País
Desregulan mercado aerocomercial
10 de julio de 2024
El Gobierno liberó las tarifas aéreas, terminó con el monopolio de Intercargo y le quitó privilegios a Aerolíneas
En medio de los viajes y festejos patrios, el presidente Javier Milei se hizo tiempo para firmar un decreto que contiene tres capítulos (iban a ser tres distintos) mediante los cuales se traza la letra fina, con lo que empezará la formalmente desregulación del mercado aerocomercial. Cielos abiertos en modo reglamentario.
El corazón de la iniciativa pasa por quitar barreras de ingreso a las nuevas empresas que quieran operar en la Argentina y desregular las tarifas y las frecuencias. Y aquí la novedad: no solo se aplicará a las líneas aéreas, sino también a las compañías que hacen soporte en tierra. Es decir, terminará el monopolio de Intercargo, la empresa pública que realiza todos los servicios para las compañías aéreas, locales e internacionales.
“La actividad regulada se regirá por los siguientes principios”, dice el Reglamento de Acceso a los Mercados que se publica como anexo. Y entonces empieza una enumeración de condiciones que, de cumplirse, sería un verdadero cambio radical del sistema vigente: “Libre acceso al mercado de nuevos explotadores a través de procedimientos administrativos breves y ágiles; estímulo a la competencia leal entre los distintos explotadores; desregulación tarifaria; resguardo de la seguridad operacional; vigilancia operacional continua de los servicios autorizados; libertad en la fijación de frecuencias, en su caso, declarándolas inicialmente en su plan de negocios, para su análisis sujeto a estrictos criterios operativos y a la necesidad de que el tráfico aéreo se desarrolle de manera segura y ordenada y, finalmente, intervenciones de la Administración Pública Nacional limitadas y eficientes, de carácter digital/electrónico, tendientes exclusivamente a la preservación de los principios enunciados precedentemente y transparencia en la medición, asignación y utilización de la capacidad aeroportuaria”.
Como se dijo, este es el corazón del decreto que, en realidad, originalmente eran tres, que se subsumieron en uno. Aparecen varios lineamientos que cambiarán el sector. Además del compromiso de reducir la intervención del Estado a un mero papel en materias operacional y de seguridad, la norma define la desregulación tarifaria, un sistema que la Argentina perdió desde que el kirchnerismo llegó al poder. De hecho, en aquellos años, el Estado decidía cuál era el valor mínimo del boleto y también el máximo. Se llamó banda tarifaria y era el Poder Ejecutivo el que fijaba el precio de cada tramo.
Con la llamada “revolución de los aviones” que impulsaba Guillermo Dietrich en el gobierno de Mauricio Macri, se quitó la mínima, con lo que aparecieron las low cost que ofrecían precios más baratos, pero no se avanzó con el máximo permitido. Pero, en 2021, la gestión de Alberto Fernández volvió a aquel esquema de bandas, utilizado en muy pocos mercados en el mundo.
Son tres los capítulos de la norma que se publicó. El primero avanza sobre la apertura del mercado, básicamente rescata algunas de las regulaciones que ya habían sido parte del decreto 70, aquella primera norma que quedó cuestionada en la Justicia y que la Corte Suprema jamás trató.
Desde entonces, los reguladores del área trabajaron en la implementación. Pero claro, la posibilidad de que el decreto pueda ser derrumbado y tachado de inconstitucional entregaba una cierta debilidad al andamiaje jurídico. Entonces, optaron por un decreto específico que entregue mayor certeza, ahora que el Presidente tiene facultades amplias, delegadas por el Congreso en la Ley Bases, señala Diego Cabot en su columna del diario La Nación
El primero de los capítulos, por caso, borrará de los requisitos para operar en el país la solicitud de audiencias. Es decir, ya no habrá que tramitar ese permiso necesario, aunque discrecional, que entregaba el Estado. De hecho, la última se celebró durante el gobierno de Macri, que fue la que entregó las licencias con las que vuelan Jetsmart y Flybondi. Sin audiencias, las rutas se solicitarán por un sistema digital y mucho más ágil, tal como repite la norma en varios pasajes.
Las nuevas normas incluyen un cambio fundamental en el negocio aeronáutico. Cuando estén plenamente en vigencia, tras las reglamentaciones correspondientes, se podrán prestar servicios de cabotaje con aeronaves de matrícula extranjera y hasta tripulación de otra nacionalidad. Es algo muy novedoso para el segmento.
Hay algo que también empieza a cambiar: cómo interpretar el silencio del Estado. Por ejemplo, para lograr el Certificado de Explotador de Trabajo Aéreo (CETA), uno de los documentos fundamentales para empezar a volar, se dará a la Administración Pública 15 días hábiles para que se exprese. Si no lo hace, el solicitante puede pedir un “pronto despacho” y, transcurridos cinco días más, “la autoridad deberá emitir en forma automática/digital el CETA”. Un verdadero opuesto a lo que sucede actualmente, donde los expedientes suelen dormir un sueño profundo en los escritorios de la burocracia a la espera que el ruido de algunas monedas sobre el escritorio los despierte de pronto.
Esta decisión de apertura estaba descontada entre las empresas, pero la novedad pasa por otras desregulaciones que también forman parte de la norma. La más importante, sin dudas, es la apertura necesaria como para que otros jugadores compitan con Intercargo, encargada de todo lo que tiene que ver con servicios de rampa, asistencia y equipaje para todas las líneas aéreas que operan en el país, con excepción de Aerolíneas Argentinas, Flybondi y American Airlines, que operan su propia prestación.
Los gremios del sector tienen capacidad de fuego como para realizar medidas de fuerza que paralicen la operación. Habrá que estar atento a los movimientos gremiales cuando avance la liberalización.
De acuerdo a la regulación vigente hasta que salga el decreto, las aerolíneas tienen la obligación de contratar a Intercargo salvo que se presten ellas mismas el servicio. American siempre tuvo su personal de tierra, ya que opera en un puñado de aeropuertos. Y la línea aérea de bandera tiene para ese trabajo a Aerohandling, una sociedad del grupo que le da servicios a sus aviones. Los demás, en manos de Intercargo.
Ahora podrían entrar otros jugadores, o incluso Aerohandling tendría la posibilidad de ofrecer sus servicios a otras líneas y fortalecer esta línea de negocios. Lo cierto es que semejante golpe a un monopolio podría generar conflictividad en el día a día. Acá también hay requisitos de presentación de documental y finalmente, plazos exprés para que el regulador apruebe, o solicite lo necesario, a riesgo de que el paso del tiempo termine por entregar la aprobación tácita ante el silencio del Estado.
El segundo título de los tres tiene que ver con la reglamentación del artículo 110 del Código Aeronáutico. Habla de los requisitos para presentar acuerdos de cooperación interempresaria o comerciales, y establece la implementación de la ley de Defensa de la Competencia para todas las cuestiones que se sucedan. Es decir, si eventualmente hay planteos de monopolio, por caso, ya no intervendrán los varios entes públicos del sector, sino el Tribunal que lo hace con todas las actividades de la economía.
El tercero, finalmente, apunta a igualar los derechos de utilización de las estaciones aeroportuarias, especialmente, en horas pico. Así las cosas, le encomienda a la autoridad la confección de un “Reglamento Transitorio de Asignación de Capacidad y/o Frecuencias para servicios nacionales o internacionales”, a la espera de uno definitivo para el que le otorga 180 días.
Básicamente, se terminarán algunos privilegios que tiene la línea aérea estatal para disponer de los aeropuertos a su antojo. De hecho, se deroga decreto 879/21, un reglamento hecho a medida de la empresa pública en épocas de manejo camporista, ya no solo de la compañía sino del sector aerocomercial. “Se determinará la capacidad y/o frecuencias disponibles deduciendo los servicios presentados ante la Autoridad Aeronáutica por Aerolíneas Argentinas”, decía un artículo relevante de aquella norma. Es decir, el mercado era lo que sobraba después de que la estatal haga lo suyo.
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Ventas minoristas en super caen un 1,5% en enero
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó que en términos de volumen de consumo las ventas minoristas de los supermercados cayeron en enero tanto en su variación interanual (-1,2%), como en su serie desestacionalizada respecto al mes previo (-1,5%).
Por su parte, las ventas a precios corrientes sumaron un total de $2.339.233,3 millones, lo que representa un incremento del 25,1% en términos interanuales.Noticias Relacionadas
En lo que respecta a los canales de venta, la presencialidad se mantuvo como el más predominante con el 97,3% de las operaciones ($2.276.136 millones), mientras que el el sector online representó solo el 2,7% restante ($63.097 millones).
En cuanto a los medios de pago, las tarjeta de crédito lideraron las preferencias con el 43,1% del total, seguida por el débito con el 25,0%, el efectivo con el 17,1% y otros medios (como billeteras virtuales y códigos QR) con el 14,8%.
El gasto del ticket promedio tuvo una suba del 30,1% respecto al enero del 2025 y se ubicó en los 34.840. Entre los grupos de artículos que experimentaron mayores aumentos nominales se encuentran Carnes (49,4%), Verdulería y frutería (38,3%), Alimentos preparados y rotisería (32,5%) y Panadería (27,2%).
Finalmente, en el ámbito laboral, el sector supermercadista informó un total de 99.014 trabajdores ocupadas, lo que representa una reducción del 1,5% en la plantilla de personal en comparación con enero de 2025. (C5N)
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Asamblea pública para modificar cuadros tarifarios provisorios del gas
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) dispuso la apertura de un procedimiento de consulta pública para avanzar en la adecuación del sistema de transporte de gas natural, en el marco de la emergencia energética vigente (prorrogada hasta fin de 2027) y la reciente reconfiguración definida por la Secretaría de Energía.
La medida, formalizada mediante la resolución 346/2026 publicada este viernes en Boletín Oficial, pone a consideración una serie de modificaciones regulatorias y tarifarias, entre ellas cambios en los factores de carga para distribuidoras, nuevos porcentajes de gas retenido, la elaboración de cuadros tarifarios provisorios y la derogación de normativa previa, con el objetivo de adaptar el esquema de transporte a las nuevas condiciones del sistema.
En particular, se propone modificar de manera provisoria los factores de carga para los usuarios residenciales de las distribuidoras Camuzzi Gas del Sur y Naturgy NOA, elevándolos del 35% al 45%, mientras que para el resto de las licenciatarias se mantendrán sin cambios.
Asimismo, revisará los porcentajes de gas retenido en las rutas de transporte, la operación y mantenimiento de activos de Energeía Argentina Sociedad Anónima (Enarsa) y las condiciones para determinados cargadores que cuentan con contratos firmes. Al tiempo que se pondrán en consulta cuadros tarifarios provisorios y los cargos fideicomiso asociados, mientras se avanza en la derogación de normativas que hoy resultan innecesarias en el nuevo marco regulatorio.
En materia tarifaria, el organismo elaboró cuadros provisorios que incluyen la actualización de los cargos fideicomiso, incorporando también los costos de operación y mantenimiento de activos de Enarsa, en línea con lo instruido por la Secretaría de Energía.
La consulta pública tendrá un plazo de quince días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial, período durante el cual empresas y usuarios podrán presentar observaciones y sugerencias a través de la web del organismo.
Finalizada esta instancia, el Enargas avanzará con la implementación de las medidas necesarias para la reasignación de capacidades de transporte y su correspondiente contractualización, con entrada en vigencia prevista para el 1° de mayo.
La iniciativa se inscribe en la emergencia del sector energético nacional declarada en 2023 y prorrogada hasta 2027, y busca garantizar un funcionamiento más eficiente, confiable y equitativo del sistema de transporte de gas natural, en un contexto de cambios estructurales en las fuentes de abastecimiento y en la configuración de la red.
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ANSES en abril: cronograma de pagos con aumento
Ansés dio a conocer los aumentos y las fechas de pago para el cuarto mes del año. Con el tercer mes del año ya llegando a su final, muchas personas comienzan a preguntarse cuánto cobrarán en abril y qué día específico encontrarán en sus cuentas los pagos por parte de Ansés, considerando que muchas veces los feriados terminan modificando el calendario de pagos. Afortunadamente, el organismo se encargó de difundir toda la información pertinente al pago de haberes y prestaciones, para que los beneficiarios puedan organizar sus finanzas.
En primer lugar, es importante saber que los jubilados recibirán este mes un incremento del 2,9 %, en línea con el esquema de movilidad mensual vigente. El porcentaje replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de febrero de 2026, difundida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Así, el haber mínimo para los jubilados pasará de los $369.600 de marzo a los $380.319 en abril, sin contar el bono de 70.000 pesos que se otorga a las jubilaciones mínimas. Sostenido sin modificaciones, el bono hará que la jubilación mínima total llegue a $450.319 en abril. Cabe recordar que quienes cobren haberes superiores a la mínima pero inferiores al piso de $450.319 recibirán un bono proporcional, hasta alcanzar ese monto total.
Aumentos en las distintas prestaciones
Otras prestaciones también se ajustarán en marzo con el mismo porcentaje. La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) registrará un haber de $304.243, como base, que con el bono llegará a $374.243. Por su parte la PNC por Invalidez y Vejez ubicará su haber base en $266.223, totalizando $336.223 con el refuerzo. Estos montos son netos de descuentos obligatorios, como el aporte a la obra social PAMI, que se calcula sobre el haber sin incluir el bono.
Asignaciones familiares y AUH
El incremento de marzo también se trasladará a las asignaciones. Así, la Asignación Universal por Hijo (AUH) alcanzará los $136.653 por hijo. Mientras tanto, la Asignación por hijo con discapacidad llegará a $445.003.
Ansés actualizará además los topes de ingresos para acceder a las asignaciones, un punto clave para evitar que trabajadores registrados o jubilados queden excluidos del sistema tras los aumentos.
Cronograma de pago de abril
Tal como informó Ansés, el cronograma de pagos para abril no se verá modificado en función del feriado del jueves 2 por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, ni por el feriado de Viernes Santo el día 3. Es que todos los pagos se efectuarán a partir del día 10 de abril por lo que los feriados no modificarán el calendario.
Como siempre, los pagos se realizan tomando en consideración la terminación del DNI.
Así queda el cronograma de pago completo de Ansés
Jubilaciones y pensiones que no superen los haberes mínimos
DNI terminado en 0: 10 de abril
DNI terminado en 1: 13 de abril
DNI terminado en 2: 14 de abril
DNI terminado en 3: 15 de abril
DNI terminado en 4: 16 de abril
DNI terminado en 5: 17 de abril
DNI terminado en 6: 20 de abril
DNI terminado en 7: 21 de abril
DNI terminado en 8: 22 de abril
DNI terminado en 9: 23 de abril
Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo
DNI terminados en 0 y 1: 24 de abril
DNI terminados en 2 y 3: 27 de abril
DNI terminados en 4 y 5: 28 de abril
DNI terminados en 6 y 7: 29 de abril
DNI terminados en 8 y 9: 30 de abril
Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo
DNI terminado en 0: 10 de abril
DNI terminado en 1: 13 de abril
DNI terminado en 2: 14 de abril
DNI terminado en 3: 15 de abril
DNI terminado en 4: 16 de abril
DNI terminado en 5: 17 de abril
DNI terminado en 6: 20 de abril
DNI terminado en 7: 21 de abril
DNI terminado en 8: 22 de abril
DNI terminado en 9: 23 de abril
Pensiones No Contributivas
DNI terminados en 0 y 1: 10 de abril
DNI terminados en 2 y 3: 13 de abril
DNI terminados en 4 y 5: 14 de abril
DNI terminados en 6 y 7: 15 de abril
DNI terminados en 8 y 9: 16 de abril

