, Tornquist y Villarino). 

El único distrito que queda exceptuado del recorte es Patagones por ser considerado como Zona Patagónica.

Además, se quedarán sin el beneficio distritos como General Pueyrredón, Necochea, Partido de la Costa, Pinamar, Villa Gesell,  Tandil, Olavarría, Azul, Pergamino, entre otras.

En Córdoba, quedarán afuera del régimen los departamentos del sur y centro de la provincia, como Río Cuarto, Juárez Celman, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña, Tercero Arriba, Calamuchita, Santa María y San Alberto.

También perderán el beneficio municipios de Santa Fe incorporados en 2021, por ejemplo, Rosario, General López, San Lorenzo y Constitución.

En Mendoza, el único departamento que conservaría el beneficio sería Malargüe. En cambio, quedarían excluidas Mendoza Capital, San Rafael, General Alvear, Tunuyán, Tupungato, San Carlos, San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz.

Mientras que en San Luis, la capital provincial, Villa Mercedes y Merlo perderán el beneficio de aprobarse la iniciativa oficial junto a las ciudades de Andalgalá, Belén y Tinogasta de San Juan.

Lo mismo ocurrirá en Salta en los departamentos de Cafayate, Cerrillos, Chicoana, La Caldera, La Viña, Rosario de Lerma, San Carlos y Salta Capital. En Catamarca; en Famatina, Chilecito y General Lamadrid, en La Rioja; y en Tafí del Valle, Tucumán. (TN)

Continuar Leyendo

País

La pobreza creció en el primer semetre del año y se ubicó en 32,3%


Subió 4,1 p.p. respecto al semestre previo. Alcanza a más de 15 millones de p- La pobreza en Argentina registró una suba y se ubicó en 32,3% en el primer semestre de 2026.Así se desprende del informe que difundió esta tarde el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

Respecto al segundo semestre del último año, la pobreza aumentó 4,1 puntos porcentuales (p.p.). Si se mira el mismo semestre de 2025, el incremento llegó a 0,7 p.p.

Tal como anticipó esta agencia, se sumaron 1.200.000 personas por debajo de la línea de pobreza. En el período enero-junio alcanzó a 9.700.000 personas en los 31 aglomerados urbanos donde el INDEC realiza la Encuesta Permanente de Hogares (EPH). Tomando como proyección a todo el territorio nacional, el indicador final se ubica por encima de los 15 millones de personas.

Respecto a la indigencia, subió 1,2 p.p. hasta el 7,5% y englobó a 2.200.000 personas. La diferencia con la pobreza radica en la capacidad de cubrir la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y la Total (CBT).

Desde que asumió a la presidencia Javier Milei registró su pico máximo durante el primer semestre de 2024, cuando el índice alcanzó al 52,9% de las personas.

A partir de ahí, la pobreza comenzó un proceso de reducción: 38,1% en el segundo semestre, 31,6% en el primero de 2025 y 28,2% en el segundo.

Sin embargo, este último dato rompió con la tendencia y la revertió, en parte por el aumento de la CBT en torno a los salarios, que fue superior.

Las distintas proyecciones ya venían adelantando que la pobreza iba a volver a subir en el primer semestre del año. El Nowcast de pobreza de la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT) proyectó una tasa de 31,6%, siendo la que más se aproximó al número final.

Desglosado por grupos estarios, el mayor porcentaje se ubicó entre las personas de 0 a 14 años (44,5%). Le siguió el rango de 15 a 29 años (36,9%), 30 a 64 años (28,8%) y en último lugar el grupo de 65 años o más (14,8%).

En cuanto a las regiones, alcanzó al 41,5% en el Noreste, 36,7% en Cuyo, 32,1% en el Gran Buenos Aires, 31,5% en el Noroeste, 30,3% en la Pampeana y 28,4% en la Patagonia.

"Si bien las tasas de pobreza y de indigencia se incrementaron 4,1 p.p. y 1,2 p.p. en relación al semestre previo, ambas tasas registraron una fuerte baja en relación al primer semestre de 2024", dijo el ministro de Economía, Luis Caputo, buscando demostrar que los indicadores

Continuar Leyendo

País

ANMAT prohibió la venta de productos promocionados para el control de peso

La ANMAT prohibió en todo el país la comercialización, distribución, publicación y uso de productos que declaren contener retatrutide o retatrutida. El organismo advirtió que se trata de preparados sin autorización sanitaria, ofrecidos incluso para administración inyectable, cuya seguridad y eficacia todavía no están aprobadas.

La ANMAT prohibió en todo el país el uso, la comercialización, publicación y distribución de cualquier producto para administración en humanos que declare contener “retatrutide” o “retatrutida”. La medida también alcanza a las plataformas de venta electrónica y quedó establecida mediante la Disposición 6140/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La investigación comenzó luego de una denuncia que alertó sobre publicaciones online que ofrecían productos con esa sustancia. El organismo explicó que la retatrutide todavía se encuentra en etapa de investigación clínica y que no existen especialidades medicinales comercializadas en Argentina que la contengan.

ANMAT ya había advertido en agosto sobre la venta de estos productos y señaló que los anuncios los promocionaban por su supuesta utilidad para el control del peso, la regulación del consumo calórico y la mejora de la función metabólica. También mencionaban efectos sobre la saciedad, la sensibilidad a la insulina y el gasto energético.

El organismo remarcó que desconoce el origen, los fabricantes, la composición y las condiciones de elaboración de los productos ofrecidos. Además, indicó que se comercializaban en presentaciones para reconstitución e inyección, una modalidad que requiere controles rigurosos y seguimiento profesional.

La resolución alcanza a todos los lotes, tamaños y presentaciones de productos destinados a la administración en humanos que declaren contener retatrutide o retatrutida. La prohibición seguirá vigente hasta que ANMAT autorice formalmente esos productos. La única excepción corresponde a investigaciones clínicas que cuenten con autorización expresa del organismo.

ANMAT fundamentó la decisión en la falta de registros que permitan acreditar la elaboración legítima y la fiscalización de los preparados. También recordó que la sustancia no cuenta con aprobación como medicamento en Argentina y que todavía no se encuentran probadas su eficacia y seguridad.

El organismo había detectado ofertas a través de páginas web, plataformas de comercio electrónico y WhatsApp. Según su alerta, la falta de controles sobre productos inyectables suma un riesgo adicional, ya que una eventual contaminación podría provocar infecciones graves.

Además, ANMAT informó que Brasil y Paraguay también emitieron alertas sobre productos que declaraban contener retatrutide. La investigación argentina derivó en una ampliación de una denuncia ante la Justicia Federal de Lomas de Zamora y en una presentación de la Dirección de Asuntos Jurídicos ante la Policía Federal.

Ante esta situación, el organismo recomendó no adquirir ni utilizar estos productos y consultar a profesionales de la salud ante cualquier duda.

Continuar Leyendo