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Rige la veda electoral

6 de septiembre de 2025

Desde este viernes rige la veda electoral en la provincia de Buenos Aires. Qué acciones están sancionadas y cómo se aplican las multas.
La provincia de Buenos Aires elige representantes legislativos este domingo. En esta instancia, se renovarán 46 diputados y 23 senadores provinciales. Además, se elegirán concejales y consejeros escolares. Si bien los comicios estarán habilitados desde las 08.00 hasta las 18.00 horas del domingo.

La persona que infrinja la veda electoral puede ser sancionada con multas que oscilan entre 10.000 y 100.000 pesos. La acreditación judicial de la falta es requisito para aplicar la sanción, y la pena específica se determina según el tipo de incumplimiento registrado. Toda persona que viole la veda comete una infracción al Código Electoral y será penalizada si la Justicia confirma la transgresión.

¿Qué está prohibido durante la veda electoral?
Conforme detalla el Articulo 16 de la Ley 14.086, referida a las Elecciones Primarias, establece que está prohibido emitir cualquier tipo de propaganda televisiva, radial o gráfica, 48 horas antes de la elección. Tampoco se podrán difundir encuestas y sondeos preelectorales en esa misma franja de tiempo. Las proyecciones sobre el resultado del comicio solo se podrán publicar o difundir después de tres horas del cierre del proceso electoral.
En tanto, quienes incurran en violaciones del voto secreto pueden enfrentar penas de hasta tres años de prisión. Aquellas personas que promuevan el voto o incentiven la abstención se exponen a sanciones que van desde dos meses hasta dos años de cárcel.
Además, la normativa prohíbe la realización de espectáculos masivos, tanto en espacios abiertos como cerrados, así como eventos teatrales, deportivos y cualquier tipo de reunión pública no vinculada al proceso electoral.

Por otra parte, el Artículo 134 de la Ley Electoral determina que “serán penados con arresto de uno (1) a seis (6) meses” a quienes expendan bebidas alcohólicas el día de la elección. Por ende, tanto los boliches como bares no deberán abrir sus puertas desde el domingo a medianoche hasta la finalización de la jornada. La restricción sobre la venta de bebidas alcohólicas comenzará a aplicarse a las 20 horas del sábado.(Fotos: Télam)

La veda electoral en la Provincia de Buenos Aires culminará a las 21 del domingo, luego de tres horas terminada la elección legislativa. En caso de romper la veda electoral, la Ley Electoral bonaerense detalla que “se aplicará multa que se fijará entre diez (10) y sesenta (60) haberes mensuales mínimos de la Administración Pública Provincial a los partidos políticos, federaciones, alianzas transitorias o agrupaciones municipales que incumplan los plazos establecidos para el comienzo o la finalización de la campaña electoral en las elecciones primarias”.-

Del mismo modo, la multa se aplicará a quien difunda propaganda política, encuestas o sondeos preelectorales o proyecciones sobre el resultado de la elección fuera de los plazos establecidos en la normativa vigente.

Provincia

Cuenta DNI renueva beneficios y promociones 


Cuenta DNI renueva sus beneficios para su comunidad de 10,6 millones de usuarios con promociones exclusivas para el mes de agosto. Este mes incluye descuentos en comercios de cercanía, supermercados, ferias y mercados bonaerenses, además de propuestas en gastronomía y otros rubros.

Desde la banca pública bonaerense indicaron que una persona que utiliza todas las promociones disponibles puede alcanzar un ahorro superior a los $169 mil mensuales.

Todos los beneficios

  • Comercios de cercanía: 20% de descuento, de lunes a viernes con tope de $6.000 por persona y por semana.
  • Mercados Bonaerenses y ferias: ahorro de hasta 40%, con tope de $6.000 por persona y por semana.
  • Garrafas: 40% de bonificación, con tope de $18.000 por persona y por mes.
  • Universidades y entidades educativas: 40% de descuento con tope de $6.000 por persona y por semana.
  • Además, 25% en locales de gastronomía y locales YPF Full, y 10% en librerías de texto, farmacias y perfumerías.
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Provincia

Realizan censo hortiflorícola

La provincia de Buenos Aires realizará el Censo Hortiflorícola 2026, impulsado por los ministerios de Desarrollo Agrario y de Economía, con el objetivo de relevar las unidades productivas dedicadas a la horticultura y la floricultura en todo el territorio bonaerense. La idea es actualizar la información después de dos décadas del último censo del sector.

El anuncio fue realizado por el ministro de Desarrollo Agrario, Javier Rodríguez, y su par de Economía, Pablo López, quienes destacaron “la importancia de contar con información actualizada sobre una actividad estratégica para la producción, el abastecimiento interno y la seguridad alimentaria de la Provincia”, según se informó en un comunicado.


Rodríguez destacó que el relevamiento tendrá un objetivo que excede la generación de estadísticas: “Hay una doble tarea de valorar a esos productores y de visibilizar a una producción que muchas veces está invisibilizada”.

Por su parte, Pablo López destacó la importancia de recuperar información oficial sobre el sector y del trabajo conjunto entre ambos ministerios: “Con mucha satisfacción presentamos el Censo Hortiflorícola bonaerense, que será el primero de su tipo en 20 años, y permitirá contar con información oficial actualizada del sector, con el objetivo de diseñar políticas públicas específicas que redunden en mejoras concretas para la producción y comercialización hortiflorícola. Celebramos el trabajo conjunto de los equipos de los Ministerio de Economía y Desarrollo Agrario, cuya colaboración permitirá tener un diagnóstico preciso de la situación de este sector productivo.”


El operativo censal comenzará el 1° de septiembre de 2026 y se extenderá durante 60 días, con la posibilidad de realizar un mes adicional para completar aquellos casos en los que no se haya obtenido respuesta.

Se estima que existe producción hortiflorícola en más de 100 municipios bonaerenses y el relevamiento permitirá conocer en profundidad las características productivas, técnicas y socioeconómicas de la actividad.

El Censo contará con censistas organizados por segmentos censales que realizarán el trabajo de campo. La estructura operativa estará integrada por 147 censistas y 26 supervisores, además de coordinadores, jefaturas zonales, capacitadores, analistas y un especialista en sistemas de información geográfica.

Rodríguez destacó: “La provincia de Buenos Aires es la provincia que más productores hortícolas tiene. Y también más productores florícolas. Es decir, que cuando consideramos algo que para nosotros es fundamental, los productores y las productoras, y lo analizamos a nivel de las provincias, estamos en el primer lugar”.

El ministro señaló además que esta característica adquiere especial relevancia dentro de la concepción de desarrollo productivo que impulsa la Provincia. “Un verdadero desarrollo agropecuario requiere una producción con productores y una producción con productores requiere también considerar la multiplicidad de producciones que hay en la provincia”, sostuvo.


El Censo Hortiflorícola 2026 permitirá actualizar la información disponible sobre el sector luego de 20 años desde la última evaluación del sector realizada en la provincia de Buenos Aires.

Durante este período se produjeron transformaciones sustanciales en la actividad, tanto en términos geográficos como productivos y socioeconómicos. Entre los cambios se encuentran el crecimiento de los cultivos bajo cobertura o invernaderos, las transformaciones socioeconómicas de los productores, el desarrollo de nuevos cultivos y la incorporación de nuevas prácticas productivas, además de la difusión de la agroecología.


El Censo permitirá obtener datos actualizados sobre las principales variables estructurales y coyunturales del sector hortícola y florícola.

En particular, se relevará información sobre la identificación de las explotaciones, el régimen de tenencia de la tierra y el tipo jurídico, la superficie y el tipo de actividad, el uso de la tierra a campo y bajo cubierta, las especies cultivadas y la superficie sembrada, los canales de comercialización, el manejo y los sistemas de riego, la maquinaria, los equipos y vehículos utilizados, la mano de obra y la población vinculada a la explotación, las características del productor, el asesoramiento técnico y el asociativismo.

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Provincia

Impulsan cambios en la ley que regula la venta de alcohol



El bloque de La Libertad Avanza presentó un proyecto de ley para modificar la normativa que regula la venta de bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires.

El bloque de La Libertad Avanza presentó en la Legislatura bonaerense un proyecto de ley para modificar la normativa que regula la venta de bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires. La iniciativa propone habilitar su comercialización en las estaciones de servicio y actualizar el régimen de restricciones horarias vigente desde hace casi tres décadas.


Según los fundamentos, el objetivo es mantener las herramientas de prevención del consumo indebido de alcohol y de protección de la seguridad pública, pero eliminar restricciones que, a juicio de sus autores, "han perdido razonabilidad con el paso del tiempo".

Uno de los principales cambios consiste en modificar el artículo 2° de la ley para levantar la prohibición que actualmente impide a las estaciones de servicio y sus anexos vender bebidas alcohólicas. De aprobarse la iniciativa, la prohibición quedaría circunscripta únicamente a kioscos, kioscos polirrubro y a la venta ambulante de alcohol.

Estaciones de servicio
Los legisladores sostienen que las tiendas de conveniencia que funcionan en las estaciones de servicio son comercios habilitados, sometidos a controles tributarios, bromatológicos y municipales, y que no existe una justificación objetiva para impedirles comercializar bebidas alcohólicas mientras esa actividad está permitida en supermercados, autoservicios y otros establecimientos. En ese sentido, consideran que la normativa vigente coloca al sector en una situación de desventaja competitiva.

La propuesta también modifica el artículo 1° de la ley para actualizar el horario en el que estará prohibida la venta minorista y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas destinadas al consumo fuera del establecimiento. El texto establece que la restricción regirá entre las 23 y las 10, incorporando expresamente a los servicios de delivery dentro del régimen.

En los fundamentos, los autores remarcan que el proyecto no implica una flexibilización de las políticas de prevención del consumo de alcohol. Por el contrario, destacan que se mantienen las restricciones horarias, la prohibición de vender bebidas alcohólicas a menores de edad, las facultades de fiscalización del Estado y la política de Alcohol Cero al Volante vigente en la provincia.

Además, argumentan que la habilitación de nuevos canales formales de comercialización favorecerá a industrias como la cervecera y la vitivinícola, impulsará la inversión y el empleo y ampliará la recaudación tributaria provincial y municipal al incrementar las ventas dentro del circuito registrado. También sostienen que la experiencia internacional demuestra que la venta de alcohol en tiendas de conveniencia de estaciones de servicio puede convivir con políticas estrictas de consumo responsable y seguridad vial.

En ese marco, la iniciativa comenzará su recorrido legislativo en la Cámara de Diputados bonaerense, donde deberá ser analizada en comisión antes de llegar al recinto para su eventual tratamiento. El proyecto busca, según sus impulsores, "modernizar" la legislación vigente sin modificar los principios de protección de la salud pública y la seguridad que inspiraron la norma original.

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