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El Banco Central bajó la tasa de interés en los plazos fijos

1 de noviembre de 2024

El Banco Central bajó este viernes cinco puntos la tasa de interés al pasar de 40% a 35% el rendimiento de referencia que afecta a los plazos fijos, correspondiente a las Letras Fiscales de Liquidez (LEFI). Asimismo, la entidad redujo de 45% a 40% el costo que los bancos le pagan al organismo cuando le solicitan pesos.

«La decisión del BCRA se fundamenta en consideración del contexto de liquidez, de la baja observada en las expectativas de inflación manifestadas tanto en el REM como en los niveles implícitos en el mercado secundario de títulos, y en el afianzamiento del ancla fiscal», argumentó la entidad en un comunicado.

El directorio del Banco Central justificó la decisión de bajar las tasas en el contexto actual de liquidez y en la baja registrada en las expectativas de inflación. 

Además, el BCRA busca ajustar las tasas de acuerdo a las necesidades del mercado, teniendo en cuenta las proyecciones económicas y los compromisos inflacionarios que enfrenta el país.

El objetivo de la estrategia del Banco Central al reducir la tasa de interés es «seguir al sendero de baja de la inflación que se viene consolidando mes a mes y, de esta forma, reducir el costo de financiamiento en pesos que está afrontando el Tesoro nacional».

De esta manera, la Tasa Efectiva Mensual (TEM) pasó a ser del 2,92% y la la efectiva anual (TEA) se ubica en el 41,19%. Así, el rendimiento mensual se sitúa en torno con la inflación esperada para octubre, que sería de alrededor del 2,9%, según las estimaciones privadas.

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Ventas minoritas caen más del 5% interanual en febrero

Durante el mes de febrero 2026, las ventas minoristas pyme registraron un marcado descenso del 5,6% interanual. Si bien la variación mensual evidenció un leve incremento del 2,6 % traccionado por el factor estacional, los números generales mantienen en alerta a los comerciantes frente a una demanda que opera con extrema selectividad.

De acuerdo con el informe oficial publicado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), con estas recientes cifras el indicador acumula una retracción del 5,2% en lo que va del año.


Al ser consultados sobre el estado general de sus negocios, el 52,6% de los propietarios reportó una estabilidad interanual, una cifra que resultó inferior en seis puntos al registro de enero. Este margen negativo se trasladó de forma directa hacia quienes señalaron un deterioro de su situación, un grupo que alcanzó al 38,8 % en comparación con el mismo período del ciclo anterior.


El relevamiento por rubros ratificó el profundo proceso de contracción que atraviesa el consumo masivo: seis de los siete sectores monitoreados cerraron el mes con resultados negativos.

Las bajas más pronunciadas se encontraron en áreas prescindibles o de postergación de compra, donde el segmento de bazar y decoración se desplomó un 14,4%, seguido por perfumería con una caída del 10,7 %, el rubro clave de alimentos y bebidas con una baja del 8,7% y Textil e Indumentaria (-7,4%).

En este panorama crítico, el sector de farmacia constituyó la única excepción a la regla, logrando un magro incremento del 0,3% interanual.


La síntesis del mes demostró que la mejora mensual del 2,6% estuvo directamente influenciada por el inicio del ciclo lectivo, aunque este repunte no logró revertir la caída acumulada estructural.

El consumo de las familias se concentró exclusivamente en bienes de subsistencia y artículos escolares, forzando una drástica reasignación del gasto de los hogares.

Ante este escenario, los clientes priorizaron la búsqueda de ofertas y herramientas de financiamiento para sostener las operaciones diarias, mientras que los altos costos operativos y la incesante presión tributaria condicionaron fuertemente la rentabilidad de los locales comerciales.

De cara a lo que resta del año, las proyecciones de los empresarios pyme se dividen entre la cautela y la esperanza de un rebote.

El estudio detalló que el 46,6% de los encuestados aguarda mantener una paridad con la situación actual de acá a un año, mientras que el 42,9% confía en que habrá una mejora económica y apenas un 10,5% proyecta un retroceso aún mayor.

La reactivación real del consumo, advierten desde CAME, dependerá exclusivamente de la recomposición del poder adquisitivo de los salarios y de la previsibilidad en los costos de reposición.

Mientras tanto, la inversión productiva continúa totalmente paralizada. La incertidumbre por los costos y los estrechos márgenes de rentabilidad generaron que el 57,6% de los comerciantes considere que el marco actual no es apto para realizar desembolsos de capital, frente a un minoritario 15,5% que lo ve como una oportunidad y un 26,9% que aún se mantiene sin definición.

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SISMO EN LA RIOJA Y CORDOBA

Un sismo de 5 grados de intensidad sacudió este sábado a la tarde a varias localidades de La Rioja, Córdoba, Mendoza, San Juan y San Luis, según informó el Instituto Nacional de Prevención Sismológica (Inpres). El epicentro se dio en la localidad de Ulapes, al sur de La Rioja.

Desde el organismo emitieron un reporte en el que indicaron que el sismo se registró a 147 kilómetros de profundidad, precisamente a las 14.13 de este sábado. Ulapes se encuentra situada a 35 kilómetros de Chepes, en el sur de La Rioja.

El sismo no sólo se sintió en esa zona sino que, además, también se reportaron temblores de consideración en el noroeste y el oeste de Córdoba, además de diversas localidades de San Luis, San Juan y Mendoza.

Diversos usuarios cordobeses en redes sociales dieron cuenta de las sensaciones que vivieron pasadas las 14.15, cuando el sismo se hizo sentir con fuerza en la provincia mediterránea.

Localidades como Mina Clavero, Villa Dolores, Alta Gracia, Anisacate, La Falda y Villa Carlos Paz fueron las que más sintieron el fenómeno. Desde Defensa Civil de Córdoba señalaron que si bien activaron sus protocolos de verificación ante estos casos, no recibieron llamados de emergencia, indicó el diario La Voz del Interior.

Además de las localidades cordobesas y ciudades riojanas, el sismo extendió su alcance hacia otras localidades vecinas como Villa San Agustín y la ciudad de San Juan (San Juan), la ciudad de San Luis y Quines (San Luis), y la Ciudad de Mendoza, aunque en de manera más leve.

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Rige nueva reforma laboral

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, luego de que el Congreso aprobara la iniciativa durante el período de sesiones extraordinarias. La norma fue publicada en el Boletín Oficial tras varios días de revisión de su redacción final.

La medida quedó registrada como Ley Nº 27.802 y comenzó a regir desde la madrugada con la publicación del Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.



En el decreto de promulgación se establece: "En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026". La normativa también fue incorporada a la Dirección Nacional del Registro Oficial.

La ley fue publicada con 25 capítulos y, durante el proceso final de revisión, se eliminaron los artículos que proponían cambios en el régimen de licencias médicas.


Cambios en indemnizaciones y salarios
Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido. La nueva normativa excluye del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios, y establece un esquema con montos mínimos y máximos.

Según el texto, la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad. Al mismo tiempo, se fija un piso del 67 % de la remuneración habitual. En caso de aplicarse el tope del convenio, la reducción de la base salarial no podrá superar el 33 %.

La ley también establece que las empresas grandes podrán pagar las indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pequeñas y medianas empresas podrán hacerlo en hasta doce cuotas. Además, las indemnizaciones judiciales se actualizarán por inflación, con un adicional del 3 % anual.

Otra de las novedades es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que estarán financiados con aportes obligatorios de los empleadores: 1 % de las contribuciones patronales en grandes empresas y 2,5 % en pymes. Estos fondos buscarán garantizar el pago de indemnizaciones mediante cuentas inembargables bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores.

En materia salarial, la reforma incorpora el concepto de "salario dinámico", que podrá acordarse en convenios colectivos y vincula parte de la remuneración al desempeño o rendimiento individual. Además, el pago de salarios deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Vacaciones y jornada laboral
La normativa mantiene la obligación de otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque habilita que empleadores y trabajadores acuerden fraccionarlas, siempre que cada período no sea menor a siete días corridos.

En relación con la jornada laboral, se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista acuerdo voluntario dentro de esquemas flexibles, como bancos de horas, y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre turnos. También se contempla la contratación de trabajadores a tiempo parcial, con jornadas inferiores a la legal completa.


La ley establece que la cuota solidaria sindical seguirá siendo descontada por los empleadores, aunque con un límite del 2 % del salario mensual.

Además, se otorga prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios colectivos por actividad. También se modifican las reglas de la denominada "ultraactividad", es decir, la vigencia automática de convenios colectivos una vez vencidos.

En cuanto al derecho de huelga, se fijan nuevas condiciones para los servicios esenciales, como salud, agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial y control portuario, entre otros. En estos casos deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75 % del personal.

Para los denominados servicios de importancia trascendental, entre ellos el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, deberá mantenerse al menos el 50 % de la actividad.

La normativa también establece que las asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa requerirán autorización previa del empleador.

Incentivos y nuevas inversiones
La ley crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que incluye un mecanismo de regularización laboral. Este esquema prevé la condonación de hasta el 70 % de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que registren trabajadores no declarados.

Además, se implementa un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8 % anual. El beneficio será mayor para quienes contraten a trabajadores que no estaban registrados antes del 10 de diciembre de 2025, así como a exmonotributistas o extrabajadores del sector público.

La normativa también establece un régimen de estímulo para inversiones medianas, con amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada del IVA. Este esquema tendrá una vigencia de dos años y estará dirigido a empresas que inviertan entre 150.000 y 9 millones de dólares en bienes muebles nuevos u obras productivas, con excepción de automóviles.


Con el objetivo de reducir la litigiosidad, la ley establece que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme. También fija que los honorarios profesionales no podrán superar el 25 % del monto reclamado.

Finalmente, se dispuso que la Justicia Nacional del Trabajo realice un traspaso progresivo hacia la órbita judicial de la Ciudad de Buenos Aires o del sistema federal. (Infobae)

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