País
Cambios en el teletrabajo: lo que el decreto de Milei dice sobre esta modalidad
21 de diciembre de 2023
La norma modifica varios artículos de la Ley 27.555 de Teletrabajo, promulgada en agosto de 2020. Entre otras cosas, se limitan los derechos para quienes realicen tareas de cuidado y se le otorga más poder al empleador para definir la modalidad en la que cumplirá su tarea el empleado.

Límites en el establecimiento de horarios compatibles o interrupción de jornada por responsabilidades de cuidado como así también en la posibilidad de volver a la presencialidad en caso de trabajos remotos son algunas de las modificaciones en materia de teletrabajo establecidas en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 que publicó el gobierno de Javier Milei en el Boletín Oficial.
En el capítulo referido al Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, la norma modifica los artículos 6, 8, 17 y 18 de la Ley 27.555 de Teletrabajo, promulgada en agosto de 2020, lo que se suma a la batería de medidas en materia laboral que dispuso el Gobierno nacional.
En su artículo 92, el DNU establece límites al derecho a coordinar horarios compatibles con las tareas de cuidado o a interrumpir la jornada para aquellas personas que realicen teletrabajo y que «acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica».
A diferencia de lo establecido por la Ley 27.555, se instaura que tales acuerdos serán posibles “en tanto no afecte lo requerido de su trabajo”, previa “coordinación con el empleador”, y deberán ser “compensados dichos periodos de tiempo”.
Asimismo, dispone que este derecho no se aplicará en casos en que el empleador abone «alguna compensación legal, convencional o contractual relativa a gastos por tareas de cuidado”.
La norma elimina, también, lo contemplado por la Ley de Teletrabajo respecto a que “cualquier acto, conducta, decisión, represalia u obstaculización proveniente del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio resultando aplicables las previsiones de la Ley 23.592 (de Actos Discriminatorios)”.
En tanto, en su artículo 93, la medida impulsada por Milei plantea límites a la reversibilidad en el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo.
A diferencia de lo establecido por la ley, que considera que ese consentimiento «podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación», el DNU admite únicamente que esto sea resultado de un «mutuo acuerdo» entre empleadores y trabajadores, y en el supuesto que el empleador contara con las condiciones en las instalaciones para que la persona pueda retomar su trabajo en forma presencial.
En tanto, dispone que “en función de las necesidades propias de cada puesto de trabajo se podrá revertir la modalidad de teletrabajo por la modalidad presencial”, mientras que la normativa anterior fijaba que esto sea conforme a «pautas establecidas en negociación colectiva».
Asimismo, elimina del artículo 8 de la Ley 27.555 lo referido al incumplimiento de las obligaciones respecto a la reversibilidad por parte del empleador, lo que «será considerado violatorio del deber previsto en el artículo 78 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744».
Respecto al teletrabajo con prestación transnacional, se modifica el artículo 17 de la normativa actual que establece que “se aplicará al contrato de trabajo respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador, según sea más favorable para la persona que trabaja”.
En cambio, el DNU dispone que “se aplicará al contrato respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas por parte del trabajador”.
Por último, reemplaza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación como autoridad de aplicación de la ley por “un método simple, electrónico y automático de registro de esta modalidad contractual al tiempo del alta o al momento de la incorporación del trabajador al presente régimen”, indica la normativa.
La norma que regía
La Ley de Trabajo fue aprobada en el Congreso el 30 de junio de 2020 y promulgada por el expresidente Alberto Fernández en agosto del mismo año.
Según el texto original, hay contrato de teletrabajo «cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación».
Asimismo, establece que las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad «gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo la modalidad presencial».
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Adorni negó censura al periodismo
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, negó esta mañana que el gobierno del presidente Javier Milei haya censurado a la prensa acreditada en la Casa Rosada con el cierre de la sala de periodistas por más de una semana.
Hoy se produjo la reapertura pero no se permitió el ingreso de Canal 13 y TN, canal que emitió imágenes del interior de la Casa Rosada sin autorización oficial.
Adorni se mantuvo en que se trató de un "hecho grave" y que las decisiones sobre la seguridad interna de la Casa de Gobierno las maneja Casa Militar.
Respecto de las polémicas en torno a la compra de inmuebles y sus viajes al exterior realizando gastos que no se condicen con su declaración jurada, insistió en que la causa se encuentra en la Justicia y que sólo dará explicaciones en tribunales.
Luego no precisó en qué fecha presentará su nueva declaración jurada aunque afirmó que lo hará "en tiempo y forma". Tiene plazo hasta el 31 de julio.
Asimismo, el jefe de Gabinete confirmó que volverá a un esquema de ruedas de prensa frecuentes. Si bien explicó que no las daría a diario, sí dio a entender que tendrán mucha regularidad.
Otra pregunta tuvo que ver con las encuestas que indican una caída en la imagen positiva del gobierno de Milei. El funcionario sostuvo que no gobiernan pensando en los sondeos de opinión sino en "mejorar la calidad de vida de los argentinos".
Tampoco habló sobre el aumento salarial de más de mil funcionarios nacionales que tuvieron los sueldos congelados hasta 2025. Entre enero y junio se estima que recibirán una suba del 123% para compensar el tiempo sin incrementos. Al respecto, Adorni dijo que no leyó las notas periodísticas y que tampoco haría declaraciones.
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Donación de sangre: no más pedido de dadores de familiares
El Ministerio de Salud de la Nación actualizó las normas administrativas y técnicas que regulan el Sistema Nacional de Sangre. Luego de 10 años, la medida busca modernizar todo el proceso de donación y transfusión de sangre y el funcionamiento de los servicios de hemoterapia, inmunohematología y terapia celular del país para garantizar mayor seguridad tanto a los pacientes como a los donantes voluntarios.
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Los cambios fueron publicados en el Boletín Oficial, a través de la Resolución N° 536/2026, y la modificación más saliente es la referida al régimen de donación para paciente específico, es decir, los familiares no necesitarán impulsar colectas entre personas conocidas. Asimismo, la normativa actualiza los criterios de selección de donantes.
La resolución incorpora también nuevos lineamientos regulatorios para el procesamiento de terapias celulares así como de componentes especiales como el Plasma Rico en Plaquetas (PRP) y el Suero Autólogo Oftalmológico (SAO).
La medida entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y las instituciones tendrán un plazo máximo de dos años para implementar los cambios tecnológicos y estructurales requeridos.
"La medida reemplaza el modelo de donación de reposición, vinculada a un paciente específico, por un modelo de donación 100% voluntaria y habitual. En este sentido, se prohíbe explícitamente condicionar la atención médica o las cirugías a la presentación de donantes por parte del paciente o sus familiares. Las donaciones destinadas a un paciente específico, solo se permitirán cuando exista una justificación terapéutica. De esta manera, se deja de trasladar la responsabilidad de conseguir sangre a los pacientes y familiares, y se garantiza mayor seguridad transfusional, dado que el donante voluntario y habitual presenta menor prevalencia de infecciones transmisibles", apuntó la cartera sanitaria en un comunicado.
Respecto a los criterios de selección de donantes, el nuevo marco normativo elimina la exclusión de grupos poblacionales enteros considerados de riesgo y propone evaluar solo las conductas del donante (como prácticas sexuales específicas o uso de drogas) y la evidencia científica. También se elimina el ayuno previo y se recomienda beber al menos 500 ml de agua o bebidas con sales media hora antes de la extracción.
De igual modo, en sintonía con los avances en las pruebas de tamizaje, se actualizan los tiempos de espera para donar según factores de riesgo. "Se difiere la donación por 6 meses para quienes hayan tenido una nueva pareja sexual o más de una pareja sexual en los últimos 3 meses y hayan tenido relaciones sexuales anales, hayan utilizado estrategias orales de profilaxis de preexposisión o postexposición, se haya realizado tatuajes, piercings o procedimientos estéticos invasivos, o hayan permanecido en instituciones penales por más de 72 horas", apuntó la nueva normativa.
Red integrada de sangre
Las modificaciones presentadas consolidan un modelo de red integrada de sangre, con procesos coordinados, trazabilidad y mayor capacidad de respuesta. Para ello, fortalece los Centros Regionales de Hemoterapia y dispone la desactivación progresiva de los Bancos de Sangre Intrahospitalarios para alcanzar mayores estándares de eficiencia, efectividad y seguridad transfusional. Establece también para todos los centros de hemoterapia, bancos de sangre y servicios de medicina transfusional del país, la obligatoriedad de informatizar los registros y garantizar sistemas de trazabilidad. Esto significa que cada proceso, desde la promoción de la donación voluntaria hasta que la sangre llega al paciente, deberá estar rigurosamente protocolizado, controlado y auditado.
País
Gas: subsidio de 25% extra de las boletas de 4,7 millones de usuarios
El Gobierno nacional dispuso este lunes una bonificación extraordinaria del 25% sobre las tarifas de gas para el mes de mayo, que elevará al 75% el nivel de subsidio sobre el bloque de consumo alcanzado por el esquema oficial.
La medida dispuesta a través de la Resolución 11/2026 alcanza a 4.780.000 usuarios y apunta a amortiguar el impacto de la suba internacional de los precios de la energía en las facturas de los usuarios de menores ingresos.
La decisión fue formalizada a través de la resolución de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial, y se enmarca en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), creado a fines de 2025. Según se estableció, los usuarios que ya reciben asistencia estatal tendrán durante mayo un 25% adicional de bonificación, que se suma al 50% general vigente.
El esquema de subvenciones que comenzó a regir este año estableció una "base" de 50% de precio subsidiado para los usuarios alcanzados por subvenciones, más un 25% adicional que fue disminuyendo todos los meses (en abril, por caso, fue 18%). La decisión del Gobierno, en concreto, es que en mayo vuelva a ser excepcionalmente de 25%. Luego seguiría siendo reducido a lo largo del año.
En los considerandos de la norma, el Ejecutivo argumentó que el contexto energético internacional se encuentra afectado por “crecientes tensiones geopolíticas en regiones estratégicas”, lo que incrementó la volatilidad de los precios del gas. También señaló que, si bien la Argentina cuenta con producción propia, mantiene integración con el mercado global a través de importaciones de Gas Natural Licuado (GNL), por lo que las variaciones externas impactan en el costo de abastecimiento.
En ese marco, se indicó que “las variaciones en los precios internacionales impactan de manera directa en el costo de abastecimiento del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST)”, lo que justifica la decisión de reforzar temporalmente la asistencia estatal.
La resolución establece que la bonificación adicional del 25% se aplicará exclusivamente durante mayo de 2026 y alcanzará tanto a usuarios residenciales como a entidades sin fines de lucro, como clubes de barrio y organizaciones de bien público, que estén incluidos en el régimen.
En paralelo, el Gobierno mantiene sin cambios la trayectoria de reducción de subsidios en el caso de la electricidad. Según el comunicado, en ese segmento “se mantiene la baja gradual de la bonificación extraordinaria, que comenzó en 25% en enero y terminará siendo 0% en diciembre de este año”.
“El Gobierno nacional continúa avanzando hacia una política de subsidios energéticos más simple, transparente y sostenible, que concentra los recursos en quienes realmente los necesitan, ordena la relación entre tarifas y costos y brinda mayor previsibilidad sobre el impacto de las facturas de luz y gas a lo largo del año”, se indicó en un comunicado.

