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El Gobierno reglamenta la reforma laboral

20 de agosto de 2024

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció en las últimas horas que esta semana se reglamentará el capítulo de la reforma laboral de la Ley Bases, aprobada a fines de junio por la Cámara de Diputados.

El apartado, denominado “Modernización laboral”, presenta cambios importantes en las reglas de contratación y en la relación entre los empleados y sus empleadores.

Los principales puntos de la normativa para no perder de vista son los siguientes:

Flexibilización de las relaciones laborales:

Habilita otras formas de contratación, distintas a la convencional relación de dependencia. Por ejemplo, se podrán contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación. La ley excluye expresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulándolos en cambio por el Código Civil y Comercial. Un trabajador autónomo o monotributista podrá valerse de hasta 3 trabajadores también como monotributistas, acogiéndose a un régimen que reglamentará el PEN, no existiendo relación de dependencia entre el contratante y estos colaboradores.

Extensión del período de prueba:

El marco normativo propone extender a seis meses el tiempo período de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo, se puede ampliar hasta ocho meses en empresas de entre seis y cien trabajadores y hasta un año en empresas de menor tamaño (hasta cinco trabajadores). Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

Tercerización laboral:

Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación, en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios.

Blanqueo Laboral:

Del artículo 76 al 81 del apartado, bajo el título “Promoción del empleo registrado”, se plantea una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores. Así, los empleadores que regularicen a trabajadores no registrados o mal registrados tendrán los siguientes beneficios:

-Extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria);

-Condonación de infracciones, multas y sanciones; baja en el Registro de Sanciones Laborales (REPSAL);

-Condonación de deudas por capital e intereses (sujeta a reglamentación, pero nunca podrá ser inferior al 70% y contemplar beneficios especiales para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas).

Derechos previsionales:

Los trabajadores que sean regularizados por sus empleadores podrán computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal. Estos cinco años no serán considerados para el cálculo del haber inicial de la jubilación.

Reemplazo de indemnizaciones por fondo de cese laboral:

La reforma habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

Nuevas causas de justo despido:

Se incorporan como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa. Esto sería, por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

Indemnización especial por despido discriminatorio:

La nueva legislación establece una indemnización adicional de entre un 50% y un 100% de la indemnización por antigüedad en casos de despido por motivos de discriminación. Este cambio elimina la posibilidad de que la Justicia ordene la reinstalación del trabajador en su puesto, limitándose la compensación a la indemnización monetaria.

Funcionamiento de los sindicatos:

El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.

Licencia por embarazo:

En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. Sin embargo, la persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.

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Paro docente: Aplicarán sanciones si no se cumple el servicio mínimo

El Gobierno fiscalizará a través de las agencias territoriales el cumplimiento de la cobertura mínima exigida durante el paro docente convocado por CTERA para este lunes y elaborará un informe nacional sobre el nivel de actividad.

El Ministerio de Capital Humano, que encabeza Sandra Pettovello, advirtió que, si detecta incumplimientos en la obligación de garantizar el 75% de la prestación habitual del servicio educativo, “se activarán los protocolos para aplicar las sanciones que correspondan” contra las entidades sindicales.

La medida estará coordinada por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que depende de Capital Humano. “El lunes habrá que fiscalizar para comprobar si se respetó o no lo que manda el artículo 101 respecto de los servicios esenciales”, expresaron en Nación.

El esquema todavía está bajo definición operativa, pero la intención oficial es que las agencias territoriales recopilen información en las provincias, registren el funcionamiento de los establecimientos y eleven los resultados a la administración central. Esas dependencias responden directamente a la Secretaría de Trabajo y funcionan como enlace territorial con trabajadores, empleadores, sindicatos y autoridades locales.

Un comunicado de Capital Humano brindó detalles de sus mecanismos de control y señaló que “desarrollará una inspección oculear en escuelas de todo el país a fin de verificar que las entidades gremiales que convocan al paro nacional respeten el cumplimiento del 75% de la prestación habitual del servicio educativo”.

Aunque el comunicado menciona una inspección muestral en escuelas de todo el país, en el Ejecutivo no detallaron todavía cuántos establecimientos serán relevados ni si el operativo incluirá pedidos formales de información a las jurisdicciones o un sistema mixto que combine constataciones propias con datos enviados por los gobiernos provinciales.

La base de la intervención será la Ley 27.802 de Modernización Laboral. El artículo 101 modificó el régimen de conflictos colectivos y declaró servicio esencial al cuidado de menores y a la educación de los niveles inicial, primario, secundario y especial. Para esas actividades estableció que la cobertura durante una medida de fuerza no podrá ser inferior al 75% de la prestación normal.

El porcentaje no se refiere necesariamente a que deba asistir el 75% de los docentes ni a que tengan que abrir exactamente tres de cada cuatro escuelas. La norma habla de la “prestación normal del servicio”, por lo que el Gobierno deberá definir cómo traduce ese concepto en indicadores comprobables: establecimientos abiertos, cursos cubiertos, personal afectado, horas de clase o una combinación de esas variables.

La ley prevé además un procedimiento previo. El sindicato debe notificar la medida a la contraparte y a la autoridad laboral con cinco días de anticipación y, al día siguiente, las partes deben acordar ante Trabajo las modalidades del servicio mínimo, con identificación del personal, horarios, funciones y forma de ejecución.

Cuando no exista un acuerdo o la cobertura propuesta sea insuficiente, la Secretaría de Trabajo puede fijar los servicios mínimos en consulta con la Comisión de Garantías. La decisión debe ser notificada a las partes y puede establecer cuántos trabajadores deben prestar tareas, en qué horarios y bajo qué esquema operativo.

El régimen también obliga a informar a las familias y a los usuarios, al menos 48 horas antes de la protesta, cómo funcionará el servicio, cuánto durará la medida y de qué manera se garantizará la prestación mínima. Ese punto podría formar parte del relevamiento que realizará Capital Humano.

En el Gobierno aclaran que una sanción no sería automática por el nivel de adhesión al paro. Primero deberá constatarse el incumplimiento, determinarse qué obligación concreta no fue respetada, identificar a la entidad responsable y sustanciarse el procedimiento administrativo correspondiente, con posibilidad de defensa y revisión judicial.

El artículo 24.6 remite a los regímenes sancionatorios de las leyes 14.786, 23.551 y 25.212. Esas normas permiten, según el tipo de infracción, disponer intimaciones, apercibimientos y multas, además de promover acciones judiciales contra una asociación sindical que desobedezca resoluciones de la autoridad laboral.

La Ley de Asociaciones Sindicales faculta a Trabajo a exigir que un gremio deje sin efecto medidas que vulneren la legislación o incumplan disposiciones de la autoridad competente. Ante una desobediencia persistente, el Poder Ejecutivo no puede retirar por sí solo una personería, pero la autoridad laboral puede acudir a la Justicia para solicitar su suspensión, cancelación o la intervención de la organización.

Las agencias territoriales serán la herramienta para reunir el respaldo fáctico de una eventual actuación posterior. La estructura laboral nacional puede recibir denuncias, realizar inspecciones cuando existe competencia federal, instruir sumarios y coordinar acciones con las provincias, que conservan facultades autónomas de policía del trabajo dentro de sus jurisdicciones.

Ese reparto de competencias será uno de los puntos sensibles. Las escuelas y los docentes dependen mayoritariamente de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, mientras que CTERA es una confederación nacional. Por eso, Nación puede intervenir sobre el conflicto colectivo y la conducta de la organización sindical, pero necesitará información de las jurisdicciones para reconstruir qué ocurrió concretamente en cada establecimiento.

El operativo del lunes será la primera prueba de alcance nacional del nuevo régimen en el sistema educativo. La Casa Rosada buscará demostrar que la declaración de esencialidad tiene aplicación efectiva, mientras CTERA reclama la convocatoria a la paritaria nacional, la restitución del Fondo Nacional de Incentivo Docente y mayores fondos educativos. El informe de las agencias territoriales será el documento que utilizará Capital Humano para decidir si cierra la actuación, intima a las partes o abre un procedimiento sancionatorio.

Foto: El presidente Javier Milei y la ministra Sandra Pettovello. (Foto: X @JMilei) . Ignacio Salerno (TN)

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Milei recibió las cartas credenciales del nuncio apostólico Michael Banach

El presidente Javier Milei recibió este 31 de julio las cartas credenciales del nuncio apostólico de la Santa Sede, monseñor Michael Wallace Banach, durante una ceremonia realizada en el Salón Blanco de la Casa Rosada, con lo que quedó formalmente iniciado su servicio diplomático como representante del papa León XIV en la Argentina.

El acto fue encabezado por el jefe de Estado, acompañado por el canciller Pablo Quirno. En la misma ceremonia, el Presidente recibió también las cartas credenciales de la embajadora de la República Federal de Alemania, Catalina Cullas, y del embajador de la República de Corea, Lee Chong Hwa.

Días atrás, monseñor Banach había entregado las copias de estilo de sus cartas credenciales al canciller Quirno, quien destacó entonces en sus redes sociales que la llegada del representante pontificio "abre una nueva etapa de trabajo fraterno entre la Iglesia y el Estado argentino, un camino de encuentro que nos compromete y nos desafía a fortalecer el trabajo conjunto con esperanza y desafíos compartidos".

La presencia del nuevo nuncio apostólico marca el comienzo de una misión que estará acompañada por la expectativa de una futura visita del papa León XIV a la Argentina.

Antes de la presentación oficial de sus credenciales al Presidente, monseñor Banach mantuvo encuentros con el presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, monseñor Marcelo Colombo; con el secretario general del Episcopado, monseñor Raúl Pizarro; y con el secretario de Culto y Civilización, Agustín Caulo.

La Conferencia Episcopal Argentina informó, además, que el próximo jueves 6 de agosto, a las 11, monseñor Banach presidirá una misa en la catedral metropolitana de Buenos Aires, durante la cual presentará oficialmente sus credenciales como representante del Santo Padre ante la Iglesia en la Argentina a monseñor Colombo.

Con ese motivo, la CEA invitó a los obispos que puedan participar a concelebrar la celebración eucarística, que marcará también el inicio formal del ministerio pastoral del nuevo nuncio ante la Iglesia argentina.

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PARO DOCENTE

La Central de Trabajadores Autónoma (CTA-A) y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA-T) formalizaron su adhesión a la jornada nacional de lucha con paro y movilización programada para este lunes 3 de agosto.

La medida de fuerza es impulsada por CTERA, ATE Nacional, CONADU y CONADU Histórica en rechazo a las políticas económicas de la administración del presidente Javier Milei.

La protesta unificada tiene como ejes centrales la defensa de la educación y la universidad pública, la protección del empleo en el sector público, la recomposición salarial y el sostenimiento de los derechos laborales. En ese marco, los gremios denuncian un deterioro sistemático de las condiciones de vida de la sociedad y de la capacidad operativa del Estado.

En un comunicado conjunto, las dirigencias sindicales apuntaron contra la parálisis de la paritaria nacional docente y la falta de cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario. Señalaron que el desfinanciamiento de las casas de altos estudios y la caída sostenida del poder adquisitivo salarial comprometen de forma directa el desarrollo del sistema educativo en todos sus niveles.

Asimismo, las centrales obreras repudiaron la ola de despidos en la administración pública nacional y lo que consideraron un vaciamiento sistemático de organismos estratégicos. Advirtieron que estas decisiones buscan debilitar la estructura estatal y restringir los servicios que se prestan a la ciudadanía.

Ante este panorama, la CTA-A y la CTA-T exigieron la restitución inmediata de los recursos destinados al sistema educativo y el acatamiento de las resoluciones judiciales y leyes sancionadas por el Congreso. Demandaron además la aprobación de un presupuesto que asegure el funcionamiento pleno de escuelas, universidades y dependencias del Estado.

Los referentes sindicales remarcaron que el libre ejercicio de la negociación paritaria y la actualización de los ingresos constituyen condiciones indispensables para resguardar la paz social. Afirmaron que el sostenimiento de los puestos de trabajo estatales es fundamental para garantizar la igualdad de oportunidades y los derechos de la población.

La postura de las dos centrales quedó plasmada a través de un documento firmado por sus respectivos secretarios generales, Hugo Yasky por la CTA-T y Hugo Godoy por la CTA-A. Ambas conducciones recalcaron que la universidad, la educación y un Estado presente representan pilares centrales para el desarrollo soberano de Argentina.

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