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Gobierno confirma que no se debe pagar SADAIC en fiestas privadas

7 de noviembre de 2024

El Gobierno publicó en el iniciod de esta semanas una resolución donde confirma que las fiestas privadas y los cuartos de hoteles son «ámbitos privados», por lo cual están exentos a pagar el cobro del derecho de autor por reproducir música, películas y otro tipo de obras artísticas.

La medida tuvo lugar luego de que la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC), que cobraba ese canon, plantease ambigüedades en el decreto que modificaba la Ley de Propiedad Intelectual, por lo que comprendía que dichos espacios debían seguir abonando a las empresas de gestión colectiva.

De esa manera, la Resolución Conjunta 2/24, que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, deroga la Resolución Conjunta N° 2/2019 por considerarla contradictoria al Decreto 765/24 que fue publicado el pasado agosto.

«A fin de dotar de certidumbre y en salvaguarda de la seguridad jurídica, así como para evitar eventuales dudas interpretativas, resulta necesario derogar de manera expresa y en forma retroactiva la Resolución Conjunta N° 2/19 del ex Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la ex Secretaría de Gobierno de Turismo a partir del 29 de agosto de 2024, fecha esta de la entrada en vigencia del Decreto N° 765/24», se lee en el texto.

En ese sentido, agrega que «las habitaciones de los establecimientos que brindan servicios de alojamiento están destinadas al uso privado de los huéspedes, por lo que no son, en consecuencia, los contenidos provistos por televisores o servicios de radiodifusión, ya sea por videocable, televisión satelital o por otro medio, considerados una representación o ejecución pública conforme a lo previsto por el Decreto Nº 765/24».

La medida fue celebrada por Cúneo Libarona a través de su cuenta de X (antes Twitter), donde manifestó que «a partir de ahora, como siempre debió ser, las fiestas privadas y los cuartos de hotel van a ser considerados ámbitos privados para los derechos de autor». «Liberamos a los cuartos de hotel y las fiestas privadas de las garras del Estado», subrayó el ministro.

«No se les va a cobrar más el arancel por la reproducción de contenidos. Encima, eran cobros discrecionales, en base al tamaño del establecimiento, la calidad del hotel o la temporada. Esto encarecía los costos y hacía que los huéspedes paguen tarifas más altas», añadió el funcionario.

Por su parte, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, planteó en la misma red social que «el Gobierno de Javier Milei es un gran defensor de los derechos de propiedad, pero estos deben ser adecuadamente definidos», por lo que defendió la resolución que «avanza para evitar cualquier duda respecto a la correcta interpretación del Decreto 765/24». 

«Hace varias semanas dimos a conocer el Decreto 765/24 que definía los eventos de reproducción pública que requerían un pago de derechos a las empresas de gestión colectiva. Ese decreto definió que esos pagos solo correspondían cuando las reproducciones ocurrían en espacios abiertos, de acceso libre y para una pluralidad de personas», indicó.

Sumado a esto, destacó que «eventos como fiestas privadas o la reproducción de contenidos en un cuarto de hotel no estaban comprendidos y por ende debían dejar de abonar esos derechos».

«Esta nueva interpretación requería la derogación de la Resolución Conjunta No 2/2019 contradictoria al 765/24. La Resolución Conjunta 2/24 publicada hoy con firma de Mariano Cúneo Libarona y Guillermo Francos avanza con dicha derogación necesaria para evitar cualquier duda respecto a la correcta interpretación del Decreto 765/24. Esta derogación fue impulsada por el Secretario de Turismo, Deportes y Medio Ambiente, Daniel Scioli», finalizó el ministro.

La respuesta de SADAIC al Decreto 765/24

Luego de publicarse el Decreto 765/24 el pasado agosto, el director de SADAIC, Guillermo Campos, ratificó la postura de la entidad sobre el pago de los derechos de autor por la música utilizada en los salones de fiestas, a la vez que planteó ambigüedades respecto a si los hoteles estaban o no exentos.

«Este decreto, dicho por los funcionarios porque el decreto no lo dice, trata de resolver un problema de los hoteles. Los hoteles históricamente cuestionaron que se cobrara por la comunicación al público de música a través de los televisores en los cuartos de los hoteles», indicó en declaraciones a Cadena 3.

Asimismo, recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, que “dijo claramente que los cuartos de los hoteles eran lugares públicos y que en consecuencia la música que se comunicaba dentro de los cuartos era comunicación al público”.

“Los hoteles no querían pagar por eso, siempre lo cuestionaron, perdieron judicialmente y buscaron varios intentos legislativos tanto sea del Congreso como del Poder Ejecutivo. Y en este caso obtuvieron un decreto que supuestamente los incluiría en su enunciado, pero no dice expresamente lo que los hoteles quieren que diga”, añadió.

Con respecto a las fiestas en salones privados, sostuvo que no entendió «qué quiso definir el decreto, porque el decreto no es nada claro». «Los salones de fiestas automáticamente se consideraron involucrados dentro de la exención del decreto y dijeron ‘ahora no pagamos más por las fiestas sociales’”, prosiguió.

En ese sentido, aclaró que «hay un negocio de por medio» en la reserva de salones para festejos. «Cuando una persona hace un cumpleaños de 15 en un salón de fiestas va y paga por el salón, o sea el salón gana plata a la persona que quiere hacer la fiesta. Después si la persona quiere pasar música para bailar, que es lo usual, normal y habitual, el salón dice si aparte usted quiere música le vamos a cobrar tanto y si hay un DJ, el DJ le va a decir yo quiero cobrar tanto”, ejemplificó.

Al respecto, argumentó que, según la interpretación del Poder Ejecutivo, «los únicos que no cobran ahí son los autores y compositores, es decir, los dueños de las obras que se tocan en esa fiesta». «Cuando alguien gana a través de la música no puede pretender no pagar derechos por más que sea en una fiesta privada”, subrayó.

“Acá hay un negocio detrás de la fiesta privada. El que tiene que pagar es el dueño del salón. Obviamente para él es la obligación porque él es el que hace el negocio, él es el que cobra la fiesta y el que cobra la música porque en definitiva él es el que pone la estructura”, insistió el director de SADAIC.

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Prefectura busca a cinco tripulantes desaparecidos en el Río de La Plata

Personal de la Prefectura Naval Argentina mantiene un amplio operativo de búsqueda para hallar a los cinco tripulantes de la embarcación deportiva “Chamigo-Ho”, que se encuentra desaparecida luego de zarpar desde la costanera de Hudson, provincia de Buenos Aires.

Durante la jornada de hoy se extenderán las tareas de rastrillaje, que se continuarán realizando por aire, tierra y agua.

En ese sentido, se prevé que el avión PA-62 de la Fuerza realice un sobrevuelo por la zona, mientras que los guardacostas GC-79 “Río Deseado”, GC-73 “Cabo Corrientes”, GC-75 “Bahía Blanca” y GC-140 “Lago Yehuin” seguirán navegando por el área de emergencia.

Además, la Prefectura desplegará embarcaciones de menor porte, como semirrígidos y una moto de agua, para actuar de manera coordinada con el resto de los medios y acceder a zonas de menor profundidad.

Cabe recordar que la emergencia se inició tras un llamado del personal del Camping Hudson, quienes alertaron que los navegantes —cinco hombres mayores de edad— habían ingresado al río por la mañana del domingo para realizar pesca deportiva de pejerrey y no habían regresado, quedando sus vehículos estacionados en el predio.

Según los datos recabados, la tripulación contaba con experiencia en navegación y llevaba a bordo los elementos de seguridad reglamentarios, tales como chalecos salvavidas, bengalas, sistema GPS y radio VHF.

Hasta el momento se han realizado reiterados intentos de comunicación por radiofrecuencia y telefonía celular sin obtener resultados positivos. En la causa interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N° 4 Descentralizada de Berazategui, a cargo de la Dra. Silvia Noemí Borrone.

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Pago a Jubilados


En julio de 2026 los haberes previsionales tendrán un ajuste del 2,1% por la inflación de mayo informada por el INDEC. La medida se aplica por el mecanismo de movilidad vigente y afecta a jubilaciones, pensiones y asignaciones. La actualización impacta de manera directa en la jubilación mínima ANSES y en otros beneficios administrados por el organismo.


Con ese porcentaje la jubilación mínima ANSES pasará a $411.989,32. Además, continúa el refuerzo extraordinario de $70.000 para los sectores de menores ingresos, por lo que el ingreso total de quien cobra el haber mínimo será de $481.989,32 si recibe el bono. Los descuentos personales pueden modificar levemente ese neto.

El refuerzo de $70.000 está dirigido a los beneficiarios de menores ingresos: jubilados mínimos, titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC). La PUAM queda en $329.591,45 y las PNC en $288.394,05; con el bono, los totales son $399.591,45 y $358.394,05 respectivamente.

Las asignaciones familiares también se actualizan por la movilidad. La Asignación Universal por Hijo (AUH) pasa a $148.045,38, mientras que la AUH por discapacidad alcanza $482.048,99. Otras prestaciones administradas por ANSES recibirán incrementos equivalentes al 2,1% aplicado en julio, en línea con el IPC de mayo. La inflación acumulada del año llegó al 14,7% y la variación interanual al 33,2%.

Cálculo y posibles reclamos
Para calcular el haber inicial ANSES toma el promedio actualizado de las últimas 120 remuneraciones, equivalentes a los diez años previos al retiro. Cada salario histórico se actualiza con coeficientes oficiales antes de promediar. Esa metodología busca evitar que la inflación distorsione el valor real de los ingresos pasados al momento del cálculo.

Quienes acrediten más de 30 años de aportes reciben un plus: por cada año adicional se suma alrededor de un 1% sobre componentes del haber inicial, hasta 15 años más computables. Así, con 45 años de aportes el haber puede resultar notablemente superior al mínimo, siempre según la normativa vigente y los cálculos de ANSES.

Si un jubilado detecta errores en el cálculo o faltantes de aportes puede iniciar un juicio de reajuste. Las causas suelen tardar entre cinco y siete años, según la complejidad y las instancias judiciales. Si la Justicia lo habilita, ANSES debe recalcular el haber y liquidar los retroactivos correspondientes al beneficiario. Radio Mitre

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Sector privado perdió más de 14 mil empresas en un año

La cantidad de empresas empleadoras en el sector privado registró una caída del 2,8% en marzo en forma interanual, según un estudio privado. Esta variación representa una pérdida neta de 14.044 firmas en doce meses, dejando un total de 481.635 empleadores activos en todo el país.

Con el dato de marzo, el indicador suma veinticinco meses consecutivos de descensos interanuales. El informe detalla que desde septiembre de 2025 la velocidad de la caída se aceleró y que la baja registrada en el tercer mes de 2026 es la más fuerte detectada en todo ese período.

La información proviene de un informe de la Consultora Politikón Chaco, elaborado sobre la base de datos oficiales de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

El estudio se centra exclusivamente en el sector privado formal, excluyendo al empleo público, organismos internacionales y servicio doméstico. En el análisis por sectores, la industria manufacturera lideró las mermas relativas con un retroceso del 4,5%, lo que equivale a 2.167 empresas menos.

El sector comercial perdió 5.145 firmas en un año, una baja del 3,5%. A nivel regional, 23 de las 24 jurisdicciones del país mostraron retrocesos. Neuquén fue la única provincia con crecimiento neto, sumando 12 empresas (0,1%).

En el otro extremo, La Rioja tuvo la caída más profunda con un -10,7%. En términos absolutos, la provincia de Buenos Aires explicó la mayor pérdida con 4.311 firmas menos, seguida por Córdoba con 2.187 y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con 1.539.

Al evaluar el impacto desde el cambio de gestión nacional, el reporte afirma que "en la era Milei, desaparecieron 26.213 empresas empleadoras en todo el país".

Esta cifra surge de comparar marzo de 2026 contra noviembre de 2023, periodo en el cual la cantidad de empleadores cayó un 5,2% a nivel nacional, siendo la construcción el sector más afectado con una baja del 9,5%. (NA)

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