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Rige registro de alquileres

28 de febrero de 2021

Desde este lunes 1 de marzo,  entra en vigencia el régimen de registración de los contratos de alquiler en la AFIP, previsto en la Ley 27,551. Para esto, el ente regulador pone en marcha en su web, la página RELI (Registro de Locaciones de Inmuebles) en la que propietarios, inmobiliarias y hasta inquilinos podrán cumplir con el trámite.

Los contratos celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive para la registración.

La normativa dispone que los contratos alcanzados son: Locaciones de bienes inmuebles urbanos. Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales.  Locaciones temporarias de inmuebles –urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares. Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles -vgr. locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, etc. En todos los casos deben ser informadas en forma digital ingresando con Clave Fiscal a la página web del organismo, al servicio denominado Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE. Registro de Locaciones de Inmuebles.

Quiénes deben registrar los contratos: Los que están obligados a suscribirse son los locadores, arrendadores, sublocadores y subarrendadores, y en caso de haber intermediarios (corredores, inmobiliarios, escribanos) que los representen.

La inmobiliaria podrá emitir comprobantes en nombre del propietario, actuando como intermediaria de la operación, y en el caso de los inquilinos podrán informar en forma voluntaria un contrato.​

Además, entidades u organismos del Estado nacional, de las provincias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios que actúen como titulares del inmueble, no están obligadas a suscribir el contrato en la AFIP.

En los comprobantes deberá indicar el apellido y nombres, denominación o razón social del o los propietarios y su CUIT.

Los requisitos para propietario son: ​Los propietario de un inmueble que se encuentra alquilado tienen que inscribirse en AFIP y cumplir con las obligaciones que corresponden como locador.

Monotributo: cuando la totalidad de la facturación anual no debe superar $1.739.493,79, no debe tener más de tres unidades de explotación o más de tres actividades económicas desarrolladas (cada inmueble alquilado constituye una unidad de explotación). Los empleados en relación de dependencia o beneficiarios de prestaciones previsionales no se consideran unidades de explotación.

Celebrar un contrato de alquiler. Emitir comprobantes tipo “C”. Declarar los inmuebles en la presentación de Bienes Personales. Régimen General (IVA y Ganancias): cuando la totalidad de la facturación anual supera $1.739.493,79,y el propietario tiene más de tres unidades de explotación o actividades económicas.

Emitir comprobantes tipo “B” a los consumidores finales o exentos en IVA.

De estar inscripto en el IVA, presentar las declaraciones juradas y cumplir con obligaciones del Portal IVA.

Celebrar un contrato de alquiler. Emitir comprobantes tipo “B”. Declarar las rentas en la presentación anual de Ganancias y el inmueble en Bienes Personales.

Pedido de aclaración: Las cámaras inmobiliarias se reunieron el jueves con la entidad que dirige Mercedes Marcó del Pont para interiorizarse sobre la  Resolución General N° 4933, que reglamentó la semana pasada el régimen de registración, y conocer más sobre los pasos a seguir para concretar el trámite.

Fuentes BAE/Clarin

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Presentan amparo judicial por Ganancias a la pesca

El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, presentó un recurso de amparo ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con el objetivo de anular la aplicación del Impuesto a las Ganancias en el sector marítimo.

La presentación judicial impulsada por el Capitán Mariano Moreno, en representación de los interés de los trabajadores marítimos, obedece a la reciente reimposición del pago de Ganancias, aprobada en el marco de la Ley de Bases, la cual revierte la exención obtenida por el gremio en 2023.

Durante el año 2023, a través de gestiones encabezadas por todos los gremios unidos, se logró una exención del Impuesto a las Ganancias que beneficiaba a los trabajadores del sector pesquero. Esta exención, que alcanzaba el 46% del salario bruto de los trabajadores de a bordo, fue posteriormente extendida a todas las actividades relacionadas con el gremio, resguardando así los ingresos de un colectivo de trabajadores que enfrenta condiciones laborales excepcionales.

El Capitán Moreno, expresó al portal Loquepasa.net la preocupación existente en la entidad ante lo que considera una medida regresiva y lesiva para los derechos laborales y el poder adquisitivo de los trabajadores. 'Sabemos el daño que puede ocasionar el saqueo del salario; no bajaremos los brazos ', enfatizó.

Mas adelante, el directivo destacó que la presentación del amparo reafirma el compromiso del gremio 'en la defensa de los derechos laborales y la protección del poder adquisitivo de los trabajadores marítimos'.

Moreno subrayó que la reincorporación de este impuesto constituye un grave atropello al esfuerzo realizado por los trabajadores, así como a las economías locales que dependen en gran medida del consumo generado por estos ingresos. Según explicó, la decisión de llevar el tema a la justicia responde al potencial impacto negativo que la medida tendría sobre los salarios, ya que representa una pauperización de las condiciones laborales.

Ante esta situación, el gremio solicita a la justicia que considere la eliminación de este capítulo de la Ley de Bases, tal como lo había dispuesto previamente la Cámara de Senadores, y que falle a favor de los trabajadores.

Foto ElDestape.com

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No quiere pensión vitalicia a ex presidentes condenados

El presidente Javier Milei manifestó su respaldo al proyecto de ley del diputado del PRO Damián Arabia para quitarle la pensión vitalicia a ex presidentes y y ex vicepresidentes condenados penalmente.

"Me encanta la idea...Desde mi visión las jubilaciones no deberían existir y por ello yo renuncié a la misma...", escribió Milei en su cuenta de X.

De esa forma, el mandatario recordó que en junio pasado anunció su renuncia a la jubilación vitalicia, también denominada "de privilegio", que le correspondería cobrar como ex presidente una vez que deje el Sillón de Rivadavia.

El proyecto de Arabia estipula remover la pensión vitalicia a ex presidentes y ex vicepresidentes condenados penalmente, como también suspenderlas provisoriamente en caso de procesamiento penal.

Luego del escándalo que envuelve al ex mandatario Alberto Fernández por la denuncia de violencia de género de su ex esposa Fabiola Yáñez, algunos dirigentes políticos salieron a pedir que Milei le revoque la jubilación vitalicia, entre ellos la legisladora porteña Graciela Ocaña.

"Las jubilaciones de privilegio -dijo Ocaña- tienen en su origen un costado de reconocimiento honorífico al ciudadano que desempeñó el cargo de Presidente. Está claro que Alberto Fernández no tiene honor y es una vergüenza para todos los argentinos".

Pese al pedido de Ocaña al mandatario, todo indica que finalmente la iniciativa irá por los carriles del Congreso, donde debería ser aprobada en Diputados y en el Senado, y en caso de que así sea, Fernández se quedaría sin ese beneficio.

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Créditos para hogares y Pymes

Con el objetivo de fomentar las ventas del sector y a su vez, ayudar a los usuarios de luz y gas a mejorar la eficiencia energética de sus hogares o empresas, ya está en marcha el “Programa de Reconversión y Eficiencia Energética”, a través del cual se podrán comprar electrodomésticos para el hogar en hasta 24 cuotas sin interés.

El plan de Gobierno de Javier Milei está disponible para quienes tienen cuenta en Banco Nación, dado que los productos a la venta están dentro de la Tienda BNA. La intención oficial es que en las próximas semanas se sumen otra y tiendas virtuales.

Por otro lado, el BNA ofrecerá dos líneas de financiamiento: una para hogares por hasta $25 millones y un plazo de devolución de hasta cinco años con tasa fija del 43% anual; la otra destinada a pymes e industrias, sin límite de monto y plazo de devolución de hasta 10 años, con tasa de 27% anual el primer año y luego quedará atada a la

En el programa, la tienda del BNA ofrece televisores, hornos, microondas, lavarropas, secarropas, lavavajillas, aires acondicionados, ventiladores, calefactores, heladeras, freezers, lámparas led, ventanas, puertas, pinturas y cortinas blackouts.

Las claves del programa

Quienes deseen acceder al nuevo programa de financiamiento deberán tener en cuenta las siguientes claves:

  • Es necesario tener una cuenta en el Banco Nación.
  • En la tienda BNA ya están disponibles electrodomésticos en hasta 24 cuotas sin interés.
  • Hogares y empresas podrán acceder a préstamos para financiar la compra de artefactos pero también materiales de obra y estudios para mejorar la eficiencia energética.
  • Los usuarios residenciales podrán pedir hasta $25 millones a cinco años, con tasa fija del 43% anual.
  • Comercios e industrias pyme no tienen tope de monto, el plazo de devolución es de 10 años y la tasa LIP de 27% para el primer año que luego será BADLAR.
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