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La Corte rechazó planteos ambientalistas contra la explotación offshore
4 de noviembre de 2023
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los planteos de distintas entidades ambientalistas tendientes a frenar las actividades de exploración sísmica y explotación petrolera frente a las costas del partido de General Pueyrredón, frente a la ciudad de Mar del Plata. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, el máximo tribunal entendió que no se dirigían sobre sentencias definitivas o equiparable a tal para analizar la cuestión, indicaron fuentes judiciales.
Para las agrupaciones ecologistas, no había manera de llevar a cabo la exploración y explotación petrolera offshore sin que genere impactos irreversibles para los ecosistemas marinos, su biodiversidad, las costas, las playas y los principales medios de vida de las comunidades costeras. Y por eso pedían la suspensión de las actividades.
El 30 de diciembre de 2021, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación dictó la Resolución 436/2021, con la cual declaró “concluida la suspensión de plazos del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental” y aprobó la realización del proyecto “Adquisición Sísmica 2d-3d-4d Off Shore en bloque CAN108-CAN114″, de la empresa Equinor Argentina S.A. Sucursal Argentina. Esa resolución dio lugar a diversas acciones de amparo, en las que se solicitó la nulidad de la resolución del Ministerio, la suspensión de las actividades y la revocación de los permisos otorgados.
El 11 de febrero de 2022, el juez a cargo del Juzgado Federal de Mar del Plata 2 hizo lugar a la cautelar solicitada y ordenó la inmediata suspensión de la aprobación del proyecto. Pero el Estado Nacional, Equinor S.A. Sucursal Argentina, Equinor Argentina B.V. e YPF S.A apelaron. El 3 de junio de 2022, la Cámara Federal de Mar del Plata dejó sin efecto la medida cautelar y la sustituyó por otra, que condicionó el avance del proyecto al cumplimiento de determinadas medidas. Entre ellas: la participación de la Administración de Parques Nacionales, la valoración de las audiencias públicas municipal y nacional realizada sobre el caso, y la inclusión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el control y fiscalización del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental y su correspondiente plan de gestión ambiental.
Contra esta decisión, la Fundación Greenpeace Argentina, entre otras, interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a una queja. Pero hubo más presentaciones. En paralelo, los días 5 y 22 de agosto de 2022, el Estado Nacional, codemandado, en cumplimiento de lo que dispuso la Cámara marplatense, presentó la declaración de impacto ambiental complementaria, aprobada por la Resolución SCC N° 7/22. El juez de primera instancia tuvo por no cumplidos ciertos recaudos en dicha declaración. Y contra ese pronunciamiento, tanto Equinor, YPF y el Estado Nacional, como la Fundación Greenpeace Argentina, interpusieron recursos de apelación.
El 5 de diciembre de 2022, la Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y autorizó el inicio del Proyecto. El fallo subrayó que “el Poder Judicial no está facultado constitucionalmente para diseñar las políticas públicas vinculadas con el desarrollo energético, pues ello lo convertiría en una especie de ‘Administración paralelap violatoria del principio de División de Poderes, y por esa misma razón le está vedado inmiscuirse en la valoración técnica efectuada internamente por la cúpula directiva de la APN, cuando ella ha concluido -respecto del Monumento Natural “Ballena Franca”- que el análisis se encuentra abordado desde el proyecto adecuadamente, agregando que las medidas propuestas en el Plan de Gestión Ambiental, son apropiadas para mitigar los potenciales impactos”.
En aquella resolución, el tribunal autorizó “la continuidad en las actividades de prospección que involucran al presente proyecto”, pero estableció condiciones. Una de ellas era incluirse, como Observadores Permanentes, a miembros del equipo “Pampa Azul”, en el número de integrantes que la autoridad administrativa considere adecuado, quienes deberán velar por el cuidado del Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul, así como denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente, para propiciar la inmediata suspensión de las actividades.
Infobae.
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Femicidio: Se negaron a declarar los dos serenos detenidos
Los dos serenos detenidos por el crimen de Johana Mailén Antonich, atacada en un balneario de la zona sur de la ciudad cuando había ido a una supuesta entrevista de trabajo, se negaron a declarar ante el fiscal Carlos Russo, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción N° 7.
Los acusados son Agustín Nicolás Díaz Bartolomé, de 26 años, y José Luis Aquino, de 27, quienes trabajaban como serenos en el predio donde fue encontrado el cuerpo de la víctima. Por ahora, seguirán alojados en la Unidad Penal N°44 de Batán.
Detrás de una casilla utilizada por los sospechosos, los efectivos hallaron el cuerpo de Antonich. Estaba desnuda, envuelta en una frazada y con las manos y los pies atados con cables.
La autopsia determinó que fue asesinada de una puñalada en la zona cervical, lesión que le provocó una hemorragia fatal. Además, los médicos constataron heridas compatibles con maniobras de defensa en brazos, manos y piernas y detectaron signos compatibles con un abuso sexual. Los investigadores aguardan ahora los resultados de los estudios de ADN para determinar si las muestras recolectadas coinciden con las de los detenidos.
Ambos acusados tenían lesiones compatibles con heridas de defensa que, para los investigadores, habrían sido provocadas por la resistencia de la víctima durante el ataque.
La reconstrucción del caso comenzó a partir de las últimas horas de la joven. El sábado por la tarde salió de su casa para asistir a una supuesta entrevista laboral, luego de que un hombre la contactara tras una publicación en la que buscaba trabajo. Le ofreció un puesto de limpieza en un hotel, le pidió una foto para confeccionar un supuesto carnet y la citó en un inexistente “Balneario Punta Mogotes Cero”.
Cerca de las 17, Antonich envió a su familia una fotografía desde la zona donde se encontraba. Al dejar de responder los mensajes, sus familiares comenzaron a buscarla y llegaron hasta el balneario guiados por esa imagen. Horas más tarde realizaron la denuncia por averiguación de paradero.
En paralelo, la fiscalía también intenta reconstruir los movimientos previos al femicidio. El remisero que trasladó a la joven hasta el lugar ya fue identificado y manifestó su intención de declarar de manera voluntaria ante el fiscal, acompañado por un abogado. Por el momento no pesa sobre él ninguna orden de detención, pero se cree que tenía una relación amorosa con la víctima.
Además, el dueño del balneario, que se encuentra fuera del país, puso a disposición de la Justicia las cámaras de seguridad del predio para que sean incorporadas a la investigación. (TN)

