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Pami recorta la entrega de medicamentos gratis

2 de diciembre de 2024

El gobierno nacional recortó la entrega de medicamentos gratuitos de Pami a jubilados y pensionados. A partir de ahora, para obtener los medicamentos con cobertura al 100% será necesario tramitar el subsidio social. De esta manera, la obra social busca que el beneficio se concentre en aquellos que no puedan pagar los medicamentos.

Este cambio se enmarca en el objetivo de gestión de llevar adelante una administración responsable que cuide los recursos de los afiliados y logre la sustentabilidad de la obra social. La entrega de medicamentos gratis quedó restringida a quienes ganen menos de $ 388.500 y para recibirlos se deberá realizar un trámite. La novedad afecta solo a los medicamentos con cobertura al 100%. Por lo pronto, los descuentos de los medicamentos al 50%, 60 y 80% siguen sin modificaciones.


“Seguiremos garantizando el acceso total a medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten”, señaló el Pami en un comunicado de prensa. “Todo aquel afiliado que no pueda pagarlo, puede iniciar el trámite para obtener el subsidio social. Quien no está inscripto debe hacerlo. Es un trámite simple que se puede iniciar en la web y luego presentarse en la agencia”, dijo el titular del Pami, Esteban Leguízamo.

Si bien el parte de prensa no lo aclara, los jubilados que deseen mantener este beneficio deberán inscribirse en la página del Pami. El comunicado de la obra social tampoco precisa desde cuándo rige la medida, aunque diferentes denuncias de jubilados aseguran que comenzó este primero de diciembre.

Por otra parte, tiene coberturas del 50% al 80% sobre el precio de venta preferencial de Pami para medicamentos de patologías graves y agudas y coberturas del 40% en medicamentos de uso eventual.

Quiénes pueden acceder al subsidio social
El subsidio por razones sociales está destinado a personas afiliadas que por razones de vulnerabilidad social no pueden pagar sus medicamentos ambulatorios con descuento.

Las condiciones para acceder al subsidio social son las siguientes:

  • Ser jubilado y ser afiliado al Pami.
  • Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).
  • No estar afiliado a una prepaga.
  • No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
  • No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
  • De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.

Cómo inscribirse al subsidio social del Pami
¿Quién puede realizar el trámite?
El trámite para inscribirse al subsidio social del Pami podrá realizarlo la persona afiliada, su apoderado/a o familiar.

¿Qué documentación se necesita?
Documento Nacional de Identidad. Receta de la medicación solicitada, emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión). Declaración Jurada.

En caso de necesitar más de 4 medicamentos por Subsidio Social, deberá presentar el formulario de medicamentos.

¿Qué necesito para renovar el subsidio?
Para la renovación, se necesita receta de la medicación solicitada, emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión). Y la declaración Jurada

¿Dónde se realiza el trámite?
Este es un trámite web. Se puede realizar desde celular, tablet o computadora. Para empezar el trámite, hacer click aquí.

Una alternativa es realizar este trámite en una agencia, para lo cual se debe sacar turno online para una mejor atención.

¿Cuándo se pueden pedir excepciones?
En caso de que no se cumpla con alguno de los requisitos pero el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para su tratamiento sea igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de vía de excepción. Para más información sobre este procedimiento ingresar https://www.pami.org.ar/tramite/medicamentos-excepcion.


El Defensor para la Tercera Edad expresó sus dudas sobre el sistema que se implementará. Eugenio Semino señaló que el trámite que deberán cumplir los abuelos, vía on line, podría causar más de un dolor de cabeza. En declaraciones a LT8, señaló este lunes que afirmó que «el problema es tramitar la excepción para tener el 100 por ciento de la cobertura».

Aclaró que «este anuncio es una reiteración de lo que ya está vigente en Pami. Es un programa viejo para tramitar el subsidio económico para el ciento por ciento del medicamento a través de la agencia del Pami. Y ahí viene el verdadero problema, que es la tramitación de esa vía de expeción».

«Supuestamente se puede hacer por vía informática. Pero solo el 20 ó 30 por ciento de los adultos mayores usan este sistema. Y hoy tenemos un Pami que está desguazado. No hay personal suficiente ni idóneo. Las sucesivas capas políticas que van integrando la administraciones del Pami han hecho perder el funcionamiento de la burocracia interna. Por lo tanto, el trámite para acceder a los medicamentos comienzan a ser los grandes escollos que tienen los jubilados o sus familias que deben asistirlos».

Sin ahorrar en ironías, Semino afirmó que «lamentablemente, algo como un medicamento que sirve para salvar vidas, se convierte en un escollo. Tenemos más políticas de enfermedad que de salud y todo esto ocurre por el propio negocio de la industria. Los organismos y las obras sociales quedan dentro del enjambre de este negocio. El problema es que cada gestión gubernamental dice que viene a ordenar la situación y lo cierto es que cada vez está todo más desordenado. Esperemos que este anuncio no traiga más desorden».

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Rige nueva reforma laboral

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, luego de que el Congreso aprobara la iniciativa durante el período de sesiones extraordinarias. La norma fue publicada en el Boletín Oficial tras varios días de revisión de su redacción final.

La medida quedó registrada como Ley Nº 27.802 y comenzó a regir desde la madrugada con la publicación del Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.



En el decreto de promulgación se establece: "En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026". La normativa también fue incorporada a la Dirección Nacional del Registro Oficial.

La ley fue publicada con 25 capítulos y, durante el proceso final de revisión, se eliminaron los artículos que proponían cambios en el régimen de licencias médicas.


Cambios en indemnizaciones y salarios
Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido. La nueva normativa excluye del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios, y establece un esquema con montos mínimos y máximos.

Según el texto, la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad. Al mismo tiempo, se fija un piso del 67 % de la remuneración habitual. En caso de aplicarse el tope del convenio, la reducción de la base salarial no podrá superar el 33 %.

La ley también establece que las empresas grandes podrán pagar las indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pequeñas y medianas empresas podrán hacerlo en hasta doce cuotas. Además, las indemnizaciones judiciales se actualizarán por inflación, con un adicional del 3 % anual.

Otra de las novedades es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que estarán financiados con aportes obligatorios de los empleadores: 1 % de las contribuciones patronales en grandes empresas y 2,5 % en pymes. Estos fondos buscarán garantizar el pago de indemnizaciones mediante cuentas inembargables bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores.

En materia salarial, la reforma incorpora el concepto de "salario dinámico", que podrá acordarse en convenios colectivos y vincula parte de la remuneración al desempeño o rendimiento individual. Además, el pago de salarios deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Vacaciones y jornada laboral
La normativa mantiene la obligación de otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque habilita que empleadores y trabajadores acuerden fraccionarlas, siempre que cada período no sea menor a siete días corridos.

En relación con la jornada laboral, se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista acuerdo voluntario dentro de esquemas flexibles, como bancos de horas, y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre turnos. También se contempla la contratación de trabajadores a tiempo parcial, con jornadas inferiores a la legal completa.


La ley establece que la cuota solidaria sindical seguirá siendo descontada por los empleadores, aunque con un límite del 2 % del salario mensual.

Además, se otorga prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios colectivos por actividad. También se modifican las reglas de la denominada "ultraactividad", es decir, la vigencia automática de convenios colectivos una vez vencidos.

En cuanto al derecho de huelga, se fijan nuevas condiciones para los servicios esenciales, como salud, agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial y control portuario, entre otros. En estos casos deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75 % del personal.

Para los denominados servicios de importancia trascendental, entre ellos el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, deberá mantenerse al menos el 50 % de la actividad.

La normativa también establece que las asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa requerirán autorización previa del empleador.

Incentivos y nuevas inversiones
La ley crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que incluye un mecanismo de regularización laboral. Este esquema prevé la condonación de hasta el 70 % de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que registren trabajadores no declarados.

Además, se implementa un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8 % anual. El beneficio será mayor para quienes contraten a trabajadores que no estaban registrados antes del 10 de diciembre de 2025, así como a exmonotributistas o extrabajadores del sector público.

La normativa también establece un régimen de estímulo para inversiones medianas, con amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada del IVA. Este esquema tendrá una vigencia de dos años y estará dirigido a empresas que inviertan entre 150.000 y 9 millones de dólares en bienes muebles nuevos u obras productivas, con excepción de automóviles.


Con el objetivo de reducir la litigiosidad, la ley establece que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme. También fija que los honorarios profesionales no podrán superar el 25 % del monto reclamado.

Finalmente, se dispuso que la Justicia Nacional del Trabajo realice un traspaso progresivo hacia la órbita judicial de la Ciudad de Buenos Aires o del sistema federal. (Infobae)

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ANSES nunca solicita datos personales, claves o información bancaria

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recuerda que no se comunica para solicitar datos personales, claves o información bancaria de manera telefónica, por correo electrónico, redes sociales ni mensajes de texto. En el mismo sentido, vale destacar que todas las consultas y los trámites de ANSES son gratuitos y no requieren de gestores ni intermediarios.

Toda publicación que circule por fuera del sitio oficial, anses.gob.ar, que remita a formularios, correos electrónicos o mensajes de texto debe desestimarse inmediatamente. Asimismo, se recomienda denunciar estos casos ante la Dirección de Asuntos Penales, Integridad y Sumarios de ANSES, desde donde se llevarán a cabo las acciones necesarias.

Esta advertencia surge tras recientes intentos de estafa en los que personas inescrupulosas se hacen pasar por personal del organismo, quienes les solicitan a los ciudadanos que registren sus datos con el argumento de obtener beneficios económicos.

Canales oficiales habilitados para efectuar denuncias

·         A través de la web en mi ANSES > Denuncias y Reclamos > Hacer una denuncia.

·         Personalmente en Av. Paseo Colón 329, 5° piso, CABA, o en la oficina de ANSES más cercana.

·         Por escrito, mediante envío de correo postal a Av. Paseo Colón 329, 5° piso, frente, C.P. 1063, CABA.

·         Telefónicamente, a través de la línea 130.

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Mariano Cúneo Libarona ya tiene reemplazante


El presidente eligió al fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques, para conducir el Ministerio de Justicia de la Nación

La renuncia del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, se confirmó este miércoles de manera oficial junto con el nombre de su sucesor. El presidente Javier Milei anunció que Juan Bautista Mahiques ocupará el cargo y así despejó las dudas sobre el recambio en el gabinete.

"Muchas gracias por estos más de dos años de incansable trabajo", dijo el jefe del Estado argentino sobre la salida de uno de los funcionarios que lo venía acompañando desde que inició su mandato. El cambio estaba en carpeta desde noviembre pasado, cuando el abogado penalista y docente planteó la necesidad de abandonar su función.

A través de redes sociales, el líder de La Libertad Avanza (LLA) ratificó el rumbo de su administración a pesar del alejamiento de Cúneo Libarona. En este sentido anticipó que Mahiques "continuará trabajando para hacer grande a la Argentina nuevamente".


La partida del ministro de Justicia de la Nación empezó a gestarse el año pasado a partir de la renuncia del excanciller Gerardo Werthein. El abogado porteño tomó la decisión antes de las elecciones legislativas del 26 de octubre y llegó a anunciarlo públicamente: " Me voy muy feliz. Dejé la vida en la gestión. Más que por la salud, es por la necesidad de recuperar mis afectos. De acá en adelante voy a ayudar gratis en lo que el gobierno precise".Después del triunfo del oficialismo en los comicios, el presidente le pidió al funcionario que se quede y lo consiguió. No obstante, sólo se trataba de una postergación. En las semanas siguientes trascendió que la salida se había reprogramado para marzo y esta vez no hubo vuelta atrás.

En aquella oportunidad, la continuidad se acordó con el respaldo de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. Esta opción parecía favorable frente a la alternativa de dejar la cartera en manos del secretario de Justicia, Sebastián Amerio. Este último tiene un vínculo mucho más cercano a Santiago Caputo, otro de los asesores clave del primer mandatario.

Cuatro meses después, Cúneo Libarona presentó la renuncia y el proceso de elección del sucesor se resolvió con una nueva figura. De esta manera se modifica el mapa de relaciones del gobierno con distintos actores políticos. Entre ellos se destaca la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por las recientes denuncias penales contra el presidete Claudio "Chiqui" Tapia y el tesorero Pablo Toviggino.

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