País
Prohíben por dos años la exportación de siete cortes parrilleros
3 de enero de 2022
El Gobierno oficializó este lunes el nuevo esquema de exportación de carne vacuna para el presente año. Fue mediante el Decreto 911/2021 que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el Jefe de Gabinete de ministros, Juan Manzur, y del ministro de Agricultura, Julián Domínguez, quien además publicó dos resoluciones al respecto.
Todo esto sucede luego que en el último día del 2021 finalizara la vigencia de las restricciones a la exportación que desde mayo del mencionado año instrumentó el Gobierno, con el objetivo de bajar el precio de la carne al consumidor.
En el artículo 1º del Decreto, se suspende hasta el 31 de diciembre del 2023 la exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país, de los siguientes cortes bovinos frescos, enfriados o congelados: Reses Enteras, Medias Reses, Cuarto Delantero Con Hueso, Cuarto Trasero Con Hueso, Medias reses incompletas con Hueso y Cuartos delanteros incompletos con Hueso.
Por otro lado, se prohíbe la exportación hasta fin del 2023 de los siete cortes parrilleros que tienen una alta demanda en el mercado interno, que son frescos, enfriados o congelados. Ellos son: Asado con o sin hueso, Falda, Matambre, Tapa de asado, Nalga, Paleta y Vacío.
En los considerandos de la medida, se señaló que “es necesario construir una política pública para la cadena de la carne con el objeto de aumentar la producción, la existencia ganadera y el peso promedio de faena, generando previsibilidad al productor, e incrementar asimismo los volúmenes exportables. Además, que las medidas que se disponen contribuyen a generar un equilibro entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos”.
En mayo del año pasado el Gobierno comenzó a restringir las exportaciones de carne vacuna con el objetivo de hacer bajar el precio de la carne al consumidor, algo que hasta el momento no se consiguió. En noviembre pasado, el precio en los mostradores de las carnicerías de Capital Federal y Gran Buenos Aires, aumentó más de un 10%, según los datos del Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina (IPCVA).
Otra decisión que contempla el Decreto, es la facultad que se otorga al ministerio de Agricultura a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la instrumentación de la medida. Asimismo, el referido Ministerio queda facultado para establecer excepciones debidamente fundadas a las pautas establecidas en el artículo referido a la prohibición de exportar los cortes parrilleros.
Además, la medida contempla que se encuentran excluidas de las limitaciones establecidas en el artículo 2° de la presente medida, las exportaciones con destino al Área Aduanera Especial, creada por la Ley N° 19.640 y/o las realizadas desde esa Área Aduanera Especial con destino al Territorio Aduanero General.
A su vez, el ministerio de Agricultura publicó en el Boletín Oficial las Resoluciones 301/21 y 302/21 que instrumentan el Decreto N° 911/21 del presidente Alberto Fernández y la Resolución conjunta con la cartera de Desarrollo Productivo N° 10.
Mediante la Resolución 301/2021 se libera en su totalidad las exportaciones de la carne vacuna proveniente de la faena de las vacas conserva o manufactura categorías D y E (es una carne de baja calidad que se comercializa a China), y toros, así como de huesos con carne resultantes del desposte. Dichas categorías quedan exceptuadas de las limitaciones a los cortes parrilleros. También mantiene el listado de 63 frigoríficos a los que se le asignó un cupo de exportación el año pasado y se les solicita presentar una Declaración Jurada de Exportación de Carnes (DJEC) cada vez que quieran exportar carne.
En dicha Resolución se destaca, que “las DJECs de los productos de los artículos 2°, 3° y 4° de la presente medida deberán estar conformadas, en su totalidad, por cortes de carne correspondientes a estas categorías únicamente. Para poder declarar las toneladas, las cajas embaladas con los cortes cárnicos deberán estar en depósito al momento de la presentación de la DJEC”. Eso significa, que esa carne que usualmente tiene como destino el mercado de China estará liberada, pero condicionada a la aprobación de las DJEC por parte de los funcionarios.
A todo esto, mediante las facultades otorgadas en el Decreto presidencial, la cartera agropecuaria publicó la Resolución 302/21 por la cual se abre la inscripción para la exportación de carne vacuna, para aquellas plantas faenadoras o procesadoras habilitadas que no fueron incluidas en las normativas que se implementaron en junio de 2021, y también a los grupos de productores que pretendan exportar carne vacuna para el año 2022.
A su vez, la Resolución en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Productivo Nª 10/21, determina que la carne vacuna con destino al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kilos. Según comentaron desde la Subsecretaría de Ganadería del ministerio de Agricultura, con dicha medida se está dando respuesta a un pedido de las entidades gremiales que representan a los productores. Para cumplir con estos requisitos se otorgan plazos de hasta 6 meses.
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Sale a la venta el chalet con vistas al Obelisco porteño
El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.
El chalet y su altillo, que constituyen uno de los hitos arquitectónicos más destacados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), se encuentra a la venta junto a al edificio de estilo francés de más de 10.300 metros cuadrados construidos, ubicado en Sarmiento al 1100, y tiene un valor de 8 millones de dólares.
Cuenta con nueve pisos de oficinas, un subsuelo, planta baja con local comercial, cocheras y tres ascensores.

El chalet Díaz, que corona la edificación, responde a un estilo normando, con techo de tejas, inspirado en la clásica arquitectura marplatense. Fue construido en 1927 por Rafael Díaz, inmigrante español y fundador de Muebles Díaz, una de las mueblerías más importantes de Buenos Aires durante buena parte del siglo XX.
El chalet fue testigo de los ensanchamientos de la 9 de Julio y de la construcción del Obelisco, inaugurado en 1936.
Además de esa vista única, el chalet tiene cinco ambientes, el altillo y dos terrazas: 200 metros cuadrados cubiertos en total. Conserva gran parte de sus elementos originales, entre ellos pisos de pinotea, aberturas, ventanales y luminarias de época.
Fue declarado Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de la categoría “Sitios o Lugares Históricos”, bajo el amparo de la ley 1.227. Por lo tanto, cualquier proyecto que realicen los eventuales compradores del conjunto estará condicionado a ese estatus histórico y deberá adecuarse a las normas vigentes en materia de accesibilidad, seguridad y prevención de incendios.
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ARCA elimina la actualización automática de montos
ARCA (exAFIP) redefinió umbrales y criterios de cálculo para entidades financieras y agentes del mercado de capitales. Los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó el Régimen Informativo de Operaciones Financieras y eliminó la actualización automática de los montos mínimos que deben informar entidades financieras y agentes del mercado de capitales. La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.
El cambio alcanza a bancos, agentes de liquidación y compensación, sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y agentes de colocación registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma redefine umbrales, criterios de cálculo y obligaciones informativas.
Uno de los puntos centrales de la resolución elimina la actualización automática de los montos mínimos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar los pisos informativos semestralmente, en junio y diciembre de cada año.
Con la nueva disposición, Arca deja los montos fijos hasta que una futura resolución determine una modificación expresa. El organismo justificó la decisión en el incremento previo de los umbrales y en la estabilidad de las variables macroeconómicas.
Las entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526, que deben informar altas, bajas, modificaciones, saldos y movimientos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales bajo normativa del Banco Central.
Las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) y los agentes de colocación y distribución integral de FCI, todos bajo supervisión de la CNV.
Nuevos umbrales de información mensual
La resolución también modificó la forma en que los ALyC y las sociedades depositarias de FCI deben informar las operaciones. A partir de ahora, los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.
El monto neto surge de la sumatoria de todas las transacciones realizadas durante el mes, incluidos comisiones, gastos y transferencias entre agentes, clientes o cuotapartistas.
Para determinar si se supera el umbral, ARCA no considera operaciones aisladas, sino la suma mensual de compra y venta de títulos (bonos, acciones y suscripción o rescate de cuotapartes de FCI), movimientos de fondos, pases y cauciones.
Si la sumatoria total mensual supera el tope correspondiente, el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas de menor monto individual.
En el caso de operaciones en moneda extranjera, la conversión a pesos se realizará según el tipo de cambio comprador del Banco Nación, tomando como referencia la fecha de liquidación o el último día hábil del mes informado.
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Celulares más baratos
Los aranceles a la importación de teléfonos celulares serán eliminados completamente a partir de este jueves 15 de enero. En función del decreto 333/25 publicado en mayo de 2025, el gobierno nacional reducirá definitivamente la tasa aduanera a 0%.
Esta normativa fue planteada progresivamente en dos tramos. En primer lugar se bajó el impuesto del 16% al 8% en el momento en el que se publicó en el Boletín Oficial y, finalmente bajarlo de 8% a una alícuota del 0% desde este jueves.
Además de este esquema de beneficios impositivos, la determinación incluye la supresión de impuestos internos para celulares, televisores y aires acondicionados fabricados en Tierra del Fuego (bajaron del 9% al 0%), además de la reducción de impuestos internos para televisores y consolas de videojuegos que vengan desde el exterior, que pasaron del 19% al 9,5%.
Mediante esta decisión, el gobierno busca incrementar la oferta de dispositivos, estimular la competencia, disminuir los valores finales de los productos y facilitar el acceso a los consumidores.
Según las proyecciones oficiales, la medida provocará un descenso de los precios de aproximadamente el 30 %. El objetivo es igualar las condiciones de los productos nacionales con los importados, en una época donde los precios locales son altamente elevados en comparación con otros países vecinos.
Sin embargo, el impacto en los precios de los celulares no será de inmediato. La llegada de los nuevos valores al consumidor final dependerá de la dinámica del mercado, los costos logísticos y el stock de los comercios.

