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Tres años y medio de cárcel por tirarle un botellazo a Milei el día de su asunción

13 de mayo de 2024

La jueza María Eugenia Capuchetti homologó el acuerdo al que llegaron la fiscalía y la defensa en un juicio abreviado. Por la agresión a Milei fue sentenciado a un año y medio de cárcel, pero se le sumó su condena anterior por violencia de género.

Gastón Ariel Mercanzini, el hombre acusado de lanzarle un botellazo al presidente Javier Milei el 10 de diciembre pasado, cuando se trasladaba desde el Congreso hasta la Casa Rosada junto a su hermana e hirió a uno de sus custodios, fue condenado a la pena de tres años de prisión. Se trata de una unificación de condenas: un año y medio por el botellazo, que se sumó a la sentencia por violencia de género contra su ex mujer, que ya pesaba sobre sus hombros, cuando fue detenido por atacar al jefe de Estado. La jueza María Eugenia Capuchetti homologó este lunes el juicio abreviado al que había llegado la semana pasada la defensa oficial y el fiscal Carlos Rívolo.

Según la sentencia a la que accedió Infobae, como parte de juicio, Mercanzini pidió someterse a un tratamiento de rehabilitación y desintoxicación hasta su recuperación. El imputado “comprende y reconoce expresamente la existencia de los hechos en juicio y la responsabilidad que se le atribuye”, se indicó.

A las 13 del 10 de diciembre, Javier Milei iba desde el Congreso hasta la Casa Rosada y saludaba desde el auto junto a su hermana Karina Milei, hoy secretaria general de la Presidencia. Al pasar por Avenida de Mayo y Montevideo, llovió un botellazo de vidrio que cayó sobre el subcomisario Guillermo Armentano, perteneciente a la Superintendencia de Seguridad y Custodia de la Policía Federal Argentina, quien formaba parte del primer anillo de seguridad de Milei. El golpe fue arriba de la oreja y al custodio comenzó a caerle sangre hacia el cuello.

El encargado de lanzar la botella, desde atrás de un grupo de simpatizantes, había sido Mercanzini. “A pesar de la identificación de Gastón Ariel Mercanzini por parte de las fuerzas de seguridad locales en momentos posteriores al evento, no se labraron actuaciones en virtud de que no se lo logró vincular el incidente que motivó su demora con ningún hecho concreto”, se señaló. Sin embargo, el video de la agresión se viralizó el lunes 11, y desde la Federal dieron intervención el juez Ariel Lijo y el fiscal Rívolo, que estaban de turno. De inmediato se ordenó buscarlo.

Desde los medios comenzaron a publicarse su perfil en redes sociales: fotos con distintos referentes del Frente de Todos kirchneristas y comentarios “expresando desprecio hacia el gobierno actual y críticas relacionadas con la bandera estadounidense en el Obelisco”. “Son tan cortos de mente que me tuve que hacer otro perfil, no voy a ir en cana y si voy con la frente en alto, me animé a lo que muchos no pudieron”. El mensaje fue escrito por Mercanzini, cuando las imágenes ya estaban dando vuelta por las redes sociales y a él lo estaban buscando.

El presidente declaró en instrucción por escrito. “Durante el desplazamiento que tuvo lugar en el momento de su asunción como Presidente de la República Argentina, entre el Congreso de la Nación y la Casa de Gobierno, observó un incidente cerca suyo. En ese instante, notó que uno de sus custodios, el Sr. Armentano, presentaba una lesión sobre la oreja izquierda. De inmediato, se dirigió a él para indagar sobre su estado de salud y su integridad física, asegurándose de que se encontrara bien. Le consultó sobre los pasos a seguir, a lo que respondió que se encontraba en buen estado y que podían continuar con el traslado.

Al mismo tiempo, junto a su hermana, Karina Milei, quien estaba a su lado en el vehículo durante el recorrido, intentaron obtener información sobre lo sucedido. Fue en ese momento que la custodia presidencial designada decidió relevar al custodio herido y proseguir con el trayecto hacia la Casa de Gobierno. Destacó que no sufrió ningún tipo de herida relacionada con el incidente y que el fuerte golpe lo recibió el miembro de su custodia”, refiere la sentencia.

“Los elementos de pruebas precedentemente enumerados y reseñados, valorados en su conjunto a la luz de la sana crítica racional, permiten tener por probado con el grado de certeza antes mencionado que: el 10 de diciembre de 2023, a las 13 horas, en la Av. Rivadavia a la altura de la calle Montevideo, Gastón A. Mercanzini arrojó una botella de vidrio al Sr. Presidente de la Nación, Javier G. Milei, quien se encontraba junto a su hermana, Karina E. Milei, trasladándose parado, en un vehículo marca “Mercedes Benz”, de color negro, descapotable y con dirección a la Casa de Gobierno.

Dicho objeto impactó en el Subcomisario Guillermo A. Armentano, perteneciente a la Superintendencia de Seguridad y Custodia de la PFA, quien formaba parte del primer anillo de seguridad del Sr. Presidente de la Nación. Concretamente, Armentano recibió el golpe en su parietal izquierdo, lo que le provocó una herida de un centímetro de largo, con edema de la zona y sangrado, con un pronóstico de curación, salvo complicaciones, en menos de 30 días”, escribió la jueza este lunes.

Según señaló, “además de la abultada carga probatoria que comprueba la responsabilidad penal de Mercanzini sobre el hecho objeto del presente proceso, es dable tener presente el reconocimiento expresado por el nombrado al momento de su detención, al prestar declaración indagatoria, en el acta de acuerdo abreviado arribado con la Fiscalía interviniente y en la audiencia prevista en el art. 431 bis del CPPN celebrada en la sede de este Tribunal.”

Precisamente, en aquella indagatoria, Mercanzini aseguró: “Quiero pedirle disculpas al Presidente y a su hermana. No quise lastimar a nadie, no tuve ninguna intención de hacerlo. Yo no tengo militancia política, las fotos que aparecieron en los medios con dirigentes políticos me las saqué de cholulo”, declaró en su indagatoria. Gran parte de su declaración la usó para contar su historia: el ex funcionario de Cultura de Concepción del Uruguay, en Entre Ríos, es adicto, fue condenado a tres años por violencia de género y terminó viviendo en la calle.

 “Esa semana, del 3 al 10 de diciembre, me emborraché tres veces. El día del episodio estaba borracho. No sé qué se me cruzó por la cabeza. Estaba dolido al escuchar que para el Presidente electo el plan de convertibilidad era bueno. Me afectó mucho eso. Escuchar en la plaza que la gente aplaudía, que estamos mal, pero que la vamos a pasar peor, que los Falcon verdes…”, señaló.

Desde ese momento quedó preso. Estaba condenado a tres años de prisión en suspenso por violencia de género en los tribunales de Entre Ríos. Esa sentencia fue considerada a la hora de evaluar su condena. Ahora quedó condenado a un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por “lesiones dolosas en grado de tentativa y lesiones dolosas leves en función del resultado, calificadas por haber sido cometidas contra un miembro de una fuerza de seguridad policial, ambas figuras en concurso ideal entre sí”.

La pena unificada fue de tres años y medio. Con buena conducta, podrá salir de prisión cuando cumpla las dos terceras partes de su condena.

Con información de INFOBAE

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Controladores aéreos en alerta por posible paro

Por estas horas se define sobre la continuidad del servicio en los aeropuertos más importantes del país. Es que hoy vence la conciliación obligatoria dictada por el Gobierno nacional para solucionar el conflicto entre los controladores aéreos, que reclaman hace meses por mejoras salariales, y la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA). La última reunión tendrá lugar a las 11:15 y, según anticiparon, de no llegar a un acuerdo se tomarían medidas de fuerza inmediatas.

La Secretaría de Trabajo intentará destrabar la negociación en una audiencia esta mañana, para evitar el paro de los controladores aéreos. Si se consigue un mínimo acercamiento de las partes, es probable que se busque extender el plazo de la conciliación hasta al menos 5 días más.

La última conciliación había sido dictada el 23 de diciembre, luego de que la Asociación Técnicos y Empleados de Protección y Seguridad a la Aeronavegación (Atepsa) anunciara una medida de fuerza que se extendía desde el miércoles 17 hasta el lunes 29 de diciembre, afectando vuelos nacionales e internacionales.

Si bien, en un primer momento, la conciliación logró neutralizar el plan de lucha de Atepsa, el conflicto con la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) no encontró vía de resolución hasta el momento. Lo cierto es que la demanda por mejoras salariales no es nueva, las protestas estuvieron presentes en junio, agosto, noviembre y diciembre de 2025.

El trabajo de los controladores aéreos resulta esencial para la operación de los vuelos y, con el recambio de quincena y el aumento de viajes, el acuerdo salarial y el bienestar del sector se vuelve una prioridad para el normal funcionamiento de los aeropuertos.


Desde Atepsa iniciaron las medidas de fuerza luego de meses de falta de resolución a distintos conflictos. Los controladores aéreos no solo piden que se atienda el deterioro salarial del sector sino que también se han denunciado incumplimientos del Convenio Colectivo de Trabajo, falta de diálogo por parte de EANA y despidos sin causa. Asimismo, se ha acusado la existencia de acuerdos salariales y laborales incumplidos, firmados tras paritarias cerradas.

En un comunicado oficial, el gremio declaró: “Durante todo este tiempo, la empresa no realizó ninguna oferta respecto a los puntos centrales del conflicto: despidos de trabajadores con estabilidad laboral, falta de revisión de los ítems del Convenio Colectivo de Trabajo y ausencia de una política salarial que permita una recomposición real y sostenida, acorde a la pérdida del poder adquisitivo acumulado”.


Por su parte, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) manifestó que “a pesar de la postura permanente de intransigencia del gremio, se está trabajando ininterrumpidamente para lograr destrabar el conflicto con el objetivo de garantizar la normalidad en la operación de los vuelos en plena temporada alta de verano”. Además, comunicaron su "voluntad de apertura al diálogo y de poder seguir negociando para llegar a una solución".

Ante la fortaleza de la medida del gremio, EANA apuntó contra Atepsa, acusándolos de querer "generar daño" antes que mejorar sus condiciones laborales. No obstante, los reclamos por parte de los trabajadores datan de hace al menos 6 meses en los que, entre acuerdos transitorios y conciliaciones, no se logró resolver la situación laboral del sector.

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Sale a la venta el chalet con vistas al Obelisco porteño

El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.

El chalet y su altillo, que constituyen uno de los hitos arquitectónicos más destacados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), se encuentra a la venta junto a al edificio de estilo francés de más de 10.300 metros cuadrados construidos, ubicado en Sarmiento al 1100, y tiene un valor de 8 millones de dólares.

Cuenta con nueve pisos de oficinas, un subsuelo, planta baja con local comercial, cocheras y tres ascensores.

Pusieron en venta el chalet con vistas al Obelisco porteño
El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.

El chalet Díaz, que corona la edificación, responde a un estilo normando, con techo de tejas, inspirado en la clásica arquitectura marplatense. Fue construido en 1927 por Rafael Díaz, inmigrante español y fundador de Muebles Díaz, una de las mueblerías más importantes de Buenos Aires durante buena parte del siglo XX.

El chalet fue testigo de los ensanchamientos de la 9 de Julio y de la construcción del Obelisco, inaugurado en 1936.

Además de esa vista única, el chalet tiene cinco ambientes, el altillo y dos terrazas: 200 metros cuadrados cubiertos en total. Conserva gran parte de sus elementos originales, entre ellos pisos de pinotea, aberturas, ventanales y luminarias de época.

Fue declarado Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de la categoría “Sitios o Lugares Históricos”, bajo el amparo de la ley 1.227. Por lo tanto, cualquier proyecto que realicen los eventuales compradores del conjunto estará condicionado a ese estatus histórico y deberá adecuarse a las normas vigentes en materia de accesibilidad, seguridad y prevención de incendios.

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ARCA elimina la actualización automática de montos


ARCA (exAFIP) redefinió umbrales y criterios de cálculo para entidades financieras y agentes del mercado de capitales. Los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó el Régimen Informativo de Operaciones Financieras y eliminó la actualización automática de los montos mínimos que deben informar entidades financieras y agentes del mercado de capitales. La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.

El cambio alcanza a bancos, agentes de liquidación y compensación, sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y agentes de colocación registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma redefine umbrales, criterios de cálculo y obligaciones informativas.

Uno de los puntos centrales de la resolución elimina la actualización automática de los montos mínimos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar los pisos informativos semestralmente, en junio y diciembre de cada año.

Con la nueva disposición, Arca deja los montos fijos hasta que una futura resolución determine una modificación expresa. El organismo justificó la decisión en el incremento previo de los umbrales y en la estabilidad de las variables macroeconómicas.

Las entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526, que deben informar altas, bajas, modificaciones, saldos y movimientos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales bajo normativa del Banco Central.
Las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) y los agentes de colocación y distribución integral de FCI, todos bajo supervisión de la CNV.
Nuevos umbrales de información mensual
La resolución también modificó la forma en que los ALyC y las sociedades depositarias de FCI deben informar las operaciones. A partir de ahora, los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.

El monto neto surge de la sumatoria de todas las transacciones realizadas durante el mes, incluidos comisiones, gastos y transferencias entre agentes, clientes o cuotapartistas.

Para determinar si se supera el umbral, ARCA no considera operaciones aisladas, sino la suma mensual de compra y venta de títulos (bonos, acciones y suscripción o rescate de cuotapartes de FCI), movimientos de fondos, pases y cauciones.

Si la sumatoria total mensual supera el tope correspondiente, el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas de menor monto individual.

En el caso de operaciones en moneda extranjera, la conversión a pesos se realizará según el tipo de cambio comprador del Banco Nación, tomando como referencia la fecha de liquidación o el último día hábil del mes informado.

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