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Nueva ley ómnibus

9 de abril de 2024

El gobierno tiene previsto enviar este miércoles el borrador de la nueva ley ómnibus, más acotada que la anterior, a los diputados nacionales de los bloques dialoguistas y mandatarios provinciales con el fin de pulir el texto final, que podría ingresar el viernes al Congreso para comenzar con el tratamiento en comisión la semana próxima.https://8840530256b3da1333bd49b38893d4a7.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-40/html/container.html

Entre las novedades sumadas a la iniciativa oficial, como parte de la reforma fiscal, se incluirá el piso de Ganancias. También todo lo vinculado a la reforma laboral, salvo aquellos artículos que afectan los derechos de los sindicatos y sus obras sociales. Sí mantendrán los vinculados al monto indemnizatorio, a las multas y al período de prueba. De todos modos, esas propuestas se incorporarán en el tratamiento en comisión.

El proyecto del Ejecutivo llega acompañado por un capítulo fiscal, a tratar de modo conjunto, e incluye la modificación del impuesto a las ganancias retrotrayendo la eliminación de la cuarta categoría y llevando el piso a 1.800.000 pesos para trabajadores solteros y $2,2 millones para casados.

Los números fueron definidos tras las recientes reuniones que el ministro de Interior, Guillermo Francos, y el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, mantuvieron con los gobernadores más cercanos a la Casa Rosada, entre ellos el santafesino Maximiliano Pullaro, y los diputados dialoguistas.

Tanto en el bloque de La Libertad Avanza (LLA) como entre sus aliados del PRO hay optimismo respecto de que la nueva versión de la ley Bases avanzará en Diputados.

Consideran que es un proyecto mejorado con las modificaciones acordadas en el primer intento que fracasó en febrero pasado por la falta de acuerdo en el articulado relacionado a la reforma del Estado y, principalmente, con las privatizaciones.

Respecto del texto definitivo, trascendió que en el primer artículo (más de 260 en total) se declara “la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año”.

El texto de ese artículo va en sintonía con las condiciones acordadas en Diputados antes de que cayera el proyecto original del Ejecutivo.

La nueva ley ómnibus establece también que el gobierno “informará mensualmente y en forma detallada al Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”.

El segundo capítulo está ligado a la reforma del Estado y alude la reconfiguración de la administración central. Al respecto, la Rosada fija la posibilidad de su “reorganización, centralización, transformación, fusión, escisión, disolución total o parcial y transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos”.

Por lo pronto, la prueba de fuego es la evaluación de los mandatarios de la Patagonia, los más duros acerca de Ganancias, que pasará a llamarse Ingresos Personales.

En Balcarce 50 creen que la mejora en la oferta del piso que habían propuesto inicialmente y la introducción de nuevas escalas serán medidas suficientes para convencer a Alberto Weretilneck (Río Negro), Rodolfo Figueroa (Neuquén), Ignacio Torres (Chubut), Gustavo Melella (Tierra del Fuego), Sergio Ziliotto (La Pampa) y Claudio Vidal (Santa Cruz).

Paralelamente, el Gobierno de Córdoba adelantó su decisión de acompañar en el Congreso el nuevo proyecto de ley Bases impulsado por el oficialismo como primer paso rumbo al Pacto de Mayo, convocado por el presidente Javier Milei.

En ese sentido, la vicegobernadora cordobesa, Myrian Prunotto, destacó que desde el primer momento el mandatario de esa provincia, Martín Llaryora, “estuvo abierto al diálogo” y destacó el vínculo que mantiene con el ministro de Interior en las negociaciones por el texto de la flamante ley.

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Operativo de emergencia en el mar



En medio del mar y a 194 kilómetros de la costa - unas 105 millas náuticas -, la Prefectura Naval Argentina realizó una "aeroevacuación" de emergencia de un tripulante que se encontraba a bordo del buque pesquero “Magdalena”.


El procedimiento se inició cuando el capitán de la embarcación informó al Centro Gestión Tráfico Marítimo de Comodoro Rivadavia que uno de los tripulantes, de 47 años, presentaba dolor en el pecho y en la zona baja del lado izquierdo, acompañada con hipertensión arterial.

De inmediato, se realizó una radioconsulta con médicos de la Fuerza, quienes indicaron medicación, reposo y el desembarco del hombre. Ante la persistencia del cuadro clínico y luego de una nueva evaluación médica, los profesionales recomendaron realizar una evacuación, por lo que se activó el operativo de rescate.


De inmediato, Prefectura desplegó el avión PA-25 y el helicóptero PA-41. Las aeronaves partieron desde Viedma y Comodoro Rivadavia, respectivamente.

Luego de las maniobras de aproximación, el paciente fue izado mediante una canasta sanitaria y trasladado por vía aérea hasta tierra firme, donde lo aguardaba una ambulancia para su derivación a un centro asistencial y la continuidad del tratamiento médico. Por el momento, el hombre quedó internado en el área de terapia intensiva para la realización de estudios médicos.

https://twitter.com/PrefecturaNaval/status/2087922262464704899

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Armas: Reglamentan la tenencia de silenciadores y miras nocturnas

El Gobierno nacional reglamentó las condiciones para la tenencia, registración y utilización de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego, a través de la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida establece que los legítimos usuarios de armas de uso civil condicional podrán solicitar autorización para estos dispositivos, siempre que acrediten ser miembros de una entidad de tiro autorizada o cuenten con una licencia o permiso de caza vigente. También deberán declarar el material que buscan registrar y demostrar que poseen armas compatibles inscriptas a su nombre.

La resolución dispone que estos elementos tendrán una registración independiente de las armas y que la autorización no quedará vinculada exclusivamente a un arma determinada, sino que podrán utilizarse en distintos materiales compatibles registrados por el mismo usuario.

Además, los dispositivos importados que no tengan numeración de fábrica deberán recibir un número de serie asignado por el RENAR, mientras que su fabricación, importación, exportación y comercialización quedará limitada a usuarios comerciales habilitados por el organismo.

Armas recibidas por herencia
La normativa también establece un nuevo procedimiento para registrar armas y otros materiales controlados recibidos por herencia, incluso cuando todavía no exista declaratoria judicial.

En esos casos, el interesado deberá ser legítimo usuario vigente o iniciar ese trámite, acreditar el vínculo con el fallecido, presentar una declaración jurada certificada y solicitar la correspondiente tenencia. La registración tendrá únicamente efectos administrativos y no implicará reconocimiento de derechos sucesorios.

Ante conflictos u oposiciones entre posibles herederos, el RENAR podrá suspender preventivamente el trámite hasta que exista una resolución judicial o un acuerdo entre las partes.

Nuevos requisitos para portar armas de guerra
La Resolución 48/2026 también reglamenta la solicitud de portación de armas de guerra por parte de legítimos usuarios individuales.

Entre los requisitos se encuentran contar con la condición vigente de legítimo usuario, tener autorizada la tenencia del arma, presentar un informe del Registro Nacional de Reincidencia sin anotaciones, acreditar aptitud psicofísica, idoneidad para el manejo y porte y demostrar un medio lícito de vida.

Cada solicitud será sometida además a un análisis integral de riesgo, que tendrá en cuenta la actividad del solicitante, su exposición a amenazas verificables, antecedentes registrales y otros factores de riesgo.

La Comisión de Portaciones y Sanciones deberá emitir un dictamen previo y fundado. Las autorizaciones podrán ser suspendidas, denegadas o revocadas si dejan de existir las condiciones que justificaron su otorgamiento o si el usuario pierde su habilitación.

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Una familia necesitó más de $1.564.000 para no ser pobre

Una familia con cuatro integrantes necesitó 1.564.716 pesos para no ser pobre en julio de 2026, reveló este jueves el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Además, el organismo oficial sostuvo que ese grupo familiar, conformado por una pareja y dos niños, requirió 708.016 pesos para no ser considerado indigente.

En la medición de la variación mensual de la canasta básica alimentaria (CBA), en julio fue de 2,6% mientras que la de la canasta básica total (CBT) fue de 2,2%. Estos datos fueron difundidos este jueves, junto con la inflación medida a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se ubicó en el 2,1 por ciento.

La variación interanual, en tanto, se ubicó en el 37,4% para la canasta alimentaria y en el 36,1% para la canasta total.

La medición de junio de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) había trepado un 1,3%, cuando la inflación fue del 1,9%. En tanto, la Canasta Básica Total (CBT) -que se amplía a bienes y servicios esenciales no alimentarios- había subido un 2,2%.

Según aquella medición previa, una familia con cuatro integrantes necesitaba 1.531.473 pesos para no ser pobre en junio de 2026. Además, el INDEC había establecido un piso de 689.853 pesos para que ese grupo familiar no sea considerado indigente.

En el nuevo reporte dado a conocer este jueves, el INDEC señaló que la línea de indigencia para un adulto que se mantiene solo se ubicaba en los 229.131 pesos, mientras el límite de la pobreza para esa persona fue de 506.381 pesos.

En el cálculo para las familias de tres, cuatro o cinco integrantes, los pisos de indigencia fueron de 563.663 pesos, 508.016 pesos y de 744.677 pesos respectivamente.

En tanto, el Indec estimó que la pobreza alcanzaba a esos grupos de familia si no llegaban a 1.245.696 pesos, 1.564.716 pesos y 1.645.737 pesos, según su conformación de tres, cuatro o cinco integrantes.

El reporte de la canasta básica alimentaria y la total se dio en forma paralela al de la inflación que para julio de 2026 fue del 2,1 por ciento, de acuerdo a la suba de los precios al consumidor (IPC) respecto de junio y que en lo que va del año también acumularon un alza de 19,3%.

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