País
No hubo acuerdo en el Consejo del Salario y habrá aumento por decreto

16 de febrero de 2024
El Poder Ejecutivo, las cámaras empresarias y las organizaciones de trabajadores no llegaron hoy a un acuerdo en la reunión del Consejo del Salario que debía determinar el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) y los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo, por lo que el Gobierno laudará sobre el nuevo piso de esos ingresos, según informaron fuentes gremiales.
Tras más de cuatro horas de reunión, en la cual hubo dos cuartos intermedios, las partes se retiraron sin definiciones ante el pedido de la CGT y las dos centrales de la CTA de establecer un piso de 288.600 pesos del SMVM a partir de febrero.
La CGT denunció que el Gobierno de Javier Milei «hizo fracasar la reunión» con el «único objetivo de boicotear cualquier posibilidad de acuerdo» sobre el salario mínimo, que actualmente está fijado en 156.000 pesos.
«Como es de público conocimiento, la propuesta de la CGT es establecer un 85% de aumento sobre el último monto a partir del 1 de febrero, fijando una base de $288.600. Esta propuesta tuvo el acuerdo de las tres centrales obreras y el rechazo de la contraparte empresaria», indicó la central en un comunicado emitido tras la reunión.
La central obrera señaló que la administración de Milei «evitó por todos los medios posibles que la reunión se desarrollara con normalidad», sumado a que «los empresarios encabezados por la Unión Industrial Argentina (UIA) fueron complacientes con esa estrategia y no formularon ninguna propuesta».
Fuentes oficiales indicaron a Télam que en la reunión «hubo un empate 16 a 16» en la votación de la propuesta de las organizaciones sindicales, mientras que el sector empresario, representado por la UIA y CAME, «lo único que propuso» fue que se acordara un salario mínimo «a partir de marzo, pero sin número».
Ante esa paridad, las organizaciones «exigían que el Gobierno presionara a empresarios, y el Gobierno no puede presionar ni a los empresarios ni a los gremialistas», indicaron las fuentes oficiales que participaron de la reunión.
De este modo, precisaron que, ante la falta de acuerdo, el Gobierno dará a conocer el nuevo monto del Salario Mínimo por decreto en los «próximos tres días».
Para la CGT, sin embargo, «la irresponsabilidad social puesta de manifiesto hoy por la Secretaría de Trabajo no hace más que confirmar la absoluta ajenidad del Gobierno frente al drama social que atraviesan los argentinos».
«Rompiendo una larga tradición de dialogo social tripartito y acuerdos colectivos en el ámbito del Consejo del Salario en nuestro país, el Gobierno impidió el normal desarrollo de la reunión con el único objetivo de boicotear cualquier posibilidad de acuerdo», denunció la organización obrera.
Por su parte, la CTA Autónoma (CTAA) consignó que, en la reunión, el sector empresario «exigió que se acuerde aumento recién en marzo sin proponer monto ni porcentajes», lo que el Gobierno «no sólo avaló sino que además quiso pasar a reunión plenaria sin acordar dictamen».
«Se votó la única propuesta realizada por los trabajadores y no hubo acuerdo, por lo que va a laudar el Gobierno. Una farsa más del gobierno de Milei», denunció la CTAA desde sus redes sociales.
La reunión, denunció la CTAA, «terminó como hace muchos años no sucedía: no hubo acuerdo entre las partes, no hubo oferta del sector empresarial, se votó y el empate hace que termine resolviendo el Gobierno por decreto».
La organización señaló que, ante la propuesta de las tres centrales sindicales de fijar el SMVM en 288.600 pesos, y que sea modificado y revisado mes a mes ante el presente escenario de inflación, Yasin «puso a votación esa propuesta a sabiendas del resultado».
«La mitad del plenario del consejo (las tres centrales sindicales) votaron a favor; mientras que la mitad del sector empresarial votó en contra. La norma establece que se tiene que obtener dos tercios del plenario para que sea favorecida y aceptada una propuesta. Por lo que el Gobierno definirá por decreto», consignó la CTAA.
Por su parte, la CTA de los Trabajadores, que conduce Hugo Yasky, advirtió en un comunicado que «si a consecuencia de esta jugada, la cifra que anuncie el Gobierno estuviera lejos de significar una real recomposición del Salario Mínimo, quedará demostrado que hubo una sincronización entre las patronales y el Poder Ejecutivo para profundizar el ajuste y seguir licuando los salarios».
Fuentes empresariales también habían estimado, en contacto con Télam, que iba a laudar el Gobierno, al advertir que las posiciones de uno y otro sector estaban muy alejadas.
El laudo en estas situaciones es una figura mediante la cual el Gobierno actúa como árbitro y dispone una medida de manera unilateral ante la falta de acuerdo de las partes en pugna.
La reunión se desarrolló desde las 16.30 hasta pasadas las 20 en la Secretaría de Trabajo, ubicada en la avenida Leandro N. Alem 650 de esta capital, y tuvo la modalidad virtual para distintos representantes.
Por el Gobierno participaron el secretario de Trabajo, Omar Yasin; mientras por el sindicalismo asistieron los triunviros de la CGT Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña, entre otros, además del referente de la CTA de los Trabajadores Claudio Marín y Hugo «Cachorro» Godoy, secretario general de la CTA Autónoma.
Por la parte empresaria, en tanto, participaron dirigentes de la UIA como Laura Giménez.
La reunión del organismo, la primera de la gestión de Milei, tuvo de fondo una nueva protesta de organizaciones sociales, que insistieron en sus reclamos de «aumento de los montos para la asistencia a los comedores» comunitarios.
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Tickets de compra deben detallar qué impuestos paga el consumidor

Ya entró en vigencia el régimen de transparencia fiscal, por el cual las empresas y los comerciantes deberán empezar a discriminar en la factura y ticket de venta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otras cargas tributarias. En esta primera etapa deben implementarlo las grandes empresas.
Los supermercados, por ejemplo, ya empezaron a aplicar la medida. Todos los comprobantes deberán tener una línea donde se detalle el monto correspondiente al IVA y, cuando sean emitidos por una compañía grande (que detalla el organismo en su página), también indicarán los impuestos internos que incidan en el precio final que paga el consumidor.
El resto de los contribuyentes tendrá un plazo opcional hasta el 1° de abril próximo, cuando pasará a ser obligatorio para todos.
Aquellos contribuyentes que ya usan la factura electrónica por medio de los sistemas de ARCA verán reflejada de forma automática la discriminación del IVA desde el 1° de enero del año que viene.
"El organismo implementará las adecuaciones sistémicas necesarias", prometió ARCA. Quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, podrán seguir usando ese equipamiento en la medida que actualicen el firmware (en el caso de las cajas registradoras) o incorporen la información a través del software de facturación (en las impresoras fiscales).
Desde ARCA (exAFIP) explicaron que el objetivo es "reafirmar el compromiso del Gobierno nacional con la transparencia fiscal, permitiendo a los consumidores conocer el impacto de los impuestos en las operaciones y que puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad”.
Los consumidores no tendrán que hacer ninguna operación, sino que en la factura o ticket de compra encontrarán la leyenda "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)", donde estarán discriminados los impuestos anteriormente detallados.
Desde el Gobierno también invitaron a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a dictar las respectivas normas para que los consumidores finales también tengan conocimiento de la incidencia del impuesto sobre los ingresos brutos y de los respectivos tributos municipales en la formación de los precios de los bienes, locaciones y prestaciones de servicios.
En ese marco, Matías Olivero Vila, presidente de la ONG Lógica, dedicada a la conciencia fiscal, y que ha impulsado esta medida que rige formalmente desde este miércoles, señaló que desde la entidad que preside "decimos que es una obligación adherirse, ya que la Constitución Nacional en su artículo 42 establece que el consumidor tiene derecho a recibir información adecuada y veraz".
A su vez, explicó que ahora los consumidores podrán identificar en sus tickets una sección titulada Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, donde vamos a ver "en cuatro renglones, donde se desglosará el IVA, la incidencia de otros impuestos nacionales y los impuestos provinciales, es decir, ingresos brutos y tasas municipales".
Por último, Olivero Vila comentó que la implementación de la norma no solo se limitaría a los tickets, sino que también se espera que a partir de abril los precios en góndola incluyan la carga impositiva. Sin embargo, aclaró que esto último aún no ha sido reglamentado, ya que dicha reglamentación "no va a venir de ARCA, sino de la Secretaría de Comercio con la Subsecretaría de Defensa del Consumidor".
Entrevista Radioinforme 3.
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Calendario de feriados 2025

El 2025 será un año con 12 feriados inamovibles y cuatro trasladables, 12 días no laborables y tres con fines turísticos, según el calendario que difundió el Gobierno nacional.
Enero
• Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
• Lunes 3 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
• Martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
• Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
• Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
• Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
• Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
• Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
• Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
• Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
• Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17 de junio)
• Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
• Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
• Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
• Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
• Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
• Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
• Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre).
Diciembre
• Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
• Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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ARCA levanta el período de gracia para embargos a empresas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ex AFIP confirmó que levantará a partir del 1 de enero de 2025 el período de gracia en el que el organismo no ejecuta embargos contra las cuentas de las empresas, con excepción de las compañías del sector de la salud y la entidades de bien público.
Tal cual lo había anticipado Ámbito, se esperaba que ARCA decidiera no continuar con el beneficio en función del resultado de la moratoria fiscal en la cual se iniciaron 341.000 planes de pago, lo que dio espacio a las empresas a regularizar su situación.
No obstante, el organismo decidió habilitar planes de pago de hasta 48 cuotas que incluirán las deudas hasta el 31 de diciembre de 2024. La moratoria que cerró este año incluía deudas hasta el 31 de marzo, de manera que estos planes servirán para atender los problemas de las empresas ocurridos desde el primero de abril hasta fin de año, en un período en el que la economía registró una caída de al menos 3 puntos del PBI.
Solo quedará vigente la "tregua" para las empresas del sector de la salud y las entidades de bien público hasta el 31 de julio de 2025
Pymes: ¿cómo es el nuevo plan de facilidades de pago?
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija.
El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta. Co
Con esta medida, el organismo busca brindar mayor exigibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.
Plan de pagos para pymes: ¿cómo es la financiación?
Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. La empresas tienen un plazo de hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones impositivas y hasta 36 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y Obligaciones aduaneras.
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones y hasta 48 cuotas en el resto de las obligaciones.
¿Cómo acceder a los beneficios?
La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal.
Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
Declaraciones juradas presentadas.
CUIT activa.
CBU informada.
¿Qué deudas están incluidas?
Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas a continuación:
Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
Retenciones y percepciones impositivas.
Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.