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Gobierno y CGT van a la Cámara de Apelaciones del Trabajo por capítulo laboral del DNU

27 de enero de 2024

La CGT reclamó ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que se declare la invalidez de todo el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, promulgado por el Gobierno de Javier Milei, mientras que el Estado Nacional busca que el mismo tribunal revierta el fallo de primera instancia que invalidó seis artículos de esa reforma.

La CGT buscó explicar en su apelación qué con la aplicación del capítulo cuarto del DNU, ya sea de modo total o parcial, se generan daños concretos para los trabajadores en forma directa y actual, por lo que recalcó la necesidad de declarar la inconstitucionalidad de ese título del decreto que promueve una reforma laboral.

«Adviértase que no se pretende un pronunciamiento dogmático o académico. Se requiere la desactivación de un acto manifiestamente ilegítimo y perjudicial (para los representados y para los representantes)», sostuvo la CGT en la presentación encabezada por sus secretarios Generales Carlos Acuña, Héctor Daer y Pablo Moyano.

«No puede desconocerse que hay daño actual: 1) Cuando se niega la aplicación de la norma de protección en emprendimientos de hasta 5trabajadores. 2) Cuando se reformulan presunciones. 3) Cuando se priva de todo efecto al trabajo clandestino. 4) Cuando se priva de la aplicación del régimen general a quienes sufren actos de discriminación. 5) Cuando se habilita el pago en cuotas de lo resuelto por una sentencia judicial. 6) Cuando se prolonga el periodo de prueba (extendiendo al posibilidad de al extinción de la relación sin consecuencias)», señalaron, a modo de ejemplo.

«¿Cómo se solventaría la aplicación inmediata del pago en 12 cuotas de la indemnización por despido sin causa? ¿Qué herramientas son las que permiten ‘en tiempo oportuno’ evitar el daño de la aplicación inmediata?», se preguntaron los representantes de la CGT para justificar por qué reclaman la invalidez de todo el capítulo cuarto del DNU.

«Un trabajador discriminado por su preferencia sexual o por su actividad gremial, ¿accedería al restablecimiento del vínculo a de las condiciones alteradas o debería conformarse con una ‘indemnización agravada’? ¿Es esto posible en materia de Derechos Fundamentales?», plantearon en el afán de citar más ejemplos.

El Estado Nacional, por su parte, presentó su apelación con el objetivo de revertir el fallo de primera instancia con el que la jueza Liliana Rodríguez Fernández que declaró la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulación económica del gobierno Milei.

La magistrada resolvió «declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97» del DNU 70/2023, aunque aclaró que «gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario».

La jueza laboral de feria acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que, según su consideración, afectan «de modo directo» los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores, según explicaron a Télam fuentes judiciales.

Para los abogados que representan al Estado Nacional, «la sentencia impugnada se dictó prescindiendo de la realidad imperante que actualmente transita nuestra Nación».

«El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 resulta ser una herramienta fundamental para afrontar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria, social y económica que sufre nuestro país, con su dictado se lograrán alcanzar objetivos de bienestar para la comunidad a partir de la desregulación de la economía», sostuvieron.

«En ese marco de emergencia, resulta coherente proceder a la actualización del régimen laboral para permitir la inserción de la República Argentina en el mercado económico internacional globalizado», afirmaron para justificar la reforma laboral a través del DNU.

«Y es que el marco normativo laboral que se encontraba vigente no resultó eficaz para combatir el empleo informal y tampoco como impulsor de la creación de nuevas fuentes de trabajo. En ese aspecto, aquellas normas que oportunamente pudieron ser elementales para el crecimiento económico de una comunidad en un momento histórico determinado, hoy constituyen mecanismos que impiden en el libre juego de la oferta y la demanda de la fuerza de trabajo, siendo un factor destacable en la crisis», justificaron.

«No puedo dejar de señalar que el legal y legítimo ejercicio del derecho a huelga ha quedado desnaturalizado por completo. El derecho constitucional a huelga ha quedado en las últimas décadas convertido en una instancia de violencia, de irrespetuosidad al derecho de otros», sostuvo la abogada Jorgelina Sonzogno, en representación del Estado Nacional.

La referencia al derecho a huelga tiene que ver con que la jueza que intervino en primera instancia declaró la invalidez e inaplicabilidad de los artículos que se refieren al derecho colectivo que limitaban el ejercicio de ese derecho al declarar «esenciales» o «de importancia trascendental» más de 60 actividades. Agencia Telam

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Portada digital del día 6/5/2026

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Nación lanza Títulos de Deuda en el mercado, tras más de 30 años

Después de más de tres décadas, el Banco Nación vuelve al mercado de capitales local con una emisión de Títulos de Deuda, operación que representa una nueva alternativa de inversión para sus clientes y, al mismo tiempo, fortalece la capacidad prestable de la entidad para llegar a más argentinos: más PyMEs que quieren crecer, más familias que sueñan con su casa propia y más productores que necesitan financiamiento para expandirse.


Los fondos que se recauden se destinarán directamente a fortalecer el crédito en la economía real: MiPyMEs que podrán ampliar su capacidad productiva, familias que accederán a financiamiento para su vivienda, exportadores que contarán con respaldo para crecer en mercados externos y economías regionales que encontrarán en el Banco un socio para su desarrollo.


La colocación contempla tres clases de títulos de deuda, diseñadas para ofrecer alternativas de inversión en distintas monedas y perfiles:
• Clase 1 (Pesos): a 12 meses, tasa variable (TAMAR Privada más margen), intereses trimestrales y amortización al vencimiento.
• Clase 2 (Dólar): a 36 meses, tasa fija a licitar, intereses semestrales y amortización al vencimiento.
• Clase 3 (UVA): a 24 meses, tasa fija a licitar, intereses trimestrales y amortización en cuotas a partir del mes 12.


El monto máximo conjunto de la emisión se estableció en el equivalente a USD 50 millones, ampliable a un monto máximo de US$ 1.500 millones, dentro del programa vigente.
La emisión estará abierta tanto a personas humanas como jurídicas, clientes y no clientes del Banco, quienes podrán participar, cumpliendo con los requisitos habituales del mercado, como la apertura de cuenta comitente y la validación del perfil de inversor.
El Banco Nación da así un paso más hacia una gestión moderna y transparente en línea con las prácticas del mercado y las preferencias del público en general y sus clientes en particular.
Esta emisión no solo diversifica el fondeo del Banco: crea una nueva alternativa de inversión para ahorristas e inversores que buscan resguardar su capital con el respaldo de la institución bancaria más grande del país. Un banco más competitivo es un banco que puede hacer más, llegar más lejos y estar presente donde la gente lo necesita.

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Chau equipaje de mano gratis en Aerolíneas

La empresa Aerolíneas Argentinas anunció un cambio en su política tarifaria. Desde este lunes, los pasajes más económicos para vuelos nacionales dejarán de incluir equipaje de mano gratuito.

A partir de ahora, quienes compren tarifas “base” o “promo” solo podrán llevar un artículo personal, como una mochila o bolso pequeño, de hasta 3 kilos. El equipaje de mano tipo carry on, de hasta 8 kilos, pasará a ser un servicio adicional pago.

La medida rige únicamente para nuevos pasajes adquiridos desde su implementación y no afecta a quienes ya habían comprado sus tickets.

Desde la compañía explicaron que la decisión busca adaptar su esquema comercial a un mercado más competitivo, especialmente frente a las aerolíneas de bajo costo.

“El objetivo es ofrecer una tarifa que compita con las low cost, que separan el precio del pasaje del costo del equipaje”, señalaron fuentes de la empresa.

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