País
Nuevas regulaciones para pilotos: menos descanso, más horas de vuelo
4 de junio de 2025
El Gobierno Nacional modificó mediante un DNU los tiempos máximos de vuelo y períodos de descanso para las tripulaciones de vuelo y de cabina de pasajeros, alineándolos a los estándares estadounidenses de la industria. Lo hizo a través de la publicación hoy en el Boletín Oficial del DNU N° 378/2025 para concretar una reforma que fue impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación.
“La nueva normativa se formuló en base a lineamientos técnicos aeronáuticos, despojándola de connotaciones gremiales o políticas que han obrado en perjuicio de la industria y del mercado”, sostiene el comunicado difundido por la Secretaría de Transporte de la Nación.
Indicaron que “la medida tendrá un impacto favorable para cualquier línea aérea que quiera operar en la República Argentina y pone al sector al servicio de los argentinos”, ya que “permite que los operadores aerocomerciales cuenten con más libertades para organizar la operación beneficiando a empresas y pasajeros que contarán con una mayor competitividad y más opciones de vuelo; siempre priorizando la seguridad operacional del sistema”.
Modificaciones
-Tiempo de vuelo y de servicios de vuelo: No se incluye el tiempo de traslado del personal al aeropuerto como inicio o finalización del servicio, ni las actividades realizadas fuera del control del explotador. Es decir, anteriormente se consideraba tiempo de trabajo el traslado del personal al aeropuerto (pilotos o tripulantes de cabina de pasajeros) así como el tiempo de espera hasta iniciar el vuelo, ahora ese tiempo no va a estar contemplado como horas trabajadas.
-Tiempo mínimo de descanso semanal: Será de 30 horas semanales alineándolo a la normativa de la Administración Federal de Aviación norteamericana (FAA). Antes de esta modificación el personal tenía 36 horas consecutivas de descanso semanal, lo que encarecía el costo de las tripulaciones ya que, para cubrir las mismas horas de vuelo en Argentina, se necesitaba más personal que en EEUU.
-Horas máximas de vuelo: Serán 1000 horas al año y 8 horas diarias, anteriormente eran 800 horas al año y 10 por día. Esto también colaborará en reducir los costos para las aerolíneas haciéndolas más competitivas.
-Vacaciones: Se dispondrán 15 días consecutivos de descanso anual y se elimina la noción sumatoria. La norma anterior contemplaba 30 días consecutivos de descanso anual para cualquier piloto que recién ingresaba a una línea aérea y a estos días se sumaban los 15 días de vacaciones de Ley, encareciendo los costos del sistema. Para tener en cuenta, en EEUU un piloto goza de 14 días de vacaciones durante sus primeros cinco años en una empresa.
El alcance de la norma será sobre los servicios de transporte aéreo regular y no regular, quedando excluidos el taxi aéreo, las operaciones con helicópteros, el trabajo aéreo, y el transporte de carga, quienes deberán cumplir las regulaciones técnicas que dicte la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
“De esta manera, se continúa otorgando mayores libertades al sector aéreo, desburocratizando la industria con la eficientización de los recursos, para consolidar la apertura del mercado aerocomercial argentino y favorecer el ingreso de nuevas compañías e inversiones”, concluye el comunicado.
La medida afecta particularmente a los pilotos y tripulantes de cabina de Aerolíneas Argentinas, que gozaban de mayores privilegios que el resto de sus colegas de otras compañías aéreas.
Y se concreta en el momento en que los pilotos nucleados en la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), ha anunciado un paro de actividades para el 10 de junio próximo en demanda de reclamos salariales.
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Reforma Laboral: la Corte rechazó el per saltum que planteó el gobierno
La Corte Suprema rechazó el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.
La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.
La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.
La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.
Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.
El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.
En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte "no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia".
Ante esto, concluyó que "se declara inadmisible el recurso interpuesto" por el Gobierno el pasado 16 de abril.
¿Qué dispone la reforma?
Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.
También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización (artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.
Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.
La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.
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Escándalo en la AFA: los veedores judiciales no pudieron entrar
Los técnicos del Ministerio de Justicia se encontraron con la sede de Viamonte cerrada y un cartel que derivaba la atención a Pilar. La IGJ investiga inconsistencias por USD 450 millones en los balances de la gestión de Claudio Tapia.
En un nuevo capítulo de la creciente tensión entre la Casa Rosada y la conducción de Claudio "Chiqui" Tapia, los veedores designados por el Ministerio de Justicia de la Nación no pudieron ingresar este miércoles a la sede histórica de la calle Viamonte. El operativo, que buscaba dar inicio a una fiscalización de 180 días sobre los balances y contratos de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), terminó con una nota dejada por debajo de la puerta y un conflicto de jurisdicciones que promete escalar a la Justicia.
El abogado Diego Coste y el contador Miguel Pappacena, enviados oficiales del Gobierno, llegaron a las 13 a la sede central con el objetivo de requerir documentación contable y administrativa. Sin embargo, se encontraron con el edificio cerrado y un cartel que indicaba que la administración debía buscarse en un predio de Pilar, en la provincia de Buenos Aires.
El conflicto por el domicilio y los US$ 450 millones
La Inspección General de Justicia (IGJ) sostiene que la AFA ha fallado en explicar inconsistencias por USD 450 millones en sus balances de los últimos ocho años. Además, el Gobierno investiga la creación de una universidad no registrada y contratos con empresas bajo la lupa por presunto lavado de dinero, como TourProdEnter y SurFinanzas.
El intento de la AFA de trasladar su sede social a Pilar es visto por el Ministerio de Justicia como una "maniobra de evasión" para salir de la órbita de control de la IGJ (que tiene competencia en CABA) y pasar a la jurisdicción bonaerense. Esta mudanza ya había sido rechazada por el organismo estatal al constatar que en el predio de Pilar no existen instalaciones administrativas operativas.
PUERTAS CERRADAS. El abogado Diego Coste y el contador Miguel Pappacena llegaron a la sede de la AFA para iniciar la veeduría, pero debieron dejar el pedido bajo la puerta al no ser recibidos por ninguna autoridad.
Fotos: RSFotos
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Pesqueros extranjeros ingresan a Mar Argentino en busca de resguardo
La Prefectura Naval Argentina monitorea el ingreso de más de 140 buques pesqueros extranjeros a la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA) ante el fuerte temporal pronosticado para el Atlántico Sur.
La tarea fue adoptada luego de que distintas empresas y asociaciones pesqueras solicitaran refugio preventivo frente a las condiciones meteorológicas adversas previstas para los próximos días. En ese contexto, el Servicio Meteorológico Nacional emitió un aviso de temporal para la región, difundido a la comunidad marítima a través de las estaciones costeras de la Prefectura Naval Argentina desplegadas sobre el litoral marítimo.

Las embarcaciones permanecerán en sectores determinados de la ZEEA durante aproximadamente tres días.
La Prefectura estableció que los buques deberán cumplir estrictamente las disposiciones establecidas por el Régimen Federal de Pesca y por el “Procedimiento de actuación ante solicitud de la flota pesquera extranjera para ingresar a la Zona Económica Exclusiva Argentina en busca de resguardo por condiciones meteorológicas desfavorables”, implementado en el marco de las facultades del Estado ribereño y de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).
Entre las medidas impuestas se encuentra la prohibición absoluta de realizar tareas de pesca, investigación o exploración mientras permanezcan dentro de aguas jurisdiccionales argentinas. Asimismo, las embarcaciones deberán mantener sus artes de pesca aseguradas sobre cubierta, conservar apagadas las luces vinculadas a maniobras pesqueras y mantener activos de forma permanente los sistemas AIS de identificación y posicionamiento para permitir el monitoreo continuo por parte de la Autoridad Marítima.
Además, los capitanes deberán, por razones de seguridad de la navegación y preservación de la vida humana en el mar, mantener escucha radial permanente con la estación costera correspondiente e informar periódicamente su posición durante toda la permanencia en la zona de abrigo.

En paralelo, la flota pesquera nacional también adoptó medidas preventivas y se desplazó hacia áreas seguras para evitar los efectos del temporal.
La Prefectura Naval Argentina informó que continuará realizando el seguimiento permanente de las embarcaciones mediante el Sistema Guardacostas y las distintas estaciones costeras desplegadas a lo largo del litoral marítimo, manteniendo informadas a las autoridades nacionales competentes sobre la evolución de la situación.

