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Judiciales presentan un amparo por designaciones de jueces y juezas

31 de octubre de 2023

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) presentó ante la justicia contencioso administrativa un amparo contra el avance de las propuestas de designación de jueces y juezas realizadas por el Poder Ejecutivo, por tratarse de personas que no estaban en las ternas elevadas por el Consejo de la Magistratura, sino en las listas complementarias de cada concurso elaboradas por el organismo. En el escrito, solicitó una medida cautelar para que ni el Senado ni el Poder Ejecutivo avancen con los nombramientos.

El principal argumento es que el Poder Ejecutivo se apartó de manera evidente de la regulación constitucional y legal para la designación de las y los magistrados.

Esta situación ocurrió en concursos de gran trascendencia, dado que son para cubrir vacantes en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal (que dirime los juicios contra el Estado), en lo Civil y Comercial Federal (tiene a su cargo los juicios comerciales más importantes del país, principalmente los vinculados a las empresas de servicios públicos) y en la Sala de Defensa de la Competencia de la Cámara Civil y Comercial Federal (central para el desarrollo de la economía y para definir la relación entre el gobierno y las empresas).

 La semana pasada, la Comisión de Acuerdos del Senado llevó adelante una serie de audiencias con las y los postulantes y aprobó los dictámenes que deberán ser tratados por el Senado previo a la designación de las juezas y jueces.

¿Qué establece la normativa?

La Constitución Nacional establece que el Consejo de la Magistratura tiene a su cargo la selección de las y los magistrados y la administración del Poder Judicial. Entre sus atribuciones está la de “emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores”, luego de haber realizado concursos de oposición y antecedentes que aseguren la idoneidad para el cargo.

Según la Constitución, confeccionadas las ternas, estas son posteriormente remitidas al Poder Ejecutivo, quien debe elegir a una de esas personas y solicitar el acuerdo del Senado para que esa designación quede perfeccionada.

El reglamento de concursos del Consejo dispone que este organismo debe diseñar una lista complementaria cuando una persona integra una terna en más de un concurso, y que el Poder Ejecutivo sólo puede proponer candidatos o candidatas de las listas complementarias ante el supuesto de que alguna de las ternas se torne incompleta. Además, establece que -previo a la propuesta de designación de quienes integran la lista complementaria- deberá considerar prioritariamente a los y las postulantes de las listas principales que no hayan sido seleccionados/as. En otras palabras, recurrir a las listas complementarias es la última opción.

¿Qué sucedió en cada caso? Sala de Defensa de la Competencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal

En el concurso 415 se conformaron 3 ternas y se remitió una lista complementaria de 6 personas. En mayo de este año, el Poder Ejecutivo remitió dos pliegos, el de Humberto Guardia Mendonça (que obtuvo la tercera posición en la segunda terna) y el de María Laura Manin (que se encontraba en el segundo lugar de la lista complementaria).

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 7

Para cubrir 6 cargos de jueces y juezas se remitieron 6 ternas. Desde 2019 y en pequeñas tandas, el Poder Ejecutivo fue proponiendo a distintos candidatos de esas ternas hasta que, para el último cargo vacante, en mayo de este año, eligió a Juan Rafael Stinco, quien se encontraba en el primer lugar de la lista complementaria.

Además de la evidente irregularidad de que fue escogido pese a integrar la lista complementaria y dejar así fuera a 13 postulantes de las listas principales, Stinco había sido previamente designado Juez Nacional en lo Civil y Comercial Federal en marzo de 2021, pese a que el Reglamento de Concursos establece, en su artículo 50, que la designación en un cargo de juez “importa la desvinculación a continuar participando en otros procesos de selección en trámite, a partir de la asunción en el cargo en que fue designado”.

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 6

Para cubrir 2 vacantes en la justicia Civil y Comercial Federal se conformaron 2 ternas. Para el cargo del Juzgado Nº 2 se propuso a Carlos Mallo, integrante de la primera terna. Para el segundo, se remitió al Senado la postulación de María Stupenengo, quien ocupaba el primer puesto de la lista complementaria elevada por el Consejo de la Magistratura.

¿Por qué esto es un problema?

Este tipo de concursos públicos intenta asegurar un procedimiento del que resulten los y las candidatas que hayan podido demostrar un mejor desempeño a lo largo de las distintas instancias. Así, la composición de ternas vinculantes es una forma de resguardar el principio de idoneidad y de evitar nombramientos basados en vínculos personales o afinidades políticas.

Si se llegara al caso en el cual estos pliegos fueran aprobados y postulantes de listas complementarias fueran seleccionados/as, quedaría completamente desvirtuado el sistema de concursos dispuesto por la Constitución y la finalidad que lo inspiró.

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Sin fondos: diciembre marcó record de cheques rechazados de la historia

La cadena de pagos del sector productivo nacional cerró 2025 con una señal de alarma financiera sin precedentes. Durante diciembre se alcanzó el récord histórico de cheques rechazados por falta de fondos, un dato que expone con crudeza la crisis de liquidez que enfrentan las empresas en todo el país.

Según un informe del Instituto Argentina Grande, elaborado a partir de datos oficiales del Banco Central de la República Argentina (BCRA), en el último mes del año se registraron 119.285 cheques rechazados, el número más alto desde que existen registros sistematizados sobre este indicador clave de la actividad económica.


Uno de los aspectos que más preocupa a los analistas es la velocidad del deterioro financiero. De acuerdo con el relevamiento, la cantidad de cheques sin fondos se triplicó en comparación con diciembre de 2024, lo que implica un aumento cercano al 200% interanual.

“Este indicador es un síntoma claro de la dificultad que tienen las empresas argentinas para cumplir con sus obligaciones”, señalaron desde el Instituto Argentina Grande. La dinámica, advirtieron, refleja una restricción severa de liquidez en la economía real, con impacto directo sobre la producción y el empleo.


La evolución mensual de los cheques rechazados muestra un quiebre marcado en la segunda mitad de 2025 y una aceleración abrupta hacia el cierre del año.

Período de estabilidad: entre 2020 y mediados de 2024, el promedio mensual de rechazos se ubicaba entre 25.000 y 35.000 cheques.

Inicio de la aceleración: a partir de mayo de 2025, cuando se registraron 41.759 rechazos, la curva comenzó a empinarse de manera sostenida.

Pico histórico: el último trimestre mostró una escalada sin freno, con 92.535 cheques rechazados en octubre, 108.979 en noviembre y el récord absoluto de 119.285 en diciembre.

Impacto sobre las PyMEs
El fenómeno golpea con especial dureza a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), que utilizan el cheque de pago diferido como una herramienta central para financiar capital de trabajo y sostener la actividad cotidiana.

La multiplicación de cheques sin fondos no solo deteriora la confianza en la cadena de pagos, sino que además encarece el crédito comercial, profundiza los problemas de financiamiento y amplifica el riesgo de parálisis productiva en amplios sectores de la economía.

Una señal de alerta para 2026
El récord registrado en diciembre deja una señal clara sobre la fragilidad financiera con la que el entramado productivo argentino ingresó en 2026. En un contexto de bajo acceso al crédito y caída de la liquidez, la recuperación del financiamiento aparece como uno de los principales desafíos macroeconómicos para evitar un mayor deterioro de la actividad.

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Periodistas piden al Congreso que frene la derogación de su Estatuto

Más de tres mil periodistas de todo el país firmaron y difundieron este domingo una solicitada con un pedido claro: que el Congreso de la Nación rechace la derogación del Estatuto del Periodista Profesional, una normativa histórica que rige desde mediados del siglo XX y que actualmente está en el centro del debate por la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo nacional.

El documento, que incluye firmas de profesionales de medios gráficos, radiales, televisivos y digitales, señala que la eliminación del estatuto —junto con el del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas— implicaría un grave retroceso para la libertad de expresión, el derecho a la información y la calidad democrática del país.

Quienes suscriben la solicitada advierten que estos estatutos consagran derechos individuales, profesionales y colectivos que protegen tanto a los trabajadores de prensa como al ejercicio mismo del periodismo, y destacan que su vigencia fue fundamental para establecer condiciones laborales, marcos de estabilidad y un mínimo de garantías profesionales.

El texto también subraya que, si bien los firmantes no se oponen a debatir una eventual modernización de las normas laborales del sector, rechazan de plano “cualquier derogación que se haga sin mediar un debate democrático en el que los periodistas tengan participación efectiva”.

La protesta se enmarca en el debate legislativo por el proyecto de reforma laboral promovido por el gobierno, dentro del cual se encuentra el artículo que propone la supresión total del Estatuto del Periodista Profesional —la Ley 12.908— y del Estatuto del Empleado Administrativo.

Organizaciones periodísticas y gremiales de prensa también han expresado su preocupación por la posible eliminación de este marco estratégico, advirtiendo que su derogación puede debilitar derechos laborales, facilitar la precarización, erosionar la libertad de prensa y socavar herramientas que garantizan confidencialidad de fuentes o condiciones éticas mínimas para el ejercicio de la profesión.

Los firmantes incluyen nombres reconocidos del periodismo argentino, quienes llamaron a las y los legisladores a defender el estatuto vigente y a garantizar que cualquier discusión sobre su futuro se dé de forma amplia y con participación del sector afectado.

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Inflación de enero: el índice cerraría por encima del 2%


El arranque del año mostró una dinámica de precios persistente en los rubros más sensibles de la economía doméstica. Distintos relevamientos privados coinciden en que la inflación de enero se ubicará por encima del 2%, traccionada nuevamente por los aumentos en alimentos y bebidas, que no logran perforar el piso pese a la estabilidad macroeconómica y cambiaria.

Según revela la Agencia Noticias Argentinas (NA), los informes de las últimas semanas detectaron una aceleración de precios hacia el cierre del mes, concentrada en productos frescos y bienes de demanda inelástica. Si bien no hubo saltos abruptos, el "goteo" constante en góndolas, especialmente en carnes, verduras y aceites, fue suficiente para mantener la presión sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC).



El fenómeno responde a una inflación que "conserva núcleos duros" en la canasta básica. Aunque hubo factores que ayudaron a moderar el índice —como bajas estacionales en algunas verduras, ajustes suaves en lácteos y la estabilidad en precios regulados como combustibles—, el peso de los alimentos frescos fue determinante.

El escenario de febrero traerá una novedad técnica clave: el INDEC comenzará a medir la inflación con una nueva canasta de bienes y servicios. Esta actualización, ajustada a hábitos de consumo más recientes, le dará mayor ponderación a los servicios y reducirá la incidencia relativa de los alimentos, lo que podría modificar la lectura estadística de la inflación en los próximos meses.

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