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Buscan prohibir el cobro de tasas municipales en boletas de luz y gas

15 de julio de 2026

La pelea entre los intendentes y el Gobierno en torno al cobro de tasas municipales en las facturas de luz y gas tuvo un nuevo capítulo y quedó más cerca de una resolución final. Es que la Procuración General de la Nación respaldó la decisión del Gobierno de prohibir que las comunas cobren tasas locales a través de las facturas de servicios públicos.

En dos dictámenes firmados en los últimos días, el organismo a cargo de Eduardo Casal concluyó que la medida no vulnera la autonomía municipal y que las comunas conservan la facultad de recaudar esos tributos mediante otros mecanismos. Y en ese sentido recomendó a la Corte Suprema rechazar los planteos judiciales impulsados por las municipalidades de Río Grande y José C. Paz.

Los expedientes analizan la validez de la Resolución 267/2024 de la entonces Secretaría de Industria y Comercio, que estableció que las facturas emitidas por proveedores de bienes y servicios «deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor» y que no podrán contener «sumas o conceptos ajenos» a esa prestación.

La discusión se originó a mediados de 2024, cuando el Gobierno nacional dispuso eliminar de las boletas de luz, gas, agua y otros servicios el cobro de tasas e impuestos municipales que numerosas comunas percibían junto con la factura. Pese a la decisión que impulsó Luis Caputo, varios municipios fueron a la Justicia y obtuvieron fallos a favor. De hecho, la Justicia Federal de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad de la resolución.

En este contexto, La Libertad Avanza salió a impulsar más de 100 proyectos en concejos deliberantes para reducir o eliminar tasas en la provincia. Esta medida, le valió una crítica del gobernador Axel Kicillof, quien aseguró que el impacto de las tasas municipales es mínimo medido en términos del PBI.

En el caso de Río Grande, la Procuración sostuvo que la resolución fue dictada por la autoridad competente en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y que su finalidad fue proteger los derechos de los usuarios previstos en el artículo 42 de la Constitución Nacional.

Según el dictamen, la Secretaría de Industria y Comercio estaba habilitada para establecer reglas generales sobre la facturación de los servicios públicos en el marco de las relaciones de consumo. El dictamen también descartó que exista una afectación de la autonomía municipal.

En el expediente iniciado por la Municipalidad de José C. Paz, el procurador agregó otro fundamento vinculado con el régimen eléctrico nacional. Señaló que el servicio de distribución prestado por Edenor se encuentra sometido a regulación federal y recordó que la Ley 24.065, modificada por el Decreto 450/2025, establece que las facturas «no podrán incluir tributos de orden local o cargos ajenos a los bienes y servicios facturados».

Aunque los dictámenes no son vinculantes, suelen funcionar como una suerte de «recomendación» hacia la Corte Suprema. Si el máximo tribunal adopta el criterio propuesto por la Procuración, quedaría convalidada la potestad del Gobierno nacional. DIB

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Buscan sembrar 50 mil hectáreas al costado de rutas nacionales

Dos proyectos de ley que comenzaron a debatirse en la Cámara de Diputados buscan habilitar la siembra en las áreas aledañas a las rutas nacionales (banquinas), algo hoy prohibido. La idea, que también en la provincia de Buenos Aires viene generando debate, permitiría sembrar unas 50.000 hectáreas al costado de estas vías.

Los proyectos pertenecen a los diputados Javier Sánchez Wrba (PRO) y Agustina Propato (Unión por la Patria) apuntan a aprovechar superficies que hoy pueden encontrarse sin uso productivo, a través de permisos precarios y onerosos, manteniendo las condiciones necesarias para la circulación y el mantenimiento de las rutas. Cabe aclarar que no se incluye la posibilidad de sembrar sobre las banquinas ni sobre las franjas de seguridad vial.

Las propuestas buscan revertir la prohibición de producir que hoy rige sobre esos espacios, algo que, "durante años fue una práctica habitual, hasta que una resolución de 2008 dejó sin efecto el régimen que permitía otorgar permisos para la siembra, cultivo y cosecha", contaron desde la Fundación Barbechando.

Según se informó, en la propuesta de Sánchez Wrba “los productores frentistas tendrían prioridad para acceder, mediante el pago de un canon, a los permisos de uso productivo de las franjas adyacentes a la calzada -tierras que hoy en día son de dominio público- para poder producir”.

Barbechando precisó que, respecto al destino de los fondos que se recauden vía el permiso, “solo existe una diferencia instrumental: por parte del PRO el destino es el mantenimiento de la Red Vial Nacional mientras que la propuesta de UXP tiene un fin social y cooperativo”.

“De acuerdo con una estimación incorporada al proyecto, si se consideraran aproximadamente dos hectáreas adicionales por cada kilómetro lineal en las zonas productivas y se tomara como referencia una Red Vial Nacional de unos 40.000 kilómetros, el universo potencial podría alcanzar unas 50.000 hectáreas que podrían sumarse a los cultivos anuales”, agregó Barbechando.

La entidad recordó que en distintas jurisdicciones existen normas que permiten compatibilizar el uso vial con determinados usos productivos regulados. “Un caso paradigmático es la provincia de Buenos Aires, donde la Ley N 10.342, de 1985, habilita a los municipios a otorgar permisos de uso precario sobre franjas adyacentes a rutas y caminos de la red vial provincial. De hecho, existen experiencias municipales en las que se avanzó con este tipo de utilización bajo normativa provincial y local, como el caso de 9 de Julio, en la provincia de Buenos Aires”, indicó.

Sin embargo, recientemente un proyecto apunta a modificar esa ley que permite a los intendentes conceder permisos de uso sobre las franjas linderas a las rutas y caminos que integran la red vial bonaerense. No obstante, excluye de manera expresa a las banquinas, es decir, los espacios laterales reservados por la legislación vigente para la seguridad vial, lo que limita las posibilidades de sembrar en esos terrenos.

Ahora, un proyecto impulsado por la diputada de Fuerza Patria, Ayelén Rasquetti, propone modificar el artículo primero de la ley para incluir a las banquinas dentro de los espacios susceptibles de ser cedidos en uso, siempre que exista una autorización previa de la Dirección de Vialidad bonaerense.

Cabe recordar que en febrero de este año, el municipio bonaerense de 9 de Julio puso en marcha una convocatoria dirigida a productores frentistas y actores del sector agropecuario para participar de una licitación pública que permitirá sembrar unas 300 a 350 hectáreas de banquinas ubicadas sobre las diferentes rutas provinciales y caminos como la ruta 65.

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El Gobierno flexibilizó el acceso a los Vouchers Educativos

El Gobierno flexibilizó dos requisitos clave para acceder a los vouchers educativos ante el crecimiento de la morosidad en las escuelas de gestión privada. La medida suspende la interrupción o cancelación del beneficio a las familias que adeuden cuotas en colegios privados con subvención estatal.

La decisión fue formalizada a través de la resolución 505, publicada en el Boletín Oficial, y suspende hasta finales de diciembre la aplicación de dos artículos que establecían las condiciones relacionadas con el mantenimiento de la prestación.

“Atento a que el ciclo lectivo se encuentra en curso, y con el objeto de que no se vean afectadas las trayectorias educativas de los beneficiarios, la Subsecretaría de Políticas e Innovación Educativa propicia la suspensión de la aplicación del citado articulado (artículos 14 y 21 inc. E del Reglamento general del Programa) durante el año 2026”, remarcó la medida.

El programa Vouchers Educativos permite cubrir hasta el 50% de la cuota mensual sobre la jornada simple en instituciones educativas de gestión privada del 75% de aporte estatal o más.

Para acceder al beneficio, el ingreso familiar no debe superar los siete Salarios Mínimos Vitales y Móviles, que en agosto equivalen a $2.636.200.

En cuanto a los dos artículos suspendidos por la resolución 505, el número 14 del reglamento general del programa de Vouchers Educativos determinaba que las escuelas debían informar de forma mensual la nómina de beneficiarios que adeudaran cuotas.

“Ante la falta de pago de dos cuotas, el beneficio será suspendido hasta que se regularice la situación”, señalaba el artículo. En ese caso, una vez regularizada la deuda, se permitía el cobro retroactivo. Si la familia acumulaba tres cuotas impagas, el voucher educativo era cancelado.

Mientras que el artículo 21, inciso “e”, establecía el cese de la prestación del beneficio por adeudar tres o más cuotas escolares.

Con la suspensión de ambos artículos, la acumulación de cuotas escolares impagas ya no podrá derivar en la suspensión o cancelación del beneficio hasta finales de diciembre.

La morosidad en los colegios privados alcanzó el 11%

Crece la cantidad de familias que se atrasan en el pago de las cuotas ante la pérdida de poder adquisitivo y el aumento de los servicios que obligan a los hogares argentinos a ajustar cada vez más sus presupuestos.

El secretario ejecutivo de la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada de Argentina (AIEPA), Martín Zurita, indicó a TN que la morosidad alcanza el 11% promedio, por encima del 7% registrado el año pasado.

Si bien hay disparidad entre las instituciones educativas de acuerdo a su oferta de servicios, ubicación y público, el sector coincide en que el atraso en las cuotas es una realidad.

“Hay un 11% de morosidad promedio. Hay escuelas que tienen menos y otras que tienen más. Las zonas donde se concentra un mayor porcentaje de mora son la zona sur y oeste del conurbano bonaerense, que en algunos casos llegan al 20%”, afirmó Zurita. (TN)

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Operativo de emergencia en el mar



En medio del mar y a 194 kilómetros de la costa - unas 105 millas náuticas -, la Prefectura Naval Argentina realizó una "aeroevacuación" de emergencia de un tripulante que se encontraba a bordo del buque pesquero “Magdalena”.


El procedimiento se inició cuando el capitán de la embarcación informó al Centro Gestión Tráfico Marítimo de Comodoro Rivadavia que uno de los tripulantes, de 47 años, presentaba dolor en el pecho y en la zona baja del lado izquierdo, acompañada con hipertensión arterial.

De inmediato, se realizó una radioconsulta con médicos de la Fuerza, quienes indicaron medicación, reposo y el desembarco del hombre. Ante la persistencia del cuadro clínico y luego de una nueva evaluación médica, los profesionales recomendaron realizar una evacuación, por lo que se activó el operativo de rescate.


De inmediato, Prefectura desplegó el avión PA-25 y el helicóptero PA-41. Las aeronaves partieron desde Viedma y Comodoro Rivadavia, respectivamente.

Luego de las maniobras de aproximación, el paciente fue izado mediante una canasta sanitaria y trasladado por vía aérea hasta tierra firme, donde lo aguardaba una ambulancia para su derivación a un centro asistencial y la continuidad del tratamiento médico. Por el momento, el hombre quedó internado en el área de terapia intensiva para la realización de estudios médicos.

https://twitter.com/PrefecturaNaval/status/2087922262464704899

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