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Reforma laboral: Propuestas de las Pymes ante la próxima reglamentación

22 de agosto de 2024

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) le propuso al secretario de Trabajo de la Nación, Julio Cordero, una serie de puntos que la entidad considera fundamentales para tener en cuenta en el momento de la reglamentación de la reforma laboral por parte del Poder Ejecutivo Nacional (PEN).  Hoy en la Argentina hay unas 50.000 pequeñas y medianas empresas menos que hace 10 años. Ese es uno de los motivos por los que CAME ve como positiva una adecuación laboral a los tiempos nuevos, pero sin pérdida de derechos adquiridos. Es necesario generar nuevas condiciones, en estos nuevos tiempos, para muchos formatos laborales que no son tenidos en cuenta con la actual legislación. Las consideraciones y propuestas sugeridas por CAME son: 
Promoción del empleo registrado: La normativa establece que los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley y que en la reglamentación se estipularán los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse. Asimismo, se podrán establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para las micro, pequeñas y medianas empresas.
Desde CAME se propone específicamente que para empresas con Certificado MiPyme vigente, en los casos de regularización de hasta doce trabajadores, se prevé la extinción del total de la deuda del empleador por falta de pago de aportes y contribuciones destinados a los diferentes subsistemas de la seguridad social: PAMI,
Seguro de Salud, Fondo Nacional del Empleo, ART y Obras Sociales, entre otras. Los empleadores que inicien una nueva relación o regularicen una preexistente gozarán de una reducción de sus contribuciones a la seguridad social del 50% en los primeros doce meses y del 25% en los doce meses subsiguientes. Además, la registración de los empleados no declarados producirá la liberación de las infracciones, multas y sanciones por incumplimientos a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
Simplificación registral: La normativa propone un sistema de simplificación registral. Atento a que ya existen sistemas simplificados para el alta y la registración de empleados, reglamentar el presente artículo se convierte en abstracto, por lo que CAME sugiere no reglamentar el mismo o repetir los mismos conceptos en la reglamentación.
El artículo establece que la registración deberá ser simple, inmediata, expeditiva y realizarse a través de medios electrónicos. Eso hoy se está haciendo cuando se toma a una persona, aunque sea a prueba, inmediatamente tiene que dar el alta correspondiente. Después define que para la autoridad de aplicación –un mecanismo ágil, simplificado y diferenciado para la confección de los recibos de sueldo– actualmente existe el libro de sueldos digital que sirve para exportar la información para los recibos de sueldo.
Este se toma como base del Formulario 931, que es el que distribuye los fondos a cada una de las entidades destinatarias, tanto de los aportes de los empleados como de la contribución del empleador. Entonces podemos decir que ya está unificado y que ya hay una entidad recaudadora que distribuye.
Fondo de cese laboral: la normativa establece que las partes podrán, mediante convenio colectivo de trabajo, sustituir la indemnización prevista en el artículo 245 de la Ley 20.744 por un fondo o sistema de cese laboral conforme con los parámetros que disponga el PEN. Los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado a su costo a fin de solventar la indemnización prevista.
CAME expresa que, constituido mediante convenio colectivo de trabajo, el presente fondo excluye la opción de la contratación del sistema privado a los fines de los rubros indemnizatorios, o la posibilidad de autoasegurarse por parte de las empresas.
A todo efecto la empresa conservará siempre la facultad de contratar un sistema de seguro privado para solventar la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme el artículo 241 de la Ley 20.744.
Trabajadores independientes con colaboradores: la norma establece que el trabajador independiente podrá contar con hasta otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.
Estará basado en la relación autónoma sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras. Incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación. En este sentido la propuesta de CAME es que podrá utilizarse la figura establecida en el artículo cuando la actividad esté comprendida dentro de un convenio colectivo de trabajo.
Asimismo, las relaciones deberán ser declaradas –altas, bajas y modificaciones– en el sistema que establezca la Secretaría de Empleo, Trabajo y de la Seguridad Social.

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La Fuerza Aérea Argentina celebró sus 114 años

 La Fuerza Aérea Argentina celebra este lunes el 114º aniversario de la creación de la Escuela de Aviación Militar, la cual surgió de la iniciativa de los primeros aficionados argentinos, entre los que se encontraba Jorge Newbery, que fue quien se ofreció para adiestrar a los oficiales y mediante una colecta compró los primeros aparatos militares.

Se trata de una fecha que tiene su origen en los primeros pasos de la aviación militar en el país y la citada Escuela de Aviación Militar es considerada el antecedente directo de la actual Fuerza Aérea. La aviación surgió en Argentina como un deporte que practicaban unos pocos que querían cruzar el Río de la Plata o la Cordillera de los Andes en globo o en avión.

En tanto, la historia comenzó el 10 de agosto de 1912, cuando el entonces presidente Roque Sáenz Peña firmó el decreto que creó la Escuela de Aviación Militar en El Palomar, provincia de Buenos Aires y que fue el primer organismo estatal destinado a la enseñanza del vuelo militar y la primera unidad aérea militar del país.

En 1954 se estableció esta fecha como “Día de la Fuerza Aérea Argentina”, reconociéndose a la citada escuela como la primera unidad aérea militar de nuestro país, mientras que la historia de la Fuerza Aérea quedó atravesada por distintos episodios de la historia argentina, entre ellos la Guerra de Malvinas de 1982, en la que sus pilotos participaron en operaciones contra las fuerzas británicas.

Durante la celebración se llevó a cabo el Pasaje aéreo de los F-16 que hará el siguiente recorrido: Obelisco porteño, aeroparque Jorge Newbery, Costanera Norte y estadio Monumental de River.

La Fuerza Aérea había señalado en un flyer que difundió a través de su cuenta oficial de Instagram: “Si te gustan los aviones, no te los podés perder. Prepará la cámara del celular y todas las ganas de escuchar…Rugir los motores”.

En tanto, varias aeronaves sobrevolaron cielos porteños para conmemorar el día de la Fuerza Aérea Argentina y hubo un desfile terrestre que protagonizaron los hombres y mujeres que integran la institución.

Además, se supo que se llevó cabo una ceremonia presidida por el ministro de Defensa, teniente general Carlos Alberto Presti, y de la misma participó el jefe de la Fuerza, brigadier general Gustavo Javier Valverde. (NA)

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Adiós al ‘Día de las Infancias’: Regresa del ‘Día del Niño’ en agosto

El presidente Javier Milei firmó el decreto 562/2025, publicado en el Boletín Oficial, mediante el cual se restablece oficialmente la denominación “Día del Niño” para la celebración dedicada a los más chicos.

El cambio recupera el nombre tradicional que durante los últimos años había sido reemplazado en distintos ámbitos por otras denominaciones, como el Día de las Infancias.

La celebración se realiza actualmente el tercer domingo de agosto, aunque la fecha atravesó distintas modificaciones a lo largo de los años. Desde 1960 se instaló de manera continua y, posteriormente, los cambios estuvieron vinculados tanto a cuestiones sociales como a pedidos del sector comercial, particularmente de la Cámara del Juguete, que buscaba favorecer las ventas.


En 2011, la celebración debió trasladarse al 21 de agosto debido a la coincidencia con las PASO previstas para el domingo 14. Dos años más tarde, en 2013, quedó establecido el tercer domingo de agosto como fecha fija, con el objetivo de evitar coincidencias con jornadas electorales y brindar mayor previsibilidad a las familias y los comercios.

El nombre de la celebración también fue motivo de debate. En 2020, Gabriel Lerner, entonces secretario Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, había planteado reemplazar la expresión “Día del Niño” con el argumento de promover una mirada que contemplara la diversidad de la niñez.

Con el nuevo decreto, la gestión de Milei decidió recuperar formalmente la denominación tradicional, una decisión que vuelve a poner en discusión el significado cultural y simbólico de la fecha.

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Las ventas minoristas pyme bajan 3,8% interanual en julio


Las ventas minoristas pyme registraron un descenso interanual del 3,8% durante el mes de julio. Asimismo, la comparación respecto al mes anterior también mostró una contracción del 2,1%. De esta manera, en los primeros siete meses del año, se acumuló un retroceso del 2,7%.

El descenso en la medición interanual obedeció al agotamiento de la liquidez extraordinaria aportada por el aguinaldo en el mes anterior. La ausencia de este dinamizador coyuntural, combinada con la mayor incidencia de las tarifas de servicios invernales sobre el presupuesto familiar, profundizó la cautela del consumidor y desaceleró el ritmo general de la actividad.

En lo que respecta a la percepción cualitativa sobre el estado del negocio, el 48,1% de los comerciantes consultados sostuvo que su nivel de actividad se mantuvo estable con relación al mismo período del año anterior, cifra que evidenció un descenso de dos puntos porcentuales en comparación con el relevamiento del mes de junio. Esta retracción en la lectura neutral se tradujo de forma directa en un incremento de las valoraciones pesimistas, observándose que la proporción de comercios que definió su escenario operativo como desfavorable ascendió del 43,1% al 44,5% en el transcurso del último mes.

En cuanto a las proyecciones a doce meses, el 46,3% de los relevados prevé que su nivel de actividad no experimentará cambios significativos. Por otro lado, un 42,4% estima un escenario futuro más favorable, lo que representa un avance de 4,7 puntos porcentuales en la visión optimista respecto al mes anterior, mientras que el 11,3% restante aguarda un deterioro en el desempeño de su negocio. Finalmente, en lo relativo a las decisiones de financiamiento, el 61,5% de los locales juzgó que la coyuntura resulta desfavorable para concretar nuevas inversiones de capital, en tanto que el 14% la consideró oportuna y el 24,5% optó por no fijar una posición al respecto.

En el desglose por sectores, seis de las siete actividades relevadas mostraron retrocesos en la comparación interanual. Los mayores descensos se concentraron en Textil e indumentaria (-5,6%), Bazar, decoración, textiles para el hogar y muebles (-5,5%) y Alimentos y bebidas (-5,4%). En contraste, el único rubro que logró terreno positivo fue Ferretería, materiales eléctricos y materiales para la construcción (+1%).

El índice general de ventas minoristas informado por CAME mide las ventas realizadas por los comercios relevados bajo cualquier modalidad.
Durante julio se detectó que las ventas online realizadas por los comercios con local a la calle registraron un incremento interanual del 14,9% y una baja intermensual desestacionalizada del -0,1%.

El desempeño minorista del mes de julio evidenció una marcada desaceleración interanual, explicada por el agotamiento de los impulsos coyunturales y la inyección de liquidez que habían dinamizado el período previo, por el ya mencionado cobro del aguinaldo. La pérdida persistente de capacidad adquisitiva, agravada por la incidencia de los costos de las tarifas de servicios durante el invierno sobre el presupuesto familiar, derivó en una demanda defensiva y fragmentada. En este escenario, el consumo se acotó a la adquisición de bienes indispensables de la canasta básica, fármacos recetados e insumos de reposición inmediata, postergando de manera sistemática las decisiones de compra en bienes durables, indumentaria, amoblamiento y productos de mayor valor unitario.

Por el lado de la oferta, la concreción de operaciones se mantuvo condicionada por el uso de promociones bancarias, billeteras digitales y descuentos por pago al contado, ante la saturación de los márgenes crediticios de los consumidores. En paralelo, los comercios enfrentaron una compresión de sus márgenes de rentabilidad producto de las constantes alzas en los costos de reposición, el encarecimiento logístico y la presión de la competencia informal e importada. Frente a esta coyuntura de costos al alza y de ventas contenidas, el empresariado pyme sostuvo una postura de marcada cautela financiera, congelando planes de inversión de capital y priorizando el sostenimiento del flujo operativo.

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