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Portada digital del día 11/6/2026

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Mogotes: Por falta de acuerdo, el conflicto quedó en manos de la Justicia

Por falta de acuerdo entre el Ejecutivo provincial de Axel Kicillof y el municipio , el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 en las últimas horas cerró la instancia de conciliación por el control del complejo de Punta Mogotes, por lo que la Justicia deberá estudiar si dará o no lugar a la cautelar que busca frenar el proceso de licitación de los 24 balnearios.

En las próximas semanas, el juez Simón Isacch se encargará de definir si da lugar a la cautelar que presentó la administración comunal, a cargo del intendente interino, Agustín Neme, a mediados de este año, para detener el proceso de licitación de los balnearios de Punta Mogotes anunciado por el Ejecutivo provincial.

El magistrado también deberá expedirse sobre la demanda principal, con la cual la comuna busca cancelar la deuda contraída durante la última dictadura militar para la construcción del complejo de Punta Mogotes, mediante un depósito superior a los $14 millones, para así avanzar con el traspaso del complejo turístico a la órbita local.

El conflicto de fondo gira en torno al reclamo municipal para que se reconozca el pago esa deuda histórica contraída durante la última dictadura militar. Al respecto, la administración local de Neme sostiene que esa cancelación la habilita a exigir la restitución plena del predio.

Por falta de acuerdo entre Provincia y Mar del Plata, el conflicto por la concesión del complejo de Punta Mogotes quedó en manos de la Justicia.
Por falta de acuerdo entre Provincia y Mar del Plata, el conflicto por la concesión del complejo de Punta Mogotes quedó en manos de la Justicia.

En la actualidad, la Administración de Punta Mogotes se encuentra integrada en un 70% por representantes de la provincia de Buenos Aires y en un 30% por miembros del municipio de Mar del Plata. Esa distribución es uno de los ejes del litigio que ambas jurisdicciones mantienen desde hace varios años.

La controversia enfrenta dos posiciones respecto del futuro del complejo turístico: mientras el Gobierno bonaerense avanza con la elaboración de los pliegos para una nueva licitación y busca extender por un año la vigencia de las actuales concesiones de Punta Mogotes, la comuna pretende impedir cualquier proceso licitatorio hasta que el complejo vuelva formal y efectivamente a la órbita comunal.

El reclamo municipal se originó luego del anuncio realizado por el ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense, Augusto Costa en mayo de este mismo año, cuando el funcionario confirmó que el gobernador Kicillof había tomado la decisión política de avanzar con el traspaso definitivo del complejo de Punta Mogotes a Mar del Plata. Sin embargo, la Provincia planteó que la transferencia debía concretarse “después de una etapa previa de modernización, renovación de infraestructura y una nueva licitación de las unidades balnearias”, lo que desató la furia del Ejecutivo municipal

Si bien en aquella oportunidad el Gobierno provincial convocó al municipio de Mar del Plata a participar de la elaboración de los futuros pliegos licitatorios, la administración local rechazó la invitación de Kicillof y acudió rápidamente a la Justicia para intentar frenar el proceso. En disconformidad con los términos de la propuesta del Ejecutivo provincial, Neme no se presentó a la reunión convocada por el Ministerio de Producción en La Plata para iniciar el proceso de traspaso del complejo a la órbita comunal.

Ahora, habiendo pasado cuatro audiencias de conciliación sin acuerdo alguno, que tuvieron lugar el 30 de junio, el 4 y el 18 de agosto, la Justicia resolvió este martes que el conflicto quede en manos de Isaach. “Agotadas las instancias de negociación, ahora estamos esperando que defina el juez”, coincidieron fuentes periodístcas

Cabe recordar que, a pocas horas de que Costa y Kicillof anunciaran el plan para devolverle Punta Mogotes a Mar del Plata, legisladores bonaerenses del PRO y el radicalismo impulsaron iniciativas inmediatas para frenar el esquema planteado por el Ejecutivo de la provincia de buenos Aires, que prevé realizar obras y una nueva licitación antes de concretar el traspaso del complejo balneario a la Municipalidad de General Pueyrredón.

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Portada digital del día 9/9/2026

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Justicia volvió a avalar el cobro de la tasa vial

El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 rechazó un amparo de la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas de Mar del Plata (Cetac) contra el cobro de la tasa vial, lo que representa un nuevo respaldo judicial a la constitucionalidad del tributo.

En la sentencia, el juez Simón Isacch desestimó los planteos de la Cetac, que había cuestionado la tasa vial por considerar que constituye un impuesto al consumo “encubierto” y que resulta incompatible con el Régimen de Coparticipación Federal.

La entidad empresaria también había planteado la existencia de una “doble imposición”, debido a que la tasa vial coexiste con el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, lo que, según su interpretación, contradice disposiciones de la Constitución Nacional.

Otro de los argumentos de la Cetac apuntaba a la falta de una relación directa entre el pago del tributo y el servicio de mantenimiento vial. La cámara sostuvo que no todas las personas que abonan la tasa utilizan las calles de la ciudad y que, a la inversa, existen usuarios de la red vial que no pagan el gravamen.

Frente a esos planteos, el Municipio sostuvo que la tasa vial no constituye un nuevo tributo, sino un componente de la Tasa de Servicios Urbanos destinado al mantenimiento de las calles, que fue separado para comenzar a percibirse a través del consumo de combustible. También defendió la existencia de una prestación concreta como contraparte del pago: la conservación y el mantenimiento de la red vial municipal.

En sus fundamentos, Isacch se ajustó al criterio establecido por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, que a fines de 2024 había rechazado una demanda similar presentada por el entonces diputado provincial Guillermo Castello.

El antecedente tenía además una particularidad: en una resolución anterior, el propio Isacch había declarado la inconstitucionalidad de la tasa vial a partir de los planteos formulados por Castello. Sin embargo, al analizar ahora la demanda de la Cetac, el magistrado adoptó el criterio fijado posteriormente por la Cámara de Apelaciones, con el argumento de que un nuevo pronunciamiento en sentido contrario probablemente sería revocado en una instancia superior.

En aquel fallo, la Cámara había considerado que la red vial constituye un servicio “uti universi”, es decir, destinado a la comunidad en general. Por ese motivo, entendió que no es necesario que exista una utilización “individualizada” del servicio por parte de cada contribuyente. Según ese criterio, alcanza con que la prestación esté organizada y sea efectivamente brindada a la comunidad.

El tribunal también había establecido que el hecho imponible de la tasa no debe definirse exclusivamente a partir del elemento utilizado para cuantificarla -en este caso, los litros de combustible-, sino que debe considerarse la causa jurídica del gravamen: el financiamiento de un servicio municipal concreto.

A partir de esos argumentos, Isacch concluyó que la tasa vial no resulta análoga al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y que, por lo tanto, no configura una doble imposición prohibida por el Régimen de Coparticipación Federal.

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