País
A un año de la aprobación del Etiquetado Frontal
25 de octubre de 2022
Ya pasó un año de la sanción de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y comenzaron a verse algunos de los cambios que esta iniciativa vino a modificar e impulsar. Por el caso, hace dos meses que, aunque modestamente, se pueden encontrar en algunos productos alimenticios envasados el etiquetado frontal de sellos octogonales negros que advierten el exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías, cuyos valores máximos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
“Es una ley, no es solo el acceso a la salud sino también el acceso a la información. Es una ley que busca la ampliación de derechos. La búsqueda de la información no recae de esta manera en la responsabilidad individual de las personas, sino que ahora forma parte del rol del Estado, a través de una política pública”, explicó la licenciada en Nutrición, Erica Bianquet, quien integra una de las comisiones de trabajo del Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires.
De esta forma, la ley tiene por objeto garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada y dar información nutricional clara, simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para resguardar los derechos de las y los consumidores. También busca prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles y advertir sobre los denominados “nutrientes críticos”.
Sin embargo, Bianquet también advirtió que hoy la implementación del etiquetado frontal se encuentra en una zona gris ya que algunas empresas pidieron un aplazamiento para la adecuación, que les fue concedida, pero se desconoce cuántas y cuáles empresas fueron beneficiadas. “Se han presentado dos pedidos de acceso a la información y en ambos casos respondieron que esa información es confidencial. Así, la sociedad no sabe si los productos alimenticios no deben llevar los octógonos negros, o están alcanzados por la prórroga o, directamente, están incumpliendo la ley”, señaló la nutricionista.
La iniciativa no se limita a la implementación del etiquetado frontal de los alimentos. Esta es una ley integral que también regula otros aspectos vinculados a mejorar los entornos. En ese sentido, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas analcohólicas envasadas, que contengan al menos un sello de advertencia, especialmente aquellos dirigidos a las infancias y las adolescencias.
Es así que en sus envases no puede tener personajes infantiles, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por obsequios, premios, regalos, o cualquier otro elemento de promoción que puedan orientar y/o definir la compra o la elección de estos alimentos.
Asimismo, la norma prevé la inclusión de contenidos mínimos de educación alimentaria y nutricional en los niveles inicial, primario y secundario de las 60.000 escuelas de todo el país para considerar al ámbito educativo como un espacio promover una alimentación saludable y fomentar la adquisición de destrezas que ayuden a los niños, niñas y adolescentes a mejorar sus prácticas alimentarias de manera sostenible.
Desde el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires se viene reclamando la aplicación integral de la ley, destacando no solo la importancia del rol del Estado en la implementación de la norma sino también en rol de profesional de las y los nutricionistas en su seguimiento.
La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable fue sancionada el 26 de octubre de 2021. Un año antes había sido aprobada por la Cámara de Senadores y estuvo esperando nueve meses para que los diputados la trataran. A mediados de julio de 2021, en un plenario de cuatro comisiones de la Cámara Baja, obtuvo dictamen favorable. Luego, vendría la sanción y dos semanas más tarde la promulgación del Poder Ejecutivo. Finalmente, el 22 de marzo pasado la norma fue reglamentada bajo el decreto 151/2022, publicado un día después en el Boletín Oficial.
País
ARCA elimina la actualización automática de montos
ARCA (exAFIP) redefinió umbrales y criterios de cálculo para entidades financieras y agentes del mercado de capitales. Los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó el Régimen Informativo de Operaciones Financieras y eliminó la actualización automática de los montos mínimos que deben informar entidades financieras y agentes del mercado de capitales. La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.
El cambio alcanza a bancos, agentes de liquidación y compensación, sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y agentes de colocación registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma redefine umbrales, criterios de cálculo y obligaciones informativas.
Uno de los puntos centrales de la resolución elimina la actualización automática de los montos mínimos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar los pisos informativos semestralmente, en junio y diciembre de cada año.
Con la nueva disposición, Arca deja los montos fijos hasta que una futura resolución determine una modificación expresa. El organismo justificó la decisión en el incremento previo de los umbrales y en la estabilidad de las variables macroeconómicas.
Las entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526, que deben informar altas, bajas, modificaciones, saldos y movimientos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales bajo normativa del Banco Central.
Las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) y los agentes de colocación y distribución integral de FCI, todos bajo supervisión de la CNV.
Nuevos umbrales de información mensual
La resolución también modificó la forma en que los ALyC y las sociedades depositarias de FCI deben informar las operaciones. A partir de ahora, los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.
El monto neto surge de la sumatoria de todas las transacciones realizadas durante el mes, incluidos comisiones, gastos y transferencias entre agentes, clientes o cuotapartistas.
Para determinar si se supera el umbral, ARCA no considera operaciones aisladas, sino la suma mensual de compra y venta de títulos (bonos, acciones y suscripción o rescate de cuotapartes de FCI), movimientos de fondos, pases y cauciones.
Si la sumatoria total mensual supera el tope correspondiente, el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas de menor monto individual.
En el caso de operaciones en moneda extranjera, la conversión a pesos se realizará según el tipo de cambio comprador del Banco Nación, tomando como referencia la fecha de liquidación o el último día hábil del mes informado.
País
Celulares más baratos
Los aranceles a la importación de teléfonos celulares serán eliminados completamente a partir de este jueves 15 de enero. En función del decreto 333/25 publicado en mayo de 2025, el gobierno nacional reducirá definitivamente la tasa aduanera a 0%.
Esta normativa fue planteada progresivamente en dos tramos. En primer lugar se bajó el impuesto del 16% al 8% en el momento en el que se publicó en el Boletín Oficial y, finalmente bajarlo de 8% a una alícuota del 0% desde este jueves.
Además de este esquema de beneficios impositivos, la determinación incluye la supresión de impuestos internos para celulares, televisores y aires acondicionados fabricados en Tierra del Fuego (bajaron del 9% al 0%), además de la reducción de impuestos internos para televisores y consolas de videojuegos que vengan desde el exterior, que pasaron del 19% al 9,5%.
Mediante esta decisión, el gobierno busca incrementar la oferta de dispositivos, estimular la competencia, disminuir los valores finales de los productos y facilitar el acceso a los consumidores.
Según las proyecciones oficiales, la medida provocará un descenso de los precios de aproximadamente el 30 %. El objetivo es igualar las condiciones de los productos nacionales con los importados, en una época donde los precios locales son altamente elevados en comparación con otros países vecinos.
Sin embargo, el impacto en los precios de los celulares no será de inmediato. La llegada de los nuevos valores al consumidor final dependerá de la dinámica del mercado, los costos logísticos y el stock de los comercios.
País
Inflación de diciembre fue de 2,8%
La inflación de diciembre fue de 2,8% a nivel nacional, según informó e el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). De acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor, la inflación interanual alcanzó el 31,5%.
El último mes de 2025 igualó el indicador de abril, cuando justamente había sido de 2,8%. En mayo había caído a 1,5% y desde entonces fue subiendo gradualmente -2,5% en noviembre, por ejemplo- hasta casi duplicar ese número ahora.
Esta fue la última vez que la inflación se calculó con la vieja composición de la Canasta Básica, una metodología que había recibido fuertes cuestionamientos de especialistas por subvalorar el nivel de incremento de aumento de precios, y a la vez contribuir a exagerar la baja de la pobreza.
A propósito, esa Canasta Básica que mide la línea de pobreza se ubicó en $ 1.308.713,26. Eso significa que ese es el ingreso que necesitó un hogar con cuatro integrantes (dos adultos y dos menores) en el AMBA para no ser pobre en el último mes del año pasado. Implica además un aumento del 4,1% respecto del mes previo y del 27,7% interanual.
Siempre según Caputo, “el programa de estabilización basado en el superávit fiscal, el estricto control de la cantidad de dinero y la capitalización del BCRA seguirán siendo los pilares para continuar con el proceso de desinflación. Es cada vez más evidente que este es el único camino viable para erradicar definitivamente la inflación y hacer grande a Argentina otra vez”.
De nuevo con el índice dado a conocer este martes 13, la división que mostró el mayor incremento fue “Transporte”, con un aumento del 4%, seguida por “Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles”, que subió 3,4%. En tanto, “Alimentos y bebidas no alcohólicas” tuvo una variación de 3,1% y fue una de las divisiones con mayor incidencia en el nivel general del índice.
Entre los rubros con menores aumentos mensuales se ubicaron “Prendas de vestir y calzado”, con una suba del 1,1%, y “Educación”, que registró un incremento de 0,4% en diciembre.
Al analizar el comportamiento por tipo de bienes y servicios, el informe del Indec indicó que los bienes aumentaron 2,6% en diciembre, mientras que los servicios registraron una suba mayor, del 3,4%. En la comparación interanual, los servicios mostraron un incremento del 43,1%, frente al 26,5% de los bienes
Desde el enfoque de categorías, los precios regulados encabezaron las subas del mes con un aumento del 3,3%, seguidos por el IPC núcleo, que avanzó 3%. En contraste, los precios estacionales registraron una variación del 0,6% en el mismo período.
En cuanto a las regiones, el nivel general del IPC mostró variaciones mensuales dispares, con registros que oscilaron entre el 2,6% y el 3,4%. En la región Gran Buenos Aires (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 24 partidos del Gran Buenos Aires) la inflación fue del 2,8 (coincidió con la nacional), en tanto que en la región Pampeana (Bahía Blanca, Concordia, Córdoba, Gran La Plata, Mar del Plata, Paraná, Rafaela, Río Cuarto, Gran Rosario, Gran Santa Fe, Santa Rosa, Tandil, Villa María y Zárate), fue del 2,9%. DIB

