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Le niegan la libertad condicional al padre Julio César Grassi

22 de agosto de 2024

El Tribunal en lo Criminal N°1 de Morón rechazó el pedido de libertad condicional del padre Julio César Grassi (68), condenado a 15 años de prisión por abuso sexual infantil. La sentencia del sacerdote termina en mayo de 2028. Grassi había asegurado que tiene “contención familiar y económica” y afirmó que estaba preparado para la reinserción, pero los jueces impugnaron su pedido “de conformidad con lo normado por leyes nacionales y provinciales” y “la Convención sobre los Derechos del Niño”. Los fundamentos del fallo se darán a conocer el 2 de septiembre.

“Soy inocente, y estoy respetando lo que la ley me está pidiendo”, había asegurado Grassi, que se representó a sí mismo ya que se recibió de abogado en la cárcel, a los jueces. “Tengo un sentimiento genuino de ser inocente, porque soy inocente, y estoy respetando lo que la ley me está pidiendo para acceder al beneficio de la libertad condicional”, destacó este jueves por la mañana antes de conocerse el fallo del tribunal, integrado por los jueces Mariana Maldonado, Juan Carlos Uboldi y Claudio José Chaminade.

Luego de un cuarto intermedio, la magistrada Maldonado anunció a las 13.30 que el tribunal resolvió por unanimidad “en primer término, no hacer lugar a la nulidad del dictamen del departamento técnico criminológico planteado por Julio César Grassi y, en segundo término, denegar la libertad condicional a Julio César Grassi de conformidad con lo normado por la ley nacional y provincial de víctimas, leyes procesales, provinciales, normas concordantes y coincidentes del Código Penal, con especial mirada y ponderación de la Convención sobre los Derechos del Niño”.

La jueza comentó luego que los fundamentos de la decisión judicial “se van a dar a conocer el próximo lunes 2 de septiembre”.

Desde la cárcel de Campana, donde está alojado, el sacerdote habló por Zoom ante los integrantes de la audiencia. Lo escuchaba el abogado Juan Pablo Gallego, querellante en la causa por el Comité de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en Argentina (Casacidn), quien estaba en desacuerdo a la salida en libertad. En la misma tesitura se ubica el particular damnificado Sergio Piri, en representación de la víctima conocida como Gabriel.

“Mi postura es la de oponerme al pedido por el daño que esto le podría producir a las víctimas. Grassi no acepta haber cometido los delitos, no acepta hacer ningún tipo de tratamiento psicológico. El hermano es quien propone el lugar donde va a vivir pero él también niega los hechos. Por todos esos elementos rechazamos el pedido: por su perfil no está en condiciones de ser externado”, aseguró Gallego.

La condena a 15 años de prisión del cura se conoció el 10 de junio de 2009, luego de nueve meses de debate y el testimonio de 130 testigos. Grassi había llegado imputado por 17 hechos, pero los jueces lo encontraron “autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima, reiterado en dos hechos, en concurso real entre sí, que a su vez concurren formalmente con corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda”. Estos ilícitos fueron cometidos en 1996 y 1997 en la Fundación Felices Los Niños, dirigida por Grassi y ubicada en William Morris, partido de Hurlingham.

En 2010, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense desestimó las impugnaciones y confirmó la sentencia condenatoria. Tres años después, la Suprema Corte de Justicia provincial rechazó los recursos extraordinarios y luego la Corte Suprema, en 2017, dejó firme la condena.

La pena se fijó hasta agosto de 2026 por la aplicación del instituto procesal conocido como “dos por uno”. Pero la Cámara de Apelaciones de Morón declaró la inaplicabilidad de ese beneficio en julio del año pasado y ordenó fijar la culminación de la condena para el 30 de mayo del 2028, computada desde la detención del cura en 2013.

Así las cosas, el padre Grassi ejerce este jueves su propia defensa para argumentar sus razones respecto del pedido que le dirigió al presidente del tribunal con el fin de que “dicte resolución concediendo mi libertad condicional a la cual me asiste derecho a partir del día 24 de mayo de 2023″.

Para fundamentar su petición, Grassi citó casos concretos de orden internacional donde hubo presos por “error judicial que pueden llevar a una persona a la cárcel”. También dijo que el informe psicológico que se le realizó en este incidente “no dice que tengo una actitud donde considere que los delitos -de abuso- están bien. Todo lo contrario, yo he militado en mi acción como sacerdote contra todo tipo de maltrato frente a los niños y los adolescentes y las personas mayores. No es mi actitud decir que esos delitos están bien, para mí son aberrantes y los repudio. Y lo he demostrado con las acciones pastorales y educativas que he realizado”.

El Código Penal, en su artículo 13, establece que los condenados a prisión por más de tres años con dos tercios de la pena cumplida “podrán obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento -penitenciario- e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”. Ese cuerpo legal también aclara que este beneficio no se aplica para los delitos contra la integridad sexual. (DIB)

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El ‘dólar supermercado’ le gana al blue

Mientras cada vez más supermercados se suman a la estrategia de aceptar dólares para tratar de aumentar las ventas, los consumidores empiezan a estar alertas al valor ofrecido por cada establecimiento.

Así, los centros de compras comienzan a competir no sólo en el precio de los productos, sino también en el valor al que aceptan la divisa.

A esto se suma que los súper aceptan los billetes “cara chica”, que algunas casas de cambio rechazan.

Mientras el dólar blue subió a $1.360, el mayorista Diarco paga $1.400.En tanto, el autoservicio Yaguar, de Río Negro, lo acepta a $1.390.En Córdoba, la cadena Súper Mami lo paga $1.375. Por su parte, Híper Tehuelche, de Neuquén, a $1.265. (NA)

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Subastan una Ferrari roja confiscada a un clan narco y que había usado Maradona

Dos camionetas de alta gama y una impactante cupé Ferrari incautadas al clan Loza, una banda narcocriminal considerada de las más poderosas en Argentina, serán subastadas de manera anticipada ante el “riesgo de deterioro” de esos bienes confiscados en 2019. Catalogada como una organización de narcotráfico transnacional que ingresaba en avionetas grandes cargamentos de cocaína, e incluso exportaba a Europa, la red tuvo una conexión local que quedó al descubierto con el triple crimen de Ybarlucea y un secuestro de drogas cerca de Ramallo. La Ferrari en cuestión había sido usada por Diego Armando Maradona en al década del 90.

La Ferrari F430, una camioneta Chevrolet 3100 de diseño y una pick up Chevrolet Silverado fueron incautadas al clan que comenzó a ser investigado en 2017 por la Justicia federal. Dos años después, parte de los integrantes fueron procesados y en diciembre de 2021 diez de ellos recibieron condenas de entre 4 y 10 años de prisión por lavado de activos, asociación ilícita y contrabando de divisas. Entre ellos Erwin “El Nene” Loza, considerado jefe de la organización, sentenciado a 10 años de prisión y a pagar una multa de 378 millones de pesos.

En esa sentencia del Tribunal en lo Penal Económico Nº3 se dispuso el decomiso de los bienes obtenidos con ganancias del delito. De acuerdo con la investigación, la estructura criminal adquiría cocaína en Argentina y otros países de Sudamérica y los transportaba, por vía marítima o aérea, a España, donde violaba los controles aduaneros para ingresar la mercadería que luego se comercializaba en distintos puntos de Europa.

Un equipo de fiscales al mando del procurador general interino Eduardo Casal promovió en 2019 una demanda civil autónoma contra 35 personas por un total de 190 bienes incautados a la organización. En octubre pasado los fiscales solicitaron que se ordene la “disposición anticipada” ya que “no sólo presentaban riesgo de desvalorizarse y deteriorarse” sino que “requerían de un mantenimiento oneroso y generaban una erogación alta”, a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).

La famosa Ferrari F430 que un juez federal ordenó subastar para evitar su deterioro y los gastos de mantenimiento.
La famosa Ferrari F430 que un juez federal ordenó subastar para evitar su deterioro y los gastos de mantenimiento.

El juez Gonzalo Auguste, titular del juzgado federal en lo Civil y Comercial Nº 10 de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a la medida, conocida como extinción de dominio. Tuvo en cuenta la relevancia del caso penal, los gastos de resguardo y reparación de los vehículos y el riesgo de desvalorización. Así, dispuso la intervención de un perito que deberá coordinar con la AABE la organización de la subasta, la fecha y la base. Una vez realizada, se dispondrá el destino del dinero obtenido.

El clan fue acusado de lavar dinero en más de 800 millones de pesos, dinero que habrían usado para adquirir a través de testaferros inmuebles, empresas y autos. Entre ellos la famosa Ferrari que manejó Maradona en los 90 y en la que asistía a los entrenamientos de Boca. Era uno de los elementos de lujo que estaban en poder de la banda, a la cual le decomisaron inmuebles en los barrios porteños de Recoleta, Caballito y Belgrano, así como en San Isidro, Pilar, Mar del Plata, Pinamar y Salta.

Una conexión local del clan Loza fue, para la Justicia, “Calavera” Pelozo, preso en el penal de Ezeiza y relacionado además con Esteban Lindor Alvarado. En estos días quedó en el centro de la mirada judicial cuando en allanamientos en tres provincias fueron detenidas 14 personas bajo la sospecha de integrar su banda. A la cual se le atribuyen los homicidios de los mecánicos Silvio Vitullo y Diego Segura, cometidos en diciembre de 2022 en Garnica, Lomas de Zamora.

Entre los detenidos está Gregorio Gómez, un abogado rosarino que podía ingresar a la cárcel para contactar a Calavera y de quien se sospecha que pasaba datos al resto de la banda. Pelozo también había sido mencionado en la causa por el triple crimen de Iván Maximiliano Giménez, su hija Elena de un año, y su pareja Érica Vanesa Romero, baleados tras asistir a una fiesta de casamiento en enero de 2022 en Ybarlucea, donde tenía su base de operaciones. Pelozo habría sido proveedor de Giménez.

En agosto del año pasado, Pelozo fue condenado por el tráfico de 389 kilos de cocaína transportados desde Salta hasta Ramallo, donde Gendarmería incautó la carga en septiembre de 2020. Una logística que se realizó con la participación del clan Loza. Ese cargamento marcó la caída en desgracia de Adelaida "Reina Titi" Castillo —hoy condenada— una salteña que conducía la chata en la que iba el cargamento y era mano derecha y delegada de Pelozo, y parte del clan Loza.

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Fernández denunció a Fabiola por la difusión de sus videos íntimos con Tamara

En medio de la causa que le inició Fabiola Yañez por violencia de género, el expresidente Alberto Fernández hizo una presentación donde acusó a su expareja por “violación de secreto y su difusión, como así también del acceso ilegítimo a mi nube de Google”, por la difusión de los videos de Fernández con Tamara Pettinato en Casa Rosada. El exmandatario habló de “hechos falsos”, de “campaña de desprestigio”, de “escarnio público” y responsabiliza a Yáñez por los videos publicados.

Alberto Fernández admitió que el teléfono en el que había filmado a la mediática “se lo regaló a su hijo Francisco, con todas las claves”, y como la ex primera dama lo tenía “hizo un uso doloso de ese teléfono para lo cual no estaba habilitada”.

Tamara Pettinato en un videos que estaba en el celular que Fernández le regaló a su hijo de 2 años. (Captura de video)
Tamara Pettinato en un videos que estaba en el celular que Fernández le regaló a su hijo de 2 años. (Captura de video)

De acuerdo con lo trascendido, en el escrito el expresidente relató: “Ese celular marca Samsung se lo di a mi hijo para que juegue y pueda ver videos infantiles en YouTube y similares. Es por ello que acuso a su madre, una persona adulta y con pleno conocimiento para acceder a mi información privada y mucho menos difundirla”.

A su vez, argumentó: “Que mi hijo tenga el celular no habilita a la Sra. Yañez a que extraiga información privada sobre mi persona y de terceros ajenos al proceso”.

Mientras tanto, Fernández comentó: “Es indudable que he sido víctima de una intromisión ilícita en mi privacidad por parte de terceros y es un deber estatal que se recobre el estado de derecho a fin de sancionar dicha conducta”.

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