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Ordenamiento vial en el puerto
4 de agosto de 2025
El Consorcio Portuario Regional Mar del Plata avanza en obras de señalización y ejecución de medidas tendientes a un reordenamiento y mejoras para la seguridad en el tránsito dentro de la red vial que se encuentra bajo su jurisdicción.
Como parte de las acciones que está llevando adelante se acaba de sumar una intervención puntual sobre el sector de acceso vehicular a las Terminales 2 y 3, donde se completan obras de demarcación horizontal, señalización vertical y colocación de delineadores de tránsito.

“El objetivo es garantizar un tránsito fluido y en particular seguro ante el movimiento frecuente y sostenido de camiones portacontenedores”, afirmó Marcos Gutiérrez, presidente del Consorcio Portuario Regional Mar del Plata, y anticipó que de esta manera se contribuirá a un “desarrollo más eficiente de la logística del comercio exterior” en esta terminal.
En una siguiente instancia se trabajará el nuevo trazado de circulación del transporte público, minimizando la interacción con la zona operativa y de circulación de camiones pesados. El Consorcio ya ha iniciado las gestiones pertinentes ante el Municipio, se informó.
Estas medidas – continúa Gutiérrez- son continuidad de un trabajo que comenzó meses atrás con un relevamiento y diagnóstico de las distintas áreas del puerto marplatense a efectos de determinar la dinámica del movimiento de vehículos. A partir de esos datos se genera un plan de rediseño y mejora de las condiciones de operatoria portuaria.
A tales efectos se convocó a un experto del Conicet que aportó sus conocimientos con un diagnóstico de seguridad vial realizado por investigadores del organismo y que propone soluciones reales a partir de un abordaje interdisciplinario de esta problemática.
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Portada digital del día 17/2/2026
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SE RENUEVAN EXPECTATIVAS
Tras el fin de semana largo por los Carnavales, todos los sectores vinculados a la actividad tutística ya tienen puesta la expectativa en el próximo fin de semana largo de cuatro días en marzo, mientras que este año las Pascuas en abril llegan con una coincidencia sorpresa.
Los trabajadores tendrán en marzo un feriado de cuatro días, aunque con una salvedad. Es que el Gobierno nacional estableció que el lunes 23 de marzo (como el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre) sea agregado como días no laborables adicionales en una disposición que comienza a regir desde el día posterior a su publicación y que se suma a los feriados ya previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, normativa que regula los días festivos nacionales.
De esta manera, el feriado no laborable del lunes 23 de marzo permitirá un descanso extendido en torno al feriado del 24 de marzo cuando se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, que comenzará el sábado 21.
En tanto, las Pascuas también conformarán un fin de semana extra largo de cuatro días. Esto se debe a la coincidencia del feriado por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas con el inicio de la Semana Santa.
La particularidad es que el 2 de abril, que la Iglesia marca como Jueves Santo, coincide con la conmemoración por Malvinas, un feriado nacional inamovible en Argentina.
Habitualmente, el Jueves Santo es considerado día no laborable, lo que significa que cada empleador define si se trabaja o no. Sin embargo, al coincidir con un feriado nacional, en 2026 tendrá el carácter de feriado obligatorio. De esta manera, el fin de semana largo quedará conformado por jueves 2, viernes 3, sábado 4 y domingo 5 de abril, generando una de las pausas más extensas del primer semestre del año.
Feriados vs. Día no laborable
Sí el día en cuestión es considerado feriado, se trata para la ley de una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical.
Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.
En tanto, los días no laborables es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador.
El calendario de feriados 2026
- Marzo
Lunes 23: día no laborable con fines turísticos.
Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
- Abril
Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) que este año coincidirá con el Jueves Santo (día no laborable).
Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
- Mayo
Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
- Junio
Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se conmemora el 17, pero se trata de un feriado trasladable).
Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible).
- Julio
Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
Viernes 10: día no laborable con fines turísticos.
- Agosto
Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (es considerado un feriado trasladable, pero no se modificaría la fecha este año).
- Octubre
Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, que este año permanecería sin modificaciones al ser un lunes).
- Noviembre
Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (la fecha original es el viernes 20 de noviembre, pero se confirmó el traspaso para que haya un fin de semana largo).
- Diciembre
Lunes 7: día no laborable con fines turísticos.
Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).

