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Gobierno y CGT van a la Cámara de Apelaciones del Trabajo por capítulo laboral del DNU
27 de enero de 2024
La CGT reclamó ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que se declare la invalidez de todo el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, promulgado por el Gobierno de Javier Milei, mientras que el Estado Nacional busca que el mismo tribunal revierta el fallo de primera instancia que invalidó seis artículos de esa reforma.
La CGT buscó explicar en su apelación qué con la aplicación del capítulo cuarto del DNU, ya sea de modo total o parcial, se generan daños concretos para los trabajadores en forma directa y actual, por lo que recalcó la necesidad de declarar la inconstitucionalidad de ese título del decreto que promueve una reforma laboral.
«Adviértase que no se pretende un pronunciamiento dogmático o académico. Se requiere la desactivación de un acto manifiestamente ilegítimo y perjudicial (para los representados y para los representantes)», sostuvo la CGT en la presentación encabezada por sus secretarios Generales Carlos Acuña, Héctor Daer y Pablo Moyano.
«No puede desconocerse que hay daño actual: 1) Cuando se niega la aplicación de la norma de protección en emprendimientos de hasta 5trabajadores. 2) Cuando se reformulan presunciones. 3) Cuando se priva de todo efecto al trabajo clandestino. 4) Cuando se priva de la aplicación del régimen general a quienes sufren actos de discriminación. 5) Cuando se habilita el pago en cuotas de lo resuelto por una sentencia judicial. 6) Cuando se prolonga el periodo de prueba (extendiendo al posibilidad de al extinción de la relación sin consecuencias)», señalaron, a modo de ejemplo.
«¿Cómo se solventaría la aplicación inmediata del pago en 12 cuotas de la indemnización por despido sin causa? ¿Qué herramientas son las que permiten ‘en tiempo oportuno’ evitar el daño de la aplicación inmediata?», se preguntaron los representantes de la CGT para justificar por qué reclaman la invalidez de todo el capítulo cuarto del DNU.
«Un trabajador discriminado por su preferencia sexual o por su actividad gremial, ¿accedería al restablecimiento del vínculo a de las condiciones alteradas o debería conformarse con una ‘indemnización agravada’? ¿Es esto posible en materia de Derechos Fundamentales?», plantearon en el afán de citar más ejemplos.
El Estado Nacional, por su parte, presentó su apelación con el objetivo de revertir el fallo de primera instancia con el que la jueza Liliana Rodríguez Fernández que declaró la invalidez de seis artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia de desregulación económica del gobierno Milei.
La magistrada resolvió «declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97» del DNU 70/2023, aunque aclaró que «gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario».
La jueza laboral de feria acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que, según su consideración, afectan «de modo directo» los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores, según explicaron a Télam fuentes judiciales.
Para los abogados que representan al Estado Nacional, «la sentencia impugnada se dictó prescindiendo de la realidad imperante que actualmente transita nuestra Nación».
«El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 resulta ser una herramienta fundamental para afrontar la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria, social y económica que sufre nuestro país, con su dictado se lograrán alcanzar objetivos de bienestar para la comunidad a partir de la desregulación de la economía», sostuvieron.
«En ese marco de emergencia, resulta coherente proceder a la actualización del régimen laboral para permitir la inserción de la República Argentina en el mercado económico internacional globalizado», afirmaron para justificar la reforma laboral a través del DNU.
«Y es que el marco normativo laboral que se encontraba vigente no resultó eficaz para combatir el empleo informal y tampoco como impulsor de la creación de nuevas fuentes de trabajo. En ese aspecto, aquellas normas que oportunamente pudieron ser elementales para el crecimiento económico de una comunidad en un momento histórico determinado, hoy constituyen mecanismos que impiden en el libre juego de la oferta y la demanda de la fuerza de trabajo, siendo un factor destacable en la crisis», justificaron.
«No puedo dejar de señalar que el legal y legítimo ejercicio del derecho a huelga ha quedado desnaturalizado por completo. El derecho constitucional a huelga ha quedado en las últimas décadas convertido en una instancia de violencia, de irrespetuosidad al derecho de otros», sostuvo la abogada Jorgelina Sonzogno, en representación del Estado Nacional.
La referencia al derecho a huelga tiene que ver con que la jueza que intervino en primera instancia declaró la invalidez e inaplicabilidad de los artículos que se refieren al derecho colectivo que limitaban el ejercicio de ese derecho al declarar «esenciales» o «de importancia trascendental» más de 60 actividades. Agencia Telam
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Jubilación mínima aumenta el 2,9% y llega a $ 380.286
La jubilación mínima trepará a 380.286 pesos en el mes de abril, luego de que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) confirmara que la inflación de febrero alcanzó el 2,9%.
De esta manera, el organismo previsional determinó la actualización de los haberes conforme al esquema de movilidad vigente, el cual establece ajustes mensuales basados en el índice de precios al consumidor con dos meses de rezago.
El sistema, instaurado por el Decreto 274/2024, reemplazó el antiguo esquema trimestral para mitigar el impacto de la inflación sobre los ingresos previsionales. Bajo esta normativa, las jubilaciones, pensiones y asignaciones sociales registrarán una suba del 2,9% respecto a los valores percibidos en marzo.
Los montos estimados para abril fijan la jubilación mínima en 380.286,25 pesos, cifra que ascenderá a 450.286,25 pesos en caso de mantenerse el bono extraordinario de 70 mil pesos.
En cuanto a otras prestaciones, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se ubicará en 304.243,19 pesos, mientras que la Asignación Universal por Hijo (AUH) ascenderá a 136.653,44 pesos. Asimismo, la Pensión no Contributiva alcanzará los 266.170,81 pesos y la Pensión para Madre de siete hijos se situará en 380.312,63 pesos, importes que también podrían variar según la continuidad del bono.
El calendario de pagos de Anses para el próximo mes aún se encuentra pendiente de confirmación oficial. Se espera que, tal como ocurre habitualmente, el organismo publique en los próximos días el cronograma organizado por la terminación del DNI, el cual comenzará a distribuirse en la segunda semana de abril para los haberes mínimos.
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‘Si no es en agosto, la inflación bajará al 1% en pocos meses’
El ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró que la reciente aceleración de la inflación estuvo vinculada al clima político y a la volatilidad financiera de los últimos meses, aunque sostuvo que el Gobierno espera que el índice vuelva a descender y no descartó que pueda ubicarse por debajo del 1% durante este año.
Las declaraciones fueron realizadas en una entrevista televisiva tras su participación en el evento internacional “Argentina Week” en Nueva York, donde el funcionario analizó el dato de inflación de febrero, que se ubicó en 2,9%, y defendió la política económica del Gobierno de Javier Milei.
Caputo reconoció que el aumento del índice generó inquietud dentro del equipo económico, aunque explicó que estaba dentro de lo esperado por el impacto de algunos precios regulados y alimentos.
“Nos preocupa y nos ocupa el dato de inflación”, afirmó, y señaló que el incremento estuvo influido por ajustes en carne y tarifas, además de la volatilidad que se registró en los mercados en el período previo a las elecciones legislativas del año pasado.
Según el ministro, ese escenario generó una fuerte dolarización de carteras que impactó en variables como el riesgo país, el crecimiento y los precios. “Se generó una especie de psicosis de que el Presidente podía perder las elecciones y eso hizo retroceder el proceso de desinflación que veníamos teniendo”, explicó.
También, el titular del Palacio de Hacienda aseguró que la política monetaria continúa siendo restrictiva y que el Banco Central mantiene el objetivo de reducir la inflación de forma sostenida.
“La política monetaria sigue apuntando a tener la inflación en los niveles más bajos posibles. El Banco Central mantiene una política apretada y eso termina en una inflación más baja”, sostuvo.
Consultado sobre la posibilidad de que el índice mensual perforara el 1%, tal como había anticipado Milei, Caputo respondió que el escenario es posible, aunque evitó fijar una fecha exacta.“Podría ser tranquilamente. Es difícil decir cuándo. Si no es en agosto, será en septiembre u octubre”, indicó.
Caputo también insistió en que la estabilidad macroeconómica es clave para consolidar la recuperación y sostuvo que el principal desafío es que los ahorros de los argentinos vuelvan al sistema formal.
“Los argentinos tienen unos 170.000 millones de dólares fuera del sistema. Si esos fondos se volcaran al crédito y a la inversión, el país podría crecer mucho más”, afirmó.
En esa línea, remarcó que el objetivo del Gobierno es mantener el superávit fiscal y avanzar gradualmente con rebajas impositivas, siempre que las cuentas públicas lo permitan.
El ministro descartó aumentos adicionales para jubilados en el corto plazo y explicó que las decisiones están condicionadas por la situación fiscal.
“No podemos hacer todo lo que nos gustaría. Subir jubilaciones o bajar impuestos requiere recursos, y esos recursos solo llegan si el país crece”, señaló.
Por último Caputo sostuvo que el rumbo económico no se modificará y que el Ejecutivo seguirá priorizando el orden fiscal, la estabilidad monetaria y la recuperación de la confianza como base para reducir la inflación en los próximos meses.
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Una familia necesita $ 1.397.672 para no caer en la pobreza
El costo de la Canasta Básica Total (CBT) para un hogar tipo de cuatro integrantes (compuesto por un varón de 35 años, una mujer de 31 y dos hijos de 6 y 8 años) alcanzó en febrero los $ 1.397.672 en el Gran Buenos Aires, según informó esta tarde el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Ese valor marca el umbral de ingresos por debajo del cual una familia con esa composición es considerada pobre.
En tanto, la Canasta Básica Alimentaria (CBA), que define la línea de indigencia al contemplar únicamente los alimentos necesarios para cubrir los requerimientos nutricionales mínimos, se ubicó para ese mismo hogar en $ 644.088 durante el segundo mes del año.
De acuerdo con el informe oficial, la Canasta Básica Alimentaria registró en febrero un aumento de 3,2% respecto del mes anterior. En términos interanuales, el indicador acumuló una suba de 37,6%.
Por su parte, la Canasta Básica Total -que además de alimentos incluye bienes y servicios esenciales como transporte, vestimenta, salud y educación- aumentó 3,1% en el mismo período. Este indicador se utiliza para estimar la evolución del costo de vida mínimo que deben afrontar los hogares.
El informe también establece los valores de referencia para un adulto equivalente. En febrero, la CBA se ubicó en $ 208.443 por persona, mientras que la CBT alcanzó los $ 452.321.
A partir de esos valores se calculan los montos necesarios para distintos tipos de hogares. En el caso de una familia de tres integrantes -una mujer de 35 años, su hijo de 18 y su madre de 61-, la CBT se ubicó en $ 1.112.710, mientras que la Alimentaria alcanzó los $ 512.769.
La valorización de ambas canastas se realiza mensualmente a partir de los precios relevados para el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el Gran Buenos Aires y permite establecer las líneas oficiales de pobreza e indigencia utilizadas en las estadísticas socioeconómicas del país.


