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JUDICIALES

Causa de los seguros: Procesado

18 de noviembre de 2025

La Cámara Federal de Comodoro Py confirmó este martes el procesamiento del expresidente de la Nación, Alberto Fernández, en la resonante causa por la corrupción en la contratación de seguros durante su gestión. 

Con esta decisión, el exjefe de Estado queda en una situación judicial comprometida, en condiciones de ser enviado a juicio oral y público.

Según informaron fuentes judiciales, la Sala II de la Cámara ratificó no solo la situación procesal de Fernández, sino también la de otros actores clave en la investigación. 

Entre ellos se encuentran el broker de seguros Héctor Martínez Sosa, amigo personal del expresidente, y su esposa, María Cantero, quien se desempeñaba como secretaria privada del entonces mandatario.

La trama de los seguros y los amigos del poder

La causa investiga supuestas irregularidades en las contrataciones de seguros por parte de organismos públicos durante el Gobierno de Fernández. 

El escándalo judicial se centra en la presunta intermediación indebida y los millonarios negocios que habrían beneficiado a personas cercanas al círculo de poder.

JUDICIALES

La Corte propone cambios en la forma de seleccionar a los jueces

La Corte Suprema de Justicia propuso una reforma en la manera en que se seleccionan los candidatos a jueces federales y nacionales para que sea analizada por el Consejo de la Magistratura. La intención es fijar un límite al margen de acción política en el criterio de selección.


El nuevo reglamento de selección de jueces propuesto lleva la firma de solo los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y no la del presidente de la Corte, Horacio Rosatti.

Los cambios propuestos reducen la discrecionalidad política en los concursos para jueces en momentos en que el Consejo de la Magistratura se dispone a cambiar su relación interna de fuerzas, con mayor incidencia del oficialismo de La Libertad Avanza en el organismo. Ahora el peso de la selección pasa por el diseño del banco de preguntas, la definición de los criterios de evaluación y la gestión del proceso.

Los jueces dispusieron elevar este reglamento al Plenario del Consejo de la Magistratura para su consideración y decidieron comunicarlo a las Cámaras nacionales y federales de todo el país y de los Supremos Tribunales de Justicia de las provincias. Se necesitan mayorías agravadas para su aprobación.

El trabajo lo venía realizando Rosenkrantz desde hace varios meses y Lorenzetti lo acompañó, dijeron fuentes del Consejo de la Magistratura. Rosatti quedó en soledad, lo que marca un cambio en la dinámica de funcionamiento de la Corte.

En el Consejo de la Magistratura hay otras propuestas, cerca de 14, pero en este caso se trata de una acordada de la Corte, que de todas manera el organismo colegiado está obligado a acatar.

Límites
El reglamento le pone límites al Consejo de la Magistratura al disponer, por ejemplo, que los concursos para jueces se realizarán de ahora en más con un banco de preguntas que se corregirá mediante un multiple choice. Las entrevistas personales solo pueden dar puntos al candidato con un límite del 10% del total.

Con el argumento de reforzar la transparencia y reducir la discrecionalidad, el nuevo esquema redefine no solo cómo se evalúa a los candidatos, sino también dónde reside el poder real dentro del proceso.

Hay un fuerte giro hacia un modelo reglado, pues antes tenía peso el examen de oposición, antecedentes y la entrevista personal con una valoración subjetiva. Ahora se impone una lógica de evaluación tabulada, automatizada y con reglas preestablecidas.

Entre las innovaciones aparece como regla la instauración de concursos anticipados. Es decir que siempre se harán concursos anticipados, antes de que se produzcan las vacantes. La medida busca licuar la influencia del contexto político en los concursos.

Doble examen
Otro cambio central es la implementación de un doble examen con anonimato reforzado. Una primera instancia general, de carácter objetivo y corrección automatizada, funciona como filtro técnico.

La segunda etapa, de carácter práctico, evalúa la capacidad de resolución de casos y redacción de sentencias . Todo el proceso se apoya en sistemas que garantizan la trazabilidad y el anonimato de los postulantes, en un intento por blindar la evaluación frente a interferencias externas.

La entrevista personal, uno de los momentos de mayor incidencia política, pierde peso. Su puntaje queda limitado a un 10% dentro del total, y su capacidad de alterar el orden de mérito se reduce al mínimo. Deja de ser el espacio donde se definían muchas ternas.

En paralelo, el nuevo reglamento introduce un sistema de evaluación de antecedentes tabulado. La formación académica, los promedios universitarios, la experiencia profesional y la trayectoria en la función judicial son ponderados mediante criterios objetivos y previamente definidos. La intención es sustituir valoraciones por métricas verificables.

También se avanza hacia la digitalización del proceso donde cada postulante contará con un legajo único, auditable y accesible, lo que mejora la transparencia y el control.

El nuevo modelo reduce de manera ostensible la capacidad de intervención de los consejeros en el concurso con la posibilidad de influir en las entrevistas o de alterar el orden de mérito, pues esa facultad queda acotada. Eran frecuentes las quejas de candidatos que terminaban bien en los exámenes y perdían lugares en la lista definitiva, o al revés. También eran frecuentes los casos de los candidatos de mitad de tabla que ascendían en la lista final, merced a la política. Ahora el poder pasa por el diseño del banco de preguntas, la definición de los criterios de evaluación y la gestión del proceso.

La Corte Suprema consolida su influencia sobre el proceso de selección en desmedro del Consejo de la Magistratura. Los cambios principales son la fijación de pautas objetivas de asignación para la categoría “especialización” y se incorporan indicadores como el de rendimiento académico en la carrera de grado. Si antes el examen consistía en la elaboración de una sentencia, ahora hay dos etapas: en la primera, se evalúan los conocimientos de derecho del concursante; en la segunda, su capacidad de resolver situaciones prácticas de su función.

El nuevo examen busca mayor amplitud y objetividad en los conocimientos jurídicos y prácticos de los concursantes. Antes los jurados elaboraban y corregían el examen. Ahora los que elaboran el examen no son los mismos que lo corrigen. Se evitan así filtraciones de consignas y sesgos en la calificación. La primera etapa es una calificación automatizada que mide conocimientos sin discrecionalidad en la calificación. La segunda etapa fija criterios claros para la asignación del puntaje en la resolución del caso.

Se preserva el anonimato de los concursantes y se privilegia la aplicación de normas neutrales e igualitarias en la corrección de las consignas. La discrecionalidad de la Comisión de Selección en la convocatoria a la entrevista y en la asignación de puntos, que muchas veces modifican los resultados derivados de antecedentes y exámenes, se limita. Así se busca eliminar la discrecionalidad política en la evaluación de los candidatos y se privilegia el resultado técnico de la evaluación de antecedentes y examen.

Foto Rosenkrantz, Rossi y Lorenzetti, los tres ministros actuales de la Corte.

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JUDICIALES

Posponen indagar a Tapia y AFA podría levantar el paro del fútbol

La Justicia le comunicó a la AFA en las últimas horas que se pospone la indagatoria a Claudio Tapia y Pablo Toviggino, medida que había motivado el llamado a paro en el fútbol argentino. Tras la notificación, crecen las chances de que se revierta la suspensión prevista entre el 5 y el 8 de marzo.

La decisión inicial de la Asociación del Fútbol Argentino había generado fuerte malestar entre los hinchas, que se iban a quedar sin actividad en todas las categorías, desde la Primera División hasta los torneos juveniles. El paro fue planteado como respuesta a lo que los directivos consideran una persecución por parte del Gobierno Nacional encabezado por Javier Milei.

El conflicto se da en un contexto de tensión por el impulso oficial a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en el fútbol argentino, una iniciativa que genera rechazo en la conducción de la AFA desde hace muchos años.

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JUDICIALES

Ordenan suspender ordenanza de agroquímicos en Tandil y Rauch

La Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenó suspender de manera preventiva la ordenanza que regula el uso de agroquímicos en el partido de Tandil, en el marco de una causa que también involucra a la Municipalidad de Rauch y que cuestiona la constitucionalidad de ambas normativas por su impacto ambiental sobre la Cuenca del arroyo Chapaleofú.

La cautelar se hizo a pedido de un grupo de vecinos de dicha cuenca y luego que estos hayan recibido el apoyo del procurador general Julio Conte Grand. El dictamen del fiscal reconoce la legitimidad del reclamo de pobladores de los distritos citados y de los de las localidades tandilenses de Gardey y Vela, donde rige una normativa aprobada en 2022.

El fallo del máximo tribunal suspende provisoriamente la aplicación de un artículo de una ordenanza de 2021 en Tandil que establece las distancias y condiciones para la aplicación de agroquímicos, y de otro artículo en Rauch hasta tanto se sustancien los requerimientos de información ordenados y se dicte una resolución definitiva sobre el fondo de la cuestión.

Además, se exigió a los intendentes de ambas localidades que en un plazo perentorio de diez días le eleven a ese cuerpo todos los antecedentes que dieron origen a las respectivas ordenanzas, antes de dictar un fallo definitivo.

En los considerandos, la Suprema Corte puso el foco en el potencial riesgo de contaminación del recurso hídrico, así como en la necesidad de adoptar decisiones judiciales acordes a los principios preventivo y precautorio que rigen en materia ambiental.

En ese marco, destacó que los límites previstos para la aplicación aérea de agroquímicos en ambas ordenanzas “prima facie se apartan de las pautas que la Provincia ha fijado” en su normativa general, lo que refuerza la necesidad de una evaluación más profunda. DIB

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