Sociedad
SE VIENE LA REFORMA LA LABORAL
11 de diciembre de 2025
El Poder Ejecutivo avanzó con la presentación de la Ley de Modernización Laboral, un paquete integral que introduce cambios profundos en las normas de empleo, registración, negociación colectiva y contribuciones patronales. La reforma, que llega en medio de un replanteo general del esquema regulatorio argentino, incluye medidas de desburocratización, reducción de litigiosidad y nuevos incentivos para la contratación formal.
La iniciativa, que ingresó al Parlamento a través del Senado, abarca 79 páginas y detalla uno por uno los cambios que el oficialismo pretende introducir en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, la columna vertebral de la legislación laboral argentina.
El texto constituye la apuesta más ambiciosa de la gestión Milei para flexibilizar las condiciones de contratación y despido, redefinir derechos individuales y colectivos, y avanzar en una reducción permanente de las contribuciones patronales. En términos prácticos, el proyecto plantea un nuevo marco normativo que impacta de manera directa en la forma en que se organizan, se remuneran y se extinguen las relaciones laborales.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la creación del registro laboral centralizado en ARCA, que pasará a ser la única instancia válida de inscripción de trabajadores. A partir de esta modificación, ningún organismo podrá exigir requisitos adicionales, lo que busca simplificar trámites y unificar la información laboral en un solo sistema.
La Ley también introduce cambios amplios en el Régimen de Contrato de Trabajo. Entre ellos, la redefinición de qué conceptos integran las indemnizaciones, mayores posibilidades de pactar remuneraciones en moneda extranjera y un reordenamiento del tiempo de trabajo que permite nuevas modalidades de compensación horaria. Además, se endurecen los requisitos para las certificaciones médicas y se incorpora un esquema más amplio de beneficios no remunerativos.
En materia judicial, el Gobierno impulsa un cambio clave: las indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo pasarán a ser la única vía de reparación posible ante un despido. De esta manera, se elimina la posibilidad de iniciar reclamos adicionales por daños y perjuicios basados en el Código Civil y Comercial, con el objetivo declarado de reducir la litigiosidad.
Otro punto central es la reforma de la negociación colectiva. Se limita la llamada “ultraactividad”, que mantenía vigentes todos los convenios vencidos de manera indefinida.
Con la nueva norma, solo seguirán en pie las cláusulas normativas hasta que haya un nuevo acuerdo o una prórroga expresa. También se fortalece la autonomía de los convenios sectoriales de menor alcance y se reglamenta el carácter no remunerado de las asambleas sindicales.
Se habilita, asimismo, la conformación de los denominados «bancos de horas» que habilita a que las partes acuerden un régimen de compensación de las «horas extraordinarias» del trabajador siempre que se respeten las 12 horas de descanso mínimo legales (entre jornada y jornada, y de descanso semanal). Este esquema permitiría compensar tiempos dentro de la jornada laboral sin generar horas extra tradicionales, por ejemplo, acordando una reducción de carga horaria en momentos de menor demanda o la generación de francos compensatorios.
La iniciativa incorpora, además, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), al que los empleadores deberán aportar un 3% del salario de cada trabajador.
Ese fondo, administrado por entidades supervisadas por la Comisión Nacional de Valores, será inembargable y estará destinado exclusivamente a financiar indemnizaciones y otros pagos previstos por ley.
La reforma propone una reorganización del régimen de vacaciones con mayor flexibilidad para empresas y trabajadores. Establece que el período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque las partes podrán pactar fechas diferentes.
Se introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones en tramos nunca inferiores a siete días y se garantiza que cada trabajador pueda disfrutar vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. También se regula el procedimiento en caso de interrupción por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.
El texto amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Los llamados beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, etc.— se consolidan como no remunerativos, sin aportes ni contribuciones.
Se habilita la creación de componentes remunerativos dinámicos (fijos o variables) por negociación colectiva o decisión unilateral, los cuales no generan derechos adquiridos: no aplican ultraactividad ni continuidad tácita. Además se exige que todo salario en dinero sea abonado por acreditación bancaria o medios electrónicos, y se actualiza el régimen de recibos y deducciones.
La reforma impacta directamente en la ultraactividad: los nuevos componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación.
Se especifican los requisitos para acreditar la incapacidad. Se establece la exigencia de que los certificados médicos contengan diagnóstico específico, tratamiento y cantidad de días de reposo. Además, se prevé que sean emitidos por personal médico habilitado.
Se regula la exigencia de una junta médica en caso de discrepancia entre los profesionales.
Para incentivar la formalización, se establece el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que regirá durante un año y otorgará contribuciones patronales reducidas -del 2% por cuatro años- a quienes contraten a personas sin empleo formal reciente, monotributistas, desocupados o exempleados públicos. A su vez, la reforma contempla una reducción general de contribuciones, fijada en 17,40% para empleadores de grandes servicios y comercio, y en 15% para el resto del sector privado.
El proyecto incluye también un régimen especial para trabajadores de plataformas, como repartidores y choferes, a quienes se reconoce como prestadores independientes con requisitos operativos y de cobertura específicos para las empresas que administran las aplicaciones.
Finalmente, la ley incorpora otros cambios vinculados al sistema tributario y al clima de inversiones, como la reducción de alícuotas del Impuesto a las Ganancias corporativo y la creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, que promueve la amortización acelerada.
El texto del proyecto cierra: “Con estas medidas propuestas, el proyecto continúa en la senda de simplificación y ordenamiento normativo que el Gobierno viene impulsando desde el inicio de su gestión, orientada a eliminar distorsiones, depurar afectaciones, unificar criterios, dotar de neutralidad al sistema, simplificar y reducir costos de cumplimiento. Este proceso se guía por un principio innegociable: resguardar el equilibrio fiscal que tanto esfuerzo demandó alcanzar”.
Se mantiene la obligación del trabajador de sostener el empleo al trabajador que presente una disminución definitiva como consecuencia de accidente o enfermedad, pero se habilita la reducción del salario para que sea acorde a las nuevas condiciones de categoría y jornada.
Se elimina la exigencia del empleador de preavisar durante el periodo de prueba.
El proyecto introduce regulaciones que reconfiguran el rol gremial en ciertos casos. Por ejemplo, los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales que impliquen tutela. Limita deducciones automáticas a favor de sindicatos sólo cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos.
Asimismo, se establece que los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa para ser válidos, reforzando controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.
Fuente: Agencia DIB
País
ENDEUDAMIENTO FAMILIAR
La mora total consolidada del crédito a personas físicas continúa creciendo y alcanzó en junio el 17,5% del monto total otorgado, según el Monitor mensual de crédito a las familias elaborado por la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Austral junto con ECO GO. Se trata del vigésimo aumento mensual consecutivo.
El deterioro registrado durante el último año y medio es significativo. En diciembre de 2024, la mora total por monto representaba el 3,6% del crédito; en diciembre de 2025 había escalado al 12,6% y en junio de 2026 llegó al 17,5%. En 18 meses, el nivel se multiplicó por 4,9.
“La mora sigue subiendo y ya se lleva casi uno de cada seis pesos prestados”, advierte Martín E. Masci, coautor del informe, profesor asociado e investigador en la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Austral.
En junio, la irregularidad aumentó 0,3 puntos porcentuales respecto de mayo y 10,5 puntos frente al mismo mes de 2025. Además, el 26,1% de los deudores registra mora, 8,8 puntos más que un año atrás.

Fuertes diferencias entre provincias
La radiografía provincial muestra importantes contrastes. La Rioja registra la mayor mora por monto del país, con 24,5%, seguida por San Luis (22,6%) y Santa Cruz (22,2%). En el otro extremo se encuentran La Pampa (9,1%), CABA (11,9%) y Entre Ríos (13,4%).
En términos de endeudamiento —medido como crédito sobre PBG provincial—, Tucumán, Catamarca y Formosa presentan los niveles más altos.
El crédito no bancario concentra el deterioro
“El crédito no bancario concentra el deterioro”, señala Martín E. Masci. Los proveedores no financieros de crédito (PNFC) representan el 14,1% del crédito nacional a personas, pero presentan una mora por monto del 31%, más del doble que el 15,2% del sistema financiero.
El deterioro de la calidad de la cartera convive con una expansión del crédito. Sobre el universo comparable de entidades, el crédito real aumentó 0,1% mensual y 9,1% interanual. Además, las 24 jurisdicciones registraron crecimiento real frente a junio de 2025, con subas de entre 1,8% y 13,1%.
El volumen total de crédito a personas físicas informado en junio alcanzó los $97,1 billones, de los cuales $83,4 billones corresponden al sistema financiero y $13,7 billones a proveedores no financieros.
Sobre el informe
El Monitor mensual de crédito a las familias es elaborado por la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Austral y ECO GO a partir de la Central de Deudores del BCRA. Pese a su denominación, el universo analizado corresponde específicamente a personas físicas, no a unidades familiares: incluye personas con saldo positivo informado a la Central de Deudores y excluye personas jurídicas.
El trabajo fue elaborado por Marina Dal Poggetto, Sebastián Menescaldi, Sebastián Balsells y Martín E. Masci.
FOTO GENTILEZA
Sociedad
El emotivo homenaje del Barcelona a Jorge Messi
Antes de que comenzara el partido amistoso de Barcelona vs. Nottingham Forest, se realizó un emotivo minuto de silencio por la muerte de Jorge Messi ocurrido este sábado por la madrugada.
Sociedad
Diferencias en el costo de vida entre Argentina, Uruguay y Chile
Un informe reflejó esas variables de los tres países limítrofes, en un momento en que la emigración por trabajo surge como una posibilidad.
Uruguay y Chile siempre han sido plazas atractivas para los argentinos que analizan la posibilidad de emigrar por trabajo, por lo que las comparativas entre el salario y costo de vida entre los tres países resultan fundamentales para conocer mejor la situación a la que se podría llegar.
Al momento de tener que decidir si se deja la Argentina por cuestiones laborales, los países limítrofes surgen como una posibilidad: juegan a favor la cercanía geográfica, el idioma compartido, la estabilidad económica y los indicadores de seguridad ciudadana.
Además, Uruguay se destaca por la similitud de costumbres y una política migratoria amigable; mientras que Chile resalta por la alta valoración de los profesionales argentinos, su desarrollo urbano y la calidad de su infraestructura.
En ese sentido, un informe de la compañía Randstad analizó las dos variables entre los distintos países mencionados, a partir de los ingresos medios en cada región: 1.600.829 pesos argentinos, 34.600 pesos uruguayos y 1.333.905 pesos chilenos.
Asimismo, cada país fija la remuneración mínima que rige por ley. El salario mínimo vital y móvil en Argentina es de 376.600 pesos argentinos; del otro lado del charco se posiciona en 25.383 pesos uruguayos; y en el país trasandino en 555.553 pesos chilenos.
Remuneración por ocupación
El relevamiento aporta información sobre los salarios de referencia en cada país para distintos roles laborales:
- Operario industrial: 1.500.000 pesos argentinos; 27.000 pesos uruguayos; y 600.000 pesos chilenos.
- Empleado administrativo: 1.800.000 pesos argentinos; 35.000 pesos uruguayos; y 590.300 pesos chilenos.
- Programador Junior: 1.800.000 pesos argentinos; 60.000 pesos uruguayos; y 945.900 pesos chilenos.
Al respecto, el informe aclara que estos valores son de referencia, dado que las remuneraciones varían según distintos factores y se encuentran por encima de los umbrales iniciales. "Dependen de la calificación, del nivel de estudios máximo alcanzado y la actualización profesional del candidato, así como de su trayectoria, seniority y expertise", explicaron.
Costo de vida
El primer factor relevado, y el más importante por el peso relativo que tiene, es el de la vivienda. Se tomó como referencia un departamento de dos ambientes, un dormitorio, en una zona media de la ciudad.
- Buenos Aires: el alquiler promedia los 860.000 pesos, lo que representa más de la mitad (54%) del salario bruto promedio del sector privado.
- Montevideo: el alquiler promedia los 20.500 pesos uruguayos, lo que representa el 59% del salario bruto promedio del sector privado.
- Santiago: el alquiler promedia los 652.000 pesos chilenos, lo que representa casi la mitad (49%) del salario bruto promedio del sector privado.
Es decir, el costo habitacional más elevado recae en Uruguay, seguido por Argentina y en último lugar Chile.
Si se lo compara con el relevamiento de Randstad en agosto de 2024, se observa que el peso relativo del alquiler sobre el salario promedio registró cambios mínimos en Buenos Aires (donde pasó del 53% al 54%) y en Montevideo (disminuyó del 60% al 59%). La principal variación se registra en Santiago de Chile, donde este indicador descendió del 64% al 49%, reflejando una evolución favorable del peso relativo del costo de vivienda en relación a los salarios.
"Tener un panorama del costo de vida de la ciudad de destino es vital, tomando en cuenta que se trata en general de decisiones impulsadas por la búsqueda de una mejora económica. Especialmente el costo de vivienda, educación y salud tienen un peso relativo importante que determinan la posibilidad de ganar en calidad de vida y capacidad de ahorro al concretar un cambio", explicaron en la compañía, por lo que "resulta fundamental analizar la decisión de manera integral, considerando las principales variables que tendrán incidencia en el costo de vida del día a día en el país de destino".
El costo de la canasta básica y el precio de los alimentos es otro de los factores centrales que conforman el costo de vida. Tomando como referencia el Índice Big Mac, el relevamiento da cuenta de las diferencias según el país:
- Buenos Aires: 15.800 pesos argentinos, 0,99% del salario medio bruto.
- Montevideo: 629 pesos uruguayos, 1,82% del salario medio.
- Santiago: 8.790 pesos chilenos, 0,66% del salario bruto chileno.
El precio del combustible también influye de manera directa, dado el impacto en la movilidad y en la formación de precios de gran parte de los productos y servicios de la economía.
- Buenos Aires: el litro de nafta súper se comercializa en aproximadamente 2.058 pesos argentinos (0,13% del salario medio bruto).
- Montevideo: 88,67 pesos uruguayos (0,26% del salario medio bruto).
- Santiago: 1.583 pesos chilenos (0,12% del salario medio bruto).
Agencia NA

