País
Chau dólar ahorro
29 de septiembre de 2020
Quienes hayan cobrado parte de su salario con el ATP no podrán acceder a la compra de dólar ahorro.
Las personas que hayan accedido en septiembre al cobro de parte de su salario a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán acceder a la compra de dólar ahorro, confirmaron a Telam fuentes del Banco Central (BCRA).
La medida forma parte de las restricciones adoptadas a mediados de septiembre por el BCRA para limitar la venta de dólares a particulares que, entre otras, incluye a todo aquel beneficiario de un programa de asistencia estatal.
«Los que reciben el ATP no pueden comprar dólares», apuntaron a esta agencia fuentes de la autoridad monetaria que dirige Miguel Ángel Pesce.
A pesar de haber sido comunicado al momento de los anuncios, muchas personas advirtieron el alcance de esta restricción recién hoy, luego de que ayer terminara de actualizarse en los bancos los sistemas de compra de dólar vía home banking y demás plataformas digitales, tras casi dos semanas de demoras para la aplicación de las nuevas normativas fiadas por el BCRA.
El 15 de septiembre, el BCRA emitió la Comunicación “A” 7105 en la que detalla que aquel «beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social, incluyendo los subsidios de carácter alimentario» no podrá acceder al cupo de US$ 200 dólares para atesoramiento.
Asimismo, fijó que la adquisición de moneda extranjera estará disponible para los que reciban prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral, como las asignaciones familiares; tengan ingresos por estar en relación de dependencia; sean titulares de haberes previsionales; o sean trabajadores autónomos, monotributistas o de casas particulares.
«Las entidades deberán requerir documentación respaldatoria de los ingresos y/o activos del cliente y/o toda otra documentación que les permita evaluar la razonabilidad de que el cliente efectúe ahorros en moneda extranjera», detalló la comunicación «A» 7015.
MÁS RESTRICCIONES
Por otra parte, las restricciones de acceso al dólar para atesoramiento también incluyen un recargo del 35% en concepto de retención del impuesto a las Ganancias y el cómputo de las operaciones con tarjetas de crédito en el exterior dentro del cupo de los US$ 200.
Tampoco podrán acceder a la compra de dólares los cotitulares de cuentas en moneda extranjera y quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales, prendarios e hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de préstamos hipotecarios UVA.
País
Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.
País
Escándalo en la AFA: los veedores judiciales no pudieron entrar
Los técnicos del Ministerio de Justicia se encontraron con la sede de Viamonte cerrada y un cartel que derivaba la atención a Pilar. La IGJ investiga inconsistencias por USD 450 millones en los balances de la gestión de Claudio Tapia.
En un nuevo capítulo de la creciente tensión entre la Casa Rosada y la conducción de Claudio "Chiqui" Tapia, los veedores designados por el Ministerio de Justicia de la Nación no pudieron ingresar este miércoles a la sede histórica de la calle Viamonte. El operativo, que buscaba dar inicio a una fiscalización de 180 días sobre los balances y contratos de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), terminó con una nota dejada por debajo de la puerta y un conflicto de jurisdicciones que promete escalar a la Justicia.
El abogado Diego Coste y el contador Miguel Pappacena, enviados oficiales del Gobierno, llegaron a las 13 a la sede central con el objetivo de requerir documentación contable y administrativa. Sin embargo, se encontraron con el edificio cerrado y un cartel que indicaba que la administración debía buscarse en un predio de Pilar, en la provincia de Buenos Aires.
El conflicto por el domicilio y los US$ 450 millones
La Inspección General de Justicia (IGJ) sostiene que la AFA ha fallado en explicar inconsistencias por USD 450 millones en sus balances de los últimos ocho años. Además, el Gobierno investiga la creación de una universidad no registrada y contratos con empresas bajo la lupa por presunto lavado de dinero, como TourProdEnter y SurFinanzas.
El intento de la AFA de trasladar su sede social a Pilar es visto por el Ministerio de Justicia como una "maniobra de evasión" para salir de la órbita de control de la IGJ (que tiene competencia en CABA) y pasar a la jurisdicción bonaerense. Esta mudanza ya había sido rechazada por el organismo estatal al constatar que en el predio de Pilar no existen instalaciones administrativas operativas.
PUERTAS CERRADAS. El abogado Diego Coste y el contador Miguel Pappacena llegaron a la sede de la AFA para iniciar la veeduría, pero debieron dejar el pedido bajo la puerta al no ser recibidos por ninguna autoridad.
Fotos: RSFotos
País
Pesqueros extranjeros ingresan a Mar Argentino en busca de resguardo
La Prefectura Naval Argentina monitorea el ingreso de más de 140 buques pesqueros extranjeros a la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) ante el fuerte temporal pronosticado para el Atlántico Sur.
La tarea fue adoptada luego de que distintas empresas y asociaciones pesqueras solicitaran refugio preventivo frente a las condiciones meteorológicas adversas previstas para los próximos días. En ese contexto, el Servicio Meteorológico Nacional emitió un aviso de temporal para la región, difundido a la comunidad marítima a través de las estaciones costeras de la Prefectura Naval Argentina desplegadas sobre el litoral marítimo.

Las embarcaciones permanecerán en sectores determinados de la ZEEA durante aproximadamente tres días.
La Prefectura estableció que los buques deberán cumplir estrictamente las disposiciones establecidas por el Régimen Federal de Pesca y por el “Procedimiento de actuación ante solicitud de la flota pesquera extranjera para ingresar a la Zona Económica Exclusiva Argentina en busca de resguardo por condiciones meteorológicas desfavorables”, implementado en el marco de las facultades del Estado ribereño y de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).
Entre las medidas impuestas se encuentra la prohibición absoluta de realizar tareas de pesca, investigación o exploración mientras permanezcan dentro de aguas jurisdiccionales argentinas. Asimismo, las embarcaciones deberán mantener sus artes de pesca aseguradas sobre cubierta, conservar apagadas las luces vinculadas a maniobras pesqueras y mantener activos de forma permanente los sistemas AIS de identificación y posicionamiento para permitir el monitoreo continuo por parte de la Autoridad Marítima.
Además, los capitanes deberán, por razones de seguridad de la navegación y preservación de la vida humana en el mar, mantener escucha radial permanente con la estación costera correspondiente e informar periódicamente su posición durante toda la permanencia en la zona de abrigo.

En paralelo, la flota pesquera nacional también adoptó medidas preventivas y se desplazó hacia áreas seguras para evitar los efectos del temporal.
La Prefectura Naval Argentina informó que continuará realizando el seguimiento permanente de las embarcaciones mediante el Sistema Guardacostas y las distintas estaciones costeras desplegadas a lo largo del litoral marítimo, manteniendo informadas a las autoridades nacionales competentes sobre la evolución de la situación.

