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Sociedad

Mediadores despiden el año

10 de diciembre de 2025

Tras la culminación de un año ajetreado pero fructífero, el equipo del Centro de Mediación del Colegio de Abogados Mar del Plata celebró su última reunión del 2025, en sus oficinas ubicadas en calle Alte Brown 1968 (sede del CAMdP) de esta ciudad.

En la imagen tomada por Susana Nazarre a sus pares, comparten la mesa los profesionales Lila Orellano, Jorge Stinson y Ale Croppi, los directores, sentados (de izq a der). Parados Raquel Sobarzo, Vale Maccarone, Eli Stinson y Dante Retamar (de izq a der). Y en la última fila se ubica Gonza Castro Martínez. Ausentes con aviso: Marita Román y Javier Rizzo. Una familia que respira mediación, se destacó.

Desde las redes sociales, son innumertables las felicitaciones hacia los mediadores. ‘Muchas gracias a todos por este servicio que dan hacia el colectivo de mediadores, abogados y comunidad de Mar del Plata.Que tengan un tiempo de descanso y felicidad en las fiestas de fin de año y navidad junto a sus familias y seres queridos’, subraya uno de los mensajes.

POLÍTICA

Bullrich mandó ‘a laburar’ a los delegados gremiales

La flamante presidenta del bloque de senadores nacionales de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, celebró el envío del proyecto de reforma laboral y destacó el límite de diez horas mensuales remuneradas que tendrán los delegados sindicales para desarrollar actividades gremiales dentro del horario de sus jornadas de trabajo.

“Los delegados van a tener un límite de diez horas mensuales pagas. El resto, a laburar”, desafió Bullrich, quien compartió un panel con el CEO de Techint, Paolo Rocca.

Bullrich expresó así que el proyecto de reforma laboral apunta directamente al descuento salarial de forma proporcional para aquellos delegados que dediquen más de diez horas mensuales al ejercicio de sus funciones sindicales.

Al participar del cierre del Seminario Propymes organizado por el Grupo Techint, la exministra de Seguridad recordó que “siguen siendo trabajadores y no solo delegados”, por lo que deben cumplir las responsabilidades inherentes a sus tareas.

La legisladora remarcó que la medida apunta a equilibrar el derecho a la representación gremial en los lugares de trabajo con las obligaciones laborales y el tiempo de trabajo propiamente dicho.

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Sociedad

SE VIENE LA REFORMA LA LABORAL

El Poder Ejecutivo avanzó con la presentación de la Ley de Modernización Laboral, un paquete integral que introduce cambios profundos en las normas de empleo, registración, negociación colectiva y contribuciones patronales. La reforma, que llega en medio de un replanteo general del esquema regulatorio argentino, incluye medidas de desburocratización, reducción de litigiosidad y nuevos incentivos para la contratación formal.

La iniciativa, que ingresó al Parlamento a través del Senado, abarca 79 páginas y detalla uno por uno los cambios que el oficialismo pretende introducir en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, la columna vertebral de la legislación laboral argentina.

El texto constituye la apuesta más ambiciosa de la gestión Milei para flexibilizar las condiciones de contratación y despido, redefinir derechos individuales y colectivos, y avanzar en una reducción permanente de las contribuciones patronales. En términos prácticos, el proyecto plantea un nuevo marco normativo que impacta de manera directa en la forma en que se organizan, se remuneran y se extinguen las relaciones laborales.

Uno de los ejes centrales del proyecto es la creación del registro laboral centralizado en ARCA, que pasará a ser la única instancia válida de inscripción de trabajadores. A partir de esta modificación, ningún organismo podrá exigir requisitos adicionales, lo que busca simplificar trámites y unificar la información laboral en un solo sistema.

La Ley también introduce cambios amplios en el Régimen de Contrato de Trabajo. Entre ellos, la redefinición de qué conceptos integran las indemnizaciones, mayores posibilidades de pactar remuneraciones en moneda extranjera y un reordenamiento del tiempo de trabajo que permite nuevas modalidades de compensación horaria. Además, se endurecen los requisitos para las certificaciones médicas y se incorpora un esquema más amplio de beneficios no remunerativos.

En materia judicial, el Gobierno impulsa un cambio clave: las indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo pasarán a ser la única vía de reparación posible ante un despido. De esta manera, se elimina la posibilidad de iniciar reclamos adicionales por daños y perjuicios basados en el Código Civil y Comercial, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad.

Otro punto central es la reforma de la negociación colectiva. Se limita la llamada “ultraactividad”, que mantenía vigentes todos los convenios vencidos de manera indefinida.

Con la nueva norma, solo seguirán en pie las cláusulas normativas hasta que haya un nuevo acuerdo o una prórroga expresa. También se fortalece la autonomía de los convenios sectoriales de menor alcance y se reglamenta el carácter no remunerado de las asambleas sindicales.

Se habilita, asimismo, la conformación de los denominados "bancos de horas" que habilita a que las partes acuerden un régimen de compensación de las "horas extraordinarias" del trabajador siempre que se respeten las 12 horas de descanso mínimo legales (entre jornada y jornada, y de descanso semanal). Este esquema permitiría compensar tiempos dentro de la jornada laboral sin generar horas extra tradicionales, por ejemplo, acordando una reducción de carga horaria en momentos de menor demanda o la generación de francos compensatorios.

La iniciativa incorpora, además, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), al que los empleadores deberán aportar un 3% del salario de cada trabajador.

Ese fondo, administrado por entidades supervisadas por la Comisión Nacional de Valores, será inembargable y estará destinado exclusivamente a financiar indemnizaciones y otros pagos previstos por ley.

La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.

Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.

El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, etc.— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones.

Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos (fijos o variables) por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.

La reforma impacta directamente en la ultraactividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación.

Se especifican los requisitos para acreditar la incapacidad. Se establece la exigencia de que los certificados médicos contengan diagnóstico específico, tratamiento y cantidad de días de reposo. Además, se prevé que sean emitidos por personal médico habilitado.

Se regula la exigencia de una junta médica en caso de discrepancia entre los profesionales.

Para incentivar la formalización, se establece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que regirá durante un año y otorgará contribuciones patronales reducidas -del 2% por cuatro años- a quienes contraten a personas sin empleo formal reciente, monotributistas, desocupados o exempleados públicos. A su vez, la reforma contempla una reducción general de contribuciones, fijada en 17,40% para empleadores de grandes servicios y comercio, y en 15% para el resto del sector privado.

El proyecto incluye también un régimen especial para trabajadores de plataformas, como repartidores y choferes, a quienes se reconoce como prestadores independientes con requisitos operativos y de cobertura específicos para las empresas que administran las aplicaciones.

Finalmente, la ley incorpora otros cambios vinculados al sistema tributario y al clima de inversiones, como la reducción de alícuotas del Impuesto a las Ganancias corporativo y la creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, que promueve la amortización acelerada.

El texto del proyecto cierra: “Con estas medidas propuestas, el proyecto continúa en la senda de simplificación y ordenamiento normativo que el Gobierno viene impulsando desde el inicio de su gestión, orientada a eliminar distorsiones, depurar afectaciones, unificar criterios, dotar de neutralidad al sistema, simplificar y reducir costos de cumplimiento. Este proceso se guía por un principio innegociable: resguardar el equilibrio fiscal que tanto esfuerzo demandó alcanzar”.

Se mantiene la obligación del trabajador de sostener el empleo al trabajador que presente una disminución definitiva como consecuencia de accidente o enfermedad, pero se habilita la reducción del salario para que sea acorde a las nuevas condiciones de categoría y jornada.

Se elimina la exigencia del empleador de preavisar durante el periodo de prueba.

El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Por ejemplo, los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.

Asimismo, se establece que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos, reforzando controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.

Fuente: Agencia DIB

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Sociedad

Cierre del Curso de Socorrista Urbano en el Colegio de Técnicos

Este viernes, 12 de diciembre, de 14.30 a 18, se llevará a cabo la jornada final del Curso de Socorrista Urbano, a cargo del instructor Juan Hay, organizado por Defensa Civil en conjunto con el Colegio de Técnicos Distrito 5.

La capacitación intensiva de cuatro encuentros teórico–prácticos con certificación internacional AIDER, reúne a bomberos, enfermeros, personal de Defensa Civil y profesionales matriculados, interesados en aprovechar un espacio de formación clave para fortalecer los conocimientos y capacidades de respuesta ante emergencias.

La propuesta —de carácter gratuito— inició el 3 de diciembre en la sede del Colegio de Técnicos (Dorrego 1371) e incluyó prácticas en simuladores y módulos específicos sobre Reanimación Cardiopulmonar (RCP), Obstrucción de Vías Aéreas (OVA), Soporte Vital Básico (SVB-BLS), uso de Desfibrilador Externo Automático (DEA), primeros socorros estándar y protocolos de actuación en emergencias ante hemorragias y lesiones en tejidos blandos.

La jornada final ofrecerá una instancia integradora en la que los participantes pondrán en práctica las habilidades adquiridas, consolidando herramientas fundamentales para intervenir con eficacia en situaciones críticas.

Día y horario: Viernes 12 de diciembre, de 14.30 a 18. Lugar: Colegio de Técnicos Distrito 5 – Dorrego 1371, Mar del Plata.

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