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En 2025 hubo 15 secuestros extorsivos, la cifra más baja en la última década
22 de enero de 2026
Hace diez años se conocía en la Argentina una estadística escalofriante: durante 2015 se habían consumado 294 secuestros extorsivos en todo el país. A una década de esa realidad se conocen hoy datos de 2025. La cifra es de 15 casos, el registro más bajo del período mencionado, según informó la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (Ufeco), dirigida por el fiscal federal Santiago Marquevich.
Según el reporte estadístico de la unidad fiscal especializada, en diciembre pasado hubo dos casos, lo que da un promedio de 1,25 hechos por mes. En junio, octubre y noviembre pasados no se registraron casos.

La Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), dirigida por el fiscal federal Santiago Marquevich, reveló en su último informe estadístico que, durante 2025, solo se registraron 15 secuestros extorsivos en todo el país. Esto implica el registro más bajo de casos en la última década.
Según el reporte, los 15 secuestros registrados durante el año pasado se distribuyeron de la siguiente manera: 1 en enero, 1 en febrero, 1 en marzo, 1 en abril, 3 en mayo, 0 en junio, 1 en julio, 3 en agosto, 2 en septiembre, 0 en octubre, 0 en noviembre y 2 en diciembre. Esas cifras revelan un promedio de 1,25 casos por mes durante el año pasado.
Las cifras de diciembre
El informe consigna que, durante diciembre de 2025, se registraron dos secuestros extorsivos en la ciudad de Córdoba. Las correspondientes investigaciones recayeron en la Fiscalía Federal N°2 de esa provincia, a cargo del fiscal Carlos María Casas Noblega.
En ambos hechos las víctimas eran hombres mayores de 18 años que fueron captados por tres o más personas -en muchos casos, armadas- y fueron liberados sin que se pagara rescate. En los dos casos, las víctimas fueron interceptadas cuando caminaban y fueron liberadas a menos de 10 kilómetros del lugar donde fueron captadas.
En cuanto a la duración de los secuestros, uno de ellos duró entre una y tres horas y el otro se extendió más de tres horas. Los hechos ocurrieron un jueves y un viernes, uno a las 18 y el otro cerca de las 20 horas.

Tendencia
De acuerdo con los relevamientos realizados por la UFECO, en 2015 se registraron un total de 294 hechos; en 2016, 227; en 2017, 185; en 2018, 111; en 2019, 44; en 2020, 48; en 2021, 30; en 2022, 27; en 2023; 16; en 2024, 22; y en 2025 fueron 15 los casos, la cifra más baja en los últimos 10 años.
De esto se derivan los siguientes promedios mensuales de secuestros: en 2014 fueron 24,5 hechos por mes; en 2016, 18,92; en 2017, 15,42; en 2018, 9,25; en 2019, 3,67; en 2020, 4; en 2021, 2,5; en 2022, 2,25; en 2023, 1,33; en 2024, 1,83; y este año el promedio mensual fue de 1,25 casos registrados.

Las cifras marcan la tendencia decreciente del fenómeno criminal de los secuestros extorsivos desde la creación de la ex Unidad Fiscal Especializada en Secuestros Extorsivos (UFESE) (Resolución PGN 1583/2016) y de la actual Unidad Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO) (Resolución PGN 79/2023) que, ante la disminución de ese delito, amplió las atribuciones de esa oficina especializada para que asista a otras fiscalías en la investigación de otras variables del crimen organizado.
El proceso de recopilación y publicación de datos estadísticos de la unidad especializada cuenta, desde 2020, con la certificación de la Norma IRAM-ISO 9001:2015, por lo que el tratamiento y producción de la información estadística se adecúa a un estricto control de calidad.
Fuente: Fiscales.gob.ar
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Bono de $ 85 mil por hijo
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció un incremento del 2,5% en cada una de sus prestaciones en base a la inflación registrada en noviembre. Este ajuste se debe a la Ley de Movilidad Jubilatoria. El objetivo de esta actualización es evitar que los beneficiarios pierdan poder adquisitivo delante del avance de los precios.
Dentro de este esquema, uno de los beneficios que recibió una mejora es la Ayuda Escolar Anual, una prestación clave para las familias al inicio del ciclo lectivo. Con el nuevo ajuste, el monto a cobrar llega a $85.000 por hijo.
Este monto está destinado a acompañar los gastos más frecuentes de la escolaridad, como la compra de útiles,mochilas, uniformes y otros elementos necesarios para la cursada.
Ayuda Escolar ANSES: quiénes pueden cobrar los $85.000 por hijo
El beneficio está dirigido a los titulares de:
Asignación Universal por Hijo (AUH)
Asignaciones Familiares (SUAF)
Los responsable deberán tener hijas, hijos o personas a cargo que asistan a establecimientos educativos reconocidos oficialmente.
La Ayuda Escolar Anual alcanza a:
Niñas, niños y adolescentes desde los 45 días hasta los 18 años y 1 mes
Hijos con discapacidad, sin límite de edad, que concurran a:
Escuelas especiales
Instituciones de formación
Talleres protegidos
Espacios de apoyo educativo
Desde el organismo previsional insistieron en que el pago solo se habilita cuando la asistencia escolar está correctamente acreditada.
En ese sentido, ANSES explicó que “para poder cobrar la Ayuda Escolar Anual es obligatorio acreditar la escolaridad de los hijos”. El trámite se completa con la presentación del Certificado de Alumno Regular, que luego debe ser validado por el organismo.
Una vez que la documentación es aprobada, el monto de $85.000 por hijo se deposita de forma automática en la misma cuenta bancaria en la que el titular percibe la AUH u otra prestación compatible.
Guía rápida para presentar el certificado escolar
Ingresar a Mi Anses.
Ir a la sección Hijos.
Hacer clic en Presentar Certificado Escolar.
Descargar el formulario por cada hijo y seleccionar Generar Certificado.
Completar la información del estudiante y del colegio.
Generar e imprimir el certificado.
Entregar el documento en la institución educativa para la firma oficial.
Reingresar a Mi Anses, elegir Presentar Certificado Escolar y luego Subir Certificado.
Adjuntar la foto del formulario completo y firmado desde el celular o computadora.
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Postura de UNICEF sobre la Ley de Justicia Penal Juvenil
Unicef destacó la importancia de que Argentina avance con un debate amplio y la sanción de una Ley de Justicia Penal Juvenil que esté en línea con los estándares internacionales.
En ese sentido, marcaron que "la adecuación normativa requiere la implementación de un sistema de justicia especializado que asegure - de manera real y efectiva - el acceso a la justicia, el debido proceso, penas y medidas diversas y graduales enfocadas en la prevención del delito y de la reincidencia".
Del mismo modo, "la incorporación de la perspectiva restaurativa y de la víctima, y que establezca criterios de responsabilidad para los autores dentro del marco de la comprensión de la criminalidad de sus actos, en consonancia con su madurez y evolución".
La organización dejó en claro que la seguridad ciudadana es un derecho y una condición indispensable para que todas las personas —incluidos niños, niñas y adolescentes— puedan vivir plenamente y en comunidad.
Por lo demás, remarcó que el Comité de los Derechos del Niño indica que "pruebas documentadas en los campos del desarrollo infantil y la neurociencia indican que la madurez y la capacidad de pensamiento abstracto todavía están evolucionando en los niños de 12 a 13 años, debido a que la parte frontal de su corteza cerebral aún se está desarrollando", haciendo poco probable que comprendan completamente las consecuencias de sus acciones o los procedimientos penales.
"De allí viene justamente la noción de inimputabilidad frente a un proceso penal riguroso. Es necesario, por lo tanto, un régimen penal para adolescentes que sea especializado dada la falta de madurez, plena conciencia y razonamiento para tomar decisiones determinantes en esta etapa de la vida", planteó.
Por ello el Comité insta a los Estados a que tomen nota de los últimos descubrimientos científicos y a que eleven en consecuencia la edad de responsabilidad penal en sus países a 14 años como mínimo.
A la vez, llamó a los Estados que tienen una edad mínima de responsabilidad penal más elevada, por ejemplo 15 o 16 años, a que no la reduzcan en ninguna circunstancia, de conformidad con el artículo 41 de la Convención de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Unicef insiste en que "proyectar una reforma de la justicia juvenil implica pensar en un proyecto socioeducativo que incluya la responsabilización y que resguarde el cumplimiento de garantías procesales y constitucionales".
Esta diferencia en el desarrollo madurativo y la adquisición de capacidades es la que fundamenta, entre otras, la prohibición para el consumo de alcohol, la edad para manejar o la posibilidad de incorporación a las fuerzas de seguridad, argumenta.
E indica que "un sistema penal juvenil deseable debe considerar el creciente nivel de responsabilidad en función de la edad del infractor, la reparación a la víctima y a la sociedad, y la existencia de mecanismos de apoyo que generen oportunidades para la gradual inclusión social de aquellos que han cometidos delitos".
Desde ya, en casos excepcionales y conforme las leyes provinciales en la materia, esas medidas pueden incluir como último recurso la privación de la libertad, pero desde el ámbito de la protección y para evitar riesgos a sí mismo y respecto de los demás, en línea con el principio de brevedad y excepcionalidad consagrado en el Art. 37 de la Convención de los Derechos del Niño.
Por otro lado, sostienen que se ha demostrado que la privación de la libertad, como medida habitual, genera un entorno de violencia para los jóvenes detenidos, lo cual favorece la reincidencia. Los adolescentes privados de su libertad son los que presentan mayores dificultades para la reinserción comunitaria, terminar la escuela e insertarse laboralmente.
Además, para la determinación de las penas asociadas a delitos cometidos por niñas, niños y adolescentes, opera de manera relevante el principio de proporcionalidad. Por lo tanto, las penas no deben ser desmedidas ni deben determinarse de la misma forma que a las personas adultas.
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Abren debate por la reforma laboral
Este martes comenzará la constitución de las comisiones para tratar, en el período de sesiones extraordinarias, las dos leyes que impulsa la gestión del presidente Javier Milei: el Proyecto de Modernización Laboral y la Ley Penal Juvenil (baja de imputabilidad).
Luego de que el tratamiento de la reforma laboral se haya traspasado para este año, finalmente, el debate comenzará en el Senado de la Nación y está programado para iniciarse este 11 de febrero.
La Libertad Avanza (LLA) se encuentra en un contexto de negociación y busca consensos con los bloques “dialoguistas” como son el PRO, la Unión Cívica Radical (UCR) y la Coalición Cívica (CC), aún después de las reuniones que mantuvo el ministro del Interior, Diego Santilli, con los gobernadores, durante estos últimos meses.
Los ejes principales que presenta esta iniciativa se concentran en buscar una revisión integral del marco laboral actual y pretenden modificar las indemnizaciones; crear un “Fondo de Cese Laboral” mediante convenios colectivos; reducir contribuciones en las cargas patronales para fomentar la contratación formal; introducir la figura de “Colaborador Independiente”, bajo un régimen de autonomía sin relación de dependencia tradicional”.
También se incorpora un “Banco de Horas” como un nuevo sistema de flexibilidad horaria que permite compensar excesos de jornada en días posteriores, en lugar de abonar horas extras.
En contraposición, los sindicatos manifestaron un fuerte rechazo, debido a que consideran que este proyecto “no sólo no genera puestos de trabajo, sino que impulsa la pérdida de derechos adquiridos”. Paralelamente, realizaron convocatorias para llevar adelante movilizaciones frente al Congreso desde este martes.
Por otra parte, el proyecto de Ley Penal Juvenil, que busca bajar la edad de imputabilidad en Argentina de 16 a 13 años, propone un régimen especial con medidas ‘socioeducativas y penas alternativas’ y deja de lado la condena de reclusión perpetua y pretende fijar un máximo de 20 años de condena para menores.
Sin embargo, se presume que los adolescentes de 14 años, o más, que comenten delitos graves, podrían ser sometidos a penas similares a las de personas adultas, con penas máximas de 15 años o más, con la excepción de permanecer en cárceles comunes.
Para delitos con penas menores a 3 años, o hasta 10 años sin violencia grave, se priorizan medidas con un enfoque social y educativo, con la posibilidad de otorgarle libertad asistida y realizar tareas comunitarias, en lugar de prisión efectiva.
Según LLA, esta iniciativa pretende terminar con la “puerta giratoria” y condenar delitos cometidos por menores de 16 años que, actualmente, mantienen impunidad con la ley vigente (22.278).

