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Restringen la circulación de camiones por el fin de semana largo

2 de julio de 2026

El Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires amplió la restricción para la circulación de vehículos de transporte de cargas de más de siete toneladas de porte bruto en distintas rutas provinciales y en la Autopista Buenos Aires-La Plata con motivo del fin de semana largo del 9 de Julio.


La medida busca mejorar la seguridad vial, ordenar el tránsito y reducir el riesgo de siniestros durante el recambio turístico. E incorpora el viernes 10 de julio, declarado día no laborable con fines turísticos por el Gobierno nacional, a las medidas previstas para el feriado, luego de que esa fecha hubiera sido omitida por error en una resolución anterior.

La restricción se aplicará en los mismos corredores alcanzados por la Resolución N° 85/26, que comprende las rutas provinciales 2, 11, 36, 56, 63, 74 y 88, además de la Autopista Buenos Aires-La Plata, en los siguientes días y horarios:

Miércoles 8 de julio: de 18:00 a 23:59, en sentido ascendente (salida del Área Metropolitana).
Jueves 9 de julio: de 6:00 a 14:00, en sentido ascendente (salida).
Domingo 12 de julio: de 14:00 a 23:59, en sentido descendente (regreso hacia el Área Metropolitana).
La cartera de Transporte explicó que la decisión responde al incremento previsto en la circulación de vehículos particulares durante el fin de semana largo, especialmente en los accesos a los principales destinos turísticos bonaerenses, lo que incrementa el riesgo de accidentes por la convivencia entre el tránsito liviano y los vehículos de gran porte.

La medida mantiene las excepciones previstas en la Resolución N° 5/26 para determinados transportes considerados esenciales, entre ellos aquellos vinculados al abastecimiento de productos perecederos y otras actividades estratégicas, con el objetivo de garantizar la continuidad de la producción y la distribución de bienes.

Asimismo, la resolución dispone que los controles se realicen en los puntos de inicio de los tramos restringidos para impedir el ingreso de los vehículos alcanzados por la prohibición y encomienda a los organismos de fiscalización liberar el tránsito de manera gradual una vez finalizados los horarios de restricción.

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La Corte ratificó decomiso por $685.000 millones contra Cristina Kirchner

La Corte Suprema le puso un punto final a uno de los frentes que las defensas de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez mantenían abiertos en la causa Vialidad: la discusión sobre cómo se recalcula el decomiso que pesa sobre los condenados, que en apenas tres años multiplicó por ocho su valor original.


Cristina Fernández de Kirchner en su departamento de San José 1111.
La Justicia intimó a la Anses a restituirle a Cristina la pensión por viudez
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti descartaron los recursos por considerarlos inadmisibles, en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, y de ese modo habilitaron a que avance la ejecución por $685.000 millones sobre el patrimonio de todos los responsables, alcanzando ya a 111 bienes que están siendo tasados.

El expediente se conoció esta tarde de jueves, tiene su origen en el fallo que dictó el Tribunal Oral Federal N°2 el 6 de diciembre de 2022, luego de un juicio que se extendió casi tres años. Ese tribunal condenó a la entonces vicepresidenta a seis años de prisión y a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al considerarla responsable de administración fraudulenta en perjuicio del Estado en la adjudicación de 51 obras viales en Santa Cruz durante el período 2003-2015. Las mismas penas, con variaciones según su rol en la maniobra, recayeron sobre el empresario Lázaro Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López y el ex administrador de Vialidad Nacional Nelson Periotti, entre otros ex funcionarios provinciales.

Aquella sentencia ya incluía una cifra de decomiso: casi 85 mil millones de pesos, calculados en base a los sobreprecios de las obras, los acuerdos entre empresas para direccionar las licitaciones y los perjuicios derivados de trabajos abandonados. Pero el propio fallo advertía que ese número debía actualizarse una vez que la condena quedara firme, algo que ocurrió recién en junio de 2025, cuando la Corte Suprema rechazó los últimos cuestionamientos de fondo presentados por las defensas y por la fiscalía —que a su vez buscaba endurecer las penas por asociación ilícita.

Fue a partir de ese momento que el Cuerpo de Peritos Contadores del máximo tribunal, con la intervención de especialistas propuestos tanto por las defensas como por el Ministerio Público, recalculó el monto tomando como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor entre noviembre de 2022 y mayo de 2025. El resultado fue una cifra que ronda los 685 mil millones de pesos —exactamente $684.990.350.139,86—, ocho veces superior a la fijada originalmente.

Ese salto fue lo que las defensas intentaron frenar, primero ante el propio tribunal oral y después ante la Cámara Federal de Casación Penal, que confirmó el número actualizado. Los abogados de Fernández de Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, argumentaron que la cifra original tenía un carácter provisorio y objetaron que se utilizara el IPC como parámetro de ajuste. Por su parte, la representante de Báez, Yanina Nicoletti, cuestionó que fuera el Tribunal Oral Federal N°2 —y no el N°4, que ya lo había condenado en la causa conocida como Ruta del Dinero K— el que tuviera competencia para ejecutar el decomiso. Ninguno de esos argumentos logró conmover a los jueces de la Corte.

Con este pronunciamiento, todos los condenados quedan obligados a responder de forma solidaria por el monto total, aunque en la práctica es Fernández de Kirchner quien conserva bienes de valor significativo: el patrimonio de Báez ya fue liquidado en el marco de la quiebra de Austral Construcciones y de la condena por lavado de dinero. NA

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¡ÉCHALE GAS!

El Gobierno nacional aseguró que el suministro de gas para los domicilios es prioritario y que no faltará salvo algún “imponderable”.

“No va a faltar gas en los domicilios en la medida que no haya un imponderable, que no quede un yacimiento fuera de producción o que no pase nada en algún sistema de transmisión o de distribución”, señaló el secretario de Energía, Daniel González.


"La demanda prioritaria de todo el país está perfectamente satisfecha. El sistema de gasoductos tiene la presión correcta, los yacimientos están produciendo como tienen que producir y no hay cortes en la demanda prioritaria”, explicó en diálogo radial que procesó Agencia Noticias Argentinas.

La fuerte demanda ya provocó el corte de suministro de los servicios interrumpibles en algunas estaciones de servicio.

Respecto de las tarifas, el funcionario señaló que “aumentan o se reducen todos los meses en función, por un lado, de la inflación de los meses anteriores, que impacta en el cargo fijo, y después en función del costo real de la energía”.

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El viernes 10 de julio será día no laborable y habrá fin de semana largo

El Gobierno nacional confirmó la implementación de un fin de semana extendido de cuatro jornadas consecutivas para mediados del mes de julio, una decisión que generó fuertes expectativas en los sectores del comercio y el turismo interno, ya que busca incentivar el consumo y las escapadas familiares en pleno invierno.

La medida oficial establece que el viernes 10 de julio será considerado día no laborable con fines turísticos. Al acoplarse directamente con el feriado nacional inamovible del jueves 9 de julio, fecha en la que se conmemora el Día de la Independencia, se estructuró de manera formal un período de descanso que se prolongará hasta el domingo 12 de julio inclusive.

Desde las cámaras empresariales del sector turístico remarcaron que este tipo de iniciativas funcionan como un verdadero motor económico para las localidades del interior profundo, incrementando de forma inmediata la demanda en hotelería, gastronomía y transporte de media y larga distancia en una época clave del año.

La oportunidad de cortar la rutina coincide además con el inicio del receso invernal en diversas provincias, lo que potencia exponencialmente la planificación de viajes cortos hacia destinos de montaña, zonas rurales y centros recreativos que ya adaptan sus ofertas para captar visitantes.

Este flujo de divisas e inversión privada resulta vital para dinamizar la actividad comercial en pequeñas comunas que dependen fuertemente de la afluencia estacional de viajeros para sostener sus estructuras financieras durante la temporada fría.

El anuncio de la administración central reavivó el debate técnico sobre las implicancias legales de la jornada del viernes para el sector asalariado.

A diferencia de lo que ocurre durante un feriado nacional tradicional, como el del jueves 9, donde rige un marco de protección especial y quienes prestan tareas deben percibir una compensación económica doble según la legislación vigente, la figura de la jornada no laborable otorga una potestad distinta al sector patronal.

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