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A 10 años de la tragedia de Once, los culpables están libres

21 de febrero de 2022

A cumplirse 10 años de la Tragedia de Once por la que hubo 51 personas muertas y casi 800 heridas, ninguno de los condenados está en prisión: la mayoría recibió domiciliaria, otros recibieron libertad condicional y sólo cinco cumplieron la pena.

El caso del ex secretario de Transporte, Juan Pablo Schiavi, viene de hacer ruido hace pocos meses. Es que el entonces funcionario kirchnerista fue condenado en 2015 a ocho años de prisión -que se redujeron después a cinco y medio- y además, gracias a la ayuda de cursos de reinserción logró llegar antes a los dos tercios de su condena y quedó libre en noviembre.

La querella representada por Leonardo Menghini cuestionó que el ex secretario de Gobierno haya sido beneficiado por participar de cursos de botánica o armado de termotanques solares, como supuestamente acreditó. “No estoy de acuerdo en que los funcionarios puedan acceder al estímulo educativo porque no se van a reinsertar a la sociedad en función de los cursos que hacen, ni son un arrepentimiento. Para lo único que sirven es para reducir la pena, esas cosas son para delitos comunes”, señaló a PERFIL.

En tanto, el único que está detenido es Ricardo Jaime, pero no por la tragedia de Once, sino por otra causa por corrupción.

El ex secretario Jaime, el único responsable de la tragedia de Once que está en prisión, pero por otra causa.

El otro ex secretario de Transporte está a la espera de una decisión de la Cámara de Casación que confirme si deja o no firme su condena por estrago culposo, un delito que se sumó al de administración fraudulenta y que está pendiente de revisión en la Sala III. La Corte Suprema mandó el expediente hace un año y medio y otorgó la excarcelación hasta tanto eso quede resuelto. Permanece con preventiva en el expediente conocido como “causa Cuadernos”, donde lo acusan de haber cobrado coimas a empresarios ferroviarios.

Otro ex funcionario clave cuya responsabilidad fue juzgada fue Julio de Vido. El ex ministro de Planificación se sometió a un juicio oral diferente al principal y terminó condenado por ser partícipe necesario de fraude al Estado, pero no por el estrago. Recibió una pena de cinco años y ocho meses pero sin prisión hasta tanto la Corte Suprema revise su situación, sin plazos de tiempo para hacerlo.

La situación del resto de los condenados por la Tragedia de Once

El que recibió la condena mayor en el juicio conocido como Once I fue Sergio Cirigliano, titular de la empresa TBA. Recién para 2025 terminará de cumplir sus siete años de prisión, pero desde el año pasado está con domiciliaria por cuestiones de salud. Permanece en su domicilio de la Ciudad de Buenos Aires con tobillera electrónica y cada vez que sale por razones médicas debe notificar al Tribunal. Tiene prohibido salir del país, entre otras medidas.

Según Menghini, querellante, en las últimas semanas recuperó la libertad el motorman Córdoba, que de todos modos permanecía con condicional desde septiembre de 2020 por su buena conducta y el tiempo detenido. “Tuvo una condena corta, no por eso no la consideramos injusta”, decía en TN su abogada Valeria Corbacho cuando fue liberado del penal de Marcos Paz.

Junto con él hubo otras cuatro personas con las condenas más bajas que ya cumplieron ese plazo y quedaron en libertad. Mientras tanto, gran parte del resto de las personas condenadas fueron beneficiadas con domiciliaria por diferentes situaciones.

El camino judicial a las condenas

Por la tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012, se iniciaron, en diferentes épocas, tres procesos judiciales: el que investigó y juzgó las responsabilidades del choque; otro para juzgar al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido; y un tercer proceso por las fallas en el protocolo de búsqueda y rescate de víctimas, por las 57 horas que demandó la búsqueda de Lucas Menghini Rey, que apareció dentro de uno de los vagones del Tren Sarmiento.

La primera investigación cayó en manos del fallecido juez Claudio Bonadío y el fiscal federal Federico Delgado. En abril de ese año arranco la tanda de indagatorias a las personas imputadas, entre las que estaban los ex secretarios de Transporte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime, el maquinista y funcionarios estatales y de la empresa Trenes de Buenos Aires.

Ese proceso se extendió hasta principios de junio. A finales de ese mes, el fiscal pidió el procesamiento de todos los imputados por considerar que se cometieron los delitos de estrago culposo, peculado y asociación ilícita. A mediados de octubre, en tanto, Bonadío dictó los procesamientos por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, pero sobreseyó al motorman.

La investigación de la tragedia de Once sentó varios precedentes en términos sociales, políticos pero también judiciales. En Comodoro Py entendieron que había que moverse rápido y por eso Bonadío habilitó la feria judicial de verano para que la marcha de la investigación no se detenga. En ese lapso, el 11 de enero de 2013 la Cámara Federal porteña ratificó los procesamientos de los empresarios de TBA y de los funcionarios acusados pero agravó los cargos: incluyó la figura de estrago culposo y administración fraudulenta, en sintonía con lo que había planteado Delgado, y no exculpó a Córdoba.

Para ese entonces, el juez y el fiscal habían dado por terminada la instrucción, en un tiempo que no es habitual en la Justicia argentina. Las cuatro querellas estuvieron de acuerdo en lo actuado y en la valoración de pruebas, por lo que pidieron la elevación a juicio oral. Sin embargo, dos de las querellas hicieron una observación: no se había investigado la responsabilidad del entonces ministro de Planificación Federal, Julio De Vido. Ello motivó un segundo juicio por la tragedia, que se desarrolló tiempo después.

 Las condenas

El 18 de marzo de 2014 comenzó el juicio por la tragedia de Once, a cargo de los jueces del Tribunal Oral Federal N°2.

La Justicia seguía firme en su voluntad de acelerar al máximo los tiempos, lo que motivó de entrada un apartamiento de la Cámara de Casación al juez Jorge Gorini, presidente del Tribunal, de otros expedientes. De ese modo, buscaron que se concentre únicamente en ese juicio y en el del atentado a la AMIA.

El proceso duró un año y nueve meses en los que declararon decenas de testigos, las querellas y las defensas. Fueron poco más de 100 audiencias que se llevaron a cabo los días lunes y martes de cada semana, con una importante difusión de los pasos procesales por parte del Centro de Información Judicial (CIJ). En el medio hubo algunos episodios llamativos como la detención de un perito por falso testimonio o la expulsión de las audiencias del abogado Gregorio Dalbón, representante de una de las querellas, por mala conducta.

El reclamo de los familiares

El 29 de diciembre de 2015 terminó y se conocieron las condenas. Le dieron nueve años a Claudio Cirigliano, dueño de TBA; ocho a Schiavi; seis a Jaime y tres años y medio al motorman. En su fallo, además, el Tribunal ordenó que se investigue la responsabilidad de De Vido. En total fueron 21 las personas condenadas.

Por decisión de la Cámara, esas condenas bajaron a siete años en el caso de Cirigliano y cinco años y medio en el caso de Schiavi.

“Justicia no vamos a tener nunca, porque mi sobrino Lucas y las víctimas no las vamos a volver a tener con nosotros. Pero en términos jurídicos pudimos lograr lo que pretendíamos. Además fue histórico porque éramos particulares contra el Estado y le ganamos”, dijo el abogado querellante.

Las otras dos causas

El juicio al entonces ministro de Planificación Federal Julio De Vido, que era uno de los hombres fuertes del gobierno de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, también se instruyó en el Juzgado de Bonadío.

Ese proceso arrancó el 27 de septiembre de 2017 y duró hasta el 10 de octubre de 2018, cuando los jueces del TOF N°4 lo condenaron a cinco años y ocho meses de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

Unos días antes del inicio del juicio contra De Vido, la jueza María Servini había iniciado el proceso de juzgamiento a efectivos de Bomberos por la demora de casi tres días en hallar el cuerpo de Lucas Menghini Rey. Pero en abril de 2018 la jueza decidió, con el aval del fiscal Delgado, absolverlos por considerar que no hubo intención de no buscarlo al joven de 19 años que había aparecido en una cabina ubicada entre el tercer y cuarto vagón.

La decisión judicial motivó el enojo de los familiares de Menghini, que cuestionaron duramente al fiscal y este debió publicar un comunicado en el que aseguró que “para condenar había que probar que los bomberos no buscaron a propósito y ello no se acreditó. Si pedía una condena no cumplía mi función”.

Sobre lo expresado por el fiscal, María Luján Rey, madre de Lucas y actual diputada había dicho: “Es tremendo y tristísimo”

Fuente Perfil |Telam

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Rige nueva reforma laboral

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, luego de que el Congreso aprobara la iniciativa durante el período de sesiones extraordinarias. La norma fue publicada en el Boletín Oficial tras varios días de revisión de su redacción final.

La medida quedó registrada como Ley Nº 27.802 y comenzó a regir desde la madrugada con la publicación del Decreto 137/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.



En el decreto de promulgación se establece: "En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026". La normativa también fue incorporada a la Dirección Nacional del Registro Oficial.

La ley fue publicada con 25 capítulos y, durante el proceso final de revisión, se eliminaron los artículos que proponían cambios en el régimen de licencias médicas.


Cambios en indemnizaciones y salarios
Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido. La nueva normativa excluye del cálculo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas y premios, y establece un esquema con montos mínimos y máximos.

Según el texto, la indemnización no podrá superar el equivalente a tres veces el salario promedio mensual fijado en cada convenio colectivo de la actividad. Al mismo tiempo, se fija un piso del 67 % de la remuneración habitual. En caso de aplicarse el tope del convenio, la reducción de la base salarial no podrá superar el 33 %.

La ley también establece que las empresas grandes podrán pagar las indemnizaciones derivadas de sentencias judiciales en hasta seis cuotas mensuales, mientras que las pequeñas y medianas empresas podrán hacerlo en hasta doce cuotas. Además, las indemnizaciones judiciales se actualizarán por inflación, con un adicional del 3 % anual.

Otra de las novedades es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que estarán financiados con aportes obligatorios de los empleadores: 1 % de las contribuciones patronales en grandes empresas y 2,5 % en pymes. Estos fondos buscarán garantizar el pago de indemnizaciones mediante cuentas inembargables bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores.

En materia salarial, la reforma incorpora el concepto de "salario dinámico", que podrá acordarse en convenios colectivos y vincula parte de la remuneración al desempeño o rendimiento individual. Además, el pago de salarios deberá realizarse exclusivamente por vía bancaria.

Vacaciones y jornada laboral
La normativa mantiene la obligación de otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, aunque habilita que empleadores y trabajadores acuerden fraccionarlas, siempre que cada período no sea menor a siete días corridos.

En relación con la jornada laboral, se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista acuerdo voluntario dentro de esquemas flexibles, como bancos de horas, y se garantice un descanso mínimo de 12 horas entre turnos. También se contempla la contratación de trabajadores a tiempo parcial, con jornadas inferiores a la legal completa.


La ley establece que la cuota solidaria sindical seguirá siendo descontada por los empleadores, aunque con un límite del 2 % del salario mensual.

Además, se otorga prioridad a los acuerdos de empresa o regionales por sobre los convenios colectivos por actividad. También se modifican las reglas de la denominada "ultraactividad", es decir, la vigencia automática de convenios colectivos una vez vencidos.

En cuanto al derecho de huelga, se fijan nuevas condiciones para los servicios esenciales, como salud, agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial y control portuario, entre otros. En estos casos deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75 % del personal.

Para los denominados servicios de importancia trascendental, entre ellos el transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, alimenticia, construcción, aeropuertos y minería, deberá mantenerse al menos el 50 % de la actividad.

La normativa también establece que las asambleas de trabajadores que puedan afectar el funcionamiento de la empresa requerirán autorización previa del empleador.

Incentivos y nuevas inversiones
La ley crea el Programa de Promoción del Empleo Registrado, que incluye un mecanismo de regularización laboral. Este esquema prevé la condonación de hasta el 70 % de las deudas por aportes y sanciones para empleadores que registren trabajadores no declarados.

Además, se implementa un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral, que reduce las contribuciones patronales al 8 % anual. El beneficio será mayor para quienes contraten a trabajadores que no estaban registrados antes del 10 de diciembre de 2025, así como a exmonotributistas o extrabajadores del sector público.

La normativa también establece un régimen de estímulo para inversiones medianas, con amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y devolución anticipada del IVA. Este esquema tendrá una vigencia de dos años y estará dirigido a empresas que inviertan entre 150.000 y 9 millones de dólares en bienes muebles nuevos u obras productivas, con excepción de automóviles.


Con el objetivo de reducir la litigiosidad, la ley establece que los acuerdos laborales homologados judicialmente tendrán fuerza de sentencia firme. También fija que los honorarios profesionales no podrán superar el 25 % del monto reclamado.

Finalmente, se dispuso que la Justicia Nacional del Trabajo realice un traspaso progresivo hacia la órbita judicial de la Ciudad de Buenos Aires o del sistema federal. (Infobae)

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ANSES nunca solicita datos personales, claves o información bancaria

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recuerda que no se comunica para solicitar datos personales, claves o información bancaria de manera telefónica, por correo electrónico, redes sociales ni mensajes de texto. En el mismo sentido, vale destacar que todas las consultas y los trámites de ANSES son gratuitos y no requieren de gestores ni intermediarios.

Toda publicación que circule por fuera del sitio oficial, anses.gob.ar, que remita a formularios, correos electrónicos o mensajes de texto debe desestimarse inmediatamente. Asimismo, se recomienda denunciar estos casos ante la Dirección de Asuntos Penales, Integridad y Sumarios de ANSES, desde donde se llevarán a cabo las acciones necesarias.

Esta advertencia surge tras recientes intentos de estafa en los que personas inescrupulosas se hacen pasar por personal del organismo, quienes les solicitan a los ciudadanos que registren sus datos con el argumento de obtener beneficios económicos.

Canales oficiales habilitados para efectuar denuncias

·         A través de la web en mi ANSES > Denuncias y Reclamos > Hacer una denuncia.

·         Personalmente en Av. Paseo Colón 329, 5° piso, CABA, o en la oficina de ANSES más cercana.

·         Por escrito, mediante envío de correo postal a Av. Paseo Colón 329, 5° piso, frente, C.P. 1063, CABA.

·         Telefónicamente, a través de la línea 130.

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Mariano Cúneo Libarona ya tiene reemplazante


El presidente eligió al fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques, para conducir el Ministerio de Justicia de la Nación

La renuncia del ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, se confirmó este miércoles de manera oficial junto con el nombre de su sucesor. El presidente Javier Milei anunció que Juan Bautista Mahiques ocupará el cargo y así despejó las dudas sobre el recambio en el gabinete.

"Muchas gracias por estos más de dos años de incansable trabajo", dijo el jefe del Estado argentino sobre la salida de uno de los funcionarios que lo venía acompañando desde que inició su mandato. El cambio estaba en carpeta desde noviembre pasado, cuando el abogado penalista y docente planteó la necesidad de abandonar su función.

A través de redes sociales, el líder de La Libertad Avanza (LLA) ratificó el rumbo de su administración a pesar del alejamiento de Cúneo Libarona. En este sentido anticipó que Mahiques "continuará trabajando para hacer grande a la Argentina nuevamente".


La partida del ministro de Justicia de la Nación empezó a gestarse el año pasado a partir de la renuncia del excanciller Gerardo Werthein. El abogado porteño tomó la decisión antes de las elecciones legislativas del 26 de octubre y llegó a anunciarlo públicamente: " Me voy muy feliz. Dejé la vida en la gestión. Más que por la salud, es por la necesidad de recuperar mis afectos. De acá en adelante voy a ayudar gratis en lo que el gobierno precise".Después del triunfo del oficialismo en los comicios, el presidente le pidió al funcionario que se quede y lo consiguió. No obstante, sólo se trataba de una postergación. En las semanas siguientes trascendió que la salida se había reprogramado para marzo y esta vez no hubo vuelta atrás.

En aquella oportunidad, la continuidad se acordó con el respaldo de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. Esta opción parecía favorable frente a la alternativa de dejar la cartera en manos del secretario de Justicia, Sebastián Amerio. Este último tiene un vínculo mucho más cercano a Santiago Caputo, otro de los asesores clave del primer mandatario.

Cuatro meses después, Cúneo Libarona presentó la renuncia y el proceso de elección del sucesor se resolvió con una nueva figura. De esta manera se modifica el mapa de relaciones del gobierno con distintos actores políticos. Entre ellos se destaca la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por las recientes denuncias penales contra el presidete Claudio "Chiqui" Tapia y el tesorero Pablo Toviggino.

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