País
Destacan norma que habilita pagos en dólares en comercios pymes

17 de enero de 2025
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) valora de manera positiva las recientes modificaciones al sistema de exhibición de precios que, mediante la Resolución 4/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, actualiza la normativa existente. Además, se le permite al comerciante pyme el cobro de un producto en moneda extranjera.
En la resolución se establece que ahora los precios de bienes y servicios podrán exhibirse en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras, además de pesos argentinos. En todos los casos el comercio deberá indicar el importe total y final que tendrá que abonar el consumidor.
A su vez, cabe destacar que la normativa resalta la necesidad de que los precios se muestren en forma clara, visible y legible, a la vista y al alcance de los consumidores, y que a partir del 1 de abril de 2025 será obligatorio incluir la leyenda “Precio sin impuestos nacionales” junto con el importe neto sin IVA ni otros impuestos nacionales indirectos, en menor tamaño que el precio final.
CAME considera que a partir de esta decisión se busca dinamizar al comercio y garantizar la transparencia en la información brindada a los consumidores. Estas medidas no sólo modernizan un esquema vigente desde 2002, sino que también otorgan mayores herramientas para competir y adaptarse a las nuevas dinámicas comerciales.
País
Desde hoy, los precios podrán mostrarse en dólares

El Banco Central aprobó recientemente una medida clave que permite realizar pagos en dólares mediante tarjetas de débito y códigos QR. Esta iniciativa también incluye la opción de abonar en pesos o dólares a través de DEBIN.
Este avance se produce meses después de que el ministro de Economía, Luis Caputo, anunciara públicamente esta posibilidad. La medida representa un paso significativo en la competencia de monedas impulsada por el gobierno de Javier Milei.

Plazos. El Banco Central establece un plazo hasta el 28 de febrero para que los adquirentes acepten pagos con débito en dólares. Además, hasta el 1° de abril se podrá realizar pagos en dólares utilizando códigos QR.
Nuevas normativas. El BCRA comunicó que "el objetivo es fomentar la competencia de monedas, permitiendo que las personas y los comercios utilicen la moneda de su elección en transacciones cotidianas". Estas iniciativas buscan igualar la eficiencia de los diferentes medios de pago, tanto en pesos como en dólares, y dinamizar el uso de instrumentos de pago en dólares en el mercado local.
Requisitos. La entidad aclaró que "el que paga tiene que tener los dólares en su caja de ahorro y el comercio que cobra también tiene que tener una cuenta en dólares". Esto establece un marco claro para la operación de estos nuevos métodos de pago.
Comerciantes. La implementación de esta medida es optativa para los comerciantes. El BCRA señala que "los adquirentes y subadquirentes deben desarrollar y poner a disposición las herramientas necesarias para facilitar estos pagos antes del 28 de febrero".
Pagos QR. Además, el Directorio del Banco Central ha decidido incorporar los pagos con tarjeta de débito en pesos y dólares al sistema de QR interoperable. Esta ampliación incluye opciones ya existentes para pagos mediante transferencia, tarjeta de crédito y tarjetas prepagas.
El BCRA indicó que "esta medida amplía las posibilidades y mejora la experiencia de los clientes y de los comercios, que podrán realizar y recibir pagos con cualquier instrumento registrado en su billetera, simplemente escaneando cualquier código QR".
La incorporación del QR interoperable para pagos con tarjeta de débito, tanto en dólares como en pesos, deberá estar operativa antes del 1° de abril.
DEBIN
Por último, el Banco Central anunció la creación de una nueva variante de DEBIN (Débito Inmediato) recurrente, denominada "DEBIN Programado". Esta opción permite a los titulares de cuentas pagar compras de bienes o servicios en cuotas fijas, ya sea en pesos o en dólares, con una única autorización. (gentileza)
País
RECATEGORIZACIÓN MONOTRIBUTO

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informa que, desde hoy y hasta el 5 de febrero, se habilita el sistema para que los contribuyentes puedan -en caso de que les corresponda- realizar su recategorización en el Monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado en enero.
Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes, ARCA desarrolló la Recategorización simplificada. A partir de ahora, una vez que el contribuyente comience el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual. Si este número es correcto, puede confirmar la nueva categoría; en cambio, si requiere modificar el monto, se puede editarlo manualmente.
Además, la recategorización se puede realizar desde un celular a través de la app ARCA Móvil.
La Recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo.
El contribuyente deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables.
Los nuevos valores se pueden consultar en el siguiente enlace: https://www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp
¿Qué pasa si se tiene más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses?
Se realiza una proyección anual aplicando la regla de 3 simple. A modo de ejemplo, si es inicio de actividad fue de mayo 2024 a diciembre y se facturó $5.000.000 en total, la cuenta debe realizarse de la siguiente forma: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $7.500.000
¿Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar?
Según el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977) los parámetros se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de julio a diciembre y para la próxima, los índices de enero a junio.
¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?
1 - Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modificaron los parámetros de la categoría actual.
2- Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de febrero estarán vigentes los nuevos valores a abonar.
Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo pueden corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar.
El pago de las cuotas puede realizarse desde un Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.
País
El Central habilitó el pago en dólares con tarjetas de débito y códigos QR

En una medida clave para avanzar en la competencia de monedas, el Banco Central aprobó los pagos en dólares con tarjeta de débito y con QR, al tiempo que incorporó la posibilidad de abonar con pesos o dólares con DEBIN.
La medida llega meses después de que el ministro de Economía, Luis Caputo, lo anunciara públicamente e implica un paso más en la competencia de monedas promovida por el gobierno de Javier Milei.
La entidad dio como plazo hasta el 28 de febrero para que los adquirentes acepten pagos con débito y hasta el 1° de abril para que también se pueda pagar en dólares con QR.
"El BCRA aprobó un conjunto de normativas destinadas a fomentar la competencia de monedas con el objeto de permitir que las personas y los comercios puedan utilizar la moneda que deseen en sus transacciones cotidianas. Estas iniciativas buscan igualar la eficiencia de los diferentes medios de pago tanto en pesos como en dólares, dinamizando el uso de instrumentos de pago en dólares para las operaciones comerciales en el mercado local", anunció la entidad en un comunicado.
"El que paga tiene que tener los dólares en su caja de ahorro y el comercio que cobra también tiene que tener una cuenta en dólares", informaron
La medida es optativa para los comerciantes. "Con el propósito de que los comercios que quieran aceptar pagos en dólares con tarjetas de débito puedan hacerlo, el BCRA dispuso que los adquirentes y subadquirentes (las empresas que intermedian entre el comercio y los clientes para procesar pagos) desarrollen y pongan a disposición las herramientas necesarias para que ello ocurra antes del 28 de febrero", agregó.
Además, el Directorio decidió incorporar al sistema de QR interoperable los pagos con tarjeta de débito en pesos y dólares, ampliando las opciones que ya incluían la interoperabilidad para pagos con transferencia, tarjeta de crédito y tarjetas prepagas.
"Esta medida amplía las posibilidades y mejora la experiencia de los clientes y de los comercios que podrán realizar y recibir pagos con cualquier instrumento que tengan enrolado en su billetera, simplemente escaneando cualquier código QR", indicó el BCRA.
La incorporación del QR interoperable para pagos con tarjeta de débito, tanto en dólares como en pesos, deberá estar en funcionamiento antes del 1° de abril.
La tercera medida tomada es la creación de una nueva variante de DEBIN (Débito Inmediato) recurrente, llamado "DEBIN Programado", que permite a los titulares de cuentas pagar las compras de bienes o servicios en cuotas fijas en pesos o en dólares con una única autorización.