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Malestar de jueces bonaerenses por jury a magistrados locales
28 de noviembre de 2021
La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires, que se constituyó en Mar del Plata el 17 y 18 de marzo de 2000, es una entidad que agrupa a magistrados y exmagistrados del fuero penal bonaerense comprometidos en la consecución de sus principios fundamentales: la defensa de la independencia del Poder Judicial, así como la protección y promoción de los derechos humanos en el sistema penal.
La red expresó en estas horas su malestar frente a la resolución adoptada con fecha 23 de noviembre de 2021 por el jurado de enjuiciamiento de magistrados en el proceso seguido a dos de los integrantes del Tribunal en lo Criminal n° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, a raíz de la denuncia presentada entre otros por Victoria Donda.
Hay que recordar que el jurado de enjuiciamiento resolvió, por mayoría, rechazar la recusación planteada por la defensa a la presidenta de ese tribunal y declarar la verosimilitud de los cargos imputados y suspender en sus funciones a los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Javier Viñas.
Desde sus inicios, La Red viene advirtiendo acerca de los riesgos de la desnaturalización del tribunal de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, habida cuenta que no fue concebido constitucionalmente, ni está regulado legalmente, como una vía procesal alternativa para impugnar el contenido de las sentencias que se dictan en diferentes etapas de conocimiento del proceso penal bonaerense.
«Es por ello que, desde hace veinte años, venimos abogando por el cabal cumplimiento de la función constitucional y legal asignada al jury, a la vez que alertamos que su desnaturalización contraviene la independencia del Poder Judicial y, en definitiva, socava las bases del estado constitucional de derecho» dice el comunicado emitido por La Red.
En el caso particular que motiva el malestar de los jueces, la sentencia originaria del Tribunal en lo Criminal n° 1 de Mar del Plata (causa n° 4974), del 26 de noviembre de 2018, condenó a Matías Gabriel Farías y a Juan Pablo Offidani a las penas de ocho años de prisión y multa de ciento treinta y cinco mil pesos, para cada uno de ellos, por resultar responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo , a la vez que se los absolvió por el abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y favorecido por el suministro de estupefacientes en concurso ideal con femicidio; además, absolvió a Alejandro Alberto Maciel en orden al delito de encubrimiento agravado.
En lo que resulta de especial interés, la Sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense con fecha 12 de agosto de 2020, dispuso “hacer lugar al recurso deducido por el Ministerio Público Fiscal y por los Particulares Damnificados y, en consecuencia, anular el veredicto respecto del hecho numerado del abuso sexual agravado por la muerte de Lucía Pérez donde resultaron absueltos Matías Gabriel Farías y Juan Pablo Offidani. En definitiva, reenvió el proceso al tribunal originario, quien deberá “proceder a la realización de un nuevo juicio con la premura que el caso amerita, y al dictado de un nuevo pronunciamiento”.
La defensa presentó el recurso extraordinario ante la Suprema Corte de Justicia (causa P. 134.373-Q), por lo que el máximo tribunal provincial dispuso, el 12 de mayo de 2021, admitir la queja deducida, declarando mal denegada la vía extraordinaria interpuesta y, al mismo tiempo, “rechazar, sin más trámite, el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley articulado por el señor Defensor Adjunto ante el Tribunal de Casación Penal”.
En el sistema acusatorio vigente, la función jurisdiccional de un tribunal del fuero criminal consiste, básicamente, en valorar las pruebas ofrecidas y producidas por las partes litigantes, en resolver acerca de la posible tipificación de la conducta del acusado en las normas del Código Penal y en su caso
imponerle la sanción correspondiente, acorde al principio de proporcionalidad.
Es una función estatal que no está exenta de errores, desde que la infalibilidad no forma parte de los atributos de la condición humana, y a punto tal que el propio ordenamiento procesal prevé un sistema recursivo en el que –como sucedió en el caso– una instancia superior reexamina, a instancia de parte y con la amplitud necesaria, tanto las conclusiones fácticas como las jurídicas.
El recurso de casación en materia penal persigue, precisamente, el objetivo de corregir los yerros o invalidar las actuaciones realizadas en violación a los trámites esenciales del procedimiento, es decir, cuando la sentencia originaria no se ajusta a derecho.
Sentado ello, es necesario señalar que las divergencias de enfoque y criterio jurídico –por importantes que puedan resultar, entre las conclusiones de los jueces de mérito de primer y segundo de grado– no habilitan, por sí solas, al inicio o la continuidad de procesos de remoción de aquellos.
La propia Corte Interamericana de Derechos Humanos, en fecha reciente, sostuvo que considera que la garantía de la independencia de la judicatura impone que, en la instauración de juicios políticos contra funcionarias y funcionarios judiciales, le está vedado al órgano u órganos que intervienen en su trámite, deliberación y resolución, revisar los fundamentos o el contenido de las decisiones emitidas por aquellas autoridades.
Asimismo, es inviable que el juicio político o la eventual destitución de juezas o jueces, como consecuencia de dicho procedimiento, se fundamente en el contenido de las decisiones que hayan dictado, en el entendido que la protección de la independencia judicial impide deducir responsabilidad por los votos y opiniones que se emitan en el ejercicio de la función jurisdiccional, con la excepción de infracciones intencionales al ordenamiento jurídico o comprobada incompetencia.
De otro modo, las autoridades judiciales se podrían ver sometidas a interferencias indebidas en el ejercicio de sus funciones, en claro detrimento de la independencia que necesariamente debe garantizárseles para que cumplan eficazmente su importante rol en un Estado de derecho.
En otras palabras, “los jueces podrán ser destituidos únicamente por razones graves de mala conducta o incompetencia, de conformidad con procedimientos equitativos que garanticen la objetividad y la imparcialidad establecidos en la Constitución o en la ley”, según la fórmula utilizada en la Observación General n° 32, aprobada en 2007 por el Comité de Derechos Humanos de la Organización
de Naciones Unidas.
Conforme resulta de esos principios fundamentales, y como implícitamente parece emerger del voto minoritario del propio tribunal, la continuidad de la presidenta del jurado en su cargo compromete a futuro la validez del trámite procesal, pues existe una razonable percepción de falta de imparcialidad desde que la Dra. Kogan ya conoció del caso, en ocasión de expedirse como miembro de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
Sin embargo, el debido proceso legal exige que los “actos y hechos” a los que se aluden en la resolución, aparezcan fehacientemente individualizados y acreditados en el propio decisorio del órgano juzgador, siendo insuficiente sostener, como se afirma, que «los descargos y alegaciones defensistas no proveen la certeza negativa para dar por concluido el trámite».
En suma, la resolución adoptada por el jurado de enjuiciamiento de la provincia de Buenos Aires, aun cuando de carácter provisional, genera inquietud y malestar en los operadores jurídicos bonaerenses, no sólo por omitir las directrices interpretativas de la jurisprudencia continental, sino también –y fundamentalmente– por afectar la independencia del Poder Judicial.
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PARO UNIVERSITARIO
El Frente Sindical de Universidades Nacionales encabeza hoy un paro de 24 horas, en consecuencia, no inicia con normalidad el segundo cuatrimestre.
Al mismo tiempo, la entidad informó que habrá un cese de actividades previstas para el 20 y 21 de este mes.
Tras la filtración
La medida de fuerza es en señal de protesta frente a la "crítica situación" de los sueldos de los docentes y no docentes, mientras que solicitaron a los rectores de las distintas facultades decretar la emergencia salarial en todas las universidades públicas.
En este sentido, pidieron a las casas de estudio que participen de un plenario del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que se llevará a cabo en La Pampa el 30 de agosto, en el que, en caso de no recibir una respuesta, se determinará la fecha para otra manifestación universitaria, al igual que la marcha organizada el pasado 30 de abril en distintos puntos del país.
El secretario general del sindicato, Daniel Ricci, afirmó: "Desde que asumió el presidente Javier Milei los trabajadores docentes y no docentes perdieron más del 50% del salario frente a la inflación".
Durante las negociaciones y en vísperas de una nueva medida de fuerza, el Ministerio de Capital Humano aseguró a través de un comunicado que los docentes universitarios registraron una recuperación en su poder adquisitivo.
Frente a ello, diversos sindicatos docentes, Consejos Superiores de Universidades y el Consejo Interuniversitario Argentino desmintieron el comunicado y rechazaron el aumento que propuso la cartera el viernes pasado.
En un intento por frenar el paro, la Secretaría de Educación ofertó una suba salarial del 3% en agosto y del 2% en septiembre, cuando el reclamo exigía al menos 40% de incremento.
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TRIBUTO A CERATI
El 11 de agosto, Gustavo Cerati (fallecido en 2014) hubiera cumplido 65 años. A modo de homenaje y celebración de su legado, miles de músicos se reunieron para hacer una versión multitudinaria del clásico de Soda Stereo “De música ligera”. La movida, titulada “Once, tu cumpleaños: homenaje a Gustavo Cerati”, fue organizada por Mario Pergolini, quien realizó una transmisión en vivo desde el lugar: un amplio predio verde en la Costa de Vicente López
Más de 200 cantantes (más los integrantes del Coro Kennedy), guitarristas, bajistas, y bateristas (entre ellos, Andrea Álvarez, ex percusionista de Soda) y guitarristas se congregaron en la tarde del domingo para ser parte de este particular y sentido tributo al artista. Además, cientos de cables, micrófonos, y parlantes se instalaron en el predio para hacer sonar los instrumentos, mientras que otro tanto de cámaras y drones se dispusieron a registrar el evento único.
Entre los invitados destacados, estuvo el músico Tweety González, quien fue parte de Soda entre 1990 y 1997. “Casi todos los días me pregunto qué estaría haciendo Gustavo si estuviera vivo”, dijo en diálogo con el medio Vorterix.
También dijo presente la fotógrafa Nora Lezano, responsable de algunas de las imágenes más icónicas de Cerati, algunas de las cuales se replicaban por docenas en las remeras de los presentes en el homenaje.
Por el momento, se conocieron unas pocas imágenes del gran evento, cuyo video oficial será lanzado próximamente.
El homenaje de los hijos
Por otro lado, en las redes sociales, Lisa y Benito, los hijos de Gustavo, dedicaron unas palabras para su papá. “Querido padre. Hoy cumplís 65 años (un jovencito!) Donde sea que estés, quiero que sepas que tu presencia me sigue generando la misma calma. Puedo y pude experimentar lo que es el amor en su estado más puro gracias a vos, a tu música y a la familia que generaste a mi alrededor. Te amo, ¡y el mundo te ama! Gracias por todo, que es demasiado. Siempre te llevo en mi corazón y trato de que estés orgulloso, donde sea que la vida me lleve. Feliz cumpleaños papá”, escribió su hija en Instagram, junto a un video de imágenes familiares.
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Caso Loan: uno de los hermanos compró una moto de alta gama
Uno de los hermanos de Loan aseguró que las donaciones que recibieron fueron "transparentes y están documentadas", a la vez que indicó que la moto de alta gama comprada hace pocos días es para que puedan moverse y "continuar la búsqueda" del pequeño.
En medio de diversas suposiciones por la interna familiar, los montos millonarios hallados en cuentas de Mercado Pago de dos de los hermanos de Loan pusieron en cuestionamiento el accionar bancario de los cercanos del niño durante la búsqueda.
En este sentido, la semana pasada se informó que José y Mariano Peña habían recibido más de $150 millones en sus billeteras virtuales luego del análisis de sus cuentas bancarias por pedido de la jueza Cristina Penzo.
“Las donaciones que recibimos han sido manejadas de manera transparente y están documentadas”, aclaró José y explicó que la billetera fue intervenida y que “no tienen nada que esconder”.
Asimismo, habló sobre la cuestionada moto de alta gama que fue comprada hace pocos días: “Fue para poder movernos y continuar la búsqueda de Loan. No tiene nada que ver con las donaciones”.
Frente a esta situación, el joven manifestó que, a casi 60 días del inicio de la búsqueda de Loan, no quieren que la causa se pierda en “conjeturas”.
“No queremos más especulaciones ni comentarios triviales. La familia está pasando por un momento muy difícil y estamos enfocados en encontrar a Loan”, expresó.