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Mar del Plata lidera ranking de transparencia de datos económicos
18 de diciembre de 2022
Unos 35 municipios bonaerenses, entre ellos General Pueyrredon, alcanzaron un nivel de transparencia alto sobre la visibilidad de sus datos económicos, aunque la mayoría de ellos aún presenta inconvenientes en la publicación de los mismos y unos 70 aún se encuentran en los escalones “bajo o regular” o “nulo”
Los datos se desprenden de un informe presentado en noviembre por la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) que, desde 2018, lleva adelante monitoreos periódicos para motivar el cumplimiento de la legislación que propone que las comunas publiquen sus presupuestos y la ejecución de los mismos, entre otros datos financieros.
La ASAP realiza relevamientos semestrales de las webs oficiales de los municipios y puntúa la publicación del presupuesto y de su ejecución, de la situación económico-financiera trimestral, de gastos y de la deuda pública. Además, pondera la accesibilidad a la información.
El actual informe concluyó en que “35 municipios alcanzan un nivel alto en el índice de transparencia y visibilidad del presente informe; 30 distritos llegan al nivel medio; 38 a un nivel bajo o regular; y los restantes 32 se ubican en el rango de nivel nulo en cuanto a publicación de la información presupuestaria y de ejecución relevada”.
Más allá de que 70 municipios aún se encuentran con niveles entre bajos y nulos de transparencia, la ASAP destacó el “importante esfuerzo de los distritos en publicar sus datos fiscales” y destacó las mejoras de Adolfo Alsina, Lobos, Monte, Moreno, Necochea, Junín, Ayacucho, Laprida, Pinamar y Coronel Suarez.
Los mejores y los peores
El grupo de los mejores, de “alta visibilidad” de datos económicos, lo conforman unos 35 municipios. De ese total, unos 22 lograron una puntuación de excelencia (100). Se trata de General Pueyrredon, Balcarce, Berisso, Bragado, Carlos Tejedor, Chascomús, Coronel Suarez, Florentino Ameghino, General Belgrano, General Madariaga, General Pinto, General San Martín, General Viamonte, La Matanza, La Plata, Lincoln, Lobería, Mercedes, Rauch, Saavedra, San Cayetano y Tres Arroyos.
En tanto, el grupo lo completan Olavarría (98 puntos), Saladillo (98), Adolfo Alsina (95), Chivilcoy (90), General Villegas (90), Monte (90), Tandil (90), Necochea (88), Rojas (83), Junín (80), Monte Hermoso (80), Lobos (75) y Magdalena (75).
El segundo grupo, de “rango medio” de cumplimiento, lo conforman 30 distritos. En estos, “se aprecia un menor nivel de información publicada y de cumplimiento de plazos requeridos por las normas de referencia del presente informe, aunque en líneas generales presentan el Presupuesto 2022 y la Situación Económico Financiera”.
Entre los distritos de “rango medio” se encuentran Ayacucho (70), Trenque Lauquen (70), Benito Juárez (68), Pinamar (68), 9 de Julio (66), Bahía Blanca (60), Azul (50) y Hipólito Yrigoyen (40).
En un tercer grupo, de “bajo o regular cumplimiento”, se encuentran unas 38 comunas que “publican sólo su situación económico financiera con rezago de más de un trimestre, o bien alguna referencia al Presupuesto 2022”. Entre ellos están Patagones (35), Lezama (30) Bolívar (30), Pehuajó (30), Pergamino (30), Salliqueló (30), Dolores (30), Tornquist (30), 25 de Mayo (30), Villa Gesell (30) y San Nicolás (25).
En tanto, en el último grupo están unos 32 municipios que “se encuentran en situación de incumplimiento, no habiendo publicado vía web la información económica financiera del ejercicio en curso y en ningún caso el presupuesto vigente”.
En el bloque final se ubican distritos con solo cinco puntos como Adolfo Gonzales Chaves, Carmen de Areco, General Alvear, La Madrid, San Antonio de Areco; y otros con cero puntos como Punta Indio, San Fernando, Brandsen, San Miguel, Cañuelas, San Pedro, Castelli y Tapalqué.
Números generales
ASAP detalló en su último relevamiento que “el 81% de los 135 municipios de la provincia (110) han configurado un fácil acceso a la información presupuestaria y/o financiera en sus páginas web oficiales”, mientras que el “19% restante (25 municipios), se compone tanto con aquellos sitios oficiales sin información fiscal o presupuestaria publicada, como con los que, si bien exponen sus cuentas públicas, lo hacen de una manera tal que no contribuye al fácil acceso”.
El informe aclara que “el 33% de los municipios (44)” publican “el presupuesto del ejercicio con la apertura del cálculo de recursos y de los gastos”, que “un 3% (4 distritos) exponen parcialmente números del presupuesto 2022” y que “los 87 municipios restantes (64%) no exhiben en sus sitios web información alguna del presupuesto vigente”.
A la hora de pensar en la situación económica financiera, solo unos “45 gobiernos locales (33%) exhiben la información referente al tercer trimestre de 2022 (un caso lo hace en forma incompleta)”; y en cuanto a la ejecución presupuestaria, solo “el 32% de los distritos (43) divulgan sin rezagos la información trimestral”.
En el caso de la finalidad de los gastos “son 41 municipios (un 30% del total) los que visibilizan ante la ciudadanía la ejecución” con “la clasificación por finalidad y función, al tercer trimestre de 2022”, pero “uno de ellos lo hace en forma incompleta”.
Em tanto, “la información sobre el stock de deuda pública y sus perfiles de vencimientos, devengado el tercer trimestre del ejercicio 2022, está publicada por 34 distritos (un 25%, uno de ellos en forma parcial)”.
Qué deben cumplir por ley
En el año 2005, la provincia de Buenos Aires adhirió al Régimen de Responsabilidad Fiscal nacional a través de la ley N° 13.295. Esa norma, modificada en 2017, sostiene en su artículo 4 que “cada municipio publicará en su página web el presupuesto anual” (aprobado o prorrogado).
Además, determina que las comunas difundan información: “trimestral de la ejecución presupuestaria”, del “gasto clasificado según finalidad y función”, del “stock de la deuda pública, incluida la flotante”, del “pago de servicios de la deuda” y del “nivel de ocupación del sector público al 31 de diciembre y al 30 de junio de cada año con un rezago de un trimestre”.
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Tickets de compra deben detallar qué impuestos paga el consumidor
Ya entró en vigencia el régimen de transparencia fiscal, por el cual las empresas y los comerciantes deberán empezar a discriminar en la factura y ticket de venta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otras cargas tributarias. En esta primera etapa deben implementarlo las grandes empresas.
Los supermercados, por ejemplo, ya empezaron a aplicar la medida. Todos los comprobantes deberán tener una línea donde se detalle el monto correspondiente al IVA y, cuando sean emitidos por una compañía grande (que detalla el organismo en su página), también indicarán los impuestos internos que incidan en el precio final que paga el consumidor.
El resto de los contribuyentes tendrá un plazo opcional hasta el 1° de abril próximo, cuando pasará a ser obligatorio para todos.
Aquellos contribuyentes que ya usan la factura electrónica por medio de los sistemas de ARCA verán reflejada de forma automática la discriminación del IVA desde el 1° de enero del año que viene.
"El organismo implementará las adecuaciones sistémicas necesarias", prometió ARCA. Quienes utilicen controladores fiscales de nueva tecnología, podrán seguir usando ese equipamiento en la medida que actualicen el firmware (en el caso de las cajas registradoras) o incorporen la información a través del software de facturación (en las impresoras fiscales).
Desde ARCA (exAFIP) explicaron que el objetivo es "reafirmar el compromiso del Gobierno nacional con la transparencia fiscal, permitiendo a los consumidores conocer el impacto de los impuestos en las operaciones y que puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad”.
Los consumidores no tendrán que hacer ninguna operación, sino que en la factura o ticket de compra encontrarán la leyenda "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)", donde estarán discriminados los impuestos anteriormente detallados.
Desde el Gobierno también invitaron a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a dictar las respectivas normas para que los consumidores finales también tengan conocimiento de la incidencia del impuesto sobre los ingresos brutos y de los respectivos tributos municipales en la formación de los precios de los bienes, locaciones y prestaciones de servicios.
En ese marco, Matías Olivero Vila, presidente de la ONG Lógica, dedicada a la conciencia fiscal, y que ha impulsado esta medida que rige formalmente desde este miércoles, señaló que desde la entidad que preside "decimos que es una obligación adherirse, ya que la Constitución Nacional en su artículo 42 establece que el consumidor tiene derecho a recibir información adecuada y veraz".
A su vez, explicó que ahora los consumidores podrán identificar en sus tickets una sección titulada Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, donde vamos a ver "en cuatro renglones, donde se desglosará el IVA, la incidencia de otros impuestos nacionales y los impuestos provinciales, es decir, ingresos brutos y tasas municipales".
Por último, Olivero Vila comentó que la implementación de la norma no solo se limitaría a los tickets, sino que también se espera que a partir de abril los precios en góndola incluyan la carga impositiva. Sin embargo, aclaró que esto último aún no ha sido reglamentado, ya que dicha reglamentación "no va a venir de ARCA, sino de la Secretaría de Comercio con la Subsecretaría de Defensa del Consumidor".
Entrevista Radioinforme 3.
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Calendario de feriados 2025
El 2025 será un año con 12 feriados inamovibles y cuatro trasladables, 12 días no laborables y tres con fines turísticos, según el calendario que difundió el Gobierno nacional.
Enero
• Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
• Lunes 3 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
• Martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
• Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
• Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
• Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
• Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
• Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
• Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
• Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
• Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17 de junio)
• Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
• Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
• Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
• Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
• Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
• Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
• Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre).
Diciembre
• Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
• Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
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ARCA levanta el período de gracia para embargos a empresas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ex AFIP confirmó que levantará a partir del 1 de enero de 2025 el período de gracia en el que el organismo no ejecuta embargos contra las cuentas de las empresas, con excepción de las compañías del sector de la salud y la entidades de bien público.
Tal cual lo había anticipado Ámbito, se esperaba que ARCA decidiera no continuar con el beneficio en función del resultado de la moratoria fiscal en la cual se iniciaron 341.000 planes de pago, lo que dio espacio a las empresas a regularizar su situación.
No obstante, el organismo decidió habilitar planes de pago de hasta 48 cuotas que incluirán las deudas hasta el 31 de diciembre de 2024. La moratoria que cerró este año incluía deudas hasta el 31 de marzo, de manera que estos planes servirán para atender los problemas de las empresas ocurridos desde el primero de abril hasta fin de año, en un período en el que la economía registró una caída de al menos 3 puntos del PBI.
Solo quedará vigente la "tregua" para las empresas del sector de la salud y las entidades de bien público hasta el 31 de julio de 2025
Pymes: ¿cómo es el nuevo plan de facilidades de pago?
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija.
El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta. Co
Con esta medida, el organismo busca brindar mayor exigibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.
Plan de pagos para pymes: ¿cómo es la financiación?
Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.
En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. La empresas tienen un plazo de hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones impositivas y hasta 36 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y Obligaciones aduaneras.
Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones y hasta 48 cuotas en el resto de las obligaciones.
¿Cómo acceder a los beneficios?
La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático "Mis Facilidades" con Clave Fiscal.
Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
Declaraciones juradas presentadas.
CUIT activa.
CBU informada.
¿Qué deudas están incluidas?
Todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, detalladas a continuación:
Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
Retenciones y percepciones impositivas.
Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.