JUDICIALES
Ordenan suspender cortes de agua residenciales por falta de pago
14 de agosto de 2025
La jueza federal de San Martín, Martina Forns, le ordenó hoy al Gobierno Nacional suspender por seis meses la aplicación del DNU que habilita cortes de provisión de agua potable y desagües cloacales por falta de pago en domicilios residenciales, al hacer lugar a una medida cautelar de una asociación de consumidores.
La magistrada ordenó al Estado Nacional suspender la aplicación del inciso p del artículo 3 del DNU 493/2025, del artículo 81 del Anexo I y del artículo 37 del Anexo II del mencionado decreto «para todos los inmuebles en el que se prevé aplicar el corte en la provisión de agua potable y desagües cloacales» durante seis meses como medida cautelar mientras tramite el fondo de la demanda, informaron fuentes judiciales a la Agencia Noticias Argentinas.
Forns puso énfasis en la situación que se puede presentar si se corta el agua por falta de pago a poblaciones vulnerables que ameritan «especial protección» como adultos mayores, niños y niñas menores de 18 años y personas con discapacidad.
En estos casos, si ya hubo algún corte, dispuso que se restablezca el servicio de forma «inmediata» cuando «se acredite que en el inmueble en que se la cortó lo habite un niño, un adulto mayor o una persona con discapacidad».
La jueza enfatizó que hay «improcedencia» en el corte de suministro de agua potable «cuando la morosidad del usuario obedezca a una situación de vulnerabilidad social o cuando se trate de personas que, por sus condiciones particulares, ameriten una especial tutela jurídica al encontrarse en imposibilidad real de pago».
«Además, tal criterio armoniza con los principios constitucionales (la protección del agua como elemento del ambiente es indudable y encuadra en el mandato del artículo 41 de la Constitución , los estándares internacionales de derechos humanos y la protección de la Nacional) dignidad humana, evitando que el ejercicio de facultades sancionatorias derive en un acto irrazonable o desproporcionado», advirtió en la resolución.
Forns hizo lugar a un planteo de la Unión de Usuarios y Consumidores y de Consumidores Libres Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios de Acción Comunitaria.
«La normativa cuestionada incide de máxime manera directa sobre el interés colectivo de los usuarios más vulnerables del tales como niños, sistema de provisión de agua potable y desagües cloacales, personas adultas mayores y personas con discapacidad, cuya especial protección se encuentra reconocida tanto en el ordenamiento jurídico interno como en los estándares internacionales de derechos humanos», agregó la jueza.
Las demandantes buscan que en la futura sentencia de fondo del asunto «se deje sin efecto jurídico alguno, declarando la nulidad absoluta e insanable e inconstitucionalidad» del Decreto de Necesidad y Urgencia cuyas disposiciones «imponen a los usuarios de los servicios de agua y desagües cloacales una regresión normativa que afecta al medio ambiente en general y en forma directa a la vida, salud y seguridad de los usuarios alcanzados por la norma cuestionada que es abiertamente inconstitucional, violatoria de los derechos humanos y de convenciones y pactos a los que la Nación adhirió».
La norma, sostiene la demanda, introdujo una «modificación sustancial al régimen previamente vigente establecido por la Ley N° 26.221».
Dicha modificación consiste en la incorporación al Marco Regulatorio de la posibilidad de interrumpir, por falta de pago, la prestación de los servicios de provisión de agua potable y de desagües cloacales a los usuarios residenciales cuando hasta ahora el corte y, por ese motivo, se militaba a usuarios no residenciales y excluía los servicios de desagües cloacales. NA
JUDICIALES
La escribana de Adorni negó que dos jubiladas le hayan prestado plata
La escribana Adriana Mónica Nechevenko declaró ante el fiscal federal, Gerardo Pollicita, y negó que dos jubiladas le hayan prestado la plata al jefe de Gabinete para las operaciones inmobiliarias.
Nevechenko fue la primera testigo de la causa que se presentó en Comodoro Py, estuvo dos horas declarando y certificó la compra del departamento de Caballito de Manuel Adorni.
“Trabajo para Adorni hace muchos años”, dijo la escribana sobre el vínculo que mantiene con el exvocero presidencial.
Nevechenko dijo que “no hubo irregularidades en las operaciones” que llevó adelante el jefe de Gabinete y aseguró las dos mujeres involucradas en la causa “no prestaron dinero para el inmueble de Caballito".
La jueza habría intervenido además en la escritura de una propiedad registrada a nombre de la esposa del funcionario, Julieta Bettina Angeletti, en Exaltación de la Cruz.
La presentación fue por la investigación judicial que analiza la compra del inmueble ubicado en el barrio porteño de Caballito. La operación, realizada el 18 de noviembre de 2025, fue declarada por un valor de 230 mil dólares y quedó bajo análisis por la estructura financiera utilizada para concretarla.
Según los registros inmobiliarios la propiedad tiene casi 200 metros cuadrados y pertenecía a Beatriz Viegas y a Claudia Sbabo. Ambas no solo figuraron como vendedoras del departamento sino también como acreedoras de un crédito hipotecario por 200 mil dólares que permitió completar la operación. Cada una aportó el 50% del préstamo, que quedó asentado en partes iguales a su nombre.
La intervención de la escribana fue clave en esa transacción y también en otra operación inmobiliaria vinculada al funcionario. La profesional habría participado además en la escritura de una propiedad ubicada en el country Indio Cuá Golf Club, en Exaltación de la Cruz, comprada en noviembre de 2025 y que figura a nombre de la esposa del jefe de Gabinete.
Pollicita pidió una serie de medidas de prueba con el objetivo de reconstruir la evolución patrimonial del funcionario y verificar la información declarada ante organismos oficiales. Entre los pedidos se incluyeron oficios a registros de la propiedad, de vehículos y requerimientos vinculados con movimientos financieros.
La fiscalía consideró que existen “motivos suficientes para avanzar en la causa y esclarecer la conformación patrimonial” del funcionario. La investigación tramita en el juzgado federal a cargo de Ariel Lijo, quien delegó el impulso de la causa en el fiscal. Pollicita también le pidió a la escribana la documentación vinculada con las operaciones inmobiliarias en las que intervino.
La caussa se originó a partir de una denuncia presentada por la diputada nacional, Marcela Pagano, que advirtió sobre presuntas inconsistencias en las declaraciones juradas del funcionario. Según su planteo el patrimonio de Adorni habría registrado un aumento del 500% en un período fiscal y habría omisiones en la información presentada.
Entre los puntos señalados en la denuncia se mencionaron activos financieros y depósitos en el exterior por más de 16 millones de pesos, así como la incorporación de US$24.500 en efectivo que, según se indicó, habrían tenido origen en préstamos familiares.
Otro de los aspectos que quedó bajo revisión es la declaración patrimonial presentada ante la Oficina Anticorrupción. Adorni informó en ese documento la titularidad de la mitad de un departamento en la Ciudad de Buenos Aires y una propiedad en La Plata, sin consignar bienes ubicados en countries.
Además surgieron dudas en torno a un lote en el country Indio Cuá, donde las expensas figuran a nombre de Angeletti, lo que motivó consultas de los investigadores sobre la relación entre los bienes declarados y los movimientos patrimoniales recientes. (TN)
JUDICIALES
Procesan y embargan a Tapia y Toviggino por presunta evasión fiscal
El juez Diego Amarante resolvió este lunes procesar a la cúpula directiva de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), entre ellos a su presidente, Claudio Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino.
La medida también alcanza al secretario general Cristian Malaspina y a los dirigentes Víctor Blanco y Gustavo Lorenzo, a quienes se los considera responsables del delito de apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social.
Según la investigación judicial, los imputados no habrían depositado en tiempo y forma más de $19.300 millones correspondientes a impuestos y aportes patronales entre 2024 y 2025. La causa contempla, además, un agravante por la intervención de varias personas en una estructura organizativa.
Desde la defensa sostuvieron que la deuda fue finalmente saldada y negaron la existencia de delito. En ese sentido, Tapia rechazó las acusaciones y aseguró que no hubo responsabilidad ni personal ni institucional, al tiempo que cuestionó la difusión pública del caso.
El titular de la AFA había declarado el pasado 12 de marzo, en la última ronda de indagatorias, tras lo cual comenzaron a correr los plazos procesales que derivaron en la decisión del magistrado.
La causa continúa su curso en la Justicia, mientras se analizan las responsabilidades individuales de los dirigentes involucrados.
JUDICIALES
La Corte propone cambios en la forma de seleccionar a los jueces
La Corte Suprema de Justicia propuso una reforma en la manera en que se seleccionan los candidatos a jueces federales y nacionales para que sea analizada por el Consejo de la Magistratura. La intención es fijar un límite al margen de acción política en el criterio de selección.
El nuevo reglamento de selección de jueces propuesto lleva la firma de solo los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y no la del presidente de la Corte, Horacio Rosatti.
Los cambios propuestos reducen la discrecionalidad política en los concursos para jueces en momentos en que el Consejo de la Magistratura se dispone a cambiar su relación interna de fuerzas, con mayor incidencia del oficialismo de La Libertad Avanza en el organismo. Ahora el peso de la selección pasa por el diseño del banco de preguntas, la definición de los criterios de evaluación y la gestión del proceso.
Los jueces dispusieron elevar este reglamento al Plenario del Consejo de la Magistratura para su consideración y decidieron comunicarlo a las Cámaras nacionales y federales de todo el país y de los Supremos Tribunales de Justicia de las provincias. Se necesitan mayorías agravadas para su aprobación.
El trabajo lo venía realizando Rosenkrantz desde hace varios meses y Lorenzetti lo acompañó, dijeron fuentes del Consejo de la Magistratura. Rosatti quedó en soledad, lo que marca un cambio en la dinámica de funcionamiento de la Corte.
En el Consejo de la Magistratura hay otras propuestas, cerca de 14, pero en este caso se trata de una acordada de la Corte, que de todas manera el organismo colegiado está obligado a acatar.
Límites
El reglamento le pone límites al Consejo de la Magistratura al disponer, por ejemplo, que los concursos para jueces se realizarán de ahora en más con un banco de preguntas que se corregirá mediante un multiple choice. Las entrevistas personales solo pueden dar puntos al candidato con un límite del 10% del total.
Con el argumento de reforzar la transparencia y reducir la discrecionalidad, el nuevo esquema redefine no solo cómo se evalúa a los candidatos, sino también dónde reside el poder real dentro del proceso.
Hay un fuerte giro hacia un modelo reglado, pues antes tenía peso el examen de oposición, antecedentes y la entrevista personal con una valoración subjetiva. Ahora se impone una lógica de evaluación tabulada, automatizada y con reglas preestablecidas.
Entre las innovaciones aparece como regla la instauración de concursos anticipados. Es decir que siempre se harán concursos anticipados, antes de que se produzcan las vacantes. La medida busca licuar la influencia del contexto político en los concursos.
Doble examen
Otro cambio central es la implementación de un doble examen con anonimato reforzado. Una primera instancia general, de carácter objetivo y corrección automatizada, funciona como filtro técnico.
La segunda etapa, de carácter práctico, evalúa la capacidad de resolución de casos y redacción de sentencias . Todo el proceso se apoya en sistemas que garantizan la trazabilidad y el anonimato de los postulantes, en un intento por blindar la evaluación frente a interferencias externas.
La entrevista personal, uno de los momentos de mayor incidencia política, pierde peso. Su puntaje queda limitado a un 10% dentro del total, y su capacidad de alterar el orden de mérito se reduce al mínimo. Deja de ser el espacio donde se definían muchas ternas.
En paralelo, el nuevo reglamento introduce un sistema de evaluación de antecedentes tabulado. La formación académica, los promedios universitarios, la experiencia profesional y la trayectoria en la función judicial son ponderados mediante criterios objetivos y previamente definidos. La intención es sustituir valoraciones por métricas verificables.
También se avanza hacia la digitalización del proceso donde cada postulante contará con un legajo único, auditable y accesible, lo que mejora la transparencia y el control.
El nuevo modelo reduce de manera ostensible la capacidad de intervención de los consejeros en el concurso con la posibilidad de influir en las entrevistas o de alterar el orden de mérito, pues esa facultad queda acotada. Eran frecuentes las quejas de candidatos que terminaban bien en los exámenes y perdían lugares en la lista definitiva, o al revés. También eran frecuentes los casos de los candidatos de mitad de tabla que ascendían en la lista final, merced a la política. Ahora el poder pasa por el diseño del banco de preguntas, la definición de los criterios de evaluación y la gestión del proceso.
La Corte Suprema consolida su influencia sobre el proceso de selección en desmedro del Consejo de la Magistratura. Los cambios principales son la fijación de pautas objetivas de asignación para la categoría “especialización” y se incorporan indicadores como el de rendimiento académico en la carrera de grado. Si antes el examen consistía en la elaboración de una sentencia, ahora hay dos etapas: en la primera, se evalúan los conocimientos de derecho del concursante; en la segunda, su capacidad de resolver situaciones prácticas de su función.
El nuevo examen busca mayor amplitud y objetividad en los conocimientos jurídicos y prácticos de los concursantes. Antes los jurados elaboraban y corregían el examen. Ahora los que elaboran el examen no son los mismos que lo corrigen. Se evitan así filtraciones de consignas y sesgos en la calificación. La primera etapa es una calificación automatizada que mide conocimientos sin discrecionalidad en la calificación. La segunda etapa fija criterios claros para la asignación del puntaje en la resolución del caso.
Se preserva el anonimato de los concursantes y se privilegia la aplicación de normas neutrales e igualitarias en la corrección de las consignas. La discrecionalidad de la Comisión de Selección en la convocatoria a la entrevista y en la asignación de puntos, que muchas veces modifican los resultados derivados de antecedentes y exámenes, se limita. Así se busca eliminar la discrecionalidad política en la evaluación de los candidatos y se privilegia el resultado técnico de la evaluación de antecedentes y examen.
Foto Rosenkrantz, Rossi y Lorenzetti, los tres ministros actuales de la Corte.

