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Aumento: aprueban la base de datos para la segmentación de tarifas

29 de junio de 2022

El Gobierno aprobó la base de datos para el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), con los que se podrá completar la Declaración Jurada de Usuarias y Usuarios de Servicios Públicos, a los efectos de continuar con las compensaciones y evitar de esa manera pagar la tarifa plena de los servicios de distribución de gas natural y electricidad.

La medida se estableció mediante la disposición 1/2022 de la Subsecretaría de Planeamiento Energético del Ministerio de Economía, publicada hoy en el Boletín Oficial, luego de que se diera a conocer la resolución 467/2022 de la Secretaría de Energía, por la cual su titular, Darío Martínez, delegara la tarea de «instrumentar la Segmentación de Subsidios a Usuarios y Usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red» en Santiago López Osornio.

En la disposición se solicita a la Subsecretaría de Servicios y País Digital, dependiente de la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete, que arbitre los medios necesarios para que el formulario pase a estar integrado como parte de la Plataforma del Sector Público Nacional en el sitio https://www.argentina.gob.ar.

En el anexo de la medida se precisa que «la base de datos es informatizada» y que su estructura estará conformada por «al menos» dieciséis ítems.

Estos datos son el Documento Nacional de Identidad, el número de trámite del DNI, nombre, apellido, CUIL, género, fecha de nacimiento, datos socioeconómicos, situación laboral, datos de contacto, domicilio declarado por el usuario, código postal, relación con el domicilio, datos del servicio de luz, datos del servicio de gas y datos del grupo conviviente.

La segmentación tarifaria fue establecida en el decreto 332/2022 del 16 de junio y estableció los parámetros para determinar la pertenencia a los tres niveles fijados en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

El nivel 1 es el único que tendrá que pagar la tarifa sin ninguna clase de subsidios y comprende al 10% de la población de mayor poder adquisitivo.

En ese caso, todos los integrantes del hogar deberán reunir al menos una de estas condiciones: ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2 según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), ser titulares de 3 o más automóviles con una antigüedad menor a 5 años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo y activos societarios que «exterioricen capacidad económica plena».

Según el último informe del Indec, el equivalente a 3,5 CBT de mayo asciende a $348.868,97.

En el nivel 2 está integrado por los usuarios de menores ingresos, beneficiarios de la tarifa social, cuyo aumento en todo 2022 no podrá superar el 40% del Coeficiente de Variación Salarial del año pasado, lo que en los hechos representa un incremento nominal total de 21,36%

Deberán tener ingresos menores a una CBT ($99.676,85 a mayo), o bien tener un integrante con certificado de Vivienda Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares), o que se trate de un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado, tener un integrante que posea pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o que posea certificado de discapacidad.

El nivel 3 está compuesto por los usuarios no comprendidos en los dos anteriores y el impacto en la factura será del 80% de CVS, que para este año es del 42,72%.

Asimismo, serán incluidos en este nivel los del nivel 2 que sean propietarios de dos o más inmuebles y de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, salvo los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad.

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Gripe H3N2: confirman primera víctima fatal

Un hombre de 74 años que estaba internado en Mendoza murió este martes a causa de una gripe A H3N2, convirtiéndose en la primera víctima fatal confirmada en la Argentina por esta variante.

El hombre, un argentino radicado en España, había llegado desde para pasar las fiestas de fin de año en Mendoza. Permanecía hospitalizado desde el 17 de diciembre y presentaba comorbilidades que agravaron su cuadro clínico, según informó el Ministerio de Salud provincial.

El caso fue confirmado oficialmente el viernes 2 de enero, 16 días después de la internación. De acuerdo con lo informado por el Hospital Carrillo a Los Andes, el hombre comenzó con fiebre a las 48 horas de haber arribado a la provincia para visitar a su familia, por lo que fue derivado al Hospital Central y luego trasladado a un centro asistencial de Las Heras.

Durante su internación cursó un cuadro de neumonía, fiebre persistente, dificultades respiratorias y dolores corporales. La evolución fue desfavorable debido a que presentaba múltiples enfermedades preexistentes, lo que complicó la respuesta al tratamiento. Desde el Ministerio de Salud señalaron que fue asistido de manera inmediata, permaneció en terapia intensiva, bajo aislamiento estricto y con cuidados permanentes, aunque su estado siempre fue delicado.

El Boletín Epidemiológico Nacional difundido esta semana confirmó 28 casos de influenza A (H3N2) subclado K en 14 provincias del país. La mayoría de los contagios se detectó en mayores de 60 años y menores de 10, casi la mitad de los pacientes requirió internación y solo el 21% estaba vacunado.

Las provincias con casos confirmados son Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego. El fallecimiento del turista español en Mendoza se convirtió así en el primer deceso atribuido a gripe A H3N2 en el país, en un contexto de alerta sanitaria y seguimiento epidemiológico reforzado.(TN)

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Dan de baja a más de medio centenar de droguerías

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso este martes la baja de habilitación de un total de 54 droguerías de todo el país al constatar que todas tenían vencido el Certificado de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos.


En la Disposición Nº 72/2026, que responde a la necesidad de mantener únicamente en funcionamiento a aquellas firmas que cumplen rigurosamente con los requisitos normativos, se fundamenta en la detección de certificados de buenas prácticas de distribución vencidos y la ausencia de trámites de renovación dentro de los plazos establecidos.

En los fundamentos de la decisión, se subrayó que la baja de las habilitaciones se inscribe en el marco de las tareas de control de certificados no reinscriptos y del registro de inscripción de establecimientos que se están llevando a cabo a fin de proteger la salud pública y garantizar que solo se encuentren habilitados establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos, profesionales y regulatorios establecidos.

Si bien las firmas mencionadas fueron oportunamente habilitadas para realizar tránsito interjurisdiccional, su Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos se encuentra vencido y sin presentación de trámite de renovación.

Como resultado de una revisión más profunda de registros y habilitaciones, ANMAT resolvió la baja de las habilitaciones para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales, a fin de proteger la salud pública y garantizando que solo se encuentren habilitados establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos, profesionales y regulatorios establecidos por la normativa vigente.

Las droguerías en la mira:
DROGUERÍA JAVA DE BIOSEGURIDAD ARGENTINA S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA URBANA S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA MULTIMED S.R.L. (Provincia de Corrientes)
DROGUERÍA NETPHARM S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA MEGAFARMA S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA ALTA CRUZ S.R.L. (Provincia de Corrientes)
DROGUERÍA BYOS DE LUIS JORGE LEAL BAUDRIX (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA MEDICAL ROSARIO DE ALEJANDRO PASCUTTINI (Provincia de Santa Fe)
DROGUERÍA BELLAVISTA S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA URRUTI SALUD DE EDGARDO ARIEL URRUTI (Provincia de La Pampa)
DROGUERÍA DISTRIBUIDORA NORTE S.R.L. (Provincia de Misiones)
DROGUERÍA DARIO MAXIMO PETTAZZI DE DARIO MAXIMO PETTAZZI (Provincia de Mendoza)
DROGUERÍA LAS MARÍAS DE CARLOS ÁNGEL HERNÁNDEZ (Provincia de San Juan)
DROGUERÍA LU BEL S.R.L. (Provincia de Chaco)
ULTRA PHARMA S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA VALLEBONA DE MARIA JULIA VALLEBONA (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA DISTRIBUIDORA DIMEK S.A. (Provincia de Mendoza)
DROGUERÍA MILENIUM S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA SERVIFARMA DE DIMARFA S.A. (Provincia de Mendoza)
DROGUERÍA FARMACOM S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA BRAYTON FARMACÉUTICA DE ARGENTINA S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA CN FARMA S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA PIMA S.R.L. (Provincia de Salta)
DROGUERÍA BIOAMERICA FARMA ARGENTINA S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA CA-PHARM S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA SERV-SALUD (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA ZERO DE HAYDEE CARMEN ZANELLA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA SAN AGUSTIN S.R.L. (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA DEL CERRO S.R.L. (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA CORREA DE SALVATORI R.P.S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA INSUMOS S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA INDEPENDENCIA (Provincia de Santa Fe)
DROGUERÍA MDQ S.A. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA MEDICINA ANDINA S.A. (Provincia de Salta)
DROGUERÍA FULL FARMA S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA EFG FARMA S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA DRONA FARMACÉUTICA (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA ORIGIM DE FABIÁN RAMÓN BIANCHETTI (Provincia de La Rioja)
DROGUERÍA LK-PHARMA S.R.L. (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA INTER FARM S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA LAFKEN PATAGONIA DE S.M. LAFKEN S.A. (Provincia de Río Negro)
DROGUERÍA FARMA FLEMING (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA PRODUME DE DISTRIBUIDORA PRODUME S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA ALMAFUERTE S.R.L. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA CUENCA S.R.L. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA THERAFARMA S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA PRAGA DE PRAGA GROUP MED S.R.L. (Provincia de Buenos Aires)
GALENICA S.R.L. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA D.I.M. S.A. (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA FERNANDO PEDANO DE FERNANDO PEDANO S.R.L. (Provincia de Córdoba)
DROGUERÍA DEL RETIRO SALUD S.A. (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
DROGUERÍA GENÉRICOS BUENOS AIRES S.R.L. (Provincia de Buenos Aires)
DROGUERÍA INDESA S.R.L. (Provincia de Mendoza)
DROGUERIA BATIA S.R.L. (Provincia de Tucumán)

Fuente: Agencia DIB

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El Gobierno publicó las condiciones para mantener los subsidios

El Gobierno nacional definió los requisitos para acceder al nuevo régimen de subsidios energéticos, que unifica la asistencia para electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas en una única categoría de usuarios residenciales.

El acceso a los Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) está limitado a los hogares que cumplan con parámetros específicos de ingresos y condiciones sociales.

Para ingresar al régimen, los hogares deben estar inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y demostrar ingresos netos totales inferiores o iguales a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un "Hogar 2", según los datos del INDEC.

También califican hogares con un integrante que posea el Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP), una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra o, previa evaluación de necesidad económica, un Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Estos criterios de inclusión y exclusión se encuentran detallados en la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada este martes en el Boletín Oficial, reveló la Agencia Noticias Argentinas.

La normativa establece que el nuevo registro se conformará inicialmente con la información existente en el anterior sistema RASE.

Más allá del nivel de ingresos, la autoridad de aplicación puede utilizar indicadores de exteriorización patrimonial para determinar la capacidad de pago de los solicitantes.

La detección de estos signos de capacidad económica en cualquier integrante del grupo familiar permite el rechazo de la solicitud o la exclusión del subsidio, incluso si se cumple con el requisito de ingresos netos.

El control de estas condiciones se realizará mediante el cruce de datos con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otras bases oficiales.

El proceso de evaluación incluirá también criterios de georreferenciación para verificar la veracidad de la situación patrimonial declarada por los usuarios.

Además de la condición de ingresos monetarios, se excluye a:

-Hogares cuyos integrantes posean al menos un (1) automóvil con una antigüedad igual o menor a tres (3) años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.

-Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres o más inmuebles.

-Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo.

-Hogares en los que al menos un integrante posea una aeronave.

-Hogares en los que al menos un integrante posea activos societarios.

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