Sociedad
Todo el peso de la ley
24 de junio de 2020
El secretario de Gobierno municipal Santiago Bonifatti pidió que “se aplique todo el rigor de la ley” al joven cordobés Tomás Páez (23), quien ingresó a Mar del Plata utilizando documentación falsa, comprobándose horas después del hisopado que le realizaron que estaba infectado de coronavirus.
Tras remarcar el esfuerzo de todos los vecinos para evitar la propagación de la pandemia, el funcionario municipal señaló que se trata de “un irresponsable que no es marplatense, que a partir de una serie de mentiras, vulnera los ingresos, pone en riesgo esa situación. El protocolo funciona y por eso sabemos quién es y qué hizo”.
“Si fuera un solo delito podríamos hacer un cálculo de la pena. Pero son varios. Sin duda alguna, ojalá que la pena sea fuerte para que nadie más haga lo mismo”
Las declaraciones del funcionario municipal se dieron en el marco de una conferencia de prensa ofrecida por el coordinador de Gabinete, Alejandro Rabinovich; de Seguridad, Darío Oroquieta, y el titular del Same Juan Di Mateo.
Rabinovich confirmó que ya declararon ante la fiscal Laura Mazzaferri funcionarios municipales y el personal que estaba en el retén el sábado cuando el joven ingresó a Mar del Plata; haciendo saber que además de la novia, con quien Páez vino a celebrar su cumpleaños, hay otras tres personas aisladas y a la espera del resultado de los testeos correspondientes para saber si también están contagiados.
En el marco de la causa que sigue en la Justicia Federal ante el joven cordobés que dio positivo en coronavirus tras ingresar en Mar del Plata el sábado y falsear su identidad con permisos y documentación de otra persona, el Ministerio Público Fiscal que sea imputado por el delito de “propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa”, que contempla la posibilidad de reclusión o prisión de tres a quince años.
En una primera instancia, fuentes judiciales aclararon que la investigación a cargo de la Fiscalía Federal Nº1 recae solamente sobre el joven que viajó y sobre el amigo que le facilitó la documentación para que pudiera llegar a la ciudad, ambos como “partícipes” de los hechos.
La causa está caratulada por los delitos de infracción a la ley 17.671, por utilización de DNI ajeno; infracción al artículo 293 del Código Penal por falsedad ideológica -dado que el certificado que le permitió el traslado interjurisdiccional es una declaración jurada-; infracción al artículo 205 del Código Penal por violación al aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Sin embargo, la fiscal federal Laura Mazzaferri no descarta imputarlo por otras figuras penales más gravosas como la “propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa”, prevista en el artículo 202 del Código Penal, que contempla la posibilidad de reclusión o prisión de tres a quince años.
El cordobés fue trasladado el lunes por la noche al hotel Facón del Mar, donde quedará aislado hasta que se recupere. En tanto, la novia, que se encuentra aislada en el mismo hotel, en otra habitación, será hisopada para determinar si se contagió de Covid-19, a partir del contacto estrecho con su novio.
Sociedad
SE VIENE LA REFORMA LA LABORAL
El Poder Ejecutivo avanzó con la presentación de la Ley de Modernización Laboral, un paquete integral que introduce cambios profundos en las normas de empleo, registración, negociación colectiva y contribuciones patronales. La reforma, que llega en medio de un replanteo general del esquema regulatorio argentino, incluye medidas de desburocratización, reducción de litigiosidad y nuevos incentivos para la contratación formal.
La iniciativa, que ingresó al Parlamento a través del Senado, abarca 79 páginas y detalla uno por uno los cambios que el oficialismo pretende introducir en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, la columna vertebral de la legislación laboral argentina.
El texto constituye la apuesta más ambiciosa de la gestión Milei para flexibilizar las condiciones de contratación y despido, redefinir derechos individuales y colectivos, y avanzar en una reducción permanente de las contribuciones patronales. En términos prácticos, el proyecto plantea un nuevo marco normativo que impacta de manera directa en la forma en que se organizan, se remuneran y se extinguen las relaciones laborales.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la creación del registro laboral centralizado en ARCA, que pasará a ser la única instancia válida de inscripción de trabajadores. A partir de esta modificación, ningún organismo podrá exigir requisitos adicionales, lo que busca simplificar trámites y unificar la información laboral en un solo sistema.
La Ley también introduce cambios amplios en el Régimen de Contrato de Trabajo. Entre ellos, la redefinición de qué conceptos integran las indemnizaciones, mayores posibilidades de pactar remuneraciones en moneda extranjera y un reordenamiento del tiempo de trabajo que permite nuevas modalidades de compensación horaria. Además, se endurecen los requisitos para las certificaciones médicas y se incorpora un esquema más amplio de beneficios no remunerativos.
En materia judicial, el Gobierno impulsa un cambio clave: las indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo pasarán a ser la única vía de reparación posible ante un despido. De esta manera, se elimina la posibilidad de iniciar reclamos adicionales por daños y perjuicios basados en el Código Civil y Comercial, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad.
Otro punto central es la reforma de la negociación colectiva. Se limita la llamada “ultraactividad”, que mantenía vigentes todos los convenios vencidos de manera indefinida.
Con la nueva norma, solo seguirán en pie las cláusulas normativas hasta que haya un nuevo acuerdo o una prórroga expresa. También se fortalece la autonomía de los convenios sectoriales de menor alcance y se reglamenta el carácter no remunerado de las asambleas sindicales.
Se habilita, asimismo, la conformación de los denominados "bancos de horas" que habilita a que las partes acuerden un régimen de compensación de las "horas extraordinarias" del trabajador siempre que se respeten las 12 horas de descanso mínimo legales (entre jornada y jornada, y de descanso semanal). Este esquema permitiría compensar tiempos dentro de la jornada laboral sin generar horas extra tradicionales, por ejemplo, acordando una reducción de carga horaria en momentos de menor demanda o la generación de francos compensatorios.
La iniciativa incorpora, además, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), al que los empleadores deberán aportar un 3% del salario de cada trabajador.
Ese fondo, administrado por entidades supervisadas por la Comisión Nacional de Valores, será inembargable y estará destinado exclusivamente a financiar indemnizaciones y otros pagos previstos por ley.
La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.
Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.
El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, etc.— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones.
Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos (fijos o variables) por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.
La reforma impacta directamente en la ultraactividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación.
Se especifican los requisitos para acreditar la incapacidad. Se establece la exigencia de que los certificados médicos contengan diagnóstico específico, tratamiento y cantidad de días de reposo. Además, se prevé que sean emitidos por personal médico habilitado.
Se regula la exigencia de una junta médica en caso de discrepancia entre los profesionales.
Para incentivar la formalización, se establece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que regirá durante un año y otorgará contribuciones patronales reducidas -del 2% por cuatro años- a quienes contraten a personas sin empleo formal reciente, monotributistas, desocupados o exempleados públicos. A su vez, la reforma contempla una reducción general de contribuciones, fijada en 17,40% para empleadores de grandes servicios y comercio, y en 15% para el resto del sector privado.
El proyecto incluye también un régimen especial para trabajadores de plataformas, como repartidores y choferes, a quienes se reconoce como prestadores independientes con requisitos operativos y de cobertura específicos para las empresas que administran las aplicaciones.
Finalmente, la ley incorpora otros cambios vinculados al sistema tributario y al clima de inversiones, como la reducción de alícuotas del Impuesto a las Ganancias corporativo y la creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, que promueve la amortización acelerada.
El texto del proyecto cierra: “Con estas medidas propuestas, el proyecto continúa en la senda de simplificación y ordenamiento normativo que el Gobierno viene impulsando desde el inicio de su gestión, orientada a eliminar distorsiones, depurar afectaciones, unificar criterios, dotar de neutralidad al sistema, simplificar y reducir costos de cumplimiento. Este proceso se guía por un principio innegociable: resguardar el equilibrio fiscal que tanto esfuerzo demandó alcanzar”.
Se mantiene la obligación del trabajador de sostener el empleo al trabajador que presente una disminución definitiva como consecuencia de accidente o enfermedad, pero se habilita la reducción del salario para que sea acorde a las nuevas condiciones de categoría y jornada.
Se elimina la exigencia del empleador de preavisar durante el periodo de prueba.
El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Por ejemplo, los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.
Asimismo, se establece que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos, reforzando controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.
Fuente: Agencia DIB
Sociedad
Cierre del Curso de Socorrista Urbano en el Colegio de Técnicos
Este viernes, 12 de diciembre, de 14.30 a 18, se llevará a cabo la jornada final del Curso de Socorrista Urbano, a cargo del instructor Juan Hay, organizado por Defensa Civil en conjunto con el Colegio de Técnicos Distrito 5.
La capacitación intensiva de cuatro encuentros teórico–prácticos con certificación internacional AIDER, reúne a bomberos, enfermeros, personal de Defensa Civil y profesionales matriculados, interesados en aprovechar un espacio de formación clave para fortalecer los conocimientos y capacidades de respuesta ante emergencias.
La propuesta —de carácter gratuito— inició el 3 de diciembre en la sede del Colegio de Técnicos (Dorrego 1371) e incluyó prácticas en simuladores y módulos específicos sobre Reanimación Cardiopulmonar (RCP), Obstrucción de Vías Aéreas (OVA), Soporte Vital Básico (SVB-BLS), uso de Desfibrilador Externo Automático (DEA), primeros socorros estándar y protocolos de actuación en emergencias ante hemorragias y lesiones en tejidos blandos.
La jornada final ofrecerá una instancia integradora en la que los participantes pondrán en práctica las habilidades adquiridas, consolidando herramientas fundamentales para intervenir con eficacia en situaciones críticas.
Día y horario: Viernes 12 de diciembre, de 14.30 a 18. Lugar: Colegio de Técnicos Distrito 5 – Dorrego 1371, Mar del Plata.
Deportes
Inseguridad vial: ‘Es la principal causa de muerte de los jóvenes’
La Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito (CECAITRA) festejó su aniversario y durante el encuentro se refirieron a la inseguridad vial, con sus respectivas consecuencias.
Con la presencia de afiliados, funcionarios y organizaciones de familiares de víctimas por incidentes viales, y tras recibir reconocimientos por su labor, el presidente de CECAITRA Bernardino García destacó que “todos los que nos reunimos aquí consideraremos que las consecuencias de la inseguridad vial, tanto en su aspecto económico, como en el dolor que provocan pueden ser, al menos, disminuidas”.
En ese sentido, añadió: “En Argentina se ha logrado disminuir desde el 2013 al 2024, a más de la mitad, la cantidad de fallecidos por siniestros viales, por cada 100 mil vehículos, que es la medición que utiliza la Organización Mundial de la Salud (OMS)“.
“Las cifras son un logro de todos los que están acá, de todos los que entienden, de todos los que pretenden que no se pierdan vidas gratuitamente. Según la OMS, el costo de la inseguridad vial en los países de desarrollo oscila entre el 3 y el 5% del producto bruto interno", destacó.
García además expresó que “lamentablemente, en los últimos años el concepto de conciencia vial, que tanto usamos en CECAITRA, fue reemplazado y mutando en la expresión fotomulta. No se habla más de la seguridad vial, se habla de la fotomulta. Pero la fotomulta es solamente una herramienta de varias para lograr el objetivo de salvar vidas”.
Finalmente, concluyó: “Todos somos usuarios de la vía pública, adonde se producen las víctimas que tratamos de evitar. Entonces todos somos víctimas y victimarios”.
Por otro lado, el funcionario apuntó: “La inseguridad vial sigue siendo la primera causa de muerte de los jóvenes en el mundo. Dándole esa información a quienes aspiran en su primera licencia o a los que renuevan, se transformaría en un contrato mutuo entre el usuario de la vía pública y el que obtiene la licencia, con las responsabilidades y los conocimientos adecuados”.
“Continúo sin comprender por qué una licencia de conducir es otorgada solo conociendo el significado de la cartelería y la señalización. ¿Por qué además de explicarle y mostrarle ese cartel, no tratamos de hacerle entender las consecuencias de no cumplir con lo que significa la señal?. Conocen lo que prohíbe o señala, pero no sabe lo que ocurre si no lo cumple”, finalizó García. (Mitre)

