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Movilidad jubilatoria: el gobierno oficializó la nueva fórmula vía DNU
25 de marzo de 2024
El gobierno nacional oficializó por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la nueva fórmula de movilidad jubilatoria, que establece que desde julio los haberes se actualizarán por inflación, y que en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%, que se ubica por debajo del reclamo de la oposición, que pedía que fuera del 20%.
A partir de dicha premisa, el Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)”.
Asimismo, sostuvo que “el cambio de componentes de la fórmula y su actualización mensual permitirán la implementación de una política eficiente de la seguridad social que considere el índice de costo de vida, logrando la plena efectividad de los derechos de la sociedad conforme el máximo de los recursos de que se disponga, de conformidad con las normas internacionales en la materia”.
Al mismo tiempo, justificó el cambio por DNU en que “la urgente necesidad de modificar la fórmula jubilatoria a los efectos de lograr mantener el estándar de vida de los adultos mayores y evitar que continúen perdiendo poder adquisitivo y el inminente inicio del mes de abril, cuyo transcurso dificultaría el debido empalme de fórmulas dan cuenta de las circunstancias excepcionales que exigen el dictado del presente decreto”.
De esta manera, el decreto estableció que las prestaciones se actualizarán mensualmente por inflación a través del IPC oficial y determinó que “en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”.
Al respecto de la entrada en vigencia de la nueva fórmula, el gobierno especificó que la primera actualización en base a la movilidad dispuesta “se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024”.
De cara a los meses que quedan hasta la aplicación de la modificación, el Ejecutivo dispuso que “a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente”.
Teniendo en cuenta que la próxima actualización de haberes por ley corresponde a junio, y a raíz de que “la gravedad de la crisis que enfrentan los adultos mayores hace que ellos no puedan aguardar hasta el mes de junio del corriente año para ver incrementados sus haberes”, se dispuso que “a partir del mes de abril del corriente año se concederán adelantos incrementales, equivalentes al Índice de Precios al Consumidor, a cuenta del porcentaje que determine la aplicación de la movilidad prevista por la Ley N° 27.609, de modo que la transición de uno a otro régimen de movilidad no implique padecimiento alguno para los adultos mayores”.
En ese sentido, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Ansés) otorgará en abril “un incremento extraordinario equivalente al 12,5 % sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024” y además “un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”.
A su vez, los jubilados percibirán “en mayo de 2024, un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”, mientras que cobrarán “en junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”.
En el decreto se aclaró que los incrementos dispuestos “serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente”, precisando que “una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido”.
Asimismo, el Ejecutivo expresó que “en caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante”.
El gobierno apuntó duramente a la fórmula de movilidad vigente, que combina el crecimiento de la recaudación con destino a la Ansés y el aumento de los salarios medido por el Indec o de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), asegurando que “ha arrojado resultados desastrosos para los jubilados y pensionados del país, quienes han sufrido una notoria pérdida del poder adquisitivo”.
Profundizando en ese sentido, indicó en el decreto que la fórmula actual presenta graves y serios inconvenientes ya que “no cubre suficiente ni razonablemente el riesgo inflacionario que afecta los beneficios de los adultos mayores, pues no tiene en cuenta la variación de los precios; presenta un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes; se basa en datos que no son de fácil acceso para el público, lo que dificulta su control por parte de la ciudadanía; y supedita el resultado de la movilidad al éxito que tenga el Estado con la recaudación impositiva, cuya volatilidad e incertidumbre atentan contra la estabilidad y la previsibilidad que se espera de una fórmula de movilidad jubilatoria”.
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Presentan amparo judicial por Ganancias a la pesca
El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, presentó un recurso de amparo ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con el objetivo de anular la aplicación del Impuesto a las Ganancias en el sector marítimo.
La presentación judicial impulsada por el Capitán Mariano Moreno, en representación de los interés de los trabajadores marítimos, obedece a la reciente reimposición del pago de Ganancias, aprobada en el marco de la Ley de Bases, la cual revierte la exención obtenida por el gremio en 2023.
Durante el año 2023, a través de gestiones encabezadas por todos los gremios unidos, se logró una exención del Impuesto a las Ganancias que beneficiaba a los trabajadores del sector pesquero. Esta exención, que alcanzaba el 46% del salario bruto de los trabajadores de a bordo, fue posteriormente extendida a todas las actividades relacionadas con el gremio, resguardando así los ingresos de un colectivo de trabajadores que enfrenta condiciones laborales excepcionales.
El Capitán Moreno, expresó al portal Loquepasa.net la preocupación existente en la entidad ante lo que considera una medida regresiva y lesiva para los derechos laborales y el poder adquisitivo de los trabajadores. 'Sabemos el daño que puede ocasionar el saqueo del salario; no bajaremos los brazos ', enfatizó.
Mas adelante, el directivo destacó que la presentación del amparo reafirma el compromiso del gremio 'en la defensa de los derechos laborales y la protección del poder adquisitivo de los trabajadores marítimos'.
Moreno subrayó que la reincorporación de este impuesto constituye un grave atropello al esfuerzo realizado por los trabajadores, así como a las economías locales que dependen en gran medida del consumo generado por estos ingresos. Según explicó, la decisión de llevar el tema a la justicia responde al potencial impacto negativo que la medida tendría sobre los salarios, ya que representa una pauperización de las condiciones laborales.
Ante esta situación, el gremio solicita a la justicia que considere la eliminación de este capítulo de la Ley de Bases, tal como lo había dispuesto previamente la Cámara de Senadores, y que falle a favor de los trabajadores.
Foto ElDestape.com
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No quiere pensión vitalicia a ex presidentes condenados
El presidente Javier Milei manifestó su respaldo al proyecto de ley del diputado del PRO Damián Arabia para quitarle la pensión vitalicia a ex presidentes y y ex vicepresidentes condenados penalmente.
"Me encanta la idea...Desde mi visión las jubilaciones no deberían existir y por ello yo renuncié a la misma...", escribió Milei en su cuenta de X.
De esa forma, el mandatario recordó que en junio pasado anunció su renuncia a la jubilación vitalicia, también denominada "de privilegio", que le correspondería cobrar como ex presidente una vez que deje el Sillón de Rivadavia.
El proyecto de Arabia estipula remover la pensión vitalicia a ex presidentes y ex vicepresidentes condenados penalmente, como también suspenderlas provisoriamente en caso de procesamiento penal.
Luego del escándalo que envuelve al ex mandatario Alberto Fernández por la denuncia de violencia de género de su ex esposa Fabiola Yáñez, algunos dirigentes políticos salieron a pedir que Milei le revoque la jubilación vitalicia, entre ellos la legisladora porteña Graciela Ocaña.
"Las jubilaciones de privilegio -dijo Ocaña- tienen en su origen un costado de reconocimiento honorífico al ciudadano que desempeñó el cargo de Presidente. Está claro que Alberto Fernández no tiene honor y es una vergüenza para todos los argentinos".
Pese al pedido de Ocaña al mandatario, todo indica que finalmente la iniciativa irá por los carriles del Congreso, donde debería ser aprobada en Diputados y en el Senado, y en caso de que así sea, Fernández se quedaría sin ese beneficio.
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Créditos para hogares y Pymes
Con el objetivo de fomentar las ventas del sector y a su vez, ayudar a los usuarios de luz y gas a mejorar la eficiencia energética de sus hogares o empresas, ya está en marcha el “Programa de Reconversión y Eficiencia Energética”, a través del cual se podrán comprar electrodomésticos para el hogar en hasta 24 cuotas sin interés.
El plan de Gobierno de Javier Milei está disponible para quienes tienen cuenta en Banco Nación, dado que los productos a la venta están dentro de la Tienda BNA. La intención oficial es que en las próximas semanas se sumen otra y tiendas virtuales.
Por otro lado, el BNA ofrecerá dos líneas de financiamiento: una para hogares por hasta $25 millones y un plazo de devolución de hasta cinco años con tasa fija del 43% anual; la otra destinada a pymes e industrias, sin límite de monto y plazo de devolución de hasta 10 años, con tasa de 27% anual el primer año y luego quedará atada a la
En el programa, la tienda del BNA ofrece televisores, hornos, microondas, lavarropas, secarropas, lavavajillas, aires acondicionados, ventiladores, calefactores, heladeras, freezers, lámparas led, ventanas, puertas, pinturas y cortinas blackouts.
Las claves del programa
Quienes deseen acceder al nuevo programa de financiamiento deberán tener en cuenta las siguientes claves:
- Es necesario tener una cuenta en el Banco Nación.
- En la tienda BNA ya están disponibles electrodomésticos en hasta 24 cuotas sin interés.
- Hogares y empresas podrán acceder a préstamos para financiar la compra de artefactos pero también materiales de obra y estudios para mejorar la eficiencia energética.
- Los usuarios residenciales podrán pedir hasta $25 millones a cinco años, con tasa fija del 43% anual.
- Comercios e industrias pyme no tienen tope de monto, el plazo de devolución es de 10 años y la tasa LIP de 27% para el primer año que luego será BADLAR.