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Opción para pagar servicios públicos sin incluir las tasas municipales

16 de octubre de 2024

El Banco Nación ofrecerá a sus clientes la opción de cancelar sus boletas de servicios públicos sin incluir las tasas municipales ilegalmente agregadas en las boletas.

Concretamente, los usuarios de la entidad, tendrán la opción desde la app BNA+ de pagar las boletas de servicios sin tasas municipales en aquellas jurisdicciones donde los intendentes resisten la prohibición de sumarlas.

Todos los bancos del país, a través de sus plataformas de pago, están en condiciones de ofrecer a sus clientes esta misma opción.

“La iniciativa del Banco Nación promueve la libertad de elección ya que nuestro ordenamiento jurídico posee rango constitucional y es una forma de dejar atrás el trato indigno a los consumidores, especialmente los más vulnerables”, explicó el presidente del BNA, Daniel Tillard.

Programa de Reconversión y Eficiencia Energética

En el marco del convenio entre el BNA con la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, y dentro del “Programa de Reconversión y Eficiencia Energética” para promover el uso racional en hogares y empresas industriales y comerciales, se prorrogaron las distintas líneas de financiamiento que benefician a hogares, y a empresas industriales y comerciales.
Asimismo, se incluyó el rubro de movilidad sustentable para financiar la compra de bicicletas, motos y monopatines eléctricos, hasta reconvertir el vehículo con equipo de gas natural comprimido y así volverlo más eficiente.


De esta manera, a través de la “Tienda BNA+”, se pueden adquirir productos en hasta 30 cuotas a tasas del 0% y, exclusivamente por el portal “BNA CONECTA” durante el Cyber Monday y Cyber Week -que se extenderá del 4 al 11 de noviembre-, los usuarios tienen la posibilidad de realizar compras con las tarjetas AgroNación y PymeNación con una bonificación especial de 1ppa a cargo del Banco sobre la tasa actualmente vigente del 36% TNA.


Por otra parte, para la adquisición de bienes relacionados con la operatoria, y abonando a través de PymeNación o AgroNación en “BNA CONECTA”, se accede a 18, 24 o 36 cuotas, a tasa de interés fija del 34% TNA.
Además, el Banco Nación ofrece créditos para personas, en actividad laboral o jubilados, con plazos de hasta 60 meses y con una bonificación de la tasa de interés a cargo del Banco de 2ppa, sobre las actualmente vigentes, lo que permite alcanzar valores de entre el 45% TNA y 97% TNA, según el tipo de usuario y si percibe o no haberes en el BNA.
Se lanzó una línea específica para empresas para los destinos de reconversión y eficiencia energética/movilidad sustentable, con las siguientes características:
• Usuarios: empresas bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de todos los sectores económicos, incluyendo MiPyMEs y grandes empresas.
• Tasa de Interés:

  • MiPyMEs: Primeros 3 años 32% TNA fija. Resto del plazo Badlar + 4 ppa.
  • MiPyMEs LIP: Primeros 3 años 31% TNA fija. Resto del plazo Badlar + 4 ppa.
  • Grandes empresas: Primeros 3 años 37% TNA fija. Resto del plazo Badlar + 5 ppa.
    • Plazo:
  • MiPyMEs y grandes empresas: Hasta 10 años.
  • MiPyMEs LIP: Desde 6 a 10 años.
    • Período de gracia: se podrá otorgar hasta 24 meses de período de gracia exclusivamente para aquellos proyectos de financiamiento que, debido a sus
    particularidades, así lo requieran. Esto aplica sólo para el capital y no para el pago de intereses.
    Cabe destacar que, en la primera etapa de la campaña que se extendió desde el 8 de agosto al 30 de septiembre, la “Tienda BNA+” concretó ventas por más de $ 10,4 mil millones, 9.400 operaciones distribuidas a lo largo de todo el país y un ahorro anual de 3.172 MWh.
    El 90% de las unidades vendidas corresponden a las categorías: Refrigeración, Climatización y Lavado. Además, la Provincia de Buenos Aires lideró las transacciones seguida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias de Córdoba, Santa Fe y Mendoza.
    Todos los productos incluidos en el programa están identificados mediante un logo especial que facilita su reconocimiento.
    Esta acción ha demostrado ser una herramienta valiosa para los ciudadanos, permitiéndoles acceder a productos de tecnología energéticamente eficiente que no solo reducen el consumo de energía, sino que también generan un ahorro significativo en sus facturas mensuales.

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Operativo de emergencia en el mar



En medio del mar y a 194 kilómetros de la costa - unas 105 millas náuticas -, la Prefectura Naval Argentina realizó una "aeroevacuación" de emergencia de un tripulante que se encontraba a bordo del buque pesquero “Magdalena”.


El procedimiento se inició cuando el capitán de la embarcación informó al Centro Gestión Tráfico Marítimo de Comodoro Rivadavia que uno de los tripulantes, de 47 años, presentaba dolor en el pecho y en la zona baja del lado izquierdo, acompañada con hipertensión arterial.

De inmediato, se realizó una radioconsulta con médicos de la Fuerza, quienes indicaron medicación, reposo y el desembarco del hombre. Ante la persistencia del cuadro clínico y luego de una nueva evaluación médica, los profesionales recomendaron realizar una evacuación, por lo que se activó el operativo de rescate.


De inmediato, Prefectura desplegó el avión PA-25 y el helicóptero PA-41. Las aeronaves partieron desde Viedma y Comodoro Rivadavia, respectivamente.

Luego de las maniobras de aproximación, el paciente fue izado mediante una canasta sanitaria y trasladado por vía aérea hasta tierra firme, donde lo aguardaba una ambulancia para su derivación a un centro asistencial y la continuidad del tratamiento médico. Por el momento, el hombre quedó internado en el área de terapia intensiva para la realización de estudios médicos.

https://twitter.com/PrefecturaNaval/status/2087922262464704899

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Armas: Reglamentan la tenencia de silenciadores y miras nocturnas

El Gobierno nacional reglamentó las condiciones para la tenencia, registración y utilización de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego, a través de la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida establece que los legítimos usuarios de armas de uso civil condicional podrán solicitar autorización para estos dispositivos, siempre que acrediten ser miembros de una entidad de tiro autorizada o cuenten con una licencia o permiso de caza vigente. También deberán declarar el material que buscan registrar y demostrar que poseen armas compatibles inscriptas a su nombre.

La resolución dispone que estos elementos tendrán una registración independiente de las armas y que la autorización no quedará vinculada exclusivamente a un arma determinada, sino que podrán utilizarse en distintos materiales compatibles registrados por el mismo usuario.

Además, los dispositivos importados que no tengan numeración de fábrica deberán recibir un número de serie asignado por el RENAR, mientras que su fabricación, importación, exportación y comercialización quedará limitada a usuarios comerciales habilitados por el organismo.

Armas recibidas por herencia
La normativa también establece un nuevo procedimiento para registrar armas y otros materiales controlados recibidos por herencia, incluso cuando todavía no exista declaratoria judicial.

En esos casos, el interesado deberá ser legítimo usuario vigente o iniciar ese trámite, acreditar el vínculo con el fallecido, presentar una declaración jurada certificada y solicitar la correspondiente tenencia. La registración tendrá únicamente efectos administrativos y no implicará reconocimiento de derechos sucesorios.

Ante conflictos u oposiciones entre posibles herederos, el RENAR podrá suspender preventivamente el trámite hasta que exista una resolución judicial o un acuerdo entre las partes.

Nuevos requisitos para portar armas de guerra
La Resolución 48/2026 también reglamenta la solicitud de portación de armas de guerra por parte de legítimos usuarios individuales.

Entre los requisitos se encuentran contar con la condición vigente de legítimo usuario, tener autorizada la tenencia del arma, presentar un informe del Registro Nacional de Reincidencia sin anotaciones, acreditar aptitud psicofísica, idoneidad para el manejo y porte y demostrar un medio lícito de vida.

Cada solicitud será sometida además a un análisis integral de riesgo, que tendrá en cuenta la actividad del solicitante, su exposición a amenazas verificables, antecedentes registrales y otros factores de riesgo.

La Comisión de Portaciones y Sanciones deberá emitir un dictamen previo y fundado. Las autorizaciones podrán ser suspendidas, denegadas o revocadas si dejan de existir las condiciones que justificaron su otorgamiento o si el usuario pierde su habilitación.

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Una familia necesitó más de $1.564.000 para no ser pobre

Una familia con cuatro integrantes necesitó 1.564.716 pesos para no ser pobre en julio de 2026, reveló este jueves el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Además, el organismo oficial sostuvo que ese grupo familiar, conformado por una pareja y dos niños, requirió 708.016 pesos para no ser considerado indigente.

En la medición de la variación mensual de la canasta básica alimentaria (CBA), en julio fue de 2,6% mientras que la de la canasta básica total (CBT) fue de 2,2%. Estos datos fueron difundidos este jueves, junto con la inflación medida a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se ubicó en el 2,1 por ciento.

La variación interanual, en tanto, se ubicó en el 37,4% para la canasta alimentaria y en el 36,1% para la canasta total.

La medición de junio de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) había trepado un 1,3%, cuando la inflación fue del 1,9%. En tanto, la Canasta Básica Total (CBT) -que se amplía a bienes y servicios esenciales no alimentarios- había subido un 2,2%.

Según aquella medición previa, una familia con cuatro integrantes necesitaba 1.531.473 pesos para no ser pobre en junio de 2026. Además, el INDEC había establecido un piso de 689.853 pesos para que ese grupo familiar no sea considerado indigente.

En el nuevo reporte dado a conocer este jueves, el INDEC señaló que la línea de indigencia para un adulto que se mantiene solo se ubicaba en los 229.131 pesos, mientras el límite de la pobreza para esa persona fue de 506.381 pesos.

En el cálculo para las familias de tres, cuatro o cinco integrantes, los pisos de indigencia fueron de 563.663 pesos, 508.016 pesos y de 744.677 pesos respectivamente.

En tanto, el Indec estimó que la pobreza alcanzaba a esos grupos de familia si no llegaban a 1.245.696 pesos, 1.564.716 pesos y 1.645.737 pesos, según su conformación de tres, cuatro o cinco integrantes.

El reporte de la canasta básica alimentaria y la total se dio en forma paralela al de la inflación que para julio de 2026 fue del 2,1 por ciento, de acuerdo a la suba de los precios al consumidor (IPC) respecto de junio y que en lo que va del año también acumularon un alza de 19,3%.

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