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El arduo camino de la Justicia

24 de marzo de 2026

Al cumplirse 50 años de la última dictadura cívico militar que sufrió nuestro país, José Ignacio López (*)  hace un breve repaso por la trama política y jurídica que permitió la reapertura de los juicios contra los responsables de los delitos atroces contra el pueblo argentino. 

El 24 de marzo de 1976 un golpe cívico-militar interrumpió el orden constitucional y se instaló en la Argentina la época más oscura que recuerde la historia de nuestra Nación. Durante los ocho años que la dictadura ejerció el poder de facto se cometieron un sinnúmero de delitos atroces, se implementaron políticas de destrucción del aparato productivo nacional, se retrocedió en los derechos sociales alcanzados y se endeudó al Estado de una forma inédita. 

El 10 de diciembre del 1983, la Argentina recuperó la democracia y asumió un presidente constitucional, el doctor Ricardo Raúl Alfonsín, quién ordenó la constitución de una comisión para investigar los crímenes de la dictadura, fue así que nació la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) quién un año más tarde entregaría a manos del ex presidente radical su informe denominado “Nunca Más”. 

En dicho informe se constató que la dictadura había implementado, durante los años que detentó el poder, un plan sistemático de desapariciones forzadas de personas, centros clandestinos de detención y delitos atroces contra los ciudadanos argentinos. Con este documento, el presidente Alfonsín impulsó en 1985 la realización del Juicio a las Juntas, un proceso penal contra los altos mandos militares realizado por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal (integrada por los doctores Arslanian, Torlasco, Gil Lavedra, Valega Araoz, Ledesma y D’Alessio) y que terminó con la condena a Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera a reclusión perpetua, a Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión, a Armando Lambruschini a 8 años de prisión y a Orlando Ramón Agosti a 4 años de prisión. 

Luego de este proceso histórico, el presidente Alfonsín sufrió una gran presión de parte de la corporación militar que, viéndose acechada por la justicia, forzó en 1986 la sanción de la Ley de Punto Final, una norma que estableció la prescripción de las acciones penales vigentes contra los responsables de los delitos del terrorismo de Estado que no que no hubieran sido llamados a declarar en un plazo de 60 días posteriores a su sanción. 

Un año más tarde, se limitó aún más el accionar del Poder Judicial, con la sanción de la Ley de Obediencia Debida, norma que postuló una presunción legal que no admitía prueba en contra respecto a los delitos cometidos por los miembros de las Fuerzas Armadas durante la dictadura no eran punibles, por haber actuado en virtud de la denominada «obediencia debida», concepto según el cual los subordinados se limitan a obedecer las órdenes emanadas de sus superiores. 

Con dichas normas promulgadas se hizo notar un amplio descontento social en la ciudadanía nacional y el resultado concreto fue que sólo habían sido condenadas las cúpulas militares en el Juicio a las Juntas y todo lo demás, a excepción del “robo de bebés”, quedaba cubierto por un negro manto de impunidad. Faltaba más para agravar el marco normativo de la impunidad, entre los años 1989 y 1990, el ex presidente Carlos Saúl Menem dictaría una serie de diez decretos indultando a los ex comandantes y civiles que cometieron delitos durante los oscuros años del “Proceso de Reorganización Nacional” incluyendo a los miembros de las juntas condenados en el Juicio a las Juntas de 1985, al procesado ex ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz y los líderes de las organizaciones guerrilleras. 

Con esos indultos, inexplicables, se perfeccionó un cuadro de profunda impunidad en nuestro país, con el Estado Nacional silenciando crímenes horrorosos que sufrió su pueblo durante esos sombríos años.  Vinieron años durísimos para los familiares de las víctimas del terrorismo de Estado pero ellos siguieron bregando por Justicia. Fue así que se fueron abriendo pequeñas luces de esperanza desde lo judicial, por ejemplo y sólo para destacar algunos, la actuación de la Justicia Francesa que condenó en ausencia a prisión perpetua a Alfredo Astíz en 1990 por la desaparición de las monjas Domon y Duquet, también la del magistrado español Baltasar Garzón quién pidió la extradición y juzgó a Adolfo Scilingo por los vuelos de la muerte. 

En tiempos que no se podía condenar, por regir las “leyes del perdón”, párrafo aparte merece un sector del Poder Judicial Argentino que a fines de la década de los 90, a pedido de los familiares y asociaciones de derechos humanos que fundándose en los pactos internacionales de derechos humanos y en el derecho a la verdad (que abarca el derecho a la memoria, el duelo -reclamo del cuerpo o el destino corrido por la víctima- y al patrimonio cultural -rito funerario- impulsaron la apertura de procesos judiciales cuyo propósito fue averiguar qué había pasado con las personas desaparecidas.   

Así se iniciaron los “Juicios por la Verdad”, la Cámara Federal Platense lo hizo por medio de la Acordada 18 del 15 de abril de 1998 y luego se sumaron Mendoza, Mar de Plata y Bahía Blanca. En estos procesos, de notable importancia histórica e institucional, la inmensa cantidad de testimonios y pruebas colectadas sirvieron luego cuando la Justicia inició los juicios con facultad condenatoria. Además, se lograron encontrar una gran cantidad de cuerpos de personas desaparecidas para entregárselos a sus familiares para poder rendirles el respectivo culto. 

A su vez, el 6 de marzo de 2001, el entonces juez federal Gabriel Cavallo declaró inconstitucionales las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en el denominado caso «Poblete». Una decisión de gran trascendencia que luego fue convalidada por la Sala II de la Cámara Federal Porteña.  Fue a partir del 25 de mayo de 2003, cuando asumió la Presidencia de la Nación el doctor Néstor Carlos Kirchner, que se dio un gran giro, el Poder Ejecutivo Nacional comenzó a impulsar con notable decisión la reapertura de procesos judiciales penales contra los responsables de la última dictadura militar. 

De esta forma, envió un proyecto para dar por tierra con las “leyes del perdón” y fue el Congreso de la Nación en el año 2003, por medio de la ley 25.779, quién declaró la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.  Dos años más tarde, en una de las sentencias más importantes de la historia judicial argentina, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Simón”, de 259 páginas de extensión, declaró la nulidad de dichas leyes de amnistía y expresó que los delitos cometidos por la última dictadura militar son crímenes de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles. 

En el año 2007, el Máximo Tribunal en la causa «Mazzeo», declaró la inconstitucionalidad de los indultos hacia los altos mandos militares responsables de los crímenes de la dictadura emitidos por el ex presidente Carlos Menem. Estas medidas políticas y judiciales permitieron que se reabran los procesos penales contra los responsables de los atroces crímenes cometidos durante la última dictadura militar.

De esta forma la Justicia retomó la tarea en la que nunca debió ser limitada. Según datos de la la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, desde la celebración del primer juicio por estos delitos hasta el presente, se han realizado cientos de procesos.

Actualmente, 1231 personas fueron condenadas por crímenes de lesa humanidad y 250 resultaron absueltas y el estado procesal de las causas por crímenes de lesa humanidad, según el referido informe, revela que el 51% cuenta con sentencia (361 procesos), el 39% (es decir, 282) se encuentran en etapa de instrucción, mientras que se están llevando a cabo 12 juicios orales en el país y otras 60 aguardan la fijación de la fecha del debate oral. 

 Han pasado muchos años de los horrores del terrorismo de Estado en nuestro país, aún las heridas y sus efectos siguen vigentes causando un dolor infinito al pueblo muy difícil de apagar, por eso, le corresponde al Poder Judicial de nuestra Nación un actuar pronto y eficaz que asegure Memoria, Verdad y Justicia para que todos los argentinos podamos decir: NUNCA MÁS.

(*) Abogado (UNLP), docente de Derecho de la Comunicación y de Derecho Administrativo II (UNLP) y director Palabras de Derecho.

FOTO: Histórico juicio a las Juntas Militares. Por primera vez en la historia, un tribunal civil juzgaba a los responsables de un golpe de Estado. El 9 de diciembre de 1985, los jueces leyeron las inéditas condenas a las Juntas Militares de la última dictadura.

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YPF producirá combustible sustentable para aviones

La petrolera de mayoría estatal YPF marcó un punto de inflexión en la industria energética local al confirmar que comenzará a fabricar en la Argentina el denominado Combustible de Aviación Sostenible (SAF), el insumo estrella que revoluciona el transporte aéreo global.

A través de un comunicado oficial, la compañía anunció la firma de un contrato de compraventa a largo plazo con la multinacional francesa TotalEnergies, la cual adquirirá de forma anticipada la totalidad de la producción orientada a la exportación.

El acuerdo estratégico incluye además un derecho de preferencia en favor de la compañía sobre los volúmenes de producción remanentes.

El desarrollo estará a cargo de Santa Fe Bio, una alianza igualitaria entre YPF y Essential Energy. La iniciativa requerirá más de 400 millones de dólares para transformar el complejo de San Lorenzo en Santa Fe, inactivo desde 2017, y aprovechar su ubicación sobre la Hidrovía.

Se prevé una producción cercana a 170.000 toneladas anuales de combustible de aviación sostenible (SAF) y aceite vegetal hidrotratado (HVO).

El pacto con TotalEnergies minimiza también el riesgo financiero y facilita el acceso al project finance, además de posicionar al complejo para adherirse al RIGI.

El SAF disminuye hasta un 80 % las emisiones aéreas frente a los combustibles fósiles. Ante la alta demanda externa por normativas ambientales, el complejo podría exportar por un valor anual estimado entre 300 y 1000 millones de dólares.

Las obras se dividirán en dos etapas: una planta de pretratamiento con un 30 % de avance actual y la biorrefinería final, cuyo inicio operativo se proyecta para fines de 2029. (NA)

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La construcción se derrumbó un 4,4% interanual en agosto 2026



La actividad de la construcción volvió a registrar cifras desfavorables durante agosto. Según los datos oficiales presentados por el Indec, la actividad del sector sufrió una contracción del 4,4% interanual.

En la medición desestacionalizada respecto del mes anterior, el indicador registró un moderado repunte del 0,4%. Pese a romper dos meses consecutivos de bajas, este movimiento no resultó suficiente para modificar la tendencia del rubro.


El consumo de insumos para la construcción reflejó un panorama dispar con un marcado predominio de retrocesos en la comparación interanual. Solo el rubro de tuberías, grifería y cristales junto con las placas de yeso mostraron variaciones positivas durante el mes.

Entre los materiales que registraron caídas severas se ubicaron el asfalto con una merma del 18,4% y las cales con un 13%. Las ventas de cemento, ladrillos huecos y estructuras de hierro cayeron cerca del 8% interanual.


En el balance de los primeros ocho meses del año, el sector acumula un leve margen positivo del 0,8% en relación al período previo. Este registro convive con un escenario frágil que mantiene al rubro entre las actividades más afectadas del mercado interno.

Asimismo, insumos clave como el hormigón elaborado y las pinturas finalizaron el período en terreno negativo. La falta de dinamismo en la obra pública y la cautela en la privada explican el comportamiento dispar del mercado.

La situación del empleo registrado y las expectativas de los empresarios
El mercado laboral privado dentro de la actividad tampoco mostró variaciones significativas durante las últimas mediciones oficiales. Los puestos de trabajo formales registraron una baja del 0,3% interanual, ubicándose en un contexto de virtual estancamiento.

Los empresarios del sector aguardan una estabilización de los costos directos para reactivar nuevos desarrollos. En tanto, la evolución de los insumos continúa marcando el ritmo de la actividad en las distintas provincias.

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La industria pesquera cayó 17,2% en agosto

 En agosto de 2026, el Índice de producción industrial pesquero (IPI pesquero) sufrió una caída de 17,2%respecto de igual mes de 2025. 

El acumulado enero-agosto de 2026registra un incremento de 39,7% con relación a igual período del año anterior. 

El índice de la serie desestacionalizada muestra una variación negativa de 17,2% respecto del mes anterior.

Y el índice de la serie tendencia-ciclo registra una baja de 0,8% respecto del mes anterior.

Por ello es probable que, a medida que se vayan incorporando nuevos datos a la serie original, se produzcan revisiones frecuentes de los valores históricos ya publicados de las series desestacionalizada y tendencia-ciclo, explicó el INDEC. 

Además, para una interpretación integral de los resultados y un mejor diagnóstico del corto plazo, es conveniente analizar la evolución de la tendencia-ciclo en conjunto con la serie desestacionalizada.

Agencia NA

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