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Hoteleros y gastronómicos van a la justicia por suspensiones
9 de junio de 2021
La Agrupación Hotelera y Gastronómica «25 de Mayo» solicitó que no se vuelva a prorrogar el acuerdo «inconstitucional» que permite suspender a trabajadores y aplicar reducciones superiores al 25% en el pago de los salarios.
A instancias del Ministerio de Trabajo de la Nación, la Agrupación Hotelera y Gastronómica 25 de Mayo impugnó y solicitó que se rechace la prórroga del acuerdo de suspensiones y rebajas salariales fundado en el artículo N°223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, en defensa de los trabajadores y las trabajadoras del sector que «no pueden seguir siendo rehenes de esta maniobra que infringe la Constitución Nacional».
La presentación firmada por Pablo Santín, integrante de UTHGRA y referente de la Agrupación, está dirigida al ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Claudio Moroni.
En la misma consta la voluntad de «impugnar el acuerdo» -y las sucesivas prórrogas- celebrado entre la Federación Empresaria Hotelero Gastronómica (FEHGRA) y UTHGRA, solicitando su rechazo por resultar «abiertamente inconstitucional», al igual que la normativa en que pretenden sustentarse (resolución 397/2020, acuerdo entre la CGT/UIA que incorpora la misma, decreto 529/2020) los que «resultan completamente violatorios de la intangibilidad del salario consagrada en nuestra norma suprema», según consta en la presentación.
Santín indicó al respecto que los artículos 14 bis y 75 de la Constitución establecen la «intangibilidad del salario y el derecho protectorio» y advierten que «cualquier prórroga del artículo 223 estaría violentando el salario», derechos que «están siendo vulnerados desde el inicio de la pandemia».
El 29 de abril del año pasado, UTHGRA y la Federación acordaron la «suspensión del contrato laboral (desde el 1° de abril de 2020), acordada en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo por el plazo de sesenta días», lo que implicó que el personal suspendido percibiera solo un 75% de su salario.
Así, el dirigente señaló que los acuerdos que aplican el artículo 223 Bis no sólo afectan a los trabajadores sino que además «están violentando la remuneración íntegra del salario» nada menos que en el marco de la pandemia, que dejó a más del 60% de los hoteleros y gastronómicos por debajo de la línea de pobreza.
Pablo Santín no sólo se opuso fervientemente a este acuerdo, sino que además remarcó que, en la práctica, los hoteleros y gastronómicos «han sido perjudicados en un porcentaje muy superior al indicado en el acuerdo, ya que la base utilizada para el cálculo de este porcentaje resulta inferior a la de un sueldo de convenio por tiempo completo, dado que la realidad de fraude laboral imperante en nuestra actividad (con sueldos en los que sólo una parte figura blanco) resulta sensiblemente inferior a la que correspondería».
Con lo cual, trabajadores y trabajadoras «no cobran ni siquiera el falso número del 75% de sus haberes -lo cual en sí mismo ya resultaría-, sino en muchos casos cobran apenas un 52% del sueldo neto», subrayó.
El acuerdo «inconstitucional», sin embargo, se fue prorrogando una y otra vez en estos meses. Recientemente volvió a vencer el 31 de mayo, razón por la que la Agrupación 25 de Mayo acudió formalmente al Ministerio para «rechazar enfáticamente» tanto el acuerdo como las prórrogas y planteó que «no puede seguir aplicándose esta maniobra ilegal».
«Apelamos a que el Ministerio tome una decisión que respalde el derecho de los trabajadores y las trabajadoras de nuestro rubro, que han sido rehenes de un acuerdo inconstitucional alcanzado entre empresarios y el sindicato a contramano de la situación crítica en la que se encuentran quienes, con sus innumerables esfuerzos, han favorecido la subsistencia de emprendimientos gastronómicos y hoteles a cuesta de sus salarios durante toda la pandemia», completó el autor de la presentación, a la espera de una respuesta que legitime los derechos constitucionales.
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LUZ VERDE
Finalmente, la ciudad contará con una ordenanza que permitirá tener un registro específico para las empresas de tecnología de movilidad, conocidas popularmente como prestadoras de apps de transporte.
En la ordenanza en cuestión se especifica que desde su entrada en vigencia plena, se estima unos 90 días, las plataformas deberán garantizar que quienes presten el servicio cuenten con licencia profesional, certificado de antecedentes penales actualizado, documentación del vehículo en regla, como así también la Verificación Técnica Vehicular (VTV) además de un seguro específico en vehículos con una antigüedad máxima de 15 años.
Por otra parte, se determinó también que los viajes solo podrán contratarse a través de las propias aplicaciones ya existentes. También que los trabajadores de apps no podrán captar pasajeros en la vía pública, actividad que solo podrán llevar adelante los taxistas, como lo venían haciendo.
En otro apartado de la ordenanza, aprobada por el Concejo Deliberante, también se determinó que las mencionadas empresas deberán ser las «responsables solidarias ante eventuales perjuicios que puedan sufrir usuarios o terceros».
Durante la sesión, votaron de manera positiva los bloques del PRO, La Libertad Avanza, la Coalición Cívica y la Unión Cívica Radical, mientras que lo hicieron en contra Unión por la Patria, el Frente Renovador y Acción Marplatense
Tras aprobación, el intendente Agustín Neme celebró la ordenanza que regulará el trabajo de aplicaciones de transporte, luego de haber sido aprobado por mayoría durante la sesión en el Concejo Deliberante que se llevó adelante este jueves.
'Desde hoy, taxis y aplicaciones conviven en Mar del Plata con reglas claras', expresó a través de las redes sociales, al tiempo que destacó que habrá 'más opciones para los usuarios, mejores condiciones para trabajar y reglas claras para todos'.

