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Máximo Kirchner renunció a la presidencia del bloque del FdT

31 de enero de 2022

El líder de La Cámpora, Máximo Kirchner, anunció hoy su decisión de no continuar en el cargo de la presidencia del bloque de diputados nacionales del Frente de Todos y explicó que su «paso al costado se debe a no compartir la estrategia utilizada y mucho menos los resultados obtenidos en la negociación» con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

El comunicado dado a conocer por el hijo de la expresidenta Cristina Fernández señala textualmente:

«He tomado la decisión de no continuar a cargo de la presidencia del Bloque de Diputados del Frente de Todos. Esta decisión nace de no compartir la estrategia utilizada y mucho menos los resultados obtenidos en la negociación con el Fondo Monetario Internacional (FMI), llevada adelante exclusivamente por el gabinete económico y el grupo negociador que responde y cuenta con la absoluta confianza del Presidente de la Nación, a quien nunca dejé de decirle mi visión para no llegar a este resultado. Permaneceré dentro del bloque para facilitar la tarea del Presidente y su entorno. Es mejor dar un paso al costado para que, de esa manera, él pueda elegir a alguien que crea en este programa del Fondo Monetario Internacional, no sólo en lo inmediato sino también mirando más allá del 10 de diciembre del 2023.

Desde el día en que, en el año 2018, Mauricio Macri trajo de regreso a la Argentina al FMI, a quien Néstor Kirchner a través de la cancelación histórica de una deuda de 9.800 millones de dólares, lograra desterrar de nuestro país por ser el detonante clave en cada crisis económica desde la vuelta de la democracia y cuyo símbolo más elocuente fue la crisis del año 2001, sabíamos que este sería el problema más grande para nuestro país. Sobre todo por la magnitud y excepcionalidad del préstamo que alcanzara los 57.000 millones de dólares (casi 6 veces el monto cancelado en el año 2005) y del cual se desembolsaron 44.500 millones de dólares en sólo un año, perdonando además, todos y cada uno de los incumplimientos del Gobierno de Macri y violando su propio Estatuto constitutivo. Macri tenía que ganar la elección. No aspiro a una solución mágica, sólo a una solución racional. Para algunos, señalar y proponer corregir los errores y abusos del FMI que nunca perjudican al Organismo y su burocracia, es una irresponsabilidad.

Para mí lo irracional e inhumano, es no hacerlo. Al fin y al cabo, el FMI demuestra que lo importante no son las razones ya que sólo se trata de fuerza. Quizás su nombre debiera ser Fuerza Monetaria Internacional. Y como veo que siempre se interesan por los gastos, podrían ahorrar en economistas caros ya que para hacer lo que hacen sólo basta con gente que sepa apretar prometiendo el infierno si no se hace lo que ellos quieren. Y si algunos dudan de mi nivel de pragmatismo les recuerdo que como Jefe de Bloque acompañé la sanción de la Ley que aprobó la reestructuración de la deuda privada en moneda extranjera, sin quita de capital pero con quita de intereses, realizada por el Gobierno en el año 2020, a pesar de estar en profundo desacuerdo con algunos de sus artículos. Comprendí el contexto y arreciaba la pandemia.

Dejé los prejuicios de lado y también los agravios recibidos para conformar el Frente de Todos, no así las convicciones. No lamento haber brindado un trato que no fue recíproco. Entendí desde el momento en que CFK nos dio la instrucción de construir el Frente de Todos que lo sucedido hasta su conformación no podía obturar lo que vendría. Lamentablemente fui uno de los pocos que actuó de esa manera.

Sería más que incorrecto aferrarse a la Presidencia del Bloque cuando no se puede acompañar un proyecto de una centralidad tan decisiva en términos del presente y los años que vendrán. Algunos se preguntaran qué opción ofrezco. En principio, llamar a las cosas por su nombre: no hablar de una dura negociación cuando no lo fue, y mucho menos hablar de “beneficios”. La realidad es dura. Vi al presidente Kirchner quemar su vida en este tipo de situaciones. En la cena de fin de año, realizada en la Quinta de Olivos, cada uno de los integrantes del bloque, así como el Presidente de la Nación, me pudieron escuchar cuando aseguré que cualquiera de mis compañeros y compañeras podía hacerse cargo de mi lugar.

Asimismo, ningún Diputado ni Diputada de nuestro bloque recibió una instrucción para expresarse en contra de la imposición del Fondo. Es cierto también, que no recibieron una instrucción para hacerlo en su favor. Y es por ello mismo que decido liberar al Presidente para que no se sienta “presionado”, como tantas otras veces ha hecho trascender su entorno. ¿Presionar? No. Eso lo hace el Fondo Monetario Internacional. Agradezco a cada compañero y compañera el trabajo realizado: la Ley de Fuego, el Aporte Solidario y extraordinario, Etiquetado Frontal, Ley de Cupo Trans, Ley de Tele-Trabajo, la Ley de Zona Fría, Ley de personas en situación de calle, fondo PREIMBA, Equidad en Medios y otras tantas que buscaron cumplir en parte demandas y necesidades de nuestros ciudadanos y ciudadanas.

Muchas de ellas en acuerdo con diferentes bloques y otras no, como es lógico en democracia. Y otras, como fue recientemente en Bienes Personales, de vital importancia para el Gobierno, que se logró por el trabajo de acuerdos realizado en la Cámara de Diputados. Seguiré trabajando, como lo hice hasta ahora, con una agenda que incluya leyes como Humedales, Producción de Cannabis Medicinal y Cáñamo Industrial, Acceso a la Tierra, Envases, Fomento al Desarrollo agro-industrial Federal e Inclusivo y Promoción de la Industria Automotriz. Agradezco también a los Presidentes de los demás Bloques, con quienes hemos discutido fuerte pero siempre sin faltarnos el respeto y de quienes también aprendí mucho.

 Entre otras cosas, el lamentarse por no haber levantado su voz cuando no estaban de acuerdo en temas de extrema centralidad promovidos por su propio Gobierno. Por comprensión histórica, por mandato popular y por decisión política, mi postura no busca señalar a quienes acompañan de manera crítica o directamente festejan, como he leído. Ojalá todo salga en los próximos años como el sistema político, económico y mediático argentino promete y mis palabras sean las de alguien que en base a la experiencia histórica solo se equivocó y no hizo otra cosa que dejar un lugar para seguir ayudando. No busco estar a la izquierda, ni mucho menos a la derecha de nadie, categorías que ya no alcanzan para explicar la realidad. Abrazo muy fuerte a todos mis compañeras y compañeras, y a cada argentino y argentina, con quienes, voten como voten, compartimos el mismo suelo y la misma bandera.

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Reforma laboral: duro revés judicial para la CGT

La Justicia rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, en un primer revés judicial para la estrategia del sindicalismo de frenar la aplicación de la ley aprobada en el Congreso.

La decisión fue tomada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, que desestimó el pedido de la central obrera para suspender de manera inmediata los artículos 90 y 91 de la norma, vinculados al traspaso de la justicia laboral nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires

La CGT había promovido el 6 de marzo una acción de amparo contra el Estado nacional en la que solicitó la declaración de nulidad e invalidez constitucional de esos artículos de la ley de modernización laboral, sancionada durante las sesiones extraordinarias del Congreso y publicada en el Boletín Oficial ese mismo día.

En su presentación, la central sindical reclamó además una medida cautelar “innovativa” para suspender la aplicación de esos puntos hasta que se resolviera el fondo del asunto. Según argumentó, el traslado de competencias a la justicia porteña implicaría en la práctica la eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo y podría generar dificultades para revertir la situación en el futuro si finalmente la ley fuera declarada inconstitucional.

El reclamo sindical forma parte de una estrategia judicial más amplia para cuestionar la reforma laboral impulsada por el Gobierno. La CGT sostiene que el traspaso del fuero laboral podría provocar un colapso en el sistema judicial y afectar tanto a miles de causas en trámite como a los empleados judiciales que hoy trabajan en ese ámbito.

El magistrado, sin embargo, consideró que no correspondía dictar la cautelar solicitada en esta etapa del proceso. De esta manera, la normativa seguirá vigente mientras continúa el trámite de la causa y hasta que exista una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados.

La resolución representa el primer revés judicial para el sindicalismo en su ofensiva contra la reforma laboral. En paralelo, la central obrera analiza nuevas presentaciones judiciales y otras acciones políticas para intentar frenar o modificar algunos de los puntos centrales de la ley.

Jornada laboral

La normativa habilita que la jornada diaria pueda extenderse hasta 12 horas, siempre que exista un acuerdo escrito entre empleador y trabajador. A su vez, se crea un banco de horas, que permitirá compensar horas extra con días de descanso. El esquema deberá respetar los límites legales vigentes y tendrá que haber un mínimo de 12 horas de descanso entre turnos.

El pago de salarios continuará realizándose únicamente a través de bancos o entidades oficiales de ahorro, por lo que quedan excluidas las billeteras virtuales como medio de acreditación salarial.

La reforma incorpora la figura del “salario dinámico”, que podrá establecerse en convenios colectivos y vincular la remuneración con el desempeño o mérito individual del trabajador.

También se establece la digitalización obligatoria de los libros laborales, que tendrán plena validez legal y deberán conservarse durante diez años. El registro de la relación laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para acreditar el vínculo sin requerir gestiones adicionales ante otros organismos.

Aportes patronales y sindicales

Los aportes empresariales a cámaras o asociaciones empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y pasarán a ser voluntarios a partir de enero de 2028.

En el caso de los sindicatos, los aportes de los trabajadores —afiliados o no— no podrán exceder el 2% del salario.

Se mantiene el aporte obligatorio del 6% destinado a las obras sociales. La normativa además elimina la facultad de los empleadores de actuar como agentes de retención de cuotas sindicales sin consentimiento expreso del trabajador.

La ley crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), orientado a estimular la incorporación de tecnología y la expansión de empresas, en línea con un esquema de reducción de cargas sociales.

Indemnizaciones y vacaciones

Para calcular la indemnización por despido sin causa se considerará únicamente la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo conceptos como el aguinaldo o las vacaciones.

La normativa fija que la indemnización será la única reparación económica frente al despido y establece un nuevo mecanismo de actualización de créditos laborales, que se ajustarán por IPC más un 3% anual.

Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir costos de desvinculación. Este fondo se financiará con aportes mensuales de los empleadores: 1% de las remuneraciones para grandes empresas y 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. El Poder Ejecutivo podrá elevar esos porcentajes hasta 1,5% y 3%, respectivamente, con aval de la Comisión Bicameral.

Los convenios colectivos podrán incorporar fondos de cese laboral con capitalización individual.

En materia de vacaciones, el período estival se mantiene entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque ahora empleadores y trabajadores podrán acordar su disfrute fuera de ese intervalo, siempre en tramos de al menos siete días consecutivos.

Eliminación de multas

La reforma elimina las multas previstas en la Ley 24.013 para casos de empleo no registrado o registración deficiente. En su lugar, se refuerza un sistema de incentivos para regularizar personal sin sanciones, aunque los empleadores deberán abonar las diferencias salariales y previsionales correspondientes al período no declarado.

A través del Programa de Promoción del Empleo Registrado, se habilita un esquema de blanqueo laboral que contempla la condonación de hasta el 70% de las deudas por aportes y sanciones para quienes regularicen trabajadores.

El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral fija contribuciones patronales del 8% anual y prevé una reducción adicional para empresas que incorporen empleados previamente no registrados antes del 10 de diciembre de 2025, así como ex monotributistas o ex trabajadores públicos.

Juicios

El nuevo marco introduce modificaciones en la forma de cancelar sentencias judiciales laborales. Las grandes empresas podrán pagar condenas firmes en hasta seis cuotas mensuales consecutivas, mientras que las MiPyMEs y empleadores individuales tendrán un plazo de hasta doce cuotas.

La reforma también modifica aspectos de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), ampliando los casos excluidos de su aplicación. Entre ellos se incluyen “a los trabajadores independientes y sus colaboradores” y “prestadores independientes de plataformas tecnológicas conforme la regulación específica”.

La normativa también incorpora el derecho a la formación profesional y a la promoción laboral en igualdad de condiciones como principio fundamental para los trabajadores.

En paralelo, redefine el alcance del derecho de huelga. En servicios esenciales —como salud, distribución de agua potable, telecomunicaciones, aeronáutica comercial o control portuario— deberá garantizarse un mínimo del 75% del personal en actividad durante las medidas de fuerza.

Para los servicios considerados de importancia “trascendental”, entre ellos transporte de pasajeros y cargas, medios de comunicación, industrias siderúrgica, química, cementera, alimenticia, construcción, aeropuertos o minería, el funcionamiento mínimo exigido será del 50% de la dotación. (Ambito)

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Multan a FATE por no pagar los sueldos

El Ministerio de Capital Humano sancionará a la empresa FATE, que anunció su cierre y el despido de más de 900 trabajadores, debido al “incumplimiento de pago a los empleados durante la conciliación obligatoria”, se informó en un comunicado. 

Además, en el marco del conflicto laboral con el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), la cartera que dirige Sandra Pettovello resolvió prorrogar la instancia conciliatoria con vencimiento el 11 de marzo de 2026, por el período de cinco días, “con el objetivo de continuar promoviendo el diálogo entre las partes y alcanzar una solución”.Noticias Relacionadas

En ese marco, se detalló que el Gobierno nacional inició “el sumario correspondiente a la empresa FATE por el incumplimiento de pago de los salarios correspondientes a la segunda quincena de febrero, lo cual constituye una violación de la conciliación obligatoria dictada oportunamente”.

En las últimas horas se supo que el SUTNA impulsa un proyecto de ley en la Legislatura bonaerense para declarar de “utilidad pública” la producción de la planta de neumáticos FATE para garantizar la continuidad de esa firma y para que se haga cargo temporalmente el gobierno de la provincia de Buenos Aires

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Cambios en la VTV

El gobierno nacional rechazó el reclamo presentado por las cámaras empresarias y confirmó la reforma en el sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Revisión Técnica Obligatoria (RTO) a través del decreto 139/2026, publicado en el Boletín Oficial. Esta medida confirma el decreto 196/2025 que introdujo las modificaciones en la reglamentación de la Ley de Tránsito 24.449.

La novedad de estos cambios que se introducen está en los nuevos plazos y condiciones del sistema de revisión técnica vehicular, ya que este decreto mantiene que los autos cero kilómetro tendrán un plazo de cinco años desde el patentamiento hasta realizar la primera RTO (antes se realizaba al tercer año).

En tanto, para los vehículos de hasta diez años de antigüedad, la misma pasará a ser renovada cada dos años. Cabe destacar que este planteo había sido realizado por la Cámara Argentina de Talleres de Revisión Técnica de Vehículos de Autotransporte Interjurisdiccional Asociación Civil (Catrai), la cual reúne a los centros de control técnico de todo el país.

Desde la Catrai cuestionaron que la extensión de los plazos podría aumentar los riesgos. Al respecto, desde el Ejecutivo justificaron que estos cambios responden a la evolución tecnológica del parque automotor, por la cual mediante estudios indicaron que la mayoría de los siniestros viales están vinculados a errores humanos y no a fallas mecánicas.

Desde el gobierno confirmaron los nuevos plazos para la revisión vehicular.
Desde el gobierno confirmaron los nuevos plazos para la revisión vehicular.Archivo La Capital

La medida tiene como objetivo simplificar el sistema, reducir los costos para los usuarios y generar mayor competencia en el mercado de la revisión técnica, habilitando a más talleres que funcionen en cada jurisdicción, así como también a las concesionarias o talleres mecánicos que cumplan con los requisitos. Los precios del servicio de la RTO quedarán sujetos a la libre competencia entre los prestadores.

A su vez, desde el gobierno indicaron que la extensión de los plazos de la primera revisión a cinco años permitirán poner el foco en los controles técnicos sobre los vehículos más antiguos, que representan mayores riesgos.

Cuándo hacer la VTV

- Autos 0 km: a los 5 años.

- Vehículos de hasta 10 años: cada 2 años.

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