País
Juicio por Jurados para delitos federales
23 de octubre de 2024
Con amplio respaldo, la Cámara de Diputados avanzó hoy con la firma del dictamen del proyecto que propone implementar el juicio por jurados para delitos federales con penas mayores a los cinco años de prisión o reclusión.
En un plenario de las comisiones de Legislación Penal, Presupuesto y Justicia, hubo luz verde para la iniciativa que busca implementar en todos los tribunales federales y nacionales del país este instrumento de participación ciudadana para la elaboración de las sentencias judiciales, cuya aplicación implicaría un cambio drástico en el sistema de administración de Justicia.
La premisa básica del proyecto, que ha sido objeto de debate durante décadas, es que un grupo de ciudadanos sin formación jurídica elegidos por sorteo público pueda determinar la culpabilidad o inocencia de acusados de delitos graves de acuerdo a propio prisma de apreciación moral.
La iniciativa plantea la conformación de jurados populares de12 integrantes y dos suplentes, con paridad de género, que tienen que estar presentes durante todo el proceso, con la tutela y orientación de un juez que se encarga de emitir condena.
El veredicto lo dicta el jurado y es inapelable, y sus deliberaciones son secretas y no se hacen públicas.
Tanto que el monto de la pena como la resolución de planteos que puedan hacer las partes durante la causa (como pedidos de nulidad, libertades, detenciones, etcétera) recaen en el magistrado federal.
Una curiosidad: el proyecto incluye la obligación de que los jueces conduzcan las audiencias con toga y martillo, a la vieja usanza.
De esta manera, se busca dar cumplimiento a unmandato constitucional de la Carta Magna de 1853, ratificada por la Convención Constituyente de 1994.
El objetivo es acercar la Justicia a la gente y dotar de una fuente de legitimidad a los fallos que resultan del proceso judicial.
En tanto, el sistema de juicio por jurados garantiza la imparcialidad de los fallos, dado que de su veredicto no dependen ni sus ascensos, ni sus carreras judiciales.
El acusado también se beneficia por el hecho de ser juzgado por pares y no por el Estado propiamente dicho, muchas veces colonizado por intereses corporativos.
El sorteo público, a cargo de la Cámara de Casación Penal, se realiza sobre la base de los padrones que confecciona laCámara Nacional Electoral(CNE) cada dos años, y es una carga pública para aquellos ciudadanos que salen sorteados, los cuales deben ser de la misma circunscripción territorial en la que se hubiera cometido el delito.
Esto significa que no cumplen con alguna de las incompatibilidades detalladas en la normativa, no pueden excusarse y están obligados a comparecer, bajo apercibimiento de sanción.
Para ser jurado, el ciudadano debe tener entre 18 y 70 años, dos años de residencia en la jurisdicción del hecho, saber leer y escribir y tener aptitudes físicas y psíquicas.
Quedan excluidos funcionarios de los tres poderes del Estado, abogados, escribanos, profesores de Derecho, como también condenados por delitos de lesa humanidad y deudores morosos.
El juicio por jurado ya existe en muchos países del mundo y también se implementa en la Justicia de 12 provincias: Buenos Aires, CABA, Catamarca, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Mendoza, Chaco, Río Negro, San Juan, Santa Fe y Neuquén.
El despacho de mayoría recibió la rúbrica de los bloques mayoritarios, en tanto que los diputados de Encuentro Federal Fernando Brügge y Alejandra Torres presentaron un dictamen alternativo.
“Si todo sale bien, vamos a cumplir con una manda histórica constitucional avanzando fuertemente y firmemente en la instauración de los juicios por jurados en materia federal”, celebró el presidente de la comisión de Justicia, el libertario Manuel Quintar.
Al comienzo de la reunión, expusieron especialistas, entre ellos el juez de Cámara electoral Alberto Dalla Via, quien aclaró que el juicio por jurados «es una institución probada en el mundo anglosajón que no sustituye el rol del Juez en el proceso”, ya que “el jurado solo toma una decisión política y no jurídica”.
“Desde la creación de la Nación los constituyentes quisieron adoptar el modelo que tenía la Constitución de Estados Unidos porque era la más democrática en su momento y con mayor apertura”, comentó.
Para Dalla Via, “incorporar el jurado es incorporar la participación ciudadana al proceso judicial”.
En tanto, el director general de la oficina de juicio por jurado de CABA, Gastón Blanchetiére, reparó en que “debe ser considerado si o si la capacitación de los operadores en materia de audiencias preliminares.
A su turno, Martín Sabelli, ex Presidente de la Asociación Nacional de Abogados Defensores de EE.UU, consideró que “este sistema mejora la calidad de la Justicia y de la democracia porque es una ventana para que el pueblo vea cómo funciona o no el sistema judicial”.
En este sentido, consideró que en Argentina hay “una profunda desconfianza en el sistema judicial y la única forma de mejorar eso es volver a la Constitución y establecer un sistema en todos los delitos los juicios por jurados”.
Por su parte, el diputado de la UCR Fernando Carbajal (UCR) ponderó “el esfuerzo conjunto de todos los bloques”, con el objetivo de “saldar una deuda histórica” y dar un paso más para “la transformación de la justicia”. (Fuente NA)
País
Sale a la venta el chalet con vistas al Obelisco porteño
El chalet Díaz, construido en una terraza con vistas al Obelisco porteño, fue puesto en venta junto con todo el edificio.
El chalet y su altillo, que constituyen uno de los hitos arquitectónicos más destacados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), se encuentra a la venta junto a al edificio de estilo francés de más de 10.300 metros cuadrados construidos, ubicado en Sarmiento al 1100, y tiene un valor de 8 millones de dólares.
Cuenta con nueve pisos de oficinas, un subsuelo, planta baja con local comercial, cocheras y tres ascensores.

El chalet Díaz, que corona la edificación, responde a un estilo normando, con techo de tejas, inspirado en la clásica arquitectura marplatense. Fue construido en 1927 por Rafael Díaz, inmigrante español y fundador de Muebles Díaz, una de las mueblerías más importantes de Buenos Aires durante buena parte del siglo XX.
El chalet fue testigo de los ensanchamientos de la 9 de Julio y de la construcción del Obelisco, inaugurado en 1936.
Además de esa vista única, el chalet tiene cinco ambientes, el altillo y dos terrazas: 200 metros cuadrados cubiertos en total. Conserva gran parte de sus elementos originales, entre ellos pisos de pinotea, aberturas, ventanales y luminarias de época.
Fue declarado Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de la categoría “Sitios o Lugares Históricos”, bajo el amparo de la ley 1.227. Por lo tanto, cualquier proyecto que realicen los eventuales compradores del conjunto estará condicionado a ese estatus histórico y deberá adecuarse a las normas vigentes en materia de accesibilidad, seguridad y prevención de incendios.
País
ARCA elimina la actualización automática de montos
ARCA (exAFIP) redefinió umbrales y criterios de cálculo para entidades financieras y agentes del mercado de capitales. Los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) modificó el Régimen Informativo de Operaciones Financieras y eliminó la actualización automática de los montos mínimos que deben informar entidades financieras y agentes del mercado de capitales. La medida quedó oficializada este miércoles a través de la Resolución 5814/2026, publicada en el Boletín Oficial.
El cambio alcanza a bancos, agentes de liquidación y compensación, sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y agentes de colocación registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV). La norma redefine umbrales, criterios de cálculo y obligaciones informativas.
Uno de los puntos centrales de la resolución elimina la actualización automática de los montos mínimos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, la normativa obligaba a ajustar los pisos informativos semestralmente, en junio y diciembre de cada año.
Con la nueva disposición, Arca deja los montos fijos hasta que una futura resolución determine una modificación expresa. El organismo justificó la decisión en el incremento previo de los umbrales y en la estabilidad de las variables macroeconómicas.
Las entidades financieras alcanzadas por la Ley 21.526, que deben informar altas, bajas, modificaciones, saldos y movimientos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo, cuentas de la seguridad social y cuentas especiales bajo normativa del Banco Central.
Las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión (FCI) y los agentes de colocación y distribución integral de FCI, todos bajo supervisión de la CNV.
Nuevos umbrales de información mensual
La resolución también modificó la forma en que los ALyC y las sociedades depositarias de FCI deben informar las operaciones. A partir de ahora, los montos mínimos mensuales netos quedan establecidos en: $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.
El monto neto surge de la sumatoria de todas las transacciones realizadas durante el mes, incluidos comisiones, gastos y transferencias entre agentes, clientes o cuotapartistas.
Para determinar si se supera el umbral, ARCA no considera operaciones aisladas, sino la suma mensual de compra y venta de títulos (bonos, acciones y suscripción o rescate de cuotapartes de FCI), movimientos de fondos, pases y cauciones.
Si la sumatoria total mensual supera el tope correspondiente, el agente debe informar la totalidad de las operaciones, incluso aquellas de menor monto individual.
En el caso de operaciones en moneda extranjera, la conversión a pesos se realizará según el tipo de cambio comprador del Banco Nación, tomando como referencia la fecha de liquidación o el último día hábil del mes informado.
País
Celulares más baratos
Los aranceles a la importación de teléfonos celulares serán eliminados completamente a partir de este jueves 15 de enero. En función del decreto 333/25 publicado en mayo de 2025, el gobierno nacional reducirá definitivamente la tasa aduanera a 0%.
Esta normativa fue planteada progresivamente en dos tramos. En primer lugar se bajó el impuesto del 16% al 8% en el momento en el que se publicó en el Boletín Oficial y, finalmente bajarlo de 8% a una alícuota del 0% desde este jueves.
Además de este esquema de beneficios impositivos, la determinación incluye la supresión de impuestos internos para celulares, televisores y aires acondicionados fabricados en Tierra del Fuego (bajaron del 9% al 0%), además de la reducción de impuestos internos para televisores y consolas de videojuegos que vengan desde el exterior, que pasaron del 19% al 9,5%.
Mediante esta decisión, el gobierno busca incrementar la oferta de dispositivos, estimular la competencia, disminuir los valores finales de los productos y facilitar el acceso a los consumidores.
Según las proyecciones oficiales, la medida provocará un descenso de los precios de aproximadamente el 30 %. El objetivo es igualar las condiciones de los productos nacionales con los importados, en una época donde los precios locales son altamente elevados en comparación con otros países vecinos.
Sin embargo, el impacto en los precios de los celulares no será de inmediato. La llegada de los nuevos valores al consumidor final dependerá de la dinámica del mercado, los costos logísticos y el stock de los comercios.

