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Verano Covid-19: más dudas que certezas

19 de octubre de 2020

Acompañado por el ministro de Producción, Augusto Costa y el intendente Guillermo Montenegro, el gobernador Axel Kicillof, presidió un acto en el Museo MAR y en el que se anunció cómo será la temporada de verano en Mar del Plata y en resto de los centros turísticos de toda la Costa Atlántica.

Tras los anuncios, muchos puntos quedaron en el aire y que deberán ser aclarados cuanto antes para evitar confusiones que pueden atentar contra el ‘éxito’ de una temporada que de por sí viene muy vapuleada por la cuarentena.

Con grandes limitaciones y ciertas indefiniciones en cuanto a la implementación de las medidas anti Covid-19, se dispuso que la temporada será más extensa de lo habitual ya que comenzará el 1 de diciembre y finalizará el 4 de abril. Los propietarios no residentes podrán ingresar a los municipios a partir del 1 de noviembre.

No habrá actividades de entretenimiento y esparcimiento en lugares cerrados ya que Costa aseguró que desde la Provincia “no ven que estén dadas las condiciones para entretenimiento, esparcimiento o actividades culturales en espacios cerrados”. Esto incluiría a teatros, casinos, bingos y boliches. De todas maneras, el ministro Costa aseguró: “Vamos a trabajar con los sectores para que puedan desarrollarse en espacios abiertos”.

En lo que tiene que ver con la actividad de la Gastronomía y la hotelería, se establecerán aforos máximos para cada actividad, en función de las dimensiones edilicias. Solo se permitirán espacios con ventilación natural o ventilador, quedando prohibidos los sistemas centrales de acondicionamiento por comprobarse que favorecen el contagio.

Tampoco se permitirán los espacios comunes, salvo las piletas, que deberán funcionar con turnos y aforos. En tanto, los campings no funcionarán por disponer de espacios comunes como baños y balnearios, algo señalado como “no conveniente”.

Se aclaró que no van a ser obligatorio los testeos aunque se reforzará los sistemas de testeo, asistencia sanitaria y medidas de prevención.  “En caso de que alguna persona que viajó dé positivo, deberá regresar, en la medida de lo posible, a su lugar de residencia”, señaló el ministro agregando que en el caso de que la persona y su grupo de contacto no pueda regresar, el Municipio deberá tener a disposición centros de aislamiento.

Asimismo, se aclaró que para poder viajar y desplazarse en la provincia de Buenos Aires,  los  ocasionales turistas deberán contar previamente con una aplicación de celular similar al plan  Cuidar.

 La versión “verano” de la app incluirá los datos de destino, hospedaje y todo el grupo de pasajeros que viajen juntos. No se aclaró que ocurre en los casos en que esta app no haya sido cargada en el celular de quien llega o si falta alguno de los datos exigidos como, por ejemplo, el lugar de hospedaje.

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Justicia volvió a avalar el cobro de la tasa vial

El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 rechazó un amparo de la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas de Mar del Plata (Cetac) contra el cobro de la tasa vial, lo que representa un nuevo respaldo judicial a la constitucionalidad del tributo.

En la sentencia, el juez Simón Isacch desestimó los planteos de la Cetac, que había cuestionado la tasa vial por considerar que constituye un impuesto al consumo “encubierto” y que resulta incompatible con el Régimen de Coparticipación Federal.

La entidad empresaria también había planteado la existencia de una “doble imposición”, debido a que la tasa vial coexiste con el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, lo que, según su interpretación, contradice disposiciones de la Constitución Nacional.

Otro de los argumentos de la Cetac apuntaba a la falta de una relación directa entre el pago del tributo y el servicio de mantenimiento vial. La cámara sostuvo que no todas las personas que abonan la tasa utilizan las calles de la ciudad y que, a la inversa, existen usuarios de la red vial que no pagan el gravamen.

Frente a esos planteos, el Municipio sostuvo que la tasa vial no constituye un nuevo tributo, sino un componente de la Tasa de Servicios Urbanos destinado al mantenimiento de las calles, que fue separado para comenzar a percibirse a través del consumo de combustible. También defendió la existencia de una prestación concreta como contraparte del pago: la conservación y el mantenimiento de la red vial municipal.

En sus fundamentos, Isacch se ajustó al criterio establecido por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, que a fines de 2024 había rechazado una demanda similar presentada por el entonces diputado provincial Guillermo Castello.

El antecedente tenía además una particularidad: en una resolución anterior, el propio Isacch había declarado la inconstitucionalidad de la tasa vial a partir de los planteos formulados por Castello. Sin embargo, al analizar ahora la demanda de la Cetac, el magistrado adoptó el criterio fijado posteriormente por la Cámara de Apelaciones, con el argumento de que un nuevo pronunciamiento en sentido contrario probablemente sería revocado en una instancia superior.

En aquel fallo, la Cámara había considerado que la red vial constituye un servicio “uti universi”, es decir, destinado a la comunidad en general. Por ese motivo, entendió que no es necesario que exista una utilización “individualizada” del servicio por parte de cada contribuyente. Según ese criterio, alcanza con que la prestación esté organizada y sea efectivamente brindada a la comunidad.

El tribunal también había establecido que el hecho imponible de la tasa no debe definirse exclusivamente a partir del elemento utilizado para cuantificarla -en este caso, los litros de combustible-, sino que debe considerarse la causa jurídica del gravamen: el financiamiento de un servicio municipal concreto.

A partir de esos argumentos, Isacch concluyó que la tasa vial no resulta análoga al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y que, por lo tanto, no configura una doble imposición prohibida por el Régimen de Coparticipación Federal.

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