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Quienes no paguen Ganancias podrán acceder a créditos de hasta $ 400 mil

28 de agosto de 2023

La directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, detalló hoy que los trabajadores que no paguen Impuesto a las Ganancias -con salarios brutos menores a $700.000- podrán acceder desde septiembre a créditos por hasta $400.000 a tasa subsidiada, como parte del Programa de Fortalecimiento del Ingreso de las Familias Argentinas para compensar la pérdida de poder adquisitivo de los salarios.

En ese sentido, detalló que el crédito tendrá una tasa subsidiada del 50%, con tres meses de gracia y que se podrá devolver en 24, 36 o 48 cuotas.

«Es una nueva línea de crédito para trabajadores formales orientada al consumo, pero que, además, tiene el objetivo de desendeudar a las familias argentinas con la deuda de tarjeta de crédito. Esto es para trabajadores que no pagan impuesto a las ganancias, de ingresos de hasta $ 700.000», detalló Raverta a través de un video difundido esta tarde.

Al respecto, dijo que «la forma en la que vamos a instrumentar el acceso a este crédito la vamos a estar contando en esta semana para que, en septiembre, ya pueda estar a disposición esta nueva línea de crédito para seguir cuidando el bolsillo de las familias argentinas».

Esta medida se suma a otros anuncios realizados ayer por el ministro de Economía, Sergio Massa, para reforzar los ingresos de jubilados, pensionados, trabajadores registrados y madres de la Asignación Universal por Hija e Hijo.

Entre las destinadas a jubilados y pensionados, además del aumento del 23% que todos percibirán en el haber de septiembre por la Ley de Movilidad, habrá 5,1 millones que cobran hasta un haber mínimo que recibirán un refuerzo de $ 37.000 en los meses de septiembre, octubre y noviembre.

Esto es, un total de $111.000 que se cobrará en tres cuotas iguales de $37.000, en los meses de septiembre, octubre y noviembre.

«De esta manera, los jubilados de la mínima van a estar cobrando arriba de $124.000», aseguró Raverta, que señaló que el aumento interanual para jubilados de esta categoría será del 147%.

En detalle, la jubilación mínima será de $124.460 para los próximos tres meses.

También para jubilados, se ampliará el tope de devolución del IVA por el consumo con tarjeta de débito, que se cuadriplicará, al pasar de $ 4.000 a $ 18.000 por mes.

El reintegro es del 15% sobre el total de las compras en farmacias, comercios y mayoristas.

Para acceder al beneficio, los jubilados o pensionados sólo necesitarán pagar con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la que cobran su haber, y el dinero se reintegrará en la cuenta de forma automática en la misma cuenta bancaria, dentro de las 24 a 48 horas de efectuada.

Raverta recordó que ya hay más de 600.000 jubilados y pensionados que accedieron a los Créditos ANSES, que tienen una tasa subsidiada del 29% y un monto de hasta $400.000.

Estos créditos seguirán vigentes y se podrá acceder a través de un turno asistiendo a la oficina de ANSES más cercana del domicilio.

En relación con las políticas para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, señaló que los 2,4 millones de tutores de los beneficiarios accederán al aumento del 23,2% por Movilidad, que llevará el monto del programa a un total de $ 17.000 por beneficiarios, a lo que se sumará un refuerzo para los menores de 14 años a través del programa Alimentar.

«Las mamás que tienen hasta un hijo tendrán un aumento en el programa Alimentar de $ 22.000, las que tienen dos hijos tendrán un aumento de $ 34.500, y las mamás que tienen desde tres hijos en adelante $ 45.500», apuntó la titular de Anses.

Al respecto, dijo que la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, dará más detalles sobre este refuerzo «en las próximas horas».

Por último, los jóvenes 16 y 17 años que acceden a una beca Progresar, pasarán a cobrar $20.000 al mes, en lugar de los $12.780 vigentes.

La mejora en la becas impactará sobre casi medio millón de jóvenes de 16 y 17 años que reciben la beca Progresar.

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Aeronáuticos ratifican ante la OIT las denuncias contra Milei

Cuatro sindicatos del sector aeronáutico ratificaron y ampliaron ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) las denuncias contra el Gobierno por “violaciones al derecho de huelga, el deterioro de las condiciones laborales y la persecución de los líderes sindicales”.

Los gremios que hicieron las presentaciones fueron la Asociación Argentina de Aeronavegantes, Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), Asociación del Personal Aeronáutico (APA) y la Unión del Personal Superior y Profesional de Empresas Aerocomerciales (UPSA).

Juan Pablo Brey (Aeronavegantes), Pablo Biró (APLA), Rubén Fernández (UPSA) y Edgardo Llano (APA), reafirmaron su “compromiso inquebrantable” con la protección del derecho de huelga, reconocido como “una herramienta esencial de los trabajadores para defender sus derechos laborales, salariales y convencionales”.

Al respecto, Brey destacó el trabajo conjunto realizado desde el sector aeronáutico en la defensa de las condiciones laborales y de los derechos de todos los trabajadores del sector. En este sentido, afirmó que “sin derecho de huelga no hay libertad sindical plena” y que sin esta libertad “no es posible garantizar un trabajo digno”.

Además, repudió cualquier intento de utilizar la declaración de esencialidad, contenida en la Ley de Reforma Laboral, como “un mecanismo para restringir o limitar el ejercicio legítimo de la acción sindical”.

Y añadió: “La seguridad operacional y la prestación de servicios públicos no pueden ser justificativos para ignorar derechos fundamentales establecidos en la normativa nacional e internacional”.

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Kicillof presentó su libro ‘De Smith a Keynes’ en la UTN de Córdoba

En el marco de su visita a la provincia de Córdoba, el gobernador Axel Kicillof presentó este viernes su libro “De Smith a Keynes. Siete lecciones de historia del pensamiento económico”, en el auditorio de la UTN Regional Córdoba, junto al ministro de Gobierno, Carlos Bianco; el rector de la UTN, Rubén Soro; y el decano de la Regional Córdoba, Federico Olivo Aneiros.

Durante la jornada, el Gobernador suscribió convenios con la UTN para el dictado de 10 nuevas carreras en el marco del programa Puentes, y para realizar trabajos conjuntos entre el laboratorio de maquinaria agrícola, vial y minera de la facultad y las Chacras Experimentales bonaerenses.

En tanto, junto al intendente de Cosquín, Raúl Cardinali, firmó acuerdos para impulsar y promover el turismo y la cultura entre ambas jurisdicciones.

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Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno

La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.

La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.

La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.

La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.

Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.

El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.

En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".

Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.

¿Qué dispone la reforma?

Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.

También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.

Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.

La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.

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